Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Sweden: Fear of refoulement: Pauline Muzonzo Paku Kisoki


EXTERNOÍndice AI: EUR 42/01/96/s

EXTRA 168/9631 de octubre de 1996

Temor de repatriación forzada


SUECIA:Pauline Muzonzo Paku Kisoki



Pauline Muzonzo Paku Kisoki, solicitante de asilo zaireña, corre el peligro de ser repatriada forzadamente de forma inminente a Zaire, donde correría un grave peligro de sufrir tortura.


Pauline Muzonzo Paku Kisoki fue detenida junto con su esposo el 20 de octubre de 1990 en Kisanto, cerca de Kinshasa, en Zaire. Según los informes, la violaron en su casa delante de sus hijos y la llevaron a un centro de detención donde fue golpeada. Estuvo detenida sin juicio durante un año en la cárcel de Makal. Afirma que durante su reclusión la violaron más de diez veces, la golpearon y la torturaron. Consiguió escapar y viajó a Suecia con un pasaporte falso, donde solicitó asilo político en noviembre de 1991.


En enero de 1994, la Junta Sueca de Inmigración negó su solicitud de asilo político, decisión que ratificó la Junta de Apelación para Extranjeros en febrero de 1995 y, tras una nueva apelación, en febrero de 1996.


El Comité de la ONU contra la Tortura examinó su caso en mayo de 1996 y declaró que su expulsión sería una violación del artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes. El artículo 3 se opone a la expulsión de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que correría peligro de ser torturada.


En vista de la decisión del Comité contra la Tortura, la Junta de Apelación para Extranjeros volvió a examinar el caso. En octubre, decidió no tomar ninguna decisión y remitió el caso al gobierno sueco, donde se encuentra pendiente ahora.


INFORMACIÓN GENERAL


Según la información recibida por Amnistía Internacional, Pauline Muzonzo Paku Kisoki es una activista del partido de la oposición Unión por la Democracia y el Progreso Social desde 1987. Su esposo trabajó como secretario personal de uno de los dirigentes del partido entre 1985 y 1990. En la actualidad, su esposo ha solicitado asilo en el Congo. En Kisanto, su restaurante fue utilizado a menudo por la sección local del partido para celebrar reuniones políticas. También presidió el grupo de mujeres locales y participó en varias manifestaciones importantes de la Unión por la Democracia contra el gobierno. En el verano de 1990, organizó una protesta de mujeres en Kinshasa a la que acudieron miles de mujeres. En Suecia ha continuado sus actividades en favor de su partido.


Según los informes, los malos tratos, la tortura y las ejecuciones extrajudiciales son algunas de las violaciones de derechos humanos más frecuentes en Zaire. Las organizaciones de derechos humanos y los partidos políticos de la oposición se han mostrado muy críticos con estas violaciones de derechos humanos así como con la corrupción gubernamental y su incapacidad para prestar servicios. Como consecuencia de esto, los agentes de las fuerzas de seguridad han sometido a los activistas de derechos humanos y políticos a detenciones, malos tratos y tortura.


Después de examinar toda la información disponible, el Comité contra la Tortura señaló que los miembros de Unión por la Democracia y el Progreso Social continuaban sufriendo persecución política y que, en el caso de Pauline Muzonzo Paku Kisoki, había motivos justificados para creer que, en caso de ser devuelta a Zaire, correría peligro de sufrir tortura.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, fax, télex, cartas urgentes y por vía aérea, en inglés o en el propio idioma del remitente:


-señalando que Pauline Muzonzo Paku Kisoki ha sido activista de la Unión por la Democracia y el Progreso Social y que el Comité Contra la Tortura ha señalado que sus miembros continúan sufriendo persecución en Zaire y ha llegado a la conclusión de que sufriría tortura si la devuelven a Zaire;


-recordando a Suecia sus obligaciones en virtud del principio fundamental de no repatriación forzada del artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y del artículo 3 de la Convención contra la Tortura, que prohíben que se devuelva a cualquier persona a un país donde puede sufrir graves violaciones de derechos humanos;


-expresando preocupación debido a que si Pauline Muzonzo Paku Kisoki es devuelta a Zaire podría ser detenida, sometida a malos tratos y torturada y Suecia violaría el principio fundamental de no repatriación forzada;


-solicitando a las autoridades suecas que protejan a Pauline Muzonzo Paku Kisoki eficazmente de la repatriación forzada a Zaire;


a ser posible también:


-expresando preocupación debido a que en tres vistas diferentes sobre su petición de asilo no le reconocieron la condición de refugiada y que su caso sólo mereció una atención especial como consecuencia de la intervención del Comité contra la Tortura;


-en este contexto, solicitando garantías de que en Suecia se tomarán medidas eficaces para identificar y proteger a cualquier persona que corra peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos en caso de ser repatriado a su país de origen.


LLAMAMIENTOS A:


Pierre Schori

Minister for International Development Corporation, Migration and Asylum Policy

Utrikes departementet

Box 16121

103 23 Stockholm

Suecia

Fax: +46 8 7231176

Telegramas: Asylum Minister Schori, Stockholm, Sweden

Tratamiento: Dear Minister/Señor ministro


Prime Minister Göran Persson

Statsrådsberedningen

10333 Stockholm, Suecia

Fax: +46 8 7231171

Telegramas: Prime Minister, Stockholm, Sweden

Tratamiento: Dear Prime Minister/Señor primer ministro


Ministro de Interior

Leif Blomberg

Inrikes departementet

10333 Stockholm, Suecia

Fax: +46 8 7917899

Telegramas: Interior Minister, Stockholm, Sweden

Tratamiento: Dear Minister/Señor ministro


COPIAS A: a la representación diplomática de Suecia acreditada en el país del remitente.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 1 de diciembre de 1996.

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