Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - USA: An Extrajudicial Execution by the CIA?


Público


Amnistía Internacional


ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

¿Ejecución extrajudicial de la CIA?


18 de mayo de 2005


Índice AI: AMR 51/079/2005



http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR510792005


A Amnistía Internacional le preocupa la noticia según la cual el 7 de mayo de 2005 fuerzas estadounidenses destacadas en Pakistán dieron muerte al ciudadano libio Haitham al-Yemeni, presunto dirigente de Al Qaeda. Según los informes, él y otro hombre, identificado como Samiullah Khan, resultaron muertos en Toorikhel, en la localidad paquistaní de Mirali, al ser alcanzado el automóvil en el que viajaban por un misil lanzado desde un avión no tripulado Predator, guiado por la CIA. Los informes indican también que Haitham al-Yemeni era el objetivo del ataque.


Amnistía Internacional teme que, en caso de ser exactas las informaciones sobre las circunstancias de estos homicidios, Estados Unidos haya llevado a cabo una ejecución extrajudicial, contraviniendo el derecho internacional. Amnistía Internacional recuerda a Estados Unidos que sus autoridades han condenado en el pasado este tipo de acciones ilegales cuando las han realizado otros Estados. Pide a Estados Unidos que ponga fin de inmediato a todas las operaciones encaminadas a matar a presuntos criminales en lugar de detenerlos, investigue todos los presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y revoque todas las órdenes que permitan este tipo de ejecuciones.


Según los informes, Haitham al-Yemeni había estado bajo vigilancia de agentes estadounidenses. Tras la detención en Pakistán de otro ciudadano libio y presunto miembro de Al Qaeda, Abu Faraj al-Libbi, el 2 de mayo de 2005 o sobre esa fecha (http://web.amnesty.org/library/index/eslASA330072005?open&of=esl-PAK), los agentes de los servicios de información temieron al parecer que Haitham al-Yemeni tratara de esconderse. Se afirma que se decidió matarlo con el fin de evitar esa posibilidad. Las autoridades paquistaníes han negado tener conocimiento del incidente. El 18 de mayo de 2005, la Oficina de Asuntos Públicos de la CIA en Washington no confirmó ni desmintió los informes recibidos por Amnistía Internacional, declarando simplemente que "no tenía ningún comentario que hacer".


En los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley promulgados por las Naciones Unidas se afirma que "los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no emplearán armas de fuego contra las personas salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos. En cualquier caso, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida."


Amnistía Internacional considera que los gobiernos de Estados Unidos y Pakistán deberían haber colaborado para detener a Haitham al-Yemeni en lugar de matarlo. Según las normas internacionales de derechos humanos, la fuerza letal debería haberse empleado sólo como último recurso. En el caso de que las autoridades estadounidenses hubieran decidido de manera deliberada matar a Haitham al-Yemeni en lugar de intentar detenerlo, su homicidio equivaldría a una ejecución extrajudicial. De acuerdo con las normas internacionales, las ejecuciones extrajudiciales son siempre ilegales y "no podrán invocarse para justificar esas ejecuciones circunstancias excepcionales, como por ejemplo, el estado de guerra o de riesgo de guerra, la inestabilidad política interna ni ninguna otra emergencia pública".


El 27 de agosto de 2001, un portavoz del Departamento de Estado estadounidense manifestó lo siguiente a propósito de los homicidios selectivos utilizados por el gobierno israelí: "Seguimos oponiéndonos a los homicidios selectivos. Creemos que Israel debe entender que los homicidios selectivos de palestinos no acaban con la violencia…". Una semana antes, un portavoz del Departamento de Estado se había expresado en términos análogos: "Desde hace tiempo hemos manifestado con toda claridad y hemos dado a conocer la oposición del gobierno estadounidense a la política y la práctica de los homicidios selectivos y vamos a seguir instando a los israelíes a que dejen de utilizar esta política".


Según los informes, el 17 de septiembre de 2001 el presidente Bush firmó una orden ejecutiva que daba amplias facultades a la CIA, incluida la de hacer uso de fuerza letal, en la "guerra contra el terror". En enero de 2003, el presidente Bush manifestó lo siguiente: "No podéis escapar a la acción de los Estados Unidos de América. Podréis ocultaros durante un corto periodo de tiempo, pero no tardaremos en descubriros y llevaros ante la justicia... Estamos colaborando con amigos y aliados de todo el mundo. Y vamos a atraparos uno a uno. Algunos han encontrado la muerte mediante la justicia repentina; otros están ahora respondiendo preguntas en la bahía de Guantánamo. En cualquier caso, ya no constituyen un problema para los Estados Unidos de América y nuestros amigos".


Un precedente de lo que el presidente Bush califica como "justicia repentina" tuvo lugar en Yemen el 3 de noviembre de 2002, cuando seis hombres resultaron muertos en un automóvil destruido por misiles lanzados desde un avión teledirigido Predator, guiado por la CIA. Una de las personas que iban en el vehículo era un presunto dirigente de Al Qaeda, Abu Ali al-Harithi, y el ataque se llevó a cabo con la colaboración del gobierno de Yemen.


En enero de 2003, la relatora especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias calificó el homicidio de seis hombres en Yemen como "[verdaderamente preocupante] y "un precedente alarmante", agregando que, en su opinión, el ataque "[constituía] un caso claro de ejecución extrajudicial". Estados Unidos rechazó sus conclusiones, afirmando que "se puede atacar a los combatientes enemigos si no se han rendido o han sido puestos fuera de combate" y que "todo terrorista de Al Qaedaque siga tramando ataques contra Estados Unidos puede ser objeto legítimo de ataques armados en las circunstancias apropiadas". Manifestó también que el mandato de la relatora especial no incluía "las denuncias derivadas de operaciones militares realizadas en el curso del conflicto armado con Al Qaeda" y que a la relatora especial no le competía "tratar asuntos de esta naturaleza planteados de acuerdo con el derecho de los conflictos armados".


En diciembre de 2004, el nuevo relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias insistió en el asunto. Afirmó lo siguiente: "Conceder potestad a los Estados para identificar y matar a "terroristas conocidos" no les impone la obligación verificable de demostrar que las personas contra quienes se utilizan medios letales son verdaderamente terroristas, ni de demostrar que se han agotado todas las demás alternativas. Aunque esa propuesta se describe como una "excepción" limitada a las normas internacionales, lo cierto es que crea la posibilidad de que esa categoría se amplíe indefinidamente para incluir en ella a cualquier enemigo del Estado, inadaptados sociales, opositores políticos, etc. Además, desprecia cualquier mecanismo de atribución de responsabilidad que pudiera haber impedido la comisión de ese acto ilegal u obligado a responder de él en virtud del derecho humanitario o las normas de derechos humanos". Amnistía Internacional rechaza también el punto de vista de Estados Unidos según el cual el mundo es de hecho una "zona de guerra" en que se puede matar con impunidad a las personas que este país considere "combatientes enemigos".


Según los Principios de la ONU relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, todos los presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales deben ser objeto de una investigación minuciosa, rápida e imparcial. El gobierno de Estados Unidos no ha emprendido una investigación de estas características en el caso de los homicidios ocurridos en Yemen en noviembre de 2002. Dado que, según los informes, el presidente ha dado a la CIA potestad para hacer uso de fuerza letal y en vista de la respuesta de Estados Unidos a la relatora especial de la ONU, cabe considerar como muy improbable que se lleve a cabo semejante investigación en el caso de los homicidios de Haitham al-Yemeni y Samiullah Khan.


Amnistía Internacional pide una vez más al Congreso de Estados Unidos que cree una comisión de investigación plenamente independiente con el fin de analizar todos los aspectos de las políticas y prácticas utilizadas por Estados Unidos en la "guerra contra el terror". Dicha investigación debe incluir un examen de todos los casos de presuntas ejecuciones extrajudiciales. Toda persona hallada culpable de haber autorizado o cometido ejecuciones extrajudiciales debe ser puesta a disposición judicial.


En un informe de 160 páginas emitido el 13 de mayo, que incluía un análisis de la cuestión de las ejecuciones extrajudiciales en la "guerra contra el terror", Amnistía Internacional llegaba a la conclusión de que la hipocresía, el secretismo, una omnímoda mentalidad bélica y un desprecio a las normas internacionales sobre derechos humanos siguen caracterizando la conducta de Estados Unidos en la "guerra contra el terror" (véase USA: Guantánamo and beyond: The continuing pursuit of unchecked executive http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAMR510632005).




SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO

TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), MADRID, ESPAÑA

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