Documento - Jamaica: Justicia denegada
28 de noviembre de 2001
Índice AI: AMR 38/027/2001/s
Servicio de Noticias 210/01
Jamaica: Justicia denegada
Amnistía Internacional ha manifestado hoy que la reciente anulación de una decisión judicial por la que concedía una indemnización a una persona que había sido víctima de brutalidad policial en Jamaica podría suponer que ninguna víctima de tortura, ejecución extrajudicial u otros abusos cometidos por agentes de policía o soldados reciba ya una indemnización del Estado
El 9 de noviembre de 2001, los jueces del Tribunal de Apelación anularon una decisión anterior por la que se concedía una indemnización de 2 millones de dólares jamaicanos por daños y perjuicios a Clinton Bernard, víctima de agresión, enjuiciamiento malicioso y detención ilegal a manos de la policía. Un agente le había disparado en la cabeza y detenido arbitrariamente en 1990. Los magistrados consideraron que las acciones del agente no formaban parte de sus deberes legales, por lo que no se podía considerar responsable al Estado.
«Este fallo supone un incumplimiento de la obligación que tiene Jamaica en virtud del derecho internacional de proporcionar recursos contra las violaciones de derechos fundamentales —ha manifestado Amnistía Internacional—. Asimismo, pone de manifiesto que es necesario tomar con urgencia medidas efectivas para abordar la cuestión de las indemnizaciones cuando las víctimas han muerto o han resultado heridas a causa de violaciones de derechos humanos cometidos por agentes estatales».
El fallo fue criticado por los mismo jueces que lo habían dictado como consecuencia de una ley que «pide a gritos que se haga justicia». Reconociendo la necesidad de reformar la ley, el juez Bingham manifestó que «el Estado sólo puede responder a tal petición instituyendo alguna medida de reforma para ayudar a las numerosas víctimas inocentes de la conducta brutal de algunos agentes del Estado».
Información general
Clinton Bernard sufre ataques epilépticos y no puede trabajar desde que el agente de policía disparó contra él tras pedirle que le dejara usar un teléfono público que estaba utilizando él. El agente no ha comparecido jamás ante los tribunales. Fue despedido por motivos no relacionados con el caso y se marchó de Jamaica.
Como Estado parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que ratificó en 1978, Jamaica esta obligada a ofrecer a los particulares recursos judiciales adecuados para que puedan pedir protección contra actos que violen sus derechos fundamentales. Asimismo, como dispone el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que ratificó en 1975, Jamaica está obligada a hacer cumplir el derecho de las víctimas de detención ilegal a recibir una indemnización.
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Documento público
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