Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Memorándum de Amnistía Internacional a la Unión Europea y a los Estados miembros de la UE

Público


Amnistía Internacional



Memorándum de Amnistía Internacional a la Unión Europea y a los Estados miembros de la UE


Abordar los peligros y dificultades a que hacen frente los defensores de los derechos humanos de los Estados de Latinoamérica y el Caribe














Marzo 2003

Índice AI: AMR 01/002/2003/s



SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO

TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA



Memorándum de Amnistía Internacional a la Unión Europea y los Estados miembros de la UE


Abordar los peligros y dificultades a que hacen frente los defensores de los derechos humanos de los Estados de Latinoamérica y el Caribe


La Unión Europea ha reconocido que, como parte de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos1contribuyen de forma crucial a la promoción y protección de esos derechos y a la elaboración de programas de cooperación destinados a superar algunos de los desafíos y desigualdades políticos, económicos, sociales y culturales que existen en los Estados de Latinoamérica y el Caribe.


Amnistía Internacional va a presentar este memorándum en las reuniones ministeriales entre la Unión Europa y el Grupo de Río, Mercosur, la Comunidad Andina, México y Chile que se celebrarán en Atenas, Grecia el 27 y 28 de marzo de 2003. La finalidad del memorándum es destacar las graves dificultades y peligros a que se enfrentan estos importantes representantes de la sociedad civil en Latinoamérica y el Caribe.


Amnistía Internacional observa con satisfacción la dimensión de derechos humanos que la UE ha desarrollado en sus relaciones exteriores y su compromiso para con la promoción y protección de los derechos humanos. En particular, a la organización le satisface la prioridad otorgada a la protección y la promoción de los derechos humanos en la Declaración Política del Compromiso de Madrid, del 17 de mayo de 2002, así como el compromiso «de apoyar el interés y la participación de los representantes de la sociedad civil en los procesos políticos, económicos y sociales de nuestros países, en las agrupaciones regionales respectivas y en nuestra relación birregional».2


No obstante, la organización cree que el cumplimiento de estos compromisos relativos a los derechos humanos y a la participación de la sociedad civil en estos procesos exige que la UE preste atención urgente a una situación que Amnistía Internacional considera que se ha convertido en un caso de represión sistemática de los defensores de los derechos humanos en la región. El apoyar a los defensores de los derechos humanos que se encuentran en peligro es de por sí un apoyo para promover los componentes de derechos humanos del Compromiso de Madrid.


Peligros y dificultades a que se enfrentan los defensores de los derechos humanos en los Estados de Latinoamérica y el Caribe


En Latinoamérica y el Caribe, la tarea de cuestionar y desafiar a los Estados, incluidas las poderosas élites políticas, militares y económicas, respecto a sus obligaciones en materia de derechos humanos es peligrosa, y puede ser mortal: Amnistía Internacional ha documentado en esta región del mundo más homicidios de defensores de los derechos humanos, tanto hombres como mujeres, que en cualquier otra.


Muchos defensores se han aclimatado de tal manera a las constantes amenazas e intimidaciones, a la inacción del Estado respecto a ellos y a la hostilidad de distintos sectores de la sociedad que han dejado de informar sobre muchos de esos incidentes. Muchos otros se han visto obligados a abandonar su casa, y en ocasiones incluso su país.


Los graves peligros a los que se enfrentan los defensores de los derechos humanos de los Estados de Latinoamérica y el Caribe han sido amplia y detalladamente documentados por Amnistía Internacional3y por otras organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales de derechos humanos.


Los testimonios recopilados por Amnistía Internacional a lo largo de los diez últimos años y más documentan cómo centenares de activistas que luchan por promover y defender los derechos humanos pueden haber sido víctimas de ejecución, «desaparición», tortura, malos tratos, amenazas e intimidación a manos de agentes del Estado o de personas que actúan en su nombre.


Los defensores también han sido sometidos a una amplia gama de actos de acoso, tales como investigaciones por cargos falsos, detenciones con o sin orden judicial, asaltos y vigilancia. Las campañas de difamación, en las que se formulan contra los defensores acusaciones infundadas y no corroboradas, se han convertido en un medio habitual para distraer la atención de cuestiones preocupantes relativas a los derechos humanos y para desacreditar el trabajo de defensa de dichos derechos.


Los defensores de los derechos humanos de Latinoamérica y el Caribe se enfrentan a una represión sistemática, que se puede describir con este adjetivo porque los gobiernos han eludido sistemáticamente su deber de tomar medidas efectivas para impedir ataques y hostilidades contra los defensores y han incumplido sistemáticamente su obligación, establecida en normas nacionales e internacionales, y que los propios gobiernos han accedido a cumplir, de proporcionar remedios adecuados.


Los ataques contra defensores de los derechos humanos no pueden cometerse impunemente a menos que se cuente con la aquiescencia tácita de las autoridades.


En Guatemala, el hecho de que el gobierno no aborde las graves violaciones de derechos humanos que los defensores de estos derechos sufrieron durante el periodo de conflicto armado interno a causa de sus esfuerzos por sacar a la luz las atrocidades cometidas por el ejército y los grupos paramilitares guatemaltecos, ha dado lugar a nuevos ataques contra los defensores. Muchos de estos nuevos ataques, entre los que se encuentran varios homicidios y decenas de amenazas durante los primeros meses del 2003, son aparentemente cometidos por miembros de grupos ilegales clandestinos compuestos en parte por ex paramilitares o ex miembros de las fuerzas de seguridad.


En Colombia, la comunidad de derechos humanos vive en estado de sitio. En los últimos 20 años, decenas de defensores han muerto a manos del ejército o de sus aliados paramilitares, y centenares más viven en el exilio. Sin embargo, los esfuerzos del gobierno por proteger a los defensores se han limitado a un programa de medidas prácticas consistentes en proporcionar artículos como chalecos antibalas o dinero para huir. Aunque estas medidas han sido útiles, es evidente que el gobierno no ha elaborado un plan de acción global, que incluya investigaciones judiciales exhaustivas, aplicable a todos los niveles del sistema estatal y que pueda ayudar a prevenir los ataques y a abordar las causas reales de las agresiones contra los defensores.


Más recientemente, en algunos países la inseguridad a la que se enfrentan los defensores se ha agravado con la adopción de nuevas políticas y medidas de seguridad para combatir el terrorismo. Los datos reunidos por Amnistía Internacional sugieren que algunos defensores de los derechos humanos son víctimas de ataques o acoso durante operaciones organizadas por las fuerzas de seguridad para, supuestamente, combatir el terrorismo.


Un ejemplo es lo sucedido en diciembre del 2002 en Colombia, cuando las oficinas de la organización por el desarrollo Terre des Hommes-Italia, un proyecto financiado por la Unión Europea y creado para hacer frente a las necesidades de los niños y jóvenes afectados por el conflicto, fue registrada por agentes del Estado que, aparentemente, buscaban armas pero que aprovecharon para copiar información de los ordenadores. En el registro no se hallaron armas ni otros artículos incriminatorios. Amnistía Internacional ha recibido otros informes sobre hechos similares.


También en Colombia, las restricciones tanto oficiales como no oficiales impuestas recientemente a la libertad de circulación han provocado que los defensores de los derechos humanos no siempre puedan acceder a las zonas en las que se han denunciado violaciones de derechos humanos. Algunos activistas, periodistas y trabajadores de ayuda humanitaria han sido interrogados o detenidos arbitrariamente a causa de sus intentos de ponerse en contacto con personas de las zonas de conflicto aisladas del resto del país.


En Santa Lucía, una abogada de derechos humanos fue amenazada recientemente con ser violada y ejecutada por su trabajo para poner al descubierto la brutalidad policial ejercida durante operaciones de orden público. También fue vilipendiada por sectores de los medios de comunicación. De igual modo, los defensores de los derechos humanos de Brasil han sido tachados constantemente de defensores de delincuentes por destacadas figuras públicas y por parte de los medios de comunicación a causa de sus esfuerzos por conseguir que la política de seguridad pública cumpla las normas internacionales de derechos humanos.


Bajo el pretexto de la seguridad, algunos gobiernos de la región han introducido a lo largo de los últimos años medidas para restringir o «controlar» las manifestaciones de la sociedad civil. Lo que es peor, quienes, en virtud de la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos,4ejercen su derecho legítimo a protestar pacíficamente contra las políticas que, según consideran, perpetúan la degradación y las desigualdades económicas, sociales y culturales se han convertido a su vez en víctimas de violenta represión.


El 10 de marzo de este año, agentes de policía disolvieron por la fuerza una marcha convocada por organizaciones de mujeres en Puerto Príncipe, Haití. Los participantes fueron acosados y amenazados por contramanifestantes progubernamentales en presencia de la policía, y esos contramanifestantes también amenazaron a los periodistas que intentaban informar sobre los hechos. En Argentina, dos personas murieron por disparos de la policía en junio del 2002 en las protestas por la prolongada crisis económica.


Amnistía Internacional ha observado también una creciente tendencia de las autoridades de los distintos niveles a recurrir a medios judiciales como forma de amordazar a los defensores de los derechos humanos: por ejemplo, deteniéndolos o amenazándolos con detenerlos, unas veces por cargos de difamación y otras veces por cargos más graves. En Cuba y en algunos estados de México esta práctica se ha convertido en un grave problema.


Cuando un gobierno no condena, previene ni remedia las violaciones contra los defensores de los derechos humanos transmite el mensaje de que dichas violaciones se toleran. A consecuencia de ello, los defensores se ven más expuestos a sufrir ataques no sólo de agentes estatales que han quedado impunes, sino también de otras personas que actúan en nombre de esos agentes estatales o que emulan su ejemplo.


Los hechos como los aquí descritos demuestran que hoy día los defensores de los derechos humanos de Latinoamérica y el Caribe no gozan de una protección mayor ni mejor que la que han tenido durante las últimas décadas.


En su tercer informe al secretario general de la ONU, presentado en enero del 2003, Hina Jilani, representante especial del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, afirmó que es necesario un mayor esfuerzo internacional para proteger a los defensores de los derechos humanos de Latinoamérica y el Caribe, dada la naturaleza «sistémica»5 de las violaciones de que son objeto los defensores en esta región. Según dijo, algunos de los países que requieren especial atención son Guatemala, Colombia, México, Brasil, Honduras, Ecuador, Argentina, Bolivia, Haití y la República Dominicana.6


Los ataques contra los defensores de los derechos humanos son ataques contra los principios de democracia, rendimiento de cuentas y transparencia que subrayan y guían el trabajo de defensa de los derechos humanos y que han hecho objeto de alabanzas internacionales a los defensores como importantes agentes de la vida pública en los Estados de Latinoamérica y el Caribe.


Los ataques contra los defensores de los derechos humanos son un reflejo de la hostilidad contra el papel de la sociedad civil en las instituciones democráticas y sobre su papel como observador independiente, crítico y asesor de la política y práctica de los gobiernos en materia de derechos humanos.


Los ataques contra los defensores de los derechos humanos amenazan la estructura misma de los derechos humanos. Causan un daño insufrible a los defensores individuales y a sus familias, y debilitan o eliminan la capacidad de los defensores de hablar y actuar libremente y defender los derechos de otras personas.


Los ataques contra los defensores de los derechos humanos reflejan el grado de penetración de las violaciones de derechos humanos en su conjunto, ya que uno de los motivos principales de atacar a los defensores es detener su trabajo, impedirlo o disuadir a los defensores de que informen o investiguen sobre violaciones de derechos humanos cometidas contra otras personas, e impedir u obstaculizar las posibles acciones de los defensores para poner remedio a estas situaciones.


En conclusión, la situación de inseguridad en la que viven los defensores de los derechos humanos de Latinoamérica y el Caribe no sólo no ha mejorado en la última década, sino que ha seguido imparable, hasta el punto de que, hoy día, los defensores de algunos países se enfrentan a situaciones de emergencia. Aunque los problemas estructurales y la falta de recursos pueden limitar el logro de mejoras, en realidad lo que permite que continúen las violaciones de derechos humanos contra los defensores es la ausencia de voluntad política por parte de los gobiernos, y la impunidad con la que se permite que se sigan cometiendo esas violaciones.


Los constantes llamamientos de los defensores de los derechos humanos de la región para que se proteja su propia seguridad se han plasmado en una gran cantidad de resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, la Organización de los Estados Americanos (OEA) y el Parlamento Europeo, así como en dos recientes visitas a la región de la representante especial del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y en el establecimiento, dentro del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, de una Unidad Especial para Defensores de Derechos Humanos.


Todas ellas son iniciativas excelentes. No obstante, las dificultades y los peligros a los que se enfrentan los defensores en Latinoamérica y el Caribe son tan graves que se necesitan esfuerzos concertados en el ámbito regional e internacional. Es urgente que la UE preste atención a esta cuestión y que se recompense a los defensores de los derechos humanos de la región por su lucha y por los importantes logros que han alcanzado a pesar de los intentos de acallarlos, obstaculizarlos y oprimirlos a ellos y a sus actividades.


En el memorándum de Amnistía Internacional a la cumbre entre la Unión Europea y Latinoamérica y el Caribe celebrada en mayo del 2002, la organización pidió a la UE que, en sus relaciones con Latinoamérica y el Caribe, vigilara el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos en lo que se refiere a los defensores de los derechos humanos de esa región, y que vigilara en especial el cumplimiento de la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos y de las resoluciones de la OEA sobre defensores de los derechos humanos. También le pidió que brindara apoyo específico a la labor de promoción del respeto de los derechos humanos llevada a cabo por los defensores.


La UE ha reiterado su compromiso de respetar los derechos humanos. Este memorándum formula recomendaciones para ayudarla a cumplir ese compromiso, y expone unos objetivos concretos mediante los cuales la UE puede empezar a medir el cumplimiento de los compromisos y cláusulas de derechos humanos –que establecen que los derechos humanos, la democracia y el respeto de las libertades fundamentales deben ser la base de toda cooperación– de todos los acuerdos establecidos por la UE con terceros países desde 1995.


Recomendaciones: Amnistía Internacional pide a los Estados miembros de la Unión Europea que, en sus relaciones con Estados de Latinoamérica y el Caribe:


  1. Ayuden a los gobiernos de Latinoamérica y el Caribe a elaborar planes concretos sobre políticas y prácticas para aplicar los principios contenidos en la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos.


  1. Insistan en que los planes para aplicar los principios contenidos en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos no deben consistir únicamente en medidas de protección práctica, sino en medidas globales encaminadas a prevenir las violaciones de derechos humanos y abordar sus causas.


Esos planes deben incluir las medidas sugeridas por Amnistía Internacional en sus recomendaciones para la protección de los defensores de los derechos humanos (véase apéndice I), por ejemplo: investigaciones efectivas para llevar a los responsables ante la justicia; medidas para poner en vigor leyes que promuevan los principios de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, y en particular el derecho a la libertad de expresión y la libertad de asociación; la reforma o derogación de las leyes que puedan vulnerar estos derechos, como por ejemplo la legislación sobre seguridad o las leyes sobre difamación utilizadas para acosar a los defensores de los derechos humanos por vía judicial; estrategias para identificar y tratar los grupos, tanto estatales como no estatales, hostiles a la labor de defensa de los derechos humanos y a quienes la llevan a cabo.


  1. Establezcan criterios para evaluar la aplicación de estos planes. Entre otros, pueden incluirse los siguientes: la designación de responsabilidades políticas para supervisar la aplicación de los planes sobre políticas y prácticas respecto a los defensores de los derechos humanos; la asignación de presupuestos para este fin; la creación de estructuras de evaluación y la presentación de informes sobre la eficacia de las medidas adoptadas; medidas legislativas; la conclusión satisfactoria de las investigaciones judiciales sobre una selección de casos emblemáticos de violaciones de derechos humanos contra defensores; el establecimiento de mecanismos especiales para garantizar dichas investigaciones; la respuesta rápida a los llamamientos urgentes de los mecanismos de la ONU y la puesta en práctica de las recomendaciones de la ONU; un diálogo serio con los defensores sobre sus necesidades; campañas públicas para compensar la hostilidad hacia quienes promueven y protegen los derechos humanos.


  1. Entablen debates con autoridades de todos los niveles del Estado, incluidas las autoridades estatales en los sistemas federales y las autoridades departamentales y municipales, respecto a los planes para aplicar los principios contenidos en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos.


  1. Asegúrense de que los planes para elaborar políticas y prácticas para la aplicación de los principios contenidos en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos incluyen las recomendaciones formuladas por la representante especial del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, y en especial las relativas a la situación de los defensores de los derechos humanos en Guatemala y Colombia, así como las recomendaciones formuladas a todos los Estados, y también las recomendaciones formuladas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y por el sistema interamericano de derechos humanos.


  1. Asegúrense de que los programas de protección práctica incluyen a jueces, fiscales y otras autoridades gubernamentales, que sufren violaciones de derechos humanos a causa de su compromiso para con la protección de estos derechos, e incluyen también a los testigos. Asegúrense además, no obstante, de que esos programas tienen en cuenta las distintas necesidades de estos distintos sectores.


  1. Subrayen la importancia de las experiencias y recomendaciones de los grupos de derechos humanos y de la sociedad civil para mejorar la seguridad pública y la lucha contra el terrorismo, e insistan en que estas consideraciones se incorporen de forma efectiva en los programas destinados a elaborar políticas y prácticas para mejorar la seguridad regional y combatir el terrorismo. Asegúrense de que los programas de cooperación para combatir el terrorismo respetan los derechos humanos internacionalmente reconocidos y no vulneran ni amenazan la seguridad de los defensores de los derechos humanos. Asegúrense de que los programas de ayuda para la seguridad elaborados por los gobiernos de la UE, incluidos los programas de formación en operaciones de seguridad y en material de seguridad e información, incluyen las salvaguardias y controles adecuados para garantizar que dicha ayuda no se utiliza para interferir en las actividades de los defensores de los derechos humanos ni obstaculizarlas.


  1. Asegúrense de que los programas de cooperación en los que están implicados los medios de comunicación y la libertad de expresión incluyen componentes destinados a garantizar que los medios de comunicación desempeñan un papel positivo en la promoción de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y de la labor legítima de los defensores.


  1. Asegúrense de que los programas de cooperación para la educación incluyen componentes para promover la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y la labor legítima de los defensores.


  1. Asegúrense de que los programas sobre democracia y derechos humanos incluyen componentes que fomentan y subrayan la importancia y la legitimidad de la vigilancia crítica de la sociedad civil sobre las políticas y prácticas gubernamentales en materia de derechos humanos.


  1. Asegúrense de que el programa regional de apoyo a los Defensores del Pueblo de Latinoamérica incorpora el asesoramiento y la ayuda sobre cómo vigilar el respeto de los principios de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y reconoce a los Defensores del Pueblo como defensores de los derechos humanos que en ocasiones también pueden necesitar protección.


  1. Apoyen y animen el establecimiento de mecanismos que garanticen una participación adecuada de los sectores pertinentes de la sociedad civil, incluidos los defensores de los derechos humanos, en la formulación y aplicación por parte de los gobiernos de políticas y prácticas para promover los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluidos los esfuerzos para establecer medidas destinadas a mejorar la seguridad pública y luchar contra el terrorismo. Promuevan el cumplimiento de las normas y principios de derechos humanos en los acuerdos de libre comercio, garantizando que se invita a los defensores de los derechos humanos a aportar sus opiniones y recomendaciones y estableciendo mecanismos para asegurar que se presta la debida atención a estas consideraciones.


Amnistía Internacional pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que, en sus esfuerzos por proteger a los defensores de los derechos humanos y su labor en Latinoamérica y el Caribe:


  1. Apoyen a los defensores de los derechos humanos en sus esfuerzos por lograr que los Estados adopten políticas y prácticas destinadas a garantizar el respeto y la aplicación de los principios contenidos en la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos.


  1. Respalden los programas adoptados por organizaciones no gubernamentales, así como por las Defensorías del Pueblo encargadas de los derechos humanos, para hacer frente a la actitud de los gobiernos, que no garantizan su seguridad ni su libertad para llevar a cabo su trabajo.


  1. Apoyen a las organizaciones no gubernamentales dedicadas a proporcionar acompañamiento, como protección, a los defensores de los derechos humanos en peligro.


  1. Asegúrense de que se adoptan procedimientos de emergencia para que los defensores de los derechos humanos que huyen de su país ante un temor fundado a ser perseguidos pueden solicitar y recibir rápidamente asilo.


  1. Respalden las visitas de delegaciones de la UE a países de Latinoamérica y el Caribe para verificar la situación de los derechos humanos.


  1. Asegúrense de que las delegaciones diplomáticas de la UE garantizan el respeto de los principios contenidos en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos dando a su personal instrucciones para que:


  • actúe sin demora y condene las amenazas y los ataques contra defensores de los derechos humanos;


  • ayude a superar el aislamiento de muchos defensores de los derechos humanos y a legitimar su importante labor recibiendo a defensores y visitando sus oficinas y sus zonas de trabajo;


  • vigile de cerca las investigaciones sobre amenazas y ataques contra defensores de los derechos humanos y envíe a su Ministerio de Asuntos Exteriores informes periódicos sobre la situación de los defensores de los derechos humanos;


  • se asegure de que el diálogo con los defensores de los derechos humanos refleja a todos los sectores de la sociedad, en especial a los sectores más marginados, como aquellos que defienden los derechos de las mujeres, los gays, las lesbianas y los transexuales, y también los ecologistas, los dirigentes de comunidades de desplazados y los activistas comunitarios;


  • asiste a los juicios contra defensores de los derechos humanos y los observa;


  • facilita reuniones nacionales e internacionales de defensores de los derechos humanos;


  • se abstiene de realizar declaraciones infundadas o acusaciones que puedan poner en peligro la integridad o la seguridad de los defensores de los derechos humanos.


  1. Apoyen el mandato de la Unidad Especial para Defensores de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y exploren todos los ámbitos de colaboración.


  1. Animen a todos los gobiernos a respaldar el mandato de la representante especial del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.

Apéndice I


Recomendaciones de Amnistía Internacional para la protección de los defensores de los derechos humanos presentadas a los gobiernos de Latinoamérica y el Caribe en 1999


Los gobiernos deben:


  1. Garantizar que los principios contenidos en la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1998, se incorporan de forma plena a las leyes y mecanismos nacionales para la protección de los derechos humanos, incluidas las Comisiones Nacionales de Derechos Humanos. En todos los niveles del Estado, las autoridades deben comprometerse explícitamente a promover el respeto a los derechos humanos y a proteger a los defensores de estos derechos.


  1. Asegurarse de que con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes internacionales de derechos humanos, los funcionarios de todos los niveles del aparato del Estado, incluidos los niveles inferiores, colaboran plenamente con los miembros de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y facilitan su trabajo.


  1. Garantizar que se llevan a cabo investigaciones exhaustivas e imparciales sobre violaciones de derechos humanos contra los defensores, que los responsables son llevados ante los tribunales y que se proporciona reparación a las víctimas o a sus familiares. Los resultados de esas investigaciones deben hacerse públicos. Los miembros de las fuerzas de seguridad que estén siendo objeto de investigación formal por violaciones de derechos humanos deben ser suspendidos inmediatamente del servicio activo hasta que hayan concluido las investigaciones. Asimismo, los gobiernos deben establecer sistemas de información que garanticen que ningún agente de las fuerzas de seguridad destituido debido a una posible implicación en violaciones de derechos humanos ocupa un puesto en otros departamentos oficiales.


  1. Disolver, desarmar y procesar de manera efectiva a los grupos paramilitares que operan con la complicidad o aquiescencia de las fuerzas de seguridad.


  1. Garantizar que los perpetradores de violaciones de derechos humanos contra los defensores no se benefician de ninguna medida legal que les exima de ser procesados o condenados. Deben derogarse medidas legislativas anteriores que impidan la realización de investigaciones completas y concluyentes sobre los casos de violaciones de derechos humanos contra los defensores.


  1. Tomar medidas eficaces para garantizar que todos los funcionarios públicos, incluidos los miembros de las fuerzas de seguridad, reconocer en la práctica la legitimidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos y se abstienen de hacer denuncias no fundamentadas contra ellos. Debe contestarse públicamente a las acusaciones de esta naturaleza y adoptarse las medidas adecuadas para sancionar a los responsables.


  1. Tomar medidas eficaces para sancionar a los funcionarios del Estado que no respetan las debidas normas en los procesos penales, en perjuicio de los miembros de las organizaciones de derechos humanos y sociales, con la intención de acosarlos o de obstaculizar sus legítimas actividades de defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Garantizar que los defensores de los derechos humanos gozan de igualdad ante la ley y que las investigaciones y procedimientos judiciales contra ellos se llevan a cabo de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios con las debidas garantías establecidas por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).


  1. Adoptar programas integrados para la protección de los defensores de los derechos humanos, programas que deben incluir medidas preventivas, como investigaciones penales exhaustivas sobre agresiones y amenazas contra los defensores, educación para los agentes de las fuerzas de seguridad sobre el derecho de los defensores a llevar a cabo sus actividades legítimas, así como medidas de seguridad para casos en los que sea necesario proporcionar protección inmediata. Este tipo de programas deben garantizar que todas las medidas para proteger a los defensores de los derechos humanos se adoptan de acuerdo con las peticiones de los miembros de las organizaciones de derechos humanos.


  1. Garantizar la aplicación detallada de programas de protección de testigos para proteger a personas, incluidos los defensores de los derechos humanos, que estén involucradas en investigaciones criminales y procedimientos judiciales contra acusados de violaciones de derechos humanos.


  1. Garantizar la aplicación plena de las recomendaciones y resoluciones internacionales, entre ellas medidas preventivas o provisionales, establecidas en relación con los defensores de los derechos humanos por el sistema interamericano de derechos humanos, incluida la Asamblea General de la OEA, y por las Naciones Unidas. Deben tomarse medidas apropiadas para vigilar el cumplimiento de esta recomendaciones y resoluciones.


  1. Garantizar el pleno apoyo a los mecanismos e iniciativas, incluidos los relatores especiales, de los sistemas de derechos humanos de las Naciones Unidas e interamericano, que otorgan un reconocimiento universal y generalizado a los defensores de los derechos humanos y a su trabajo. Asimismo, reconocer la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y del Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura de la ONU, para que puedan presentarse quejas sobre violaciones de derechos humanos contra los defensores.


1 Los defensores de los derechos humanos son aquellos hombres y mujeres que, por su cuenta o de forma colectiva, actúan para contribuir a la eliminación efectiva de todas las violaciones de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos e individuos. Este trabajo incluye, aunque sin limitarse a ello, la búsqueda de la verdad y la justicia y el fortalecimiento del Estado de derecho, la consolidación del gobierno democrático y del rendimiento de cuentas, la lucha por la igualdad de género, de raza y de orientación sexual, la protección de los derechos económicos, sociales y culturales y de los derechos de los pueblos indígenas, la lucha contra la degradación del medio ambiente, el hambre, las enfermedades y la pobreza, la lucha por un nivel de vida digno, por la educación y por la atención médica, y la lucha para poner fin a las guerras y a la proliferación de armas y para proporcionar ayuda urgente a las víctimas de conflictos o de desastres naturales. Los defensores trabajan en todos los ámbitos de la sociedad y su trabajo se inspira y se guía por las normas de derechos humanos internacionalmente reconocidas.

2 Párrafo 9, UE-ALC: Valores y Posiciones Comunes, Compromiso de Madrid, 17 de mayo de 2002.

3 Si desean más información sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en Latinoamérica y el Caribe, consulten los siguientes informes de Amnistía Internacional: Brasil - Los defensores de los derechos humanos: Proteger los derechos de todos (Índice AI: AMR 19/08/98/s); Más protección, menos persecución. Defensores de los derechos humanos en Latinoamérica (Índice AI: AMR 01/02/99/s); Colombia: La protección de los defensores de los derechos humanos. Un paso adelante y tres atrás (Índice AI: AMR 23/22/00/s); México: Se atreven a alzar la voz (Índice AI: AMR 41/040/2001/s); El legado mortal de Guatemala: El pasado impune y las nuevas violaciones de derechos humanos (Índice AI: AMR 34/001/2002/s); Bolivia: La necesaria protección de los Defensores de los Derechos Humanos (AMR 18/004/2002/s).

4 La Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, conocida también como Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, fue adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998.

5 La representante especial describe como violación «sistémica» aquella que «es evidente que [...] aunque sea de carácter totalmente “local”, no habría ocurrido, o no habría quedado impune, sin el acuerdo tácito de las autoridades nacionales, o sea del conjunto del Estado». Párrafo 27, doc. ONU E/CN.4/2003/104.

6 Íbidem.

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