Documento - Jamaica: La investigación de Braeton. Se debe hacer justicia y debe ser evidente que se hace justicia
11 de abril de 2002
Índice AI: AMR 38/012/2002/s
Servicio de Noticias 64/02
Jamaica: La investigación de Braeton. Se debe hacer justicia y debe ser evidente que se hace justicia
En vista de los últimos informes sobre unas declaraciones del pesquisidor de la investigación de Braeton, Amnistía Internacional ha reiterado su preocupación porque los procedimientos judiciales deben ser realizados con imparcialidad, de conformidad con las normas internacionales.
Los comentarios que al parecer hizo el pesquisidor al respecto de que «no hay nada malo en la propensión a disparar» y «la policía tiene derecho a abrir fuego» son sumamente preocupantes ya que pueden indicar parcialidad por parte del magistrado —responsable de la administración imparcial del tribunal— al sugerir la existencia de unas normas sobre el uso de medios letales menos rigurosas que las existentes.
«Decir que la policía puede aplicar una táctica de ‘disparar primero y preguntar después’ puede inducir al jurado a pensar que están permitidas unas normas ilegítimas de control policial —ha afirmado Amnistía Internacional—. Las normas internacionales son taxativas: los agentes encargados de hacer cumplir la ley sólo pueden recurrir a medios letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida, y únicamente cuando otros medios menos radicales resulten insuficientes. Proteger el derecho a la vida de los ciudadanos es fundamental.»
Éstas y otras normas relativas al derecho a la vida constituyen una norma aceptada del derecho internacional consuetudinario y se han aplicado en un número incontable de jurisdicciones nacionales. El derecho a no ser privado arbitrariamente de la vida también era proclamado en una sentencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre un caso relacionado con el uso excesivo de medios letales por parte las fuerzas especiales británicas contra presuntos miembros de un grupo armado en Gibraltar.
«Para que la opinión pública jamaicana crea que la actuación de la policía de Braeton se está investigando en profundidad y con independencia, es preciso que la investigación garantice no sólo que se hace justicia, sino también que es evidente que se hace justicia» concluye Amnistía Internacional.
Información general
Al parecer, el pesquisidor afirmó lo siguiente el 8 de abril de 2002: «No hay nada malo en la propensión a disparar. Los jueces del Tribunal de Apelación han afirmado: ‘disparen primero y pregunten después’. La policía tiene derecho a disparar. Si un policía dispara a veinte hombres en circunstancias controvertidas, no hay nada malo en ello si tenía motivos para hacerlo. La policía habría estado en su derecho de disparar a los estudiantes de la escuela Jonathan Grant cuando éstos arrojaban piedras contra los agentes. No es lo mismo un policía con licencia para portar armas de fuego que una persona con un arma de fuego no autorizada.»
En la causa McCann contra el Reino Unido, relativa a la actuación de los Servicios Aéreos Especiales (SAS, fuerza especial de asalto del ejército británico) en Gibraltar, cuyo resultado fue la muerte de cuatro miembros del Ejército Republicano Irlandés (IRA), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos comentó sobre la actuación de los soldados de la SAS: «Tal acto reflejo en este aspecto vital carece del grado de precaución en el uso de armas de fuego que cabría esperar del personal encargado de hacer cumplir la ley en una sociedad democrática, aun tratándose de presuntos terroristas peligrosos». En virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el tribunal considera además que debe existir un mecanismo para supervisar la actuación de los agentes del Estado: «Es fundamental, tanto para los familiares como para la confianza de la opinión pública en la administración de justicia y en la adhesión del Estado a los principios del Estado de Derecho, que un homicidio cometido por agentes del Estado esté sujeto a alguna forma de supervisión abierta y objetiva» ya que, sin semejante procedimiento, la prohibición de los homicidios arbitrarios quedaría sin efecto.
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