Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - UA 351/90 - Chile: "disappearance" cases closed












EXTERNO (Para distribución general)Indice AI: AMR 22/07/90/s

Distr: AU/SC


AU 351/907 de septiembre de 1990


Preocupación jurídica


CHILE:Expedientes de desaparecidos archivados



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Amnistía Internacional está gravemente preocupada por la reciente decisión de la Corte Suprema de Chile de confirmar la aplicación de la Ley de Amnistía DE 1978 a 35 casos de desaparecidos, antes de haber llevado a cabo las investigaciones necesarias para aclarar los hechos y las responsabilidades de los encausados.


El caso parte de la querella criminal presentada en 1978 contra el general Manuel Contreras, ex director de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y otros altos oficiales de la misma por su responsabilidad en el secuestro y posterior desaparición de 70 personas entre 1974 y 1976. La querella en cuestión es una de las acciones legales más importantes emprendidas en nombre de los desaparecidos, y contiene material relevante, como por ejemplo unos testimonios personales que respaldan las denuncias sobre detenciones ilegales, torturas y desapariciones llevadas a cabo por la DINA.


La querella se presentó originalmente ante el Juzgado del Crimen nº10, el cual, sin llevar a cabo ninguna investigación, se declaró incompetente y traspasó el caso a los tribunales militares. El caso permaneció archivado hasta 1983, cuando la Corte Marcial ordenó la reapertura de 35 de los casos. El 30 de noviembre de 1989, el entonces juez militar de Santiago, el general Carlos Parera, volvió a archivar el caso en aplicación de la Ley de Amnistía de 1978, a pesar de que seguían pendientes muchas diligencias.


En principio, la Ley de Amnistía de 1978 fue concebida para aplicarse en los casos de individuos acusados de determinados delitos, entre ellos los cometidos por personal militar desde septiembre de 1973 hasta marzo de 1978, tras una investigación judicial. En vez de eso, en los últimos años se ha venido aplicando para archivar las investigaciones acerca de denuncias sobre violaciones graves de derechos humanos, como las desapariciones, antes de la aclaración completa de los casos.

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INFORMACION GENERAL


En Chile se han producido más de 830 desapariciones, la mayoría entre 1973 y 1977, fecha en la que prácticamente cesó la política de hacer desaparecer a los opositores políticos. En abril de 1990, el presidente Alwyn creó la Comisión de Verdad y Reconciliación, entre cuyos objetivos se encuentra la comprobación de la identidad de los desaparecidos, de lo que fue de ellos y de su paradero actual. Desde la creación de la Comisión, muchos familiares han acudido a prestar testimonio, con lo que la cifra de desaparecidos no para de aumentar. Aunque ya se han presentado ante los tribunales abundantes pruebas sobre muchos de los casos de presos desaparecidos, todavía no ha comparecido ante la justicia ninguno de los presuntos responsables de esas desapariciones.


La decisión de la Corte Suprema llega en un momento en que se está demostrando cada vez más la participación de miembros de las fuerzas de seguridad en casos de violaciones graves de los derechos humanos, a la vez que se están exhumando cadáveres de presos desaparecidos en diversos puntos del país. Por este motivo, las discusiones acerca de la aplicación de la Ley de Amnistía se están intensificando en el Congreso, donde varios diputados han presentado propuestas para tratar de lograr una garantía de que no se archivarán los casos de violaciones graves de los derechos humanos, incluyendo las desapariciones, sin antes llevar a cabo investigaciones exhaustivas.


Amnistía Internacional no toma ninguna postura acerca de la concesión de amnistías o indultos como tales, después de la declaración de culpabilidad. No obstante, sí cree que cualquier medida de clemencia debe tener en cuenta el derecho de las víctimas y de sus familiares a obtener un esclarecimiento completo del caso y una compensación, y debe enviar a la sociedad un mensaje claro de que no se echará tierra sobre los cargos presentados contra los acusados de participar en violaciones graves de los derechos humanos, y de que tratará de evitar que se vuelvan a producir las mismas prácticas en el futuro.

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ACCIONES RECOMENDADAS: Fax, télex, cartas urgentes y cartas por vía aérea:


-expresando gran preocupación por la decisión de la Corte Suprema de archivar 35 casos de desaparecidos antes de haber esclarecido todos los hechos;


-llamando respetuosamente la atención hacia la resolución adoptada el 20 de diciembre de 1978 en la 90 Sesión Plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se hace un llamamiento a los gobiernos para:


a) Que en el caso de informes de desapariciones forzosas o involuntarias dediquen los recursos adecuados a la búsqueda de esas personas, y hagan investigaciones rápidas e imparciales;


b) Que garanticen la plena responsabilidad en el desempeño de sus funciones - especialmente la responsabilidad ante la ley - de las autoridades u organizaciones encargadas de hacer cumplir la ley y encargadas de la seguridad, incluida la responsabilidad jurídica por los excesos injustificables que pudiesen conducir a desapariciones forzosas o involuntarias o a otras violaciones de los derechos humanos;


-aplaudiendo cualquier propuesta presentada ante el Congreso para modificar la Ley de Amnistía de 1978, con vistas a asegurar la realización de investigaciones exhaustivas en los casos de abuso denunciados y la comparecencia ante la justicia de los responsables de ellos.


LLAMAMIENTOS A:


Señor Gabriel Valdes Subercaseaux

Presidente de la Mesa Directiva del Senado

Cámara de Senadores

Edificio del Congreso

Valparaíso

CHILE


Fax: +56 32 23 2654


Señor José Viera Gallo

Presidente de la Mesa

Directiva de la Cámara Baja

Cámara de Diputados

Edificio del Congreso

Valparaíso

CHILE


Fax: +56 32 23 0511


Sr. Francisco Cumplido

Ministro de Justicia

Ministerio de Justicia

Compania 1111

Santiago

CHILE


Télex: 242316

Fax: +696 6952

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COPIAS A:


Sr. Luis Maldonado Boggiano

Presidente de la Corte Suprema

Plaza Monte Varas

Santiago

CHILE


Sres. Agrupación de Familiares de

Detenidos Desaparecidos

Casilla 30-d

Santiago

CHILE


A uno de los siguientes periódicos o publicaciones:


- Sr. Director, La Epoca, Olivares 1229, piso 6, Santiago, CHILE

- Sr. Director, El Mercurio, Av. Santa María 5542, Santiago, CHILE



y a la representación diplomática de Chile en el país del remitente.


SE RUEGA ENVIEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 17 de octubre de 1990.

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