Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO.Trato cruel, inhumano y degradante / detención arbitraria / reclusión ilegítima











PÚBLICO Índice AI: AFR 62/001/2008

20 de marzo de 2008


AU 75/08 – Trato cruel, inhumano y degradante / detención arbitraria / reclusión ilegítima


REPÚBLICA DEMOCRÁTICA Kakule Kahemu, de 16 años, ex niño soldado

DEL CONGO



El ex niño soldado Kakule Kahemu está recluido en condiciones de hacinamiento e insalubridad en la Prisión Central de Butembo, provincia de Kivu Septentrional, junto con presos adultos. Lo han acusado de un delito tipificado en el Código Penal Militar, que sólo se aplica a adultos.


Kakule Kahemu fue reclutado en un grupo armado de mayi-mayi (milicias locales que habitualmente tienen su base en grupos étnicos) en torno a junio de 2007, pero a principios de noviembre de ese año se escapó e intentó incorporarse al proceso nacional de desmovilización emprendido por el gobierno de la República Democrática del Congo con el apoyo internacional con el fin de rehabilitar a ex niños soldados y apoyarlos en su retorno a la vida civil. Kakule Kahemu se entregó al jefe de policía local, quien lo envió a la comandancia del ejército en Butembo.


El 12 de noviembre, la Fiscalía Militar local lo acusó formalmente, en aplicación de los artículos 136 y 137 del Código Penal Militar, de “participación en un movimiento insurreccional” (participation à un mouvement insurrectionnel), delito que acarrea penas de entre 5 y 20 años de prisión.


Ese mismo día Kakule Kahemu fue trasladado a la prisión de Butembo. Allí lo obligan a compartir una celda con presos adultos. En Butembo los reclusos no reciben raciones regulares de alimentos y dependen de la comida que les llevan familiares y amistades. Una delegación de Amnistía Internacional que visitó la prisión a finales de febrero comprobó que Kakule Kahemu y los demás presos llevaban dos días sin comer.


La legislación militar no se aplica a las personas menores de 18 años, y su uso en este caso es ilegítimo. En el artículo 114 del Código de Justicia Militar se estipula que “[l]as jurisdicciones militares no tienen competencia sobre personas menores de 18 años de edad” (Les juridictions militaires sont incompétentes à l’égard des personnes âgées de moins de dix-huit ans). Además, la República Democrática del Congo es Estado Parte en la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, cuyo artículo 37.c establece que “todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño”.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Decenas de miles de niños y niñas fueron usados como combatientes, empleados domésticos y objetos sexuales por grupos armados y fuerzas del gobierno durante el conflicto que estalló en la República Democrática del Congo en 1996. El conflicto, desencadenado por las divisiones políticas y étnicas que afectan a las provincias de Kivu, en el este del país, se convirtió también rápidamente en una lucha por el control de las abundantes riquezas minerales y otras riquezas naturales del país. En su punto álgido, participaban en los enfrentamientos decenas de grupos armados congoleños y extranjeros, el ejército nacional congoleño y, durante algún tiempo, fuerzas gubernamentales de cinco países vecinos. El conflicto se caracterizó por violaciones masivas del derecho internacional humanitario cometidas por los combatientes contra la población civil.


En el marco del proceso de paz iniciado en 2003, muchos de estos niños y niñas fueron desmovilizados y devueltos a sus familias, aunque millares de menores, según se cree, siguen integrados a los grupos armados o no están incorporados al programa de desmovilización El ejército regular puso fin formalmente al reclutamiento y uso de menores en noviembre de 2004. Sin embargo, los informes indican que sigue habiendo menores de edad entre sus filas y que el ejército ha utilizado regularmente, y en ocasiones por la fuerza, a menores para transportar artículos como municiones y raciones. Recientemente, en la provincia de Kivu Septentrional, donde siguen produciéndose enfrentamientos armados, se ha observado un resurgimiento del reclutamiento de niños y niñas por grupos armados, entre ellos numerosos menores que habían sido devueltos a sus familias.


Los términos del proceso de desmovilización establecen que los menores que han estado integrados a grupos armados congoleños y al ejército regular deben ser entregados al cuidado de organismos internacionales de protección de menores, como el UNICEF, o a una ONG local asociada a ellos. Estos organismos les proporcionan cuidados en el periodo de transición a la vida civil y, cuando ello es posible, organizan su reincorporación a su familia. Una vez en el seno de sus familias, los menores son beneficiarios de un conjunto de medidas de apoyo en el ámbito de la comunidad. No obstante, esto no se ha podido implementar en todos los casos, especialmente en la provincia de Kivu Septentrional, donde los programas de apoyo de las ONG se han visto seriamente afectados por la persistente violencia.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos de modo que lleguen lo antes posible, en francés, inglés, swahili, lingala o en su propio idioma:

- instando a las autoridades a devolver la libertad al ex niño soldado Kakule Kahemu de inmediato y sin condiciones y entregarlo al cuidado de un organismo de protección de la infancia debidamente acreditado;

- exhortando a las autoridades a recordar a todo el personal judicial militar que la legislación militar no se aplica a ninguna persona menor de 18 años y que todo menor detenido por las autoridades militares debe ser puesto en libertad de inmediato o entregado a las autoridades civiles;

- pidiendo a las autoridades que cumplan con la obligación que les impone el artículo 37.c de la Convención sobre los Derechos del Niño y garanticen que Kakule Kahemu y otros detenidos menores de 18 años estarán separados de los adultos.


LLAMAMIENTOS A:

Fiscal General Militar:

Général Joseph Ponde Isambwa

Auditorat général des FARDC

Kinshasa, República Democrática del Congo

Tratamiento: Dear General / Monsieur le Général / Señor General


Jefe del Estado:

Son Excellence Joseph Kabila (PPRD)

Président de la République

Présidence de la République

Palais de la Nation, avenue de Lemera

Kinshasa Ngaliema, República Democrática del Congo

Correo-e: cabinet_president@yahoo.fr

Tratamiento: Dear President Kabila / Son Excellence Monsieur le Président / Señor Presidente


Ministro de Defensa Nacional, Desmovilización y Veteranos de Guerra:

M Chikez Diemu

Ministre de la Défense nationale et des Anciens combattants

Ministère de la Défense nationale et des Anciens combattants

BP 4111

Kinshasa Gombe, República Democrática del Congo

Tratamiento: Dear Minister / Monsieur le Ministre / Señor Ministro





Ministro de Justicia y Derechos Humanos:

M Mutombo Bakafwa Nsenda

Ministre de la Justice et des Droits humains

Ministère de la Justice

228 avenue de Lemera

BP 3137

Kinshasa-Gombe, República Democrática del Congo

Correo-e: min_droitshumains@yahoo.fr

Tratamiento: Dear Minister / Monsieur le Ministre / Señor Ministro


COPIA A: la representación diplomática de la República Democrática del Congo acreditada en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 1 de mayo de 2008.

Cómo puedes ayudar

AMNISTÍA INTERNACIONAL EN EL MUNDO