Documento - Togo: legal concern / torture: Attiogbe Stephane Koudoussou, Gerard Akoume
EXTERNO (Para distribución general) Índice AI: AFR 57/15/93/s
AU 348/93 1 de octubre de 1993 Distr: AU/SC
Preocupación jurídica y tortura
TOGO:Attiogbé Stéphane KOUDOUSSOU
Gérard AKOUME
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Los dos hombres citados en el encabezamiento recibieron sendas condenas a tres años de prisión el 10 de septiembre de 1993. Amnistía Internacional siente preocupación porque sus declaraciones de culpabilidad podrían basarse exclusivamente en las "confesiones" que hicieron bajo tortura. La organización teme que estén expuestos a ser nuevamente torturados o maltratados.
Attiogbé Stéphane Koudoussou y Gérard Akoume fueron detenidos hacia el 26 de julio de 1993 y trasladados a la Gendarmería Nacional, jefatura de la fuerza policial paramilitar, donde presuntamente los torturaron. Más tarde comparecieron en la televisión nacional, confesando que eran los responsables de los recientes atentados con bomba ocurridos en la capital, Lomé. Según parece, hicieron sus "confesiones" bajo coacción. Durante varios días permanecieron recluidos en la Gendarmería Nacional, y según las autoridades, luego los trasladaron a la Prisión Civil de Lomé.
En agosto de 1993, ambos comparecieron ante el Tribunal de Delitos Flagrantes por los cargos de "asociación delictiva, destrucción de propiedad pública y destrucción de edificios". Sus abogados pidieron la suspensión del juicio alegando que los acusados habían sido torturados en la Gendarmería y que habían confesado bajo coacción. La petición fue denegada, así como la solicitud presentada por los abogados exigiendo pruebas de un médico forense sobre su estado clínico. El veredicto final se ha anunciado para el 10 de septiembre.
Diversos atentados con bomba se perpetraron poco después de la fecha anunciada para la celebración de elecciones presidenciales. Uno de ellos consistió en un ataque contra la sede de un partido de la oposición, el Comité de Acción por la Renovación, perpetrado el 24 de julio de 1993. Algunos informes apuntan a que Attiogbé Stéphane Koudoussou y Gérard Akoume, que según ciertas informaciones pertenecen a otro partido opositor, la Convención Democrática de Comunidades Africanas, fueron designados por este partido para atacar la sede del Comité de Acción por la Renovación. Esta insinuación ha sido descartada por otras fuentes, que lo consideran un intento de crear discordia entre los partidos de la oposición de cara a las elecciones presidenciales.
INFORMACIÓN GENERAL
Las elecciones presidenciales, largamente aplazadas, se celebraron en Togo el 25 de agosto de 1993, y el general Gnassingbé Eyadéma volvió a ser elegido presidente. Las elecciones legislativas están previstas para finales de este año. Las elecciones fueron ampliamente criticadas y calificadas como injustas. Gilchrist Olympio, dirigente de la oposición e hijo del primer presidente de Togo, que sufrió un intento de ejecución extrajudicial en mayo de 1992, fue excluido de las listas electorales por no estar en regla su certificado médico, y otros dos importantes aspirantes retiraron su candidatura en protesta por la deficiente elaboración de las listas electorales y el rechazo de la candidatura de Gilchrist Olympio.
Al día siguiente de las elecciones presidenciales, más de 40 personas fueron detenidas por las fuerzas de seguridad en los pueblos de Agbandi y Diguina, en Togo central, tras los graves incidentes ocurridos en Agbandi el día de las elecciones, cuando unos partidarios de la oposición descubrieron, al parecer, pruebas de prácticas fraudulentas. Según los informes, 21 personas han muerto bajo custodia tras ser arrestadas (véase AU 298/93, AFR 57/11/93/s, del 31 de agosto de 1993).
ACCIONES RECOMENDADAS: Telegramas, fax, télex, cartas urgentes, cartas por vía aérea, en francés o en la propia lengua del remitente:
-expresando preocupación porque, pese a los informes que señalan que fueron sometidos a tortura, Attiogbé Stephane Koudoussou y Gérard Akoume fueron declarados culpables el 10 de septiembre de 1993 y condenados a tres años de cárcel;
-explicando que, siendo al parecer la única prueba contra ellos sus "confesiones", deberían volver a juzgarlos y ponerlos en libertad si no se presentan pruebas claras y concluyentes contra ellos;
-instando a las autoridades a cumplir sus compromisos en virtud de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas, por los cuales todo Estado Parte "velará por que, siempre que haya motivos razonables para creer que ... se ha cometido un acto de tortura, las autoridades competentes procedan a una investigación pronta e imparcial" (artículo 12) y "... se asegurará de que ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento ... " (artículo 15);
- pidiendo garantías de que reciben un buen trato y tienen acceso a sus familias y a la atención médica necesaria.
LLAMAMIENTOS A:
1) Presidente:
Son Excellence Monsieur le Général Gnassingbé Eyadéma
Président de la République
Palais présidentiel
Avenue de la Marina
Lomé, Togo
Telegramas: Président de la République, Lomé, Togo
Fax: + 228 21 18 97 ; + 228 21 32 04
Télex: 5319, 5419, 5201 TMS THG
Tratamiento: Monsieur le Président / Señor Presidente
2) Primer Ministro:
Monsieur Joseph Kokou Koffigoh
Premier Ministre
La Primature
Lomé, Togo
Telegramas: Premier Ministre, Lomé, Togo
Fax: + 228 21 20 40; + 228 21 08 50
Tratamiento: Monsieur le Premier Ministre / Señor Primer Ministro
3) Ministro de Justicia:
Monsieur Aregba Polo
Ministre de la Justice et Garde des Sceaux
Ministère de la Justice
Avenue de la Marina
Rue Colonel de Roux
Lomé, Togo
Telegramas: Ministre de la Justice, Lomé, Togo
Tratamiento: Monsieur le Ministre / Señor Ministro
COPIAS A:
Monsieur le Lieutenant-colonel Walla
Chef de la Gendarmerie nationale
Gendarmerie nationale
Lomé, Togo
Telegramas: Monsieur le Lieutenant-colonel Walla, Lomé, Togo
Tratamiento: Monsieur le Lieutenant-colonel / Señor Teniente Coronel
y a la representación diplomática acreditada de Togo en el país del remitente.
SE RUEGA ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 12 de noviembre de 1993.