Documento - Bolivia: Carta Abierta a los Candidatos Presidenciales de la República de Bolivia.

AI Index: AMR 18/007/2002
Londres, 24 junio de 2002
CARTA ABIERTA A LOS CANDIDATOS PRESIDENCIALES
DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
Amnistía Internacional se dirige a los candidatos a las elecciones presidenciales que se llevarán a cabo en la República de Bolivia el próximo 30 de junio en las que se elegirá al presidente que gobernará el país durante los próximos cinco años. La organización se permite utilizar la oportunidad única que brinda la elección de un nuevo presidente para poner de presente sus preocupaciones en materia de derechos humanos en Bolivia y se permite exhortar a los candidatos a considerar medidas efectivas para la promoción y protección de esos derechos.
Amnistía Internacional es una organización mundial que se esfuerza porque todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos sean observados y respetados. Es así que Amnistía Internacional actúa contra las más graves violaciones que cometen los gobiernos contra los derechos civiles y políticos de las personas, entre ellas, la organización trabaja principalmente para obtener la liberación de todos los presos de conciencia; lograr que se juzgue con prontitud e imparcialidad a los presos políticos; conseguir la abolición de la pena de muerte; la erradicación de la tortura y otros tratos crueles a los presos y acabar con la ejecuciones extrajudiciales y las Adesapariciones@. Amnistía Internacional se opone a los abusos que cometen los grupos políticos armados, como la reclusión de presos de conciencia, la toma de rehenes, la tortura y los homicidios ilegํítimos.
Amnistía Internacional basa su labor en normas internacionales de derechos humanos proclamadas por la comunidad internacional a través de las Naciones Unidas y otros órganos intergubernamentales, normas que los Estados se comprometen a respetar. Nos dirigimos a los gobiernos debido a la obligación específica que estos han contraído de asegurar que los agentes del Estado actúen dentro del marco de la ley y respeten los derechos humanos fundamentales.
Amnistía Internacional ha registrado con beneplácito la ratificación desde 1999 por parte del Estado boliviano de varios instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1999); el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (2000) y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas de la Organización de los Estados Americanos (1999).
Amnistía Internacional ha reconocido la importancia de la firma por el Estado de Bolivia en 1998 del Estatuto de la Corte Penal Internacional adoptado en Roma. La organización confía que la ratificación del Estatuto sea realizada sin demora y que su incorporación a la legislación boliviana se lleve a cabo prontamente durante el próximo periodo presidencial.
En repetidas oportunidades Amnistía Internacional se ha dirigido al gobierno boliviano sobre sus principales motivos de preocupación en los últimos diez años. Estas preocupaciones incluyen la tortura y el maltrato por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad de personas detenidas y la imposición de sanciones disciplinarias que constituyen tortura y trato cruel inhumano o degradante a reclutas que realizan el servicio militar obligatorio; informes de muertes que por sus características parecen haber sido causadas por el uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley, particularmente en el contexto de la erradicación de los cultivos de hoja de coca en el área de El Chapare y en el contexto de manifestaciones públicas. Así como las condiciones carcelarias que constituyen trato cruel, inhumano o degradante.
Amnistía Internacional ha presentado repetidamente su preocupación ante las autoridades por la falta de investigaciones exhaustivas, independientes y concluyentes sobre tales denuncias así como la jurisdicción de los tribunales militares en causas contra militares acusados de violaciones a los derechos humanos. Así mismo han sido motivo de creciente preocupación las amenazas y ataques que se han registrado contra defensores de derechos humanos.
Pena de muerte
Como es del conocimiento de los señores candidatos, Amnistía Internacional se opone sin reservas a la pena de muerte por considerar que se trata del más excepcional castigo cruel, inhumano y degradante y constituye una violación del derecho a la vida. Es un castigo que ha probado ser ineficaz para solucionar problemas de índole social y que puede conducir a la ejecución de inocentes.
Amnistía Internacional ha registrado con satisfacción la posición de la República de Bolivia como abolicionista de facto de la pena de muerte para los delitos comunes y las reformas del Código Penal y Código de Procedimiento Penal adoptadas por el Congreso boliviano en 1997 que sustituyeron el castigo capital por una pena de treinta años de cárcel. Con esta medida se ajustó la legislación penal a la Constitución Política del Estado, en la cual la pena de muerte no está estipulada. Sin embargo, Amnistía Internacional ha registrado con creciente preocupación las declaraciones de candidatos presidenciales a favor de la restauración de la pena de muerte. A este respecto, Amnistía Internacional exhorta al candidato que sea futuro presidente de Bolivia a que adopte las medidas necesarias para consolidar la abolición de este castigo ratificando durante el próximo periodo parlamentario el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte.
Malos tratos y torturas
El Artículo 12 de la Constitución Política del Estado prohíbe *toda especie de torturas, coacciones, exacciones o cualquier forma de violencia física o moral@, garantizando así a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Sin embargo, persisten las denuncias sobre torturas y malos tratos a personas detenidas. Amnistía Internacional considera que la erradicación de la práctica de la tortura y los malos tratos solo puede ser lograda por medio de una acción vigorosa y decidida por parte de las autoridades nacionales, departamentales y por parte del poder judicial. La aparente falta de acción de las autoridades en situaciones semejantes produce la negativa impresión de que tales hechos son tolerados y facilita que estos actos se repitan. Amnistía Internacional considera de vital importancia que se realicen investigaciones exhaustivas e imparciales sobre este tipo denuncias, que se hagan públicos los métodos de la investigación y sus conclusiones y que los responsables sean llevados ante la justicia civil.
Amnistía Internacional hace un llamado al candidato presidencial que sea elegido para gobernar Bolivia en los próximo cinco años, para que implemente en su totalidad las observaciones y recomendaciones de mayo de 2001 adoptadas por el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, después de examinar el informe inicial de Bolivia respecto a la implementación de las disposiciones de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes1. Amnistía Internacional se permite hacer hincapié ante los candidatos presidenciales sobre su preocupación respecto a las condiciones de detención en prisiones y centros de detención preventiva que constituyen trato cruel, inhumano o degradante, las cuales fueron señaladas por el Comité en sus Observaciones y Recomendaciones.
Amnistía Internacional se permite enfatizar la importancia de los instrumentos internacionales para la protección del derecho a la seguridad y a la integridad física de todos los habitantes de Bolivia. En este contexto, la organización se permite exhortar al candidato que sea elegido presidente de la República de Bolivia a tomar las medidas necesarias para que el Estado boliviano realice la declaración prevista en el Artículo 22 de la Convención reconociendo la competencia del Comité para recibir y examinar las comunicaciones enviadas por personas sometidas a su jurisdicción o en su nombre, que aleguen ser víctimas de una violación, por un Estado Parte, de alguna de las disposiciones de la Convención. De la misma manera la organización confía que el nuevo presidente impulsará la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar La Tortura, de la Organización de los Estados Americanos.
Uso excesivo de la fuerza
Preocupan a la organización las continuas denuncias sobre el aparente uso excesivo de la fuerza por parte de miembros del ej้rcito y de la policía, el cual ha causado muertes de civiles y un sin número de heridos en las operaciones de las fuerzas conjuntas para adelantar los programas de erradicación de los cultivos de hoja de coca en El Chapare acordados entre los Estados Unidos y Bolivia, así como en el contexto de manifestaciones públicas.
Amnistía Internacional considera de vital importancia que el accionar de las fuerzas de seguridad se apegue a las disposiciones del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley y los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Estas normas internacionales señalan límites estrictos sobre el empleo de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y establecen que la fuerza solo podrá ser usada cuando sea estrictamente necesario y en proporción al objetivo o amenaza que se presente y que el uso de la fuerza letal solo deberá emplearse cuando sea inevitable para proteger vidas.
Amnistía Internacional insta al candidato que sea elegido en los próximos comicios presidenciales a que tome las medidas necesarias para proporcionar a todos los agentes de las fuerzas de seguridad una capacitación apropiada en legislación nacional e internacional de derechos humanos y los medios para su protección, incluyendo los Códigos y Principios anteriormente citados.
De la misma manera, Amnistía Internacional confía que el nuevo presidente electo de Bolivia garantice que organismos imparciales e independiente investiguen inmediatamente y con todo rigor las denuncias sobre el aparente uso excesivo de la fuerza por parte de miembros de las fuerzas de seguridad, y que se hagan públicos los resultados. Dicha investigación deber determinar si durante la operación las fuerzas de seguridad hicieron uso excesivo y desproporcionado de la fuerza y si su accionar se apegó a las disposiciones de los Códigos de Conducta y Principios Básicos de las Naciones Unidas arriba citados.
Jurisdicción militar
Amnistía Internacional ha registrado con creciente preocupación la ampliación de la jurisdicción de los tribunales militares para juzgar casos de violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las fuerzas armadas. El Comité de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han declarado en reiteradas ocasiones que el procesamiento por tribunales militares de miembros de las fuerzas armadas acusados de violaciones de derechos humanos es incompatible con las obligaciones que incumben a los Estados en virtud del derecho internacional.
Amnistía Internacional considera que tanto el ordenamiento jurídico como el proceso judicial deben adecuarse a las normas adoptadas por la comunidad internacional para proteger los derechos humanos, como es el caso del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Este Pacto es uno de los instrumentos que establecen los preceptos fundamentales sobre los que deben basarse las leyes y las actuaciones procesales en todos los países. En este sentido, los tribunales militares deben ser tribunales especiales y exclusivamente funcionales, cuyo papel es mantener la disciplina en el seno de las fuerzas armadas y de la policía y, en consecuencia, deben limitarse a delitos estrictamente militares.
Defensores de derechos humanos
Amnistía Internacional ha registrado con extrema preocupación las repetidas amenazas a que han sido sometidos los defensores de derechos humanos. La organización hace un llamado perentorio para que el candidato que sea elegido al alto cargo de Presidente de la República de Bolivia tome las medidas necesarias para que su gobierno apoye públicamente la labor y desempeño de los defensores de derechos humanos, rechazando las intimidaciones y asegurando que todos aquellos que defienden los derechos humanos reciban completa protección para continuar su labor.
Para este efecto valdría la pena recordar las recomendaciones de la Declaración y Programa de Acción de Viena adoptada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en junio de 1993 sobre la importancia de crear un Plan Nacional de Acción que identifique los pasos para que un Estado mejore la promoción y protección de los derechos humanos. Amnistía Internacional hace un llamamiento a los candidatos para que dicho Plan Nacional de Acción se realice durante el próximo periodo presidencial, incluyendo la protección de abogados, testigos, víctimas y sus familiares en casos relacionados con violaciones de derechos humanos. Amnistía Internacional, por consiguiente, insta a todos los candidatos presidenciales a que expresen públicamente su respaldo a la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, conocida como la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos, adoptada el 9 de diciembre de 1998. Como también a declarar su respaldo a la resolución sobre los Defensores de Derechos Humanos en América, adoptada en junio de 1999 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos y su compromiso de "promover y proteger los derechos fundamentales de los Defensores de los Derechos Humanos".
Normas internacionales
La organización espera que el programa presidencial de los próximos cinco años refleje de una manera concreta y sin restricciones los compromisos contraídos por Chile respecto a la Convención sobre la eliminación de todas las Formas de discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y del Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo que protege el derecho de los pueblos indígenas. El cumplimiento de estos convenios será una señal más de la firme voluntad del gobierno hacia el respeto de los derechos humanos de todos.
Las preocupaciones de Amnistํa Internacional que se han mencionado en esta carta abierta, están encuadradas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políํticos. Sin embargo, la organización nota que la República de Bolivia es también Estado parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este Pacto establece en su Artículo 2(1) que cada uno de los Estados partes se comprometen a adoptar medidas Atanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales especialmente económicas y técnicas@ para lograr por todos los medios apropiados, Ainclusive en particular la adopción de medidas legislativas@, la plena efectividad de los derechos reconocidos por el Pacto. Estos derechos incluyen, entre otros, el derecho al trabajo, a un nivel de vida adecuado, a la salud y a la educación.
Amnistía Internacional hace un llamamiento al candidato presidencial que sea elegido como presidente de Bolivia para que se asegure que durante el próximo periodo presidencial y en la elaboración de futuras políticas económicas, se tomen en cuenta estos derechos y se adelanten las medidas necesarias, como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para reconocer estos derechos reconociendo en esta forma la indivisibilidad de los derechos humanos.
Amnistía Internacional espera que el candidato elegido para la presidencia en las próximas elecciones quien guiará al país en los próximo cinco años, abrirá totalmente la puerta en la República de Bolivia para un respeto completo de los derechos humanos en el futuro y apoyará la realización de la justicia sin reservas para todos los habitantes de la República de Bolivia.
Atentamente,
Irene Khan
Secretaria General
1Conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura: Bolivia 10/05/2001, CAT/C/XXVI/Concl.3/Rev.1.
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