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EXTERNO Índice AI: ASA 20/21/97/s
EXTRA 57/97 Extradición inminente y temor de tortura22 de abril de 1997
INDIA/BHUTÁNRongthong Kunley Dorji (58), ciudadano bhutanés
Amnistía Internacional teme que Rongthong Kunley Dorji, ciudadano bhutanés, actualmente detenido en la India, pueda ser torturado si vuelve a Bhután.
Rongthong Kunley Dorji fue detenido por la policía en la sede del Frente Unido para la Democracia en Bhután, situada en Gautamnagar, Nueva Delhi, el 18 de abril de 1997. Actualmente se encuentra retenido en el Lampur Sewa Sadan, centro de detención cercano a Nueva Delhi que depende de la Oficina Regional de Registro de Extranjeros, organismo encargado de practicar las detenciones que autoriza la Ley de Registro de Extranjeros. Según el subcomisionado de policía, las autoridades indias lo detuvieron tras recibir una petición de extradición de las autoridades bhutanesas.
Rongthong Kunley Dorji había salido de Bhután en 1991, y desde entonces vivía en Katmandú, Nepal, donde el Ministerio del Interior lo tenía registrado como solicitante de asilo político. En junio de 1994, fundó el Congreso Nacional Druk, organización política en el exilio que afirma tener como objetivo establecer un sistema democrático en Bhután y proteger los derechos humanos. A comienzos de 1997, el Congreso Nacional Druk, junto con otras organizaciones políticas en el exilio, crearon el Frente Unido para la Democracia, y Rongthong Kunley Dorji fue elegido presidente.
Según los informes, la petición de extradición se basa en la orden de arresto dictada recientemente por el Tribunal Superior de Bhután contra Rongthong Kunley Dorji, al que, sin embargo, hasta la fecha no se le ha facilitado ningún documento en el que se expliquen los motivos de su detención. En una vista de hábeas corpus celebrada el 22 de abril, el Tribunal Superior de Nueva Delhi ordenó al Ministerio de Asuntos Exteriores y al comisionado de policía de Delhi que informaran a la sala de las razones de la detención de Rongthong Kunley Dorji antes del 25 de abril. El tribunal también ordenó que no se le extraditara hasta entonces.
ANTECEDENTES
Durante las recientes sesiones de la Asamblea Nacional ─el parlamento bhutanés─, el ministro del Interior de Bhután afirmó que Rongthong Kunley Dorji «había violado las leyes del país y debía comparecer ante un tribunal para demostrar su inocencia». Se le acusaba de no devolver unos préstamos y de realizar actividades consideradas «antinacionales» por la Ley de Seguridad Nacional.
A Amnistía Internacional le preocupa que la imputación de estos cargos pueda obedecer a razones políticas, ya que al parecer no se formularon hasta que Rongthong Kunley Dorji fundó el Congreso Nacional Druk, casi tres años después de abandonar el país. Además, varias declaraciones del ministro del Interior de Bhután indican que sus actividades políticas son, al menos en parte, el motivo de que se haya emitido la orden de arresto. Por ejemplo, en agosto de 1995, el diario nacional Kuensel publicó que el ministro había informado a la Asamblea Nacional de que «Rongthong Kunley Dorji se había entregado con todas sus fuerzas a la tarea de sembrar el descontento entre las diferentes partes de la sociedad bhutanesa y a desacreditar la imagen de Bhután».
A Amnistía Internacional le preocupa que, si vuelve a Bhután, Rongthong Kunley Dorji pueda ser objeto de torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En mayo de 1991, cuando lo detuvieron acusado de traición por su apoyo durante las manifestaciones de 1990 a los bhutaneses de habla nepalí que viven al sur del país, fue presuntamente torturado por miembros de la Real Guardia Bhutanesa y afirma que lo sometieron a la tortura conocida con el nombre de chepuwa, en la que los torturadores presionan los muslos del torturado entre dos barras, lo sumergieron en un barril de agua hasta casi ahogarlo y lo apalearon y le dieron puñetazos por todo el cuerpo. El rey de Bhután, Jigme Singye Wangchuck, lo indultó el 5 de julio de 1991, y poco después Rongthong Kunley Dorji abandonó el país.
Aunque ni la India, ni Bhután ni Nepal han ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de la ONU de 1951 ni su Protocolo de 1967, están obligados a cumplir el principio de no devolución, que prohíbe a cualquier Estado enviar a ninguna persona a un país donde corra peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en inglés o en su propio idioma:
-señalando el arresto de Rongthong Kunley Dorji, ciudadano bhutanés, que se produjo en Delhi el 18 de abril, tras solicitarse su extradición a Bhután;
-expresando su preocupación ante la posibilidad de que, si es devuelto a Bhután, Rongthong Kunley Dorji sea sometido a torturas o a tratos crueles, inhumanos o degradantes;
-instando a las autoridades indias a que cumplan el principio de no devolución, reconocido internacionalmente;
-instando a que Rongthong Kunley Dorji no sea devuelto a Bhután.
LLAMAMIENTOS A:
Mr I K Gujral
Prime Minister and Minister of External Affairs
Office of the Prime Minister
South Block
New Delhi 110 001
India
Fax:* 91 11 301 9817
Telegramas:Prime Minister, New Delhi, India
Tratamiento: Dear Prime Minister / Sr. Primer Ministro
COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:
Mr J S Verma
Chief Justice of the Supreme Court of India
Supreme Court
Tilak Marg
New Delhi 110 001
India
Fax:* 91 11 338 3792
Mr Ashok Desai
Attorney General of India
Attorney General’s Department
Supreme Court of India
Tilak Marg
New Delhi 110 001
India
Fax:* 91 11 338 3792
y a los representantes diplomáticos de la India acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 20 de mayo de 1997.