Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - El Salvador: Tribunal ignora obligaciones internacionales en resolución sobre caso Jesuitas


6 febrero 2001

Índice de AI : AMR 29/002/2001

Público

Numero del Servicio de Noticias : 23

El Salvador: Tribunal ignora obligaciones internacionales en resolución sobre caso Jesuitas


AmnistRa Internacional deplora la decisi\n del Tribunal de Segunda Instancia de San Salvador que deja en la impunidad la ejecuci\n extrajudicial en 1989 de seis sacerdotes Jesuitas, su asistente domJstica y la hija de esta última.


"Los crRmenes contra la humanidad no prescriben de acuerdo a los instrumentos y leyes internacionales, que las autoridades de El Salvador, incluyendo aquellas del poder judicial, deben respetar," afirma AmnistRa Internacional. "No cabe duda de que las violaciones a los derechos humanos perpetradas en El Salvador durante el período 1980 y 1991, como las del presente caso, constituyen crRmenes contra la humanidad," añadió la organización.


Mediante sentencia emitida el 31 de enero de 2001, el referido tribunal exonera a los autores intelectuales de las ejecuciones, quienes ocupaban altos cargos civiles y militares al momento de aquellas. Con esta decisi\n, se pretende poner fin a los esfuerzos judiciales de la Orden Jesuíta, iniciados en marzo del 2000, despuJs de que las autoridades se negaran a acatar las recomendaciones de la Comisi\n Interamericana de Derechos Humanos.


Esta última concluy\, en noviembre de 1999, que el Estado Salvadoreño habRa violado, entre otros, el derecho a la vida y no habRa cumplido con su obligaci\n de investigar, identificar y castigar a los responsables de este crimen. Las recomendaciones de la Comisión Interamericana propusieron, por consiguiente, tanto el inicio de las investigaciónes como la identificaci\n y castigo de los autores materiales e intelectuales del delito.


Lejos de ello, en diciembre del 2000, la FiscalRa General de la Repdblica solicit\al Juzgado de Paz de San Salvador el sobreseimiento definitivo del caso, aduciendo prescripción "...porque habían pasado m<s de diez aZos del crimen ....". El Juzgado resolvió admitiendo la prescripción, aunque señalo también que la Ley de Amnistía de 1993 no cubría a los acusados; no obstante, la impunidad para éstos se ha mantenido.


"El poder judicial debe tener en cuenta las obligaciones internacionales de El Salvador en su que hacer general. Dichas obligaciones deben prevalecer al examinar cualquier apelaci\n a la dltima decisi\n emitada, a fin de que casos de este tipo se puedan resolver dentro del paRs," concluyó AmnistRa Internacional.


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