Documento - Jamaica. Devolución de solicitantes de asilo
PÚBLICO
Índice AI: AMR 38/026/2001/s
AU 294/01
Devolución de solicitantes de asilo
26 de noviembre de 2001
JAMAICA
Seis ciudadanos haitianos
Seis ciudadanos haitianos, que al parecer han pedido asilo político, corren peligro de ser devueltos a Haití. Formaban parte de los 131 haitianos que llegaron a Jamaica el 18 de noviembre; los demás ya han sido devueltos a Haití sin que se examinara debidamente su solicitud de asilo. Amnistía Internacional lleva mucho tiempo sintiendo preocupación por las violaciones de derechos humanos cometidas en Haití, y teme que la vida de estos seis solicitantes de asilo pueda correr peligro si son devueltos a Haití.
El barco en el que viajaban los haitianos se dirigía a Miami, Estados Unidos, pero se vio obligado a atracar en Falmouth, Jamaica, a causa del mal tiempo y de la falta de alimentos. Según los informes, 51 haitianos de los que viajaban en él anunciaron que querían solicitar asilo político. Algunos dijeron a los periodistas que temían que los torturaran o los mataran a causa de sus actividades políticas si los devolvían a Haití.
El 25 de noviembre, un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores anunció que 125 de los 131 haitianos habían sido devueltos a Haití a lo largo de los dos días anteriores. En un comunicado de prensa hecho público a últimas horas de esa noche, el Ministerio dijo que los seis haitianos restantes iban a ser «examinados clínicamente» esta semana «antes de emprender nuevas acciones». Se cree que los seis permanecen en el hospital de Falmouth, y que alguno sufre deshidratación y alguna otra dolencia.
INFORMACIÓN GENERAL
Jamaica ha ratificado la Convención de la ONU sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y por lo tanto está obligado a garantizar que ninguna persona es devuelta, directa o indirectamente, a un país «donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas» (artículo 33). Esto es lo que se conoce como principio de no devolución (non-refoulement).
En este principio está implícito que los Estados deben establecer un procedimiento de asilo satisfactorio o identificar a las personas que puedan correr peligro. Las autoridades jamaicanas deben asegurarse de que los seis ciudadanos haitianos que permanecen en su territorio son conscientes de su derecho humano fundamental a solicitar asilo.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma:
- expresando preocupación porque 125 ciudadanos haitianos parecen haber sido devueltos a su país sin que se examinara debidamente su solicitud de asilo, lo cual constituye una violación del derecho internacional;
- instando a las autoridades a garantizar que los seis ciudadanos haitianos que permanecen en Jamaica tienen acceso inmediato a un procedimiento completo y justo, con acceso a asistencia letrada, intérpretes y un proceso efectivo de apelación; instándolas también a garantizar que ninguno de estos haitianos es devuelto a Haití hasta que se haya examinado exhaustivamente cualquier solicitud de asilo que puedan presentar;
- pidiendo a las autoridades que respeten sus obligaciones internacionales como Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, y que respeten especialmente el principio de no devolución (non-refoulement);
- instando a las autoridades a garantizar que los solicitantes de asilo reciben un trato humano durante todo el proceso de determinación de sus solicitudes de asilo, y que reciben asistencia médica adecuada.
LLAMAMIENTOS A:
Ministro de Seguridad Nacional
The Honourable Dr. Peter Philipps
Ministry of National Security
Mutual Life Building
North Tower
2 Oxford Road
Kingston 5
Jamaica
Fax: + 1 876 906 1712
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro
Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio
The Honourable K.D. Knight
Ministry of Foreign Affairs and Trade
21 Dominica Drive
P.O. Box 624
Kingston 5
Jamaica
Fax: + 1 876 929 5112/6733
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro
COPIA A: los representantes diplomáticos de Jamaica acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 7 de enero de 2002.