Documento - Argentina/Italia: La legislación internacional sobre crímenes contra la humanidad no admite la prescripción
25 septiembre 2000
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Público
Argentina / Italia: La legislación internacional sobre crímenes contra la humanidad no admite la prescripción
Amnistía Internacional hace un llamado apremiante a Italia y a Argentina para que cumplan con sus obligaciones internacionales de no aplicar la prescripción en casos reconocidos por la legislación internacional como crímenes contra la humanidad.
“Es extremadamente preocupante la decisión de la Corte de Apelaciones de Roma de dejar en libertad a Jorge Olivera aparentemente concluyendo que legislación nacional es aplicable para la prescripción de un crimen contemplado en la legislación internacional como es la tortura” dijo la organización hoy.
La extradición de Jorge Olivera fue solicita por Francia a Italia por el secuestro y la tortura de la ciudadana francesa Marie Anne Erize Tisseau. Estos crímenes, que se ha informado, aparecen en el pedido de detención , fueron en Argentina parte de una práctica sistemática que por su escala y gravedad constituyen crímenes contra la humanidad.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional reconoce en su Artículo 7 que la tortura como parte de una practica sistemática o a gran escala constituye un crimen contra la humanidad. El Artículo 29 del mismo Estatuto establece que los crímenes considerados dentro de la jurisdicción de la Corte no deben ser sujetos a prescripción. Este artículo confirma la legislación internacional que prohíbe la aplicación de prescripción en casos de crímenes contra la humanidad.
Al regreso de Jorge Olivera a la República Argentina, Amnistía Internacional, una vez más, insta al Estado argentino a no ignorar sus compromisos internacionales respecto a la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, impidiendo con las leyes de impunidad --Punto Final y Obediencia Debida-- la investigación correspondiente a los casos de violaciones de derechos humanos.
“Las leyes de Punto Final y Obediencia creadas en 1986 y 1987 respectivamente, al regreso del gobierno civil en Argentina, deben ser anuladas para permitir la acción de la justicia y el derecho a la verdad “, afirma Amnistía Internacional.
“ Estas leyes cuyo efecto es el de obstruir las investigaciones de violaciones de derechos humanos cometidas durante los gobiernos militares constituyen una afrenta a la sociedad en general y niegan los compromisos internacionales reconocidos por el Estado argentino de prevenir, investigar y sancionar toda violación de derechos humanos” añade la organización.
Información General
Las obligaciones de Italia y Argentina bajo el articulo 7 de la Convención contra la Tortura, que los dos países han ratificado, establecen que cuando en su territorio nacional se descubra a un presunto autor de torturas, este sea extraditado o su caso sea presentado ante las autoridades para emprender acciones judiciales.
Jorge Olivera fue detenido en Italia el 6 de Agosto de 2000 en base a unaorden de detención internacional presentada por Francia el 26 de Julio por el secuestro y tortura de la ciudadana francesa Marie Anne Erize Tisseau quien desapareció en 1976 en la Provincia argentina de San Juan. No obstante la Corte de Apelaciones de Roma ordenó su libertad el 18 de septiembrebasándose en la prescripción de los crímenes de que se le acusa.
En Argentina, la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) en su informe ‘Nunca Más’ concluyó que las violaciones de derechos humanos cometidas durante los gobiernos militares, entre ellas la tortura , fueron fruto de la "implantación generalizada" de una metodología represiva" puesta en marcha por las Fuerzas Armadas argentinas con el "control absoluto de los resortes del Estado".
La escala y magnitud de las violaciones a los derechos humanos cometidas en Argentina durante el gobierno militar constituyen, de acuerdo con el derecho internacional, crímenes contra la humanidad y por lo tanto no admiten inmunidad, prescripción o amnistía dijo Amnistía Internacional hoy.
En marzo de 1998 el Congreso Nacional argentino derogó las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Sin embargo la derogación de estas leyes carece de efecto retroactivo para juzgar las violaciones de derechos humanos cometidas durante los gobiernos militares desde 1976 hasta 1983.
FIN.../
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