Documento - Australia: Las reformas penitenciarias de Australia Occidental, un primer paso positivo
Servicio de Noticias 107/98
ÍNDICE AI: ASA 12/07/98/s
8 DE JUNIO DE 1998
DECLARACIÓN PÚBLICA
Las reformas penitenciarias de Australia Occidental, un primer paso positivo
Amnistía Internacional ha expresado su satisfacción ante los planes anunciados el pasado viernes 5 de junio por el ministro de Justicia de Australia Occidental, de introducir reformas en el sistema penitenciario para abordar el espectacular aumento de muertes bajo custodia. Aunque muchas familias de presos siguen preguntándose por qué no se previno la muerte de su familiar, las declaraciones del ministro suponen el reconocimiento implícito de que hace falta una actuación decidida y de conjunto para atajar el reciente aumento en Australia de la tasa de mortandad de la población reclusa.
Los planes para introducir mejoras en la identificación y seguimiento de los presos que corren el riesgo de autolesionarse son especialmente bienvenidos, así como las medidas encaminadas a hacer más humana la vida en las prisiones y a reducir el uso de las celdas de observación médica. El anuncio de reformas es una respuesta a las peticiones urgentes formuladas por organizaciones comunitarias y por Amnistía Internacional al gobierno de que no espere al resultado de la investigación del Defensor del Pueblo estatal para abordar los factores que contribuyen a las muertes bajo custodia.
Amnistía Internacional ha pedido al gobierno de Australia Occidental que asegure que las reformas pueden implantarse de forma rápida y efectiva. Aunque algunos de los anuncios del gobierno exigen una definición más clara, debe estudiarse la posibilidad de implantar varias medidas concretas para reducir de forma duradera los índices de mortandad de la población reclusa.
Para reforzar la responsabilidad, por ejemplo, el grupo de expertos nombrado para supervisar las reformas deberá informar periódicamente al Parlamento de sus conclusiones. El grupo deberá informar de la repercusión de la política y las leyes de justicia penal sobre la capacidad de las prisiones y las tendencias en los incidentes de autolesión de presos. Los informes deben analizar asimismo la frecuencia y adecuación de las medidas restrictivas y de seguridad, en concreto el uso de grilletes para los pies, de las celdas para fines especiales y de las «prendas de vestir reglamentarias».
No sólo los Grupos de Apoyo constituidos por los propios presos, sino también los funcionarios de prisiones deben recibir formación sobre técnicas de comunicación y técnicas destinadas a detectar y difundir los indicios de que un recluso podría estar en peligro. Cuando la tercera parte de los presos son considerados «en peligro», los recursos existentes apenas alcanzan para proporcionar atención especial y supervisión a estos internos. Los niveles de dotación de personal y los recursos de apoyo deben ser acordes con la demanda, especialmente si los funcionarios de prisiones tienen asignadas tareas adicionales o más especializadas.
Además, el personal de las prisiones debe responder de sus actos si no pone en práctica medidas encaminadas a salvar vidas. Aunque no debe culparse a los funcionarios de prisiones de los defectos del sistema que contribuyen a las muertes de internos, la efectividad de los sistemas preventivos depende de su participación activa, así como de que se cumplan las directrices.
Aunque los anuncios del gobierno subrayan la necesidad urgente de prevenir los suicidios, Amnistía Internacional considera que las mejoras en la rehabilitación de los reclusos y en la prestación de atención social y de la salud a los internos deben ser un foco concreto de la atención a largo plazo. Dado que muchos presos son aborígenes, jóvenes y varones con antecedentes de abuso de narcóticos, o problemas sociales o de salud mental, que cumplen condenas cada vez más largas, la prevención de los suicidios sólo podrá abordar los síntomas de la crisis, y no las causas subyacentes en las muertes de reclusos.
En este contexto, Amnistía Internacional hace notar la recomendación (153.c) de la Real Comisión de Investigación sobre Muertes de Aborígenes Privados de Libertad, que afirma que: «es esencial que el personal médico sea responsable ante las autoridades médicas profesionales y no ante los administradores de las prisiones». La organización de derechos humanos considera, por tanto, que los departamentos del gobierno responsables de las prisiones y de los servicios de salud y sociales deben cooperar a fin de garantizar un nivel superior de profesionalidad, independencia y rendición de cuentas en la prestación de tales servicios a los reclusos. A tal fin, Amnistía Internacional cree que es esencial que la financiación, dotación de personal y funcionamiento de los servicios médicos, de salud mental y bienestar social en las prisiones estén controlados por los departamentos gubernamentales que especializados en estos servicios, y no por los administradores de prisiones.
Amnistía Internacional acoge con satisfacción los planes del ministro de Justicia de pedir a un grupo de expertos, a las organizaciones comunitarias y al Defensor del Pueblo estatal que hagan aportaciones independientes a las estrategias para la prevención de los suicidios de reclusos. Sin embargo, tales consultas sólo podrán contribuir a un cambio duradero si estos grupos tienen un acceso adecuado y oportuno a la información y a los recursos y si se les garantiza una permanencia a largo plazo.
Amnistía Internacional ha escrito al gobierno de Australia Occidental para expresar su satisfacción por estas iniciativas e invitarle a que formule comentarios sobre las conclusiones y recomendaciones de la organización. Amnistía Internacional confía en que los anuncios del gobierno inicien un proceso encaminado a conseguir un sistema de justicia penal más humano en el que sean los tribunales, y no las condiciones penitenciarias, quienes castiguen a los infractores.
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Si desean más información, consulten el documento titulado Western Australia Government should act on prisoner deaths, Amnistía Internacional, 4 de junio de 1998, Índice AI: ASA 12/06/98.