Documento - UA 222/91 - Belize: death penalty: Catalino O'Neil
EXTERNO (Para distribución general) Indice AI: AMR 16/03/91/s
AU 222/9128 de junio de 1991 Distr: AU/SC
Pena de muerte
BELICE:Catalino O'Neil (de 27 años de edad)
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El 14 de marzo de 1991, el Tribunal Supremo de Belice condenó a Catalino O'Neil a muerte por ahorcamiento tras declararle culpable del asesinato de su ex-compañera, el 10 de mayo de 1990. O'Neil apeló contra su declaración de culpabilidad. Amnistía Internacional siente preocupación porque, el 12 de junio de 1991, el Tribunal de Apelación rechazó su apelación y confirmó su declaración de culpabilidad.
La pena de muerte es preceptiva en Belice para el delito de asesinato. La apelación de Catalino O'Neil es la primera que rechaza el Tribunal de Apelación desde 1985, cuando rechazó la apelación de Kent Bowers. Bowers fue ejecutado posteriormente, en junio de 1985, pese a la petición de clemencia firmada, según informes, por 2.500 personas.
Según la Constitución de Belice, el Gobernador General tiene la prerrogativa de Gracia en los casos de pena de muerte, y actúa asesorado por el Consejo Consultivo de Belice. Este Consejo Consultivo está compuesto por 12 miembros, todos ellos ciudadanos de Belice, designados por el propio Gobernador General. Una de sus funciones es la de aconsejar al gobernador sobre el ejercicio de la real prerrogativa de gracia, aplicada por medio del Consejo Privado de la Reina, del Reino Unido. El abogado de Catalino O'Neil ha presentado una apelación ante el Consejo Consultivo, que se espera se reúna la semana que viene. Amnistía Internacional ha instado al Gobernador General a que haga uso de la prerrogativa de gracia y conmute la sentencia de muerte impuesta a este condenado.
INFORMACION GENERAL
El gobierno de Belice informó al Secretario General de las Naciones Unidas, para su informe de 1985 sobre la pena capital, que entre 1979 y 1985 se habían impuesto en el país 28 sentencias de muerte, y se había llevado a cabo una ejecución. Desde 1985, Amnistía Internacional ha tenido conocimiento de al menos ocho sentencias de muerte más, ninguna de las cuales se ha ejecutado. En diciembre de 1990, Amnistía Internacional hizo un llamamiento en favor de Luis Santos, sentenciado a muerte en noviembre de 1990 (véase Luis Santos: Death Penalty Case, índice AI: AMR 16/02/90). Posteriormente, Amnistía Internacional tuvo conocimiento de que el Tribunal de Apelación había anulado su sentencia, así como la de otros dos condenados, y había ordenado que se celebrara un nuevo juicio de cada uno de estos tres casos. Tras declararse culpables de un cargo menor de homicidio involuntario, los tres fueron sentenciados a ocho años de cárcel. En el momento de redactar este informe, Catalino O'Neil es el único preso condenado a muerte del que se tienen noticias.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte incondicionalmente, por considerarla una forma extrema de trato cruel, inhumano y degradante, y una violación del derecho a la vida tal como aparece proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos. Amnistía Internacional trabaja para conseguir la abolición de la pena de muerte en todo el mundo y para que se otorgue clemencia en todos los casos en los que se teme que las ejecuciones sean inminentes, independientemente de la naturaleza del delito por el que ha sido condenado el reo.
Algunas organizaciones intergubernamentales han expresado su apoyo a la abolición de la pena de muerte en los últimos años. En diciembre de 1989, la Asamblea General de la ONU adoptó un segundo Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte. El protocolo afirma lo siguiente: "Cada uno de los Estados Partes adoptará todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su jurisdicción". En la tabla de votación de este Protocolo, Belice aparece como "ausente".
ACCIONES RECOMENDADAS: Telegramas, fax, télex, cartas urgentes, cartas por vía aérea:
-declarando la oposición incondicional de Amnistía Internacional a la pena de muerte en todos los casos, por considerarla una violación del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a un trato o pena cruel, inhumano o degradante, tal como aparece proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (rogamos mencionen esto en primer lugar);
-expresando satisfacción por la reducción de la aplicación de la pena de muerte en Belice en los últimos años;
.../...
-expresando preocupación por los informes que indican que Catalino O'Neil ha sido condenado a muerte;
-instando al Gobernador General a que otorgue clemencia a Catalino O'Neil y a que conmute la sentencia de muerte que le ha sido impuesta.
LLAMAMIENTOS A:
H.E. Dr. Dame Minita E. Gordon
Governor-General
Office of the Governor-General
Belize House, Belmopan
Belice
Telegramas: Governor General, Belmopan, Belice
Télex: 211 BH
Rt. Hon. George Price
Prime Minister, Minister of Defence, Finance and Home Affairs
Office of the Prime Minister
East Bloc, Belmopan
Belice
Telegramas: Prime Minister, Balmopan, Belice
Télex: 138 B2
Fax: + 501 8 22886 (indicando: att. Prime Minister)
Hon. Glenn Godfrey
Attorney General
Attorney General's Office
Belmopan, Belice
Telegramas: Attorney General Godfrey, Belmopan, Belice
COPIAS A:
Human Rights Commission of Belize
PO Box 617
Belize City, Belice
Mr. Oscar A. Sabido(Abogado de Catalino O'Neil)
5 King Street
Belize City, Belice
The Reporter
147 West Street
Belize City, Belice
y a la representación diplomática de Belice en el país del remitente.
SE RUEGA ENVIEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 2 de agosto de 1991.