Documento - ERITREA. Presos de conciencia / detención ilegal / temor de tortura o malos tratos
PÚBLICO
Índice AI: AFR 64/011/2003/s
27 de noviembre de 2003
AU 348/03 Presos de conciencia / detención ilegal / temor de tortura o malos tratos
ERITREA
lyob (apellido desconocido), pastor de la Iglesia Palabra de Vida (Kale Hiwot)
Otros siete miembros de la iglesia citada (cuyos nombres se desconocen)
S
egún informes, un pastor de la Iglesia cristiana evangélica Palabra
de Vida (Kale Hiwot), al que se conoce simplemente por lyob,
y otros siete miembros de su congregación de identidad desconocida,
se encuentran recluidos en régimen de incomunicación en una
comisaría de la ciudad de Mendefera, en el sur de Eritrea. A
Amnistía Internacional le preocupa que puedan infligirles torturas
o malos tratos para intentar obligarlos a abandonar su
fe.
La policía detuvo a las ocho personas mencionadas en el encabezamiento de esta acción el 23 de noviembre en la ciudad de Mendefera, sede de la iglesia a la que pertenecen, ubicada 30 kilómetros al sur de la capital, Asmara. Se desconocen los motivos de la detención ya que no se han formulado cargos contra los detenidos. Amnistía Internacional considera que se trata de presos de conciencia, detenidos únicamente por el ejercicio de su derecho legítimo a la libertad de creencias y de expresión.
En octubre, se enviaron soldados a clausurar la principal iglesia de la congregación Palabra de Vida (Kale Hiwot) en Asmara, al parecer, como parte de las medidas adoptadas por el gobierno para restringir el derecho a la libertad de religión.
INFORMACIÓN GENERAL
La Iglesia Palabra de Vida (Kale Hiwot) es una de las 12 iglesias cristianas minoritarias que fueron prohibidas en mayo de 2002, aunque extraoficialmente se les permitió seguir practicando su culto, y a las que se ordenó inscribirse en el registro del recién creado Departamento de Asuntos Religiosos. Las iglesias se quejaron de los requisitos establecidos para la inscripción registral, que les exigían, entre otras cuestiones, ofrecer información pormenorizada sobre sus miembros y su financiación.
A comienzos de 2003, las autoridades empezaron a detener de forma generalizada a miembros de varias de estas iglesias: irrumpían en medio de la celebración de ceremonias y servicios religiosos y procedían a la detención ilegal de los fieles, a los que mantenían recluidos durante periodos indefinidos sin cargos y sometían a torturas o malos tratos para intentar obligarlos a abandonar su fe. En agosto de 2003, 57 estudiantes de enseñanza secundaria que estaban asistiendo a un curso obligatorio en el cuartel militar de Sawa fueron detenidos y recluidos en contenedores de metal, sometidos a duras condiciones constitutivas de tortura, por hallarse en posesión de ejemplares de la Biblia. Seis de los detenidos continúan recluidos en régimen de aislamiento en celdas subterráneas (véase la AU 269/03, AFR 64/006/2003/s, del 18 de septiembre de 2003 y su seguimiento, AFR 64/010/2003/s, del 27 de noviembre de 2003). En la actualidad, hay más de 330 miembros de iglesias minoritarias detenidos en distintos lugares del país.
Las autoridades eritreas han asegurado en el pasado que en su país no hay persecución religiosa, alegando que la Constitución garantiza la libertad de religión. No obstante, las garantías constitucionales que consagran la libertad de opinión y de creencias y el derecho a no ser detenido arbitrariamente se ven constantemente violadas con impunidad. Al parecer, las autoridades persiguen a estas iglesias minoritarias con la finalidad de restringir con carácter general el derecho a la libertad de expresión de las opiniones y creencias independientes, pese a que estas congregaciones no intervinieron en las reivindicaciones de reformas democráticas que provocaron la detención de numerosas personas, a las que la organización consideró presos de conciencia, y a la prohibición de la prensa independiente en septiembre de 2001. Estas iglesias tampoco se han manifestado en contra del servicio militar obligatorio en el país (causa primordial de la afluencia masiva de refugiados procedentes de Eritrea), pese a que el gobierno eritreo no reconoce el derecho a la objeción de conciencia.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos de modo que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:
-
solicitando la liberación inmediata e incondicional del pastor lyob y los siete miembros de su iglesia, Palabra de Vida (Kale Hiwot), que fueron detenidos el 23 de noviembre en Mendefera y están recluidos en régimen de incomunicación sin cargos;
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señalando que Amnistía Internacional los considera presos de conciencia, detenidos por sus creencias religiosas;
-
pidiendo garantías de que reciben un trato humano durante su detención, y de que no son sometidos a torturas o malos tratos;
-
instando a que se les permita tener acceso a sus familiares y representantes letrados y a cualquier tratamiento médico que necesiten;
-
haciendo un llamamiento al gobierno para que respete las garantías de libertad de religión y el derecho a no ser detenido arbitrariamente contenidas en la Constitución de Eritrea y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado que el gobierno ratificó en 2002.
LLAMAMIENTOS A:
Presidente:
His Excellency Issayas Afewerki
President of the State of Eritrea
Office of the President
P O Box 257
Asmara, Eritrea
Fax: + 2911 125123 (insistan hasta conseguir línea)
Tratamiento: Your Excellency / Señor Presidente
Ministra de Justicia:
Ms Fawzia Hashim
Minister of Justice
Ministry of Justice
P O Box 241
Asmara, Eritrea
Fax: + 2911 126422
Tratamiento: Dear Minister / Señora Ministra
COPIA A:
Director General de la Policía:
Brigadier Abraham Andom
Commissioner of Police
Ministry of Internal Affairs
P O Box 1223
Asmara, Eritrea
Fax: + 2911 122135
Director del Departamento de Asuntos Religiosos
Mr Semere Beyene
Director, Department of Religious Affairs
Office of the President
P O Box 257
Asmara, Eritrea
Fax: +2911 125 123 (insistan hasta conseguir línea)
y a los representantes diplomáticos de Eritrea acreditados en su país.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 9 de enero de 2004.