Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - SUDÁN. Reclusión en régimen de incomunicación / temor de tortura











PÚBLICO Índice AI: AFR 54/022/2008

15 de mayo de 2008


AU 127/08 Reclusión en régimen de incomunicación / temor de tortura


SUDÁN Mustafa Nasir Al Din Tambor, de 27 años, estudiante

Gamar Eldin Abaker Abu Alkhairat, de 27 años, estudiante

Al Sadiq Abdalla Bashir, de edad desconocida, contratista

Arbab Hussein Abudl Mula Ibrahim, de 40 años, funcionario del Cuerpo Médico Internacional



Gamar Eldin Abaker, Al Sadiq Abdalla Bashir, Arbab Hussein y Mustafa Nasir Al Din llevan más de cuatro semanas recluidos bajo la custodia del Servicio de Seguridad e Inteligencia Nacional (National Intelligence and Security Services, NISS) en la ciudad de Zalingei, estado de Darfur Occidental. Según los informes recibidos, Arbab Hussein está sometido régimen de incomunicación y a los otros tres hombres se les ha permitido recibir un total de dos visitas de familiares desde su arresto. Amnistía Internacional siente preocupación por su seguridad tras recibir informes según los cuales el NISS utiliza con frecuencia la tortura y los malos tratos.


Los cuatro hombres fueron arrestados entre el 13 y el 15 de abril en distintos lugares de Zalingei. Al Sadiq Abdalla Bashir fue arrestado el 13 de abril por un grupo de agentes del NISS vestidos de civil cuando se encontraba en el mercado de Zalingei. El 15 de abril, Gamar Eldin Abaker y Mustafa Nasir Al Din Tambor fueron arrestados en ese mismo lugar por siete agentes del NISS vestidos de civil. De acuerdo con los informes, Gamar Eldin fue golpeado con palos de madera por más de un agente. Ese mismo día, unos agentes del NISS arrestaron a Arbab Hussein en su domicilio de Zalingei.

Ninguno de los detenidos, actualmente bajo la custodia del NISS en Zalingei, ha sido acusado formalmente de un delito común y ninguno ha tenido acceso a representación letrada. Según informes, Arbab Hussein está sometido a régimen de incomunicación desde el día de su arresto. A los otros tres detenidos se les ha permitido recibir visitas de sus familiares, pero de forma irregular: Mustafa Nasir al Din, Gamar Eldin Abaker y Al Sadiq Abdalla han recibido sólo dos visitas de sus familiares durante un periodo de cuatro semanas. Un familiar ha expresado preocupación por el estado físico y psicológico de uno de los detenidos tras una visita durante la cual, según informes, éste “temblaba y no podía mantenerse de pie adecuadamente”.


Encargados de derechos humanos de la UNAMID (misión conjunta de mantenimiento de la paz de la ONU y la Unión Africana en Darfur) han planteado motivos de preocupación relacionados con la detención de los tres hombres ante el director del NISS en Zalingei, pero tampoco se les ha dado acceso a ellos.


Se cree que los cuatro hombres han sido arrestados por sospecharse que se oponen al censo nacional y por su presunta afiliación a la facción de Abdel Wahid del Movimiento de Liberación de Sudán (Sudan Liberation Movement, SLA). Los cuatro son miembros de la etnia fur. En Darfur se denuncian con frecuencia casos de tortura y malos tratos de miembros de la etnia fur bajo la custodia del NISS, en especial cuando las personas detenidas no tienen acceso al mundo exterior.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

La detención prolongada en régimen de incomunicación está prohibida por tratados internacionales de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que ha sido ratificado por Sudán. El art. 9 del Pacto establece: “Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez”. Aunque el Código de Procedimiento Penal de Sudán contiene salvaguardias frente a la detención en régimen de incomunicación, el art. 31 de la Ley de las Fuerzas de Seguridad Nacional, que rige las detenciones practicadas por el NISS, autoriza la detención en régimen de incomunicación, sin cargos ni juicio, durante periodos prolongados. Tal detención, sin acceso ala mundo exterior y sin ninguna inspección externa, aumentan las probabilidades de que se practique la tortura. En el pasado, Amnistía Internacional ha criticado las disposiciones pertinentes de la Ley de las Fuerzas de Seguridad Nacional.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos de modo que lleguen lo antes posible, en árabe, inglés o en su propio idioma:

- instando a las autoridades a que proporcionen a estos cuatro hombres (mencionen sus nombres) acceso regular a sus familiares y abogados y a cualquier tratamiento médico que necesiten;

- pidiéndoles que garanticen que los hombres serán tratados humanamente bajo custodia y que no serán sometidos a tortura o malos tratos;

- instando a las autoridades a devolverles la libertad de inmediato a menos que vayan a acusarlos de un delito común reconocible;

- exhortando a las autoridades a permitir que encargados de derechos humanos de la UNAMID tengan acceso a los detenidos;

- instando a las autoridades a derogar el art. 31 de la Ley de las Fuerzas de Seguridad Nacional, que autoriza la detención sin revisión judicial durante periodos de hasta nueve meses.


LLAMAMIENTOS A:


Gobernador de Darfur Occidental:

Abu’l-Gasim Imam al-Hajj Adam

Governor of West Darfur

Wilaya

Jeneina, West Darfur

Sudán
Fax: + 249 741 822427

Tratamiento: Dear Governor / Señor Gobernador


Ministro Federal del Interior:

Ibrahim Mohamed Hamed

Federal Ministry of the Interior

PO Box 2793
Khartoum

Sudán
Fax: + 249 1 8377 6554

Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro


Ministro Federal de Asuntos Exteriores:

Deng Alor Kuol

Federal Ministry of Foreign Affairs

PO Box 873
Khartoum

Sudán
Correo-e:
info@sudmer.com

Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro

COPIA A:


Dr Abdel Moneim Osman Taha

Rapporteur, Advisory Council for Human Rights

Khartoum

Sudán

Correo-e: human_rights_sudan@hotmail.com

Tratamiento: Dear Dr Taha / Estimado Dr. Taha


Dr Priscilla Joseph

Chair of the Human Rights Committee

National Assembly

Omdurman

Sudán

Fax: + 249 1 8756 0950

Tratamiento: Dear Dr Joseph / Estimada Dra. Joseph



y a la representación diplomática de Sudán acreditada en su país.



ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 26 de junio de 2008.

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