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EXTERNOÍndice AI: EUR 11/26/96/s
EXTRA 169/961 de noviembre de 1996
Preocupación jurídica y preso de conciencia
ALBANIA:Idajet BEQIRI, dirigente de la oposición
El 5 de noviembre de 1996, el Tribunal de Apelación de Albania verá el recurso de Idajet Beqiri contra su condena a quince años de cárcel por «crímenes contra la humanidad». Amnistía Internacional cree que los cargos formulados contra él no se basaron en ninguna prueba presentada en el tribunal y obedecieron a motivos políticos. La organización le considera preso de conciencia y pide su liberación inmediata e incondicional.
El 28 de septiembre de 1996, el Tribunal de Distrito de Tirana le condenó a quince años de cárcel por «crímenes contra la humanidad» en aplicación del artículo 74 del Código Penal. Idajet Beqiri recurrió contra su sentencia argumentando que era inocente de esos cargos. También enumeró numerosas violaciones de procedimiento producidas en su causa.
Idajet Beqiri es el dirigente del Partido de la Unidad Nacional, en la oposición, y ex presidente del tribunal de distrito de Kruja (de 1981 a febrero de 1986). En 1993, estuvo encarcelado seis meses por «difamar» al presidente de Albania, doctor Sali Berisha, en un artículo aparecido en la prensa. En aquel entonces, Amnistía Internacional lo adoptó como preso de conciencia.
Idajet Beqiri fue arrestado en enero de 1996 y su juicio comenzó en julio. Le condenaron junto con otros ocho acusados, los cuales, a diferencia de él, habían sido altos cargos del Partido Comunista, y de los que cinco fueron juzgados in absentia. Los cargos contra los acusados estaban relacionados con propuestas y decisiones respecto al internamiento administrativo de familiares de disidentes. Durante el régimen comunista, miles de personas fueron recluidas en pueblos remotos debido a que un familiar había cometido un delito político o había huido del país. Desde comienzos de año, entre treinta y cuarenta ex dirigentes comunistas han sido acusados o condenados en relación con los internamientos administrativos. Esta pena también podía aplicarse para castigar los comportamientos antisociales que implicasen delitos comunes. Sin embargo, el artículo 74 sólo penaliza a aquellos que internaron a las personas por motivos «políticos, ideológicos, raciales, étnicos o religiosos».
Los cargos concretos contra Idajet Beqiri están relacionados con el internamiento de cuatro miembros de la familia Duka y están basados en un documento (una «propuesta»), con fecha del 23 de noviembre de 1985, firmado presuntamente por Idajet Beqiri, como miembro de la «comisión de internamiento» local, en el que se proponía su internamiento en el pueblo de Gallate.
En el juicio, Idajet Beqiri negó los cargos y afirmó que la propuesta era falsa. En el tribunal se presentó una fotocopia, no el documento original, a pesar de las peticiones de los abogados defensores para que se mostrara. Un perito nombrado por el tribunal confirmó que la firma de la propuesta (fotocopiada) era la de Idajet Beqiri, pero no hizo ningún comentario respecto a que el documento estaba escrito con dos tipografías diferentes.
Idajet Beqiri también ha declarado que tenía una coartada que demuestra que no estaba en Kruja el 23 de noviembre de 1995 e indicó los nombres de los testigos que respaldarían su coartada. El tribunal no los llamó.
La defensa argumentó que la familia Duka no estaba internada como consecuencia de una propuesta hecha en 1985 sino por una propuesta de abril de 1986, respecto a la cual Idajet Beqiri no podía tener ninguna responsabilidad dado que en ese momento se encontraban en prisión. La defensa también ha argumentado que el internamiento de la familia Duka no obedeció a motivos políticos (la motivación política es fundamental para ser condenado por el artículo 74). En apoyo de sus argumentos, el abogado presentó una decisión escrita de la Comisión Central de Internamiento (la institución que decidía los internamientos), con fecha del 23 de abril de 1986, en la que se ordenaba el internamiento de la familia Duka en el pueblo de Bruz Mal durante tres años; las razones aducidas están relacionadas con los delitos comunes cometidos por los cuatro familiares, fundamentalmente robo. Dos miembros de la familia Duka declararon que les internaron en el pueblo de Bruz Mal en mayo de 1986, dos semanas después de hacerse la propuesta, y que el responsable del internamiento fue Idajet Beqiri. La defensa presentó pruebas de que en ese momento su cliente se encontraba encarcelado por otro delito diferente. En febrero de 1996, le expulsaron de su cargo de presidente del tribunal de distrito de Kruja, tras lo cual le arrestaron. Según los informes, un ex jefe de investigación de Kruja manifestó al tribunal que, en 1986, le pidieron su opinión sobre la propuesta de internamiento de la familia Duka; confirmó que en aquel momento Idajet Beqiri ya se encontraba encarcelado.
INFORMACIÓN GENERAL
Otro dirigente de partido de la oposición, Fatos Nano, se encuentra encarcelado en Albania. Fatos Nano, dirigente del Partido Socialista, principal partido de la oposición, ha sido adoptado como preso de conciencia por Amnistía Internacional. Le detuvieron en julio de 1993 y le condenaron por malversación y falsificación. Amnistía Internacional considera que los cargos también se debieron a motivos políticos y que no contaron con el respaldo de las pruebas presentadas en el tribunal. En septiembre de 1996, Amnistía Internacional publicó el documento Albania: Detention and Ill-treatment of Government Opponents - the Elections of May 1996 (Índice AI: EUR 11/17/96).
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, fax, télex, cartas urgentes y por vía aérea, en italiano, inglés, francés, alemán o en el propio idioma del remitente:
-expresando preocupación debido a que Idajet Beqiri dirigente del Partido de Unidad Nacional, fue condenado a quince años de cárcel el 28 de septiembre de 1996 por «crímenes contra la humanidad»;
-señalando que Amnistía Internacional ha estudiado cuidadosamente su caso y ha llegado a la conclusión de que las pruebas presentadas el tribunal no justifican los cargos formulados contra él, los cuales parecen deberse a motivos políticos;
-señalando, por tanto, que Amnistía Internacional le considera preso de conciencia, encarcelado por sus convicciones no violentas y pide su liberación inmediata e incondicional;
-añadiendo que Amnistía Internacional no cuestiona el derecho de las autoridades a poner a disposición judicial a las personas que han vulnerado gravemente el derecho internacional, pero que la organización considera que estos procesos deben atenerse a las normas internacionales.
Les rogamos que envíen un máximo de quince llamamientos por Sección.
LLAMAMIENTOS A:
Presidente de Albania
Dr Sali Berisha
Fax: +355 42 33761
Telegramas: Presidenti i Republikes se Shqiperise, Tirana, Albania
Tratamiento: Dear President/Señor presidente
Ministro de Justicia
Mr Kristofor Peçi
Tel/Fax: +355 42 28359
Telegramas: Minister i Drejtesise, Tirana, Albania
Telex: 4201
Tratamiento: Dear Minister/Señor
COPIAS A:
Ministro de Asuntos Exteriores
Mr Tritan Shehu
Minister i Punëve të Jashtme, Tirana, República de Albania
Fax: +355 42 62084
Comité de Helsinki de Albania
Komiteti Shqiptar i Helsinkit
Rr. Ali Demi, Pall.2, Shk.2, ap.12,
Tirana, República de Albania
y a la representación diplomática de Albania acreditada en el país del remitente.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.