Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Hong Kong: Immediate actions needed for realisation of women?s human rights

AMNISTÍA INTERNACIONAL


Declaración pública


Índice AI: ASA 19/002/2006 (Público)

Servicio de Noticias: 228/2006

3 de septiembre de 2006

http://web.amnesty.org/library/Index/ESLASA190022006



Hong Kong: Son necesarias medidas inmediatas para hacer realidad los derechos humanos de las mujeres



Amnistía Internacional instó hoy al gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (HKSAR) a que tomara medidas sin demora para la plena aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, presentadas el 31 de agosto de 2006, tras el estudio por parte del Comité de la aplicación por Hong Kong de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en relación con el examen del quinto y el sexto informe periódico combinados en virtud de la Convención, que se realizó en fechas anteriores de agosto en una sesión pública en Nueva York.


Respecto a la HKSAR, el Comité expresó su preocupación, entre otras cosas, por el bajo índice de enjuiciamiento de casos de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar (violencia doméstica), la situación de las mujeres solicitantes de asilo y refugiadas, las disposiciones discriminatorias de la Política de Casas Pequeñas y del sistema electoral, así como la situación de las trabajadoras domésticas extranjeras.


Amnistía Internacional se hace eco de los motivos de preocupación del Comité, especialmente su llamamiento para que se redoblen los esfuerzos del gobierno de la HKSAR para combatir la violencia doméstica.


Amnistía Internacional expresa su satisfacción por las iniciativas del gobierno de la HKSAR para modificar la Ordenanza sobre violencia en el hogar, presentadas al Comité por representantes del gobierno durante la sesión celebrada en fechas anteriores de agosto. Sin embargo, a la organización le preocupa mucho que las enmiendas propuestas, a saber: 1) la incorporación del abuso no físico en la definición de “violencia”; 2) la ampliación del ámbito de aplicación y 3) la ampliación de la duración del mandamiento judicial, sean inadecuadas para evitar la violencia de género intrafamiliar.


En concreto, Amnistía Internacional insta al gobierno de Hong Kong a:


- garantizar la seguridad de las víctimas de la violencia de género intrafamiliar;

- asegurar la prestación y gestión de servicios de refugio, ayuda económica y vivienda;

- garantizar que las víctimas de la violencia de género reciben una reparación oportuna y adecuada, que incluya una indemnización adecuada, atención médica y prácticas de recuperación integral;

- crear una base de datos centralizada para normalizar la compilación de cifras oficiales sobre violencia contra las mujeres y poner estas cifras a disposición del público;

- garantizar recursos suficientes para aplicar medidas que aborden la violencia de género.


Además, la organización sigue decepcionada por la reiterada negación del gobierno de ampliar a Hong Kong la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, y se hace eco de la recomendación del Comité para que se lleve a cabo esta ampliación a fin de garantizar que las mujeres solicitantes de asilo y refugiadas puedan beneficiarse plenamente de su protección.


Información complementaria

Antes del examen por parte del Comité del informe del gobierno de la HKSAR durante su 36 periodo de sesiones, en agosto de 2006, Amnistía Internacional presentó al Comité información por escrito sobre la violencia de género intrafamiliar. La organización envió una delegación de tres personas a las sesiones, que tuvieron lugar en Nueva York el 10 de agosto de 2006, y realizó una intervención oral sobre los problemas de las refugiadas y las solicitantes de asilo en Hong Kong.


En el marco del examen del Comité de los informes de los Estados durante el 36 periodo de sesiones, Amnistía Internacional presentó también información por escrito sobre la aplicación de la Convención en Georgia y en México.


La información sobre Hong Kong presentada por Amnistía Internacional al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer se encuentra (en inglés) en:

Documento escrito (Índice AI: ASA 19/001/2006): http://www.amnesty.org.hk/materials/HK_briefing_CEDAW_text.pdf

Informe resumido del documento: http://www.amnesty.org.hk/materials/HK_briefing_CEDAW_exe_sum.pdf

Intervención oral: http://www.amnesty.org.hk/materials/CEDAW_oral_int_refugee.doc


Las observaciones finales del Comité se encuentran (en inglés) en:

http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/cedaw36/cc/CHINA_advance%20unedited.pdf


Si desean más información sobre la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Comité, consulten:

Texto de la Convención: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm

Recomendación General Nº 25: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/General%20recommendation%2025%20(Spanish).pdf

Para más información, llamen a Si-si Liu Pui Shan (Presidencia) al teléfono (+852) 9193 7216) o a Tan Kong Sau (delegada de AI en el 36 periodo de sesiones del CEDAW) al teléfono (+852) 9732 1382.







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