Documento - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Preso de conciencia
PÚBLICO Índice AI: AMR 51/092/2004
3 de junio de 2004
AU 190/04 Preso de conciencia
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Oficial Camilo Mejia Castillo

El 21 de mayo de 2004, un tribunal militar estadounidense condenó al oficial Camilo Mejia Castillo, de la Guardia Nacional de Florida, a la pena máxima de un año de prisión por deserción. Camilo Mejia se había negado a regresar a su unidad en Irak, citando razones morales, la legalidad de la guerra y la conducta de las tropas estadounidenses contra los civiles y prisioneros iraquíes. Amnistía Internacional lo considera preso de conciencia, encarcelado por su objeción de conciencia a participar en la guerra.
La condena se impuso a pesar de que está pendiente la decisión del ejército sobre la solicitud de Camilo Mejia de que se le aplique la categoría de objetor de conciencia. Durante el juicio, a sus abogados no se les permitió presentar argumentos sobre su objeción de conciencia, que incluían descripciones de los abusos que había presenciado. Actualmente permanece recluido en una prisión militar de Fort Sill, Oklahoma. Se ha apelado contra la condena, pero se espera que el proceso de apelación sea largo.
Camilo Mejia fue enviado a Irak en abril de 2003, y una vez allí empezó a albergar dudas sobre la moralidad y la legalidad de la guerra. En octubre de 2003 regresó a casa con un permiso de dos semanas. No regresó a su puesto en Irak y, el 16 de marzo de 2004, pidió ser relevado como objetor de conciencia, declarando que creía que la guerra y la ocupación de Irak son "ilegales e inmorales".
En su solicitud de la categoría de objetor de conciencia, Camilo Mejia describió las condiciones de reclusión y el trato de los prisioneros iraquíes, incluidos casos en los que se dio a los soldados instrucciones de "quebrar la voluntad de los detenidos" y situaciones en las que los soldados golpeaban las paredes de metal con mazos para impedir dormir a los prisioneros o cargaban pistolas cerca de sus oídos. También describió cómo había presenciado homicidios de civiles, incluidos niños.
Camilo Mejia ha descrito la evolución de sus convicciones, lo que presenció e hizo en Irak, y cómo todo ello lo llevó a tomar una postura basada en su conciencia. Sus objeciones a estos abusos se presentaron antes de que se publicaran las fotografías de agentes estadounidenses torturando física y mentalmente a detenidos iraquíes en la prisión de Abu Ghraib, en Irak, pero su juicio se celebró en un momento de fuerte interés de los medios de comunicación sobre este asunto. Un miembro de su equipo de abogados defensores, el ex fiscal general Ramsey Clark, habló de la "increíble ironía de que estemos procesando a soldados en Irak por violaciones del derecho internacional y estemos procesando a un soldado aquí porque se negó a cometer esas misma violaciones".
Amnistía Internacional ha adoptado a Camilo Mejia como preso de conciencia y pide su libertad inmediata e incondicional. Es el primer soldado del que se sabe que ha sido juzgado por "deserción" tras prestar servicio en combate en el actual conflicto de Irak. Amnistía Internacional cree que ha sido encarcelado por su objeción de conciencia a la guerra de Irak, a pesar de que tomó medidas razonables para conseguir ser relevado del ejército.
Antes de ser condenado, Camilo Mejia dijo: "no lamento nada, nada [...] Asumiré la decisión judicial porque voy al tribunal con mi honor, sabiendo que he hecho lo correcto".
INFORMACIÓN GENERAL
Amnistía Internacional considera objetor de conciencia a toda persona que, por motivos de conciencia o convicción profunda, se niegue a cumplir el servicio en las fuerzas armadas o a tener cualquier otra participación directa o indirecta en guerras o conflictos armados. Esto puede incluir a soldados voluntarios que hayan desarrollado una objeción de conciencia tras unirse a las fuerzas armadas. Siempre que una persona de estas características sea detenida o encarcelada exclusivamente por habérsele negado su derecho a plantear su objeción o a cumplir un servicio civil alternativo real, Amnistía Internacional considerará que esa persona es un preso de conciencia.
Amnistía Internacional también considera presos de conciencia a los objetores de conciencia que son encarcelados por abandonar las fuerzas armadas sin autorización por motivos de conciencia cuando, a causa de dichos motivos, hayan tomado medidas razonables para conseguir ser relevados de las obligaciones militares.
Por la declaración de Camilo Mejia es evidente que éste solicitó la categoría de objetor de conciencia y que es un objetor de conciencia real, cuya objeción a la guerra surgió como respuesta a las violaciones de derechos humanos presenciadas en Irak. Basándose en esa objeción, Camilo Mejia pidió ser relevado del ejército como ciudadano no estadounidense con más de ocho años de servicio en el ejército de Estados Unidos, y posteriormente solicitó la categoría de objetor de conciencia. De acuerdo con ello, Amnistía Internacional considera que no debería haber sido juzgado y encarcelado por "deserción" y que debe ser puesto en libertad de forma inmediata e incondicional.
Desde abril de 2004 se han publicado en todo el mundo fotografías de agentes estadounidenses torturando física y mentalmente en Irak a detenidos iraquíes a los que sometían a abusos. Un soldado estadounidense ha comparecido ante un tribunal militar en Bagdad y ha sido condenado a la pena máxima de un año de prisión, tras admitir haber participado en torturas a detenidos iraquíes. Varios soldados más están en espera de juicio.
Amnistía Internacional ha documentado casos de tortura y malos tratos a detenidos en Irak y ha planteado su preocupación a la Autoridad Provisional de la Coalición, así como a los gobiernos de Estados Unidos y Reino Unido. A los detenidos los obligaban a permanecer tumbados boca abajo en el suelo, esposados, encapuchados o con los ojos vendados, durante la detención. Durante los interrogatorios, según los informes, los golpeaban repetidamente y los mantenían inmovilizados durante periodos prolongados en posturas dolorosas, y a algunos les impedían dormir, los obligaban a permanecer de pie durante mucho tiempo y los exponían a música a todo volumen y luces brillantes para desorientarlos. Algunos murieron bajo custodia, al parecer a consecuencia de las torturas.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:
- instando a que se ponga en libertad de forma inmediata e incondicional a Camilo Mejia, y señalando que Amnistía Internacional lo considera preso de conciencia, encarcelado exclusivamente por su objeción de conciencia a la guerra y a los abusos contra los derechos humanos que afirma haber presenciado en Irak;
- explicando que, aunque Amnistía Internacional reconoce que Camilo Mejia se ausentó sin permiso, la organización considera que Mejia tomó medidas razonables para conseguir ser relevado de sus obligaciones militares por medios legales, que incluyen la solicitud de la categoría de objetor de conciencia, y que por lo tanto no debería haber sido juzgado y encarcelado por "deserción".
LLAMAMIENTOS A:
General al cargo de Fort Stewart
Major General William G Webster Jr.
60 Macneely Road
Fort Stewart
Georgia 31314
EE. UU.
Fax: (+1) 912 767 3903
Correo-E.: william.webster2@us.army.mil
Tratamiento: Dear Major General / Sr. General
Secretario en funciones del ejército
The Honorable Les Brownlee
Acting Secretary of the Army
102 Army Pentagon
Room 3E588
Washington DC 20310-0102
EE. UU.
Fax: (+1) 703 697 0720
Correo-E.: les.brownlee@us.army.mil
Tratamiento: Dear Secretary / Sr. Secretario
COPIA A: a los representantes diplomáticos de Estados Unidos acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 15 de julio de 2004.