Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Estados Unidos (Texas). Pena de muerte / preocupación jurídica












PÚBLICO Índice AI: AMR 51/077/2006

16 de mayo de 2006

AU 136/06 Pena de muerte / preocupación jurídica


EE. UU. (Texas) Angel Maturino Reséndiz, de 46 años, hispano



Está previsto que el ciudadano mexicano Angel Maturino Reséndiz sea ejecutado el 27 de junio de 2006. Fue condenado a muerte por el asesinato, cometido en 1998, de Claudia Benton, doctora de Houston. Se cree que también cometió una serie de asesinatos en otros estados del país. Existen pruebas concluyentes de que Angel Maturino Reséndiz sufre una grave enfermedad mental, que incluye esquizofrenia paranoide. Sus abogados alegan que no es apto para ser ejecutado –es decir, que no comprende la razón ni la realidad de su castigo– y que, por lo tanto, su ejecución violaría la Constitución de Estados Unidos.


En su juicio, en el año 2000, la defensa alegó que Angel Maturino Reséndiz era inocente por razones de demencia: en otras palabras, que en el momento del asesinato no distinguía el bien del mal. Un experto testificó para la defensa diciendo que Maturino Reséndiz sufría esquizofrenia crónica paranoide, que le hacía creer que era un ángel de Dios con el deber de destruir a “los malvados”. Los expertos presentados por la fiscalía no discutieron que el acusado fuera un enfermo mental (de hecho, al examinarle encontraron indicios de daño cerebral), pero declararon que, en su opinión, no estaba legalmente demente en el momento del crimen.


No se llegó a determinar si Angel Maturino Reséndiz estaba capacitado para ser juzgado, es decir, si comprendía los procedimientos y podía consultar racionalmente con su abogado para presentar una defensa. Sin embargo, una evaluación previa al juicio concluyó que el acusado “manifestaba con gran vehemencia que quería ser su propio abogado, que quería declararse culpable y que quería ser ejecutado. Explicaba que, si los hechos sucedían así, él vencería, porque volvería a la vida en la Tierra mientras el juez, el jurado y el verdugo morirían instantáneamente en el momento en que él fuera ejecutado”. Durante el proceso judicial, se le administraron drogas antipsicóticas para reducir los síntomas de su enfermedad mental. Después de que el jurado rechazó la defensa por locura y lo declaró culpable, Maturino Reséndiz pidió que lo condenaran a muerte. Dio instrucciones a los abogados que le había asignado el tribunal para que no hicieran ningún alegato inicial en la fase de determinación de la pena de su juicio, no contrainterrogaran a los testigos de la acusación y no presentaran ningún testimonio en su favor.


En los seis años que Angel Maturino Reséndiz ha permanecido en el “corredor de la muerte”, su estado mental ha seguido deteriorándose. Ha sido hospitalizado en una unidad psiquiátrica en ocho ocasiones diferentes, se ha automutilado más de 30 veces y ha recibido medicación antipsicótica para controlar sus alucinaciones auditivas y delirios. Una evaluación psquiátrica realizada recientemente ha concluido que Angel Maturino Reséndiz se encuentra en un estado de delirio total, convencido de que, como “hombre-ángel”, es inmune a la inyección letal y se despertará sin daño alguno en un “cuerpo renovado” al tercer día después de su ejecución. Un psicólogo concluyó también recientemente que el preso sufre esquizofrenia, y que no cree que morirá a consecuencia de la ejecución.


Además, durante la apelación a Angel Maturino Reséndiz –que sufrió una infancia en México caracterizada por la enfermedad mental en su familia y por terribles privaciones y abusos– se le negó su derecho internacionalmente reconocido a asistencia letrada adecuada. El abogado que se encargó de su apelación presentó una única moción genérica, sin hacer referencia alguna a la enfermedad mental del preso, y sin mencionar siquiera su nombre. Más tarde se descubrió que esta petición era idéntica, palabra por palabra, a la presentada en la apelación de otro condenado a muerte. Asimismo, el abogado dejó pasar una fecha límite crucial para presentar la causa de Angel Maturino Reséndiz, por lo que, según las leyes federales, el preso renunció a su derecho a una revisión ulterior de las cuestiones específicas de su caso, como la enfermedad mental.


Se ha presentado una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la que se alega que la ejecución de Angel Maturino Reséndiz violaría las obligaciones internacionales contraídas por Estados Unidos. El 1 de mayo de 2006, la Comisión respondió dictando “medidas cautelares” en las que pedía a Estados Unidos que tomara las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad física del apelante mientras se examinan sus alegaciones.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


La Corte Suprema de Estados Unidos ha establecido excepciones constitucionales para algunas categorías de personas con discapacidad intelectual que se enfrentan a la pena de muerte. En 1986, esta Corte resolvió, en Ford vs. Wainwright, que la ejecución de personas legalmente dementes viola la prohibición de las “penas crueles e insólitas” establecida en la Constitución de Estados Unidos. En realidad, esta resolución ha brindado sólo una protección mínima. En 2002, en Atkins vs. Virginia, la Corte Suprema prohibió la pena de muerte para personas con retraso mental. En esta resolución, la Corte concluyó que la incapacidad de los acusados con este tipo de retraso disminuye su culpabilidad personal y su capacidad para comprender las consecuencias de sus actos, lo que hace injustificable la pena de muerte como represalia o disuasión. Amnistía Internacional cree que existe una profunda contradicción en eximir a las personas con retraso mental de la pena de muerte y mantener expuestas a ella a las personas con enfermedad mental grave. A estas últimas se les puede aplicar el mismo argumento de culpabilidad disminuida, mayor vulnerabilidad y capacidad limitada. Encontrarán más información en el reciente informe de Amnistía Internacional USA: The execution of mentally ill offenders (AMR 51/003/2006, enero de 2006), http://web.amnesty.org/library/pdf/AMR510032006ENGLISH/$File/AMR5100306.pdf.


En Estados Unidos se han llevado a cabo 1.022 ejecuciones desde que se reanudaron los homicidios judiciales en 1977. Texas ha sido responsable del 35 por ciento (363) de estas ejecuciones. El estado de Texas tiene en su haber 8 de las 18 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos este año.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:


- manifestando su apoyo a los familiares y amigos de Claudia Benton, y explicando que no pretenden disculpar la manera en que murió ni restar importancia al sufrimiento que su muerte ha causado;

- expresando preocupación porque Angel Maturino Reséndiz fue condenado a muerte sin que se determinara si estaba capacitado para ser juzgado, pese a las abundantes pruebas de que sufría una grave enfermedad mental;

- señalando que la salud mental de Angel Maturino Reséndiz se ha deteriorado aún más en el “corredor de la muerte” y que actualmente, según indican los informes, no comprende que su ejecución le causará la muerte;

- expresando preocupación por la terrible calidad de la asistencia letrada que recibió durante la apelación, y señalando que la clemencia del ejecutivo existe precisamente para compensar las desigualdades que los tribunales no pueden o no quieren remediar;

- pidiendo que se conmute su condena de muerte en aras de la moral y la justicia;

- instando a las autoridades de Texas a conceder, como mínimo, una suspensión de la ejecución para que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos disponga de tiempo suficiente para pronunciarse sobre las alegaciones que le han sido presentadas en nombre de Angel Maturino Reséndiz.


LLAMAMIENTOS A:


Presidenta de la Junta de Indultos y Libertad Condicional

Ms. Rissie Owens, Presiding Officer

Texas Board of Pardons and Paroles, P.O. Box 13401, Austin, Texas 78711, EE. UU.

Fax: +1 512 463 8120

Tratamiento: Dear Ms. Owens / Estimada Sra. Owens


Gobernador de Texas

The Honorable Rick Perry

Office of the Governor, State Capitol, P.O. Box 12428

Austin, Texas 78711-2428, EE. UU.

Fax: +1 512 463 1849

Tratamiento: Dear Governor / Sr. Gobernador


Incluyan el número de recluso de Angel Maturino Reséndiz en todos sus llamamientos: TDCJ Number 999356.


COPIA A: la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Todos los llamamientos deben llegar antes del 27 de junio de 2006.

Cómo puedes ayudar

AMNISTÍA INTERNACIONAL EN EL MUNDO