Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Sri Lanka: Further information on torture: Thambirajah Kamalathasan









PÚBLICOÍndice AI: ASA 37/21/98/s


25 de agosto de 1998


Más información (actualización núm. 1) sobre AU 216/98 (ASA 37/19/98/s, del 6 de agosto de 1998) - Tortura


SRI LANKAThambirajah Kamalathasan, de 19 años



Amnistía Internacional ha sabido que Thambirajah Kamalathasan, que fue torturado durante varios días tras ser arrestado por la policía el 15 de julio de 1998, compareció el 6 de agosto ante un tribunal en Colombo, que ese mismo día dictó orden de prisión preventiva contra él. Thambirajah Kamalathasan fue trasladado a la Prisión Preventiva de Colombo, donde sus familiares pudieron visitarlo los días 10 y 11 de agosto.


Según la última información recibida, Thambirajah Kamalathasan tuvo durante varios días dolores por todo el cuerpo y dificultades para andar tras ser trasladado el 21 de julio al Departamento de Investigación Terrorista de la jefatura de policía de Colombo. Allí lo visitaron y lo trataron delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja. Asimismo, los guardias de la prisión le han estado administrando analgésicos. Hasta la fecha no ha recibido la visita de la Comisión de Derechos Humanos de Sri Lanka.


No se tienen noticias de que se haya iniciado ninguna investigación sobre los informes según los cuales fue torturado en la comisaría de Pettah tras su arresto.


Thambirajah Kamalathasan fue uno de los 192 solicitantes de asilo de Sri Lanka cuya embarcación fue interceptada por la armada senegalesa el 24 de febrero a la altura de la costa de Senegal. Poco después, todos fueron devueltos a Sri Lanka, donde los arrestaron y permanecieron detenidos varias semanas.


A Amnistía Internacional le preocupa que varios gobiernos implicados en la devolución de estos solicitantes de asilo puedan haber incumplido las obligaciones contraídas al firmar normas internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, también de las Naciones Unidas. Al parecer, el gobierno de Guinea Conakry no les permitió acceder a un procedimiento justo de determinación de su condición de refugiados y el de Sri Lanka rompió su promesa de no detener a los refugiados devueltos a su llegada. Los gobiernos de Canadá y de Estados Unidos (que, según los informes, financiaron el flete del avión) también deben responder de su papel en la operación de devolución.


Amnistía Internacional ha escrito a las autoridades pertinentes de estos países pidiendo información concreta. También tiene la intención de presentar el caso de Thambirajah Kamalathasan al examen del Comité contra la Tortura, ya que todos estos países son Estados Parte de la Convención contra la Tortura, cuyo artículo 3 dispone: «Ningún Estado Parte procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura».


No se considera que Thambirajah Kamalathasan siga en peligro de ser torturado, aunque la organización continuará observando atentamente su situación y pondrá al tanto a la red cuando sea necesario. No son precisas más acciones por parte de la Red de Acción Urgente. Gracias a todos los que enviaron llamamientos.

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