Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Suiza: Denuncias de malos tratos bajo custodia policial


amnistía internacional




SUIZA


Denuncias de malos tratos

bajo custodia policial



SUIZA


Denuncias de malos tratos

bajo custodia policial




En los últimos años se ha denunciado en varias ocasiones que funcionarios encargados de hacer cumplir la ley han empleado la violencia física, de forma deliberada e injustificada, contra personas, tanto en el periodo inmediatamente anterior a la custodia policial como durante las primeras 24 horas de detención y antes de ponerlas a disposición del juez (es decir, durante el periodo de garde à vue, o detención preventiva).


Estas denuncias proceden de varios de los 26 cantones y semicantones que componen la Confederación Helvética; una gran parte se refieren al cantón de Ginebra y proceden, entre otras fuentes, de organizaciones nacionales de derechos humanos, médicos, abogados y entidades religiosas, así como de los propios detenidos.


Las formas más habituales de malos tratos denunciadas son bofetadas, puntapiés y puñetazos reiterados, fuertes presiones sobre la tráquea que provocan la semi-asfixia y obligar al detenido a desnudarse sin más motivo aparente que el de humillarle. Todas las denuncias afectan a personas detenidas por presuntos delitos comunes, siendo muchas de ellas extranjeros y ciudadanos suizos de origen no europeo. En estos casos se informa con frecuencia de ofensas verbales de carácter racista.


La policía suele responder ante las pruebas médicas de lesiones en detenidos manifestando que éstas se produjeron al resistirse la víctima a la detención. Se dice que muchas veces, cuando los detenidos indican su intención de formalizar denuncia por malos tratos, la policía los amenaza con acusarlos, a su vez, de difamación o de resistencia a la autoridad, por lo que algunos detenidos víctimas de malos tratos son reacios a identificarse o a denunciar el trato recibido ante las autoridades. Las investigaciones judiciales y administrativas sobre denuncias formales de malos tratos parecen con frecuencia poco concienzudas y muy rara vez desembocan en la imposición de sanciones disciplinarias o penales a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Según informes, debido a estas circunstancias, los mismos abogados aconsejan a menudo a sus clientes que no formulen denuncias penales.


El artículo 65, párrafo 2, de la Constitución Federal de la Confederación Helvética prohíbe los castigos corporales1. Aunque el delito de tortura, como tal, no está tipificado en la legislación federal, el Código penal suizo y los Códigos de Enjuiciamiento Criminal cantonales permiten que se incoen actuaciones penales por toda una serie de delitos, desde la coacción y las lesiones al homicidio, cometidos contra detenidos y presos por funcionarios del Estado.


Suiza ha ratificado también los principales instrumentos internacionales que prohíben la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. El 2 de diciembre de 1986, Suiza ratificó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU) (Convención contra la Tortura), y el 18 de junio de 1992 se adhirió al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por su parte, el Tribunal Federal suizo (Tribunal Supremo) ha resuelto que la prohibición de la tortura y otros tratos inhumanos constituye un principio general del derecho internacional que han de respetar todas las autoridades.


El 14 de abril de 1989, Suiza presentó su informe inicial2ante el Comité contra la Tortura, en relación con la aplicación de la Convención. Este informe fue estudiado por el Comité en noviembre del mismo año. En septiembre de 1993, Suiza presentó su segundo informe periódico ante el Comité contra la Tortura3cuyo examen se prevé se realizará durante el próximo periodo de sesiones del Comité, que se celebrará en Ginebra en abril.


El 7 de octubre de 1988, Suiza ratificó el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes. Dicho Convenio estableció un Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CEPT)4, concebido para reforzar las salvaguardias contra el uso de la tortura previstas por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y otras normas internacionales, mediante la realización de visitas a los países que lo hayan ratificado. El CEPT efectuó su primera visita a Suiza del 21 al 29 de julio de 1991, recorriendo centros de reclusión de los cantones de Berna, Ginebra, Vaud y Zurich. En enero de 1993, el Consejo Federal Helvético (órgano ejecutivo del gobierno) hizo público el informe del Comité, junto con su respuesta ante las conclusiones y recomendaciones contenidas en dicho informe.



Principales conclusiones y recomendaciones del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura respecto a la detención preventiva (garde à vue)


En su informe ante el Consejo Federal Helvético sobre la visita que realizó al país en 1991, el CEPT manifestaba5que antes de llegar al país, había recibido "numerosas" denuncias de malos tratos infligidos por la policía en los cuatro cantones visitados (es decir, Berna, Ginebra, Vaud y Zurich). En Ginebra, se habían denunciado ante el CEPT las palizas ("passsages à tabac")como algo "casi rutinario". Algunas de las denuncias de malos tratos iban respaldadas por certificados médicos donde se reflejaban secuelas como rotura de tímpanos, fractura de brazo, fractura de nariz y laceración en testículos. En el curso de su visita a los cantones, el CEPT recibió otras denuncias.


Uno de los detenidos entrevistados afirmó que le habían golpeado en la cara en el momento de su detención, el 13 de junio de 1991, y que le pegaron de nuevo en la comisaría de policía. Otro comunicó que en la comisaría lo habían esposado y después lo habían golpeado en los ojos. Otro declaró que durante un periodo de detención preventiva le habían pegado en la nuca y en la cara estando ya esposado con las manos a la espalda. Un cuarto detenido informó que la policía lo había maltratado unos años antes durante un traslado en ambulancia. Al parecer, le habían asestado numerosos golpes en la región de la nuca, mientras yacía en una camilla, esposado y atado con un cinturón. Otro preso describió los «graves malos tratos» a que presuntamente había sido sometido unos años atrás. El preso en cuestión había presentado una denuncia ante la Comisión Europea de Derechos Humanos6. Otro preso declaró que le habían pegado y pisoteado en los pies en el momento de la detención. Al parecer, le habían puesto una pistola en la sien y le habían ordenado que hiciera una confesión. También alegó que le habían arrastrado del pelo y golpeado la cabeza contra la pared.


El CEPT manifestó que, considerando el número de denuncias de malos tratos durante el periodo de detención preventiva que había recibido, la diversidad de las fuentes de tales denuncias, la existencia de certificados médicos que corroboraban algunas de ellas, el hecho de que estaba abierta una investigación judicial sobre las denuncias en Ginebra7, y lo que el Comité consideraba "lagunas" en algunas de las garantías fundamentales contra los malos tratos para las personas en detención preventiva en Suiza, había llegado a la conclusión de que «no cabía descartar el riesgo de sufrir malos tratos durante el periodo de detención preventiva»8.


El CEPT explicaba que, en cuanto a las garantías fundamentales contra los malos tratos a personas en detención preventiva, otorgaba especial importancia a tres derechos: el derecho de la persona a informar a un familiar o un tercero de su detención, el derecho a comunicarse con un abogado y el derecho a ser examinado por un médico de su elección. El Comité también consideraba fundamental que se dictaran unas directrices claras y precisas para la realización de los interrogatorios policiales. El Comité subrayaba asimismo la importancia que tiene la apropiada formación profesional de la policía en la prevención de los malos tratos.


El Comité señalaba que ninguna persona en detención preventiva tenía derecho a informar a sus familiares o a otras personas de su detención en ninguno de los cuatro cantones visitados. La ausencia de esta garantía en la legislación suiza significaba que, en la práctica, cuando no había riesgo de connivencia, el que se permitiera a un detenido informar a un familiar de su detención (ya fuera directamente o a través de la policía) parecía depender de la costumbre del cantón y de la comisaría en cuestión. El CEPT recomendaba, en consecuencia, la introducción del derecho de todas las personas en detención preventiva a informar a un familiar o a un tercero de su detención.


De forma similar, el CEPT halló que en ninguno de los cuatro cantones visitados, ni en Suiza en general, existía el derecho a comunicarse con un abogado durante el periodo de detención preventiva. El Comité comentó que es durante el periodo inmediatamente posterior a la privación de libertad cuando el riesgo de intimidación y de malos tratos es mayor. Consideraba que el derecho a comunicarse con un abogado, desde el comienzo del periodo de detención preventiva, era de suma importancia y recomendaba que se introdujera tal derecho en Suiza.


El Comité halló que en todas las comisarías de policía que había visitado, la asistencia médica estaba a cargo de los servicios médicos de urgencia locales; no había otra forma de que un detenido llamara a un médico9. El CEPT recomendaba que las personas en detención preventiva tuvieran derecho a ser examinadas por un médico de su elección.


Por otra parte, la delegación había observado que los registros que se llevaban en las comisarías de policía visitadas omitían a menudo datos relativos a ciertos aspectos importantes de la detención preventiva. El CEPT consideraba que las garantías fundamentales de las personas sometidas a detención preventiva quedarían reforzadas si existiera una ficha completa para cada persona detenida, en la que se anotaran todos los aspectos de su detención preventiva (incluyendo hora de la detención, hora en la que se le informó de sus derechos; indicios de lesiones o de enfermedad mental; hora en la que se comunicó con familiares y abogado y momento en se realizaron las visitas; momento en que se le ofreció comida; periodo de interrogatorio, momento en que fue llevada ante el juez competente; momento en que fue trasladada o puesta en libertad). El abogado del detenido debía tener asimismo acceso a esta ficha. El Comité, por tanto, recomendó llevar un registro completo de la detención preventiva.


El Comité consideraba también que las directrices para la realización de los interrogatorios policiales debían prever un registro sistemático en el que se consignaran las horas de comienzo y fin del interrogatorio, y los nombres de todos los presentes. El Comité también consideraba que un sistema de registro electrónico del interrogatorio constituiría un medio útil para prevenir los malos tratos.



Respuesta del Consejo Federal a las recomendaciones del CEPT


En su respuesta al CEPT10, el Consejo Federal coincidió con el CEPT en que toda persona detenida por la policía debía tener derecho a informar a sus familiares o un tercero de su detención, sin demora, y a ser informada de este derecho. Las excepciones debían definirse claramente y fundamentarse toda decisión de negar este derecho. El Consejo Federal manifestó que, normalmente, cuando no había peligro de connivencia, los detenidos ya tenían la posibilidad de contactar con un familiar u otra persona.


El Consejo Federal no pudo apoyar la recomendación de que todas las personas detenidas tuvieran derecho a comunicarse con un abogado desde el comienzo del periodo de detención preventiva, periodo que por lo general no superaba las 24 horas. El Consejo añadió que sería paradójico permitir que un abogado estuviera presente durante el interrogatorio policial, cuando en varios cantones se excluye su presencia en el posterior interrogatorio a cargo del juez de instrucción. El Consejo también afirmó que existía asimismo el peligro de que el abogado comprometiera involuntariamente el resultado de la investigación, mediante su contacto con los familiares y amigos de su cliente.


El Consejo Federal también rechazó la recomendación respecto al derecho del detenido en detención preventiva a ser examinado por un médico de su elección, afirmando que el derecho a recibir asistencia médica y a ser examinado por "un" médico ya estaba reconocido sin restricciones en Suiza. El Consejo también se oponía a la introducción del derecho a ser examinado por un médico de la elección del detenido por el posible riesgo de connivencia.


El Consejo Federal rechazó la recomendación de elaborar una ficha única y completa de la detención preventiva, indicando que, en la mayoría de los cantones, gran parte de la información que el CEPT recomendaba anotar ya estaba recogida, en diversos grados, en diferentes documentos policiales y judiciales. El Consejo también rechazó la recomendación de que se registraran electrónicamente los interrogatorios policiales. El Consejo compartía la opinión del Comité sobre la formación policial y daba gran importancia a su valor como salvaguardia frente a los malos tratos.



Denuncias de malos tratos en el cantón de Ginebra: 1990-1991


El número de denuncias de presuntos malos tratos policiales en el cantón de Ginebra recibidas por Amnistía Internacional aumentó perceptiblemente a principios de la década de 1990. Las denuncias provenían de abogados, médicos, representantes de entidades religiosas y grupos locales de derechos humanos y civiles, así como por los propios detenidos. Un elevado número de las mismas afectaba a ciudadanos extranjeros, en especial de origen no europeo.


En una declaración escrita realizada durante una visita al Centro Social Protestante (Centre Social Protestant) de Ginebra el 2 de agosto de 1990, Bruno Traoré, solicitante de asilo de 28 años oriundo de Guinea, afirmó que la víspera la policía había entrado en el hotel de Ginebra donde se alojaba para realizar unas comprobaciones de los huéspedes. Un agente de policía entró de pronto en su habitación, y le preguntó qué hacía allí y si tenía trabajo. Según Traoré, cuando cuestionó el motivo de las preguntas, el policía lo llamó "negro de mierda" ("sale nègre") y "parásito", y le escupió. Traoré dijo que le respondió a gritos y que el agente comenzó inmediatamente a pegarle como si fuera "un animal". Según sus declaraciones, el agente lo registró e hizo observaciones obscenas sobre su madre. Bruno Traoré no fue detenido ni acusado formalmente de ningún delito. En una carta dirigida al Departamento de Justicia y Policía del cantón el 1 de noviembre de 1990, el Centro Social Protestante mencionaba su declaración, señalando que estaba tan indignado por el incidente que había decidido marcharse del país sin esperar siquiera respuesta a su solicitud de asilo; también había pedido al Centro que no informara al Departamento del incidente hasta después de su partida. El Centro añadía que «Como la mayoría de los solicitantes de asilo que nos informan de este tipo de situaciones (alrededor de 10 casos al año), el Sr. Traoré no quería comparecer y hacer una denuncia formal, por miedo a las represalias»11. El consejero de Estado a cargo del Departamento de Justicia y Policía respondió el 7 de noviembre indicando que investigaría los presuntos incidentes. Amnistía Internacional no conoce los resultados de sus averiguaciones.


En 1991, médicos adscritos al Instituto Universitario de Medicina Forense de Ginebra (IUML, Institut Universitaire de Médecine Légale), encargados de prestar todos los servicios médicos a la prisión cantonal de Champ-Dollon, comenzaron a mostrar inquietud por el perceptible aumento del número de detenidos que presentaban lesiones al ingresar en prisión tras el periodo de custodia policial. Los médicos temían que algunas de estas lesiones pudieran haber sido infligidas por la policía y reunieron un expediente con 66 casos de personas que habían ingresado en la prisión con señales de lesiones de origen traumático. El expediente fue enviado al Departamento de Justicia y Policía del cantón, que lo remitió al fiscal general de Ginebra en julio de 1991 para que lo investigara.


En respuesta a la petición de información del CEPT sobre los progresos de esta investigación, el cantón afirmó12que, dada la posibilidad de infracción del artículo 312 del Código penal suizo, relativo al abuso de autoridad, el fiscal general de Ginebra había solicitado a la policía que realizara una investigación preliminar. El cantón manifestó que, en febrero de 1992, tras recibir los "informes detallados" de la policía, el fiscal general decidió archivar el expediente, sin más acciones.


Las declaraciones del cantón indicaban que cuatro de los detenidos cuyos casos figuran en el expediente del IUML habían formulado también denuncias penales contra la policía y que se habían iniciado las correspondientes actuaciones judiciales (causa nº 14462/91 sobre una denuncia formulada por un detenido identificado únicamente por la inicial C; causa nº 17027/91, sobre el detenido S.M.; causa nº 15763/91, relativa al detenido B; y causa nº 16691/91 relativa al detenido A). Los cuatro casos fueron archivados, sin que se formularan cargos contra los agentes de la policía implicados, atribuyéndose las lesiones de los detenidos a las circunstancias de la detención.


El cantón afirmó que, además, el fiscal general había incoado otras tres actuaciones judiciales en 1991 en relación con sendas denuncias individuales de malos tratos.


La causa nº 5236/91, relativa al caso de H., fue archivada sin que se formularan cargos penales contra la policía. Sin embargo, dos agentes policiales recibieron sendas sanciones disciplinarias.


La causa nº 14585/91, relativa al caso de C-R, fue también archivada (véase el caso de João Manuel Coelho Ribeiro, más adelante).


La causa nº 13135/91, relativa al caso de B., seguía en fase de instrucción cuando el cantón redactó su declaración en 1992. (En julio de 1993, esta denuncia fue asimismo archivada; véase el caso de François Bellil, página 9).


En su declaración, el cantón hacía resaltar el hecho de que de las 3.803 detenciones practicadas en 1991, se habían producido 118 casos de resistencia a la autoridad o de violencia contra la policía. El cantón comentaba que la policía de Ginebra no acostumbra presentar denuncias por difamación, haciéndolo sólo en casos excepcionalmente graves, y añadía que «Esta práctica podría modificarse e invitarse a los agentes de policía a que presenten denuncias sistemáticamente, si el CEPT así lo desea»13.


Según la información de que dispone Amnistía Internacional, la causa nº 14585/91 (véase más arriba) fue incoada el 1 de octubre de 1991 en virtud de una denuncia formulada por João Manuel Coelho Ribeiro, ciudadano portugués, estudiante de la Universidad de Lausana, el 17 de julio de 1991. Éste denunció, entre otros hechos, que la policía de Ginebra lo había sometido a malos tratos y abuso de autoridad cuando lo detuvo el 8 de mayo de 1991, en relación con el robo a una joyería. El detenido fue absuelto de robo el 20 de septiembre de 1992. El 4 de abril del mismo año, el fiscal general de Ginebra había archivado su denuncia. El recurso de João Manuel Coelho Ribeiro contra esta decisión fue desestimado, a su vez, por la Chambre d'accusation el 4 de septiembre de 1992. El 3 de mayo de 1993, João Manuel Coelho Ribeiro interpuso una demanda civil de daños por --entre otros motivos-- lesiones y detención ilegal.


João Manuel Coelho Ribeiro afirmó que cuando abrió la puerta de su apartamento en Ginebra a tres agentes de la policía, entre las 6 y media y las 7 de la mañana del 8 de mayo de 1991, iba desnudo hasta la cintura, y descalzo. Los agentes no tenían orden de detención ni de registro; según el detenido, cuando pidió que le mostraran las órdenes, la actitud de los agentes se volvió agresiva, y uno de ellos lo empujó hacia el interior del apartamento y trató de sujetarle. Los otros dos policías lo agarraron cada uno de un brazo y le esposaron las manos a la espalda. El detenido negó haber tratado de huir, como mantuvo más tarde la policía, pero reconoció que luchó, tratando de impedir que la policía le subyugara, y que gritó pidiendo ayuda con la esperanza de alertar a sus vecinos. Afirmó que mientras dos agentes le sujetaban las esposas, el tercero le propinó varios golpes en la parte inferior del tórax para después arrojarlo, cabeza abajo, sobre un colchón en el suelo. Allí, el agente lo agarró del cabello y del cuello, y presionándole la espalda con la rodilla, le aplastó la cara contra el colchón para que dejara de debatirse y de gritar. Luego, cuando trataba de levantarse para no ahogarse, lo golpeó con la nariz en el suelo varias veces. Según el detenido, este trato duró 20 minutos y en un momento determinado el agente lo levantó del colchón, lo puso contra la pared y le dijo que tradujera un mensaje en portugués que le habían dejado en el contestador automático. Al negarse a hacerlo, el agente lo abofeteó y le propinó varios puñetazos en el estómago. El denunciante también alegó que la policía profirió reiteradas injurias, llamándolo «portuguesito de mierda» y «extranjero de mierda» y otros términos similares. Una vecina del bloque de apartamentos declaró que oyó repetidos alaridos del apartamento de João y que alguien gritaba: «Socorro, que me matan». João Manuel Coelho Ribeiro fue conducido a la comisaría de policía central de Ginebra (Carl-Vogt) hacia las 7 y media de la mañana. Afirmó que cuando estaba en una celda con las muñecas esposadas a la pata de una mesa, el agente de policía que lo había agredido en el apartamento lo abofeteó de nuevo.


João Manuel Coelho Ribeiro fue puesto a disposición del juez de instrucción a las 11.40 de la mañana del 9 de mayo, por lo que permaneció en detención preventiva 28 horas (cuatro horas más de las 24 prescritas en el Código de Enjuiciamiento Criminal del cantón) y no compareció ante el juez hasta las 11 y cuarto de la mañana del 10 de mayo, es decir, 51 horas y 30 minutos después de su detención (el plazo establecido es de 48 horas). Cuando ingresó en la prisión cantonal, ese mismo día, el médico de guardia hizo constar las siguientes lesiones: un hematoma de 2 x 0,5 cm. en la arista nasal; un hematoma en la clavícula izquierda; tres hematomas de 5 x 0,5 cm. en la parte anterior del cuello que le producían dolor al tragar; dos hematomas, uno de 5 x 1 cm. y otro de 3 x 0,5 cm. en el tórax; un hematoma de 3 x 0,5 cm. en la parte inferior del antebrazo izquierdo y abrasiones de 2 cm. de longitud en ambos lados de cada muñeca.


La policía afirmó que fue necesario emplear la fuerza para impedir que João Manuel Coelho Ribeiro huyera y limitar sus movimientos para que no se autolesionara o alterara a todo el bloque de apartamentos con sus persistentes alaridos. En las declaraciones de los agentes policiales sobre las circunstancias de la detención se detectan incongruencias, y la descripción de los métodos empleados para subyugar a João Manuel Coelho Ribeiro no parece explicar plenamente todos los hematomas hallados en su cuerpo. Sin embargo, al desestimar el recurso de João Manuel Coelho Ribeiro contra la decisión del fiscal general de archivar su denuncia, el tribunal afirmó que sus lesiones físicas parecían congruentes con «los actos usuales de violencia a los que se expone el sospechoso cuando la policía ha de emplear la fuerza para aprehenderlo e impedir su huida»14.


La causa nº 13135/91 fue abierta por el fiscal general de Ginebra en virtud de una denuncia formulada el 14 de agosto de 1991 por François Bellil, ciudadano francés de ascendencia norteafricana, de 20 años de edad, toxicómano y visitante frecuente de Ginebra. El detenido alegó que la policía de Ginebra lo sometió a malos tratos, tanto durante un interrogatorio que siguió a la detención el 5 de junio de 1991, como durante su traslado desde la prisión cantonal a la frontera con Francia, el 7 de junio de 1991.


En una declaración fechada el 5 de junio de 1991 y que lleva su firma, François Bellil confesaba haber agredido con un cuchillo y herido gravemente a un ginebrino el 1 de junio de 1991. Cuando compareció ante el juez de instrucción, el 6 de junio, negó toda implicación en los hechos, alegando que la policía le había pegado, y ofreció facilitar información que contribuyera a la detención de los verdaderos autores del delito; fue puesto en libertad sin cargos el 7 de junio. Ese mismo día, la policía de extranjeros dictó una orden prohibiéndole la entrada en Suiza por tiempo indefinido, «como extranjero cuyo retorno al país es indeseable». La prohibición entró en vigor de inmediato y ese mismo día François Bellil fue escoltado por la policía a la frontera con Francia.


En su denuncia, François Bellil afirma que al cruzar la frontera franco-suiza el 5 de junio de 1991, él y su novia fueron detenidos en el puesto suizo hasta que llegó la policía de Ginebra. También declaró que había tomado unas pastillas para dormir a fin de calmarse. En la comisaría de policía, dos agentes lo interrogaron sobre la agresión con arma blanca. Dice haber negado cualquier participación personal en los hechos, pero dio información sobre los agresores. Afirmó que la policía se enfadó cuando negó haber cometido la agresión y que uno de ellos empezó a propinarle puntapiés y puñetazos, tirándolo de la silla al menos en dos ocasiones. El denunciante dijo que finalmente, el efecto acumulado de los golpes y de las pastillas para dormir que había ingerido lo dejaron inconsciente y cayó dormido en el suelo de la sala de interrogatorios y que no recuerda haber firmado la confesión, señalando que su firma era ilegible.


Su novia, que fue conducida a la comisaría de policía en el mismo vehículo policial, aunque fue puesta en libertad tras el interrogatorio, alegó que uno de los agentes de policía había pegado a François Bellil en la coronilla en el automóvil policial y que a ella lo interrogaron en una habitación contigua a la de él y que oyó ruido de los golpes.


François Bellil también denunció que un agente de policía que estaba sentado junto a él en el vehículo policial durante su expulsión del país, le propinó varios puñetazos, especialmente en la cara, y lo llamó "árabe de mierda" y otros términos insultantes similares.


Un amigo que lo vio llegar al lado francés de la frontera observó que François Bellil tenía sangre en la cara y en la ropa, y éste le dijo que le había pegado la policía suiza. El amigo lo acompañó al médico, que emitió un certificado en el que se hace constar un gran hematoma que abarcaba la parte anterior y la posterior del hombro derecho (que François Bellil dijo le hicieron durante el interrogatorio), traumatismo en la nariz, y cortes y hematomas en la cara (que François Bellil afirmó eran consecuencia de los golpes que le asestaron durante la expulsión).


Tras recibir la denuncia de François Bellil de agosto de 1991, el fiscal general ordenó al juez de instrucción que realizara una investigación. El juez devolvió los autos al fiscal general en enero de 1992, aunque sin interrogar a varios posibles testigos señalados en la denuncia, incluyendo la novia de François Bellil, el amigo que le vio a su regreso a Francia y el médico que le examinó el 7 de junio de 1991. Estos interrogatorios no se realizaron hasta que François Bellil recurrió al mismo tribunal que en febrero de 1992 había ordenado al juez de instrucción que interrogara a los testigos e indicara al fiscal general si debían formularse cargos penales. El juez devolvió los autos al fiscal general, sin indicar tampoco esta vez los cargos que había que formular. El fiscal archivó las actuaciones el 20 de julio de 1993. El recurso de François Bellil contra esta resolución fue desestimado por la Chambre d'accusation el 1 de octubre de 1993.


En su resolución, el fiscal general manifestaba que la policía había afirmado que, tras cierto tiempo, la "somnolencia" de François Bellil durante el interrogatorio había imposibilitado que éste prosiguiera y que habían salido un momento de la sala de interrogatorios. Su explicación de las lesiones fue que, en su ausencia, François Bellil se había dormido y se había caído de la silla.


La denuncia que Beat Schätti, conservador del Museo de Historia Natural de Ginebra, formuló ante el fiscal general el 21 de octubre de 1991 (causa nº 15696/91), alegando malos tratos por la policía de Ginebra, no figura, al parecer, entre las enumeradas en la información remitida al CEPT por el cantón de Ginebra.


Poco antes de la medianoche del 15 de octubre de 1991, dos agentes de policía entraron en el apartamento de Beat Schätti, en relación con una denuncia que habían recibido de la antigua inquilina del apartamento, con quien Schätti mantenía una larga disputa, y que decía que había sido golpeada por él.


Los agentes pidieron a Beat Schätti y a su novia que los acompañaran a la comisaría. Tras bajar las escaleras, Beat Schätti preguntó a los policías si podía subir por sus cigarrillos, pero aún no había acabado la frase cuando uno de los agentes se abalanzó sobre él, lo agarró del cabello, le dio un puñetazo en el tórax, lo arrojó al suelo, y después saltó sobre él, presionándole el antebrazo con tanta fuerza contra la garganta que Schätti creyó que lo iba a estrangular; dijo que perdió el conocimiento por un momento. En su declaración afirmó que el agente estaba "fuera de sí", gritándole constantemente que no se moviera, pese a que no se resistió en ningún modo. Su novia y otro vecino del bloque de apartamentos que al parecer presenció el episodio, confirmaron su versión de los hechos.


Beat Schätti fue conducido a la comisaría de policía de Pécolat, donde al parecer el agente que lo había agredido se negó a darle su número de identificación y profirió observaciones insultantes y humillantes. Después lo llevaron a una celda y lo obligaron a desnudarse. Pidió ver a un médico porque le dolía tanto la garganta que no podía tragar. Tanto esta petición como otras realizadas más tarde en el mismo sentido fueron infructuosas. El detenido estuvo en la celda cerca de dos horas y media, durante las cuales oyó "ruidos espantosos" y a un hombre gritando de dolor unos cinco minutos.


El detenido se negó a firmar una declaración redactada por la policía y le hicieron una prueba de alcoholemia, que resultó negativa. Cuando pidió ir al lavabo, lo introdujeron a empellones en una celda con un banco de cemento manchado de sangre, sin mantas y con el suelo lleno de excrementos, donde tuvo que pasar la noche. Su traslado a la comisaría central de policía, a primera hora del día siguiente, se realizó en compañía de otro detenido que también había pasado la noche en la comisaría y que iba temblando. Este hombre le dijo que los agentes lo habían maltratado y que tenía varias costillas rotas. En la comisaría central de policía, Beat Schätti consiguió que lo viera un médico. Posteriormente le informaron de que estaba acusado, entre otros delitos, de violencia o amenazas contra la autoridad. Poco después de las 5 de la tarde del 16 de octubre, fue trasladado a la prisión de Champ-Dollon, donde recibió su primera comida en 19 horas de detención.


El 13 de enero de 1992, el fiscal general anunció su decisión de archivar la denuncia, alegando que, según la investigación preliminar de los hechos, la violencia que decía haber sufrido el denunciante fue consecuencia de la fuerza que se había visto obligada a emplear la policía para subyugarlo. Beat Schätti recurrió esta resolución ante la Chambre d'accusation, señalando, entre otras cosas, que no se había interrogado ni a su novia ni a su vecino, a pesar de que ambos habían presenciado --y confirmado-- cómo le había agredido el agente de la policía en las escaleras del edificio. El tribunal desestimó el recurso el 27 de marzo de 1992. En enero de 1993, el Tribunal Policial de Ginebra declaró a Beat Schätti culpable de violencia o amenazas contra funcionarios públicos; todos los recursos de Schätti, hasta llegar a la sala de casación del Tribunal Federal, fueron desestimados.



Denuncias de malos tratos en el cantón de Ginebra: 1992-1994


En 1992 continuaron llegando denuncias de malos tratos. Según informes, en el periodo 1991-1992 se formularon hasta un total de doce denuncias por malos tratos contra la policía, ninguna de las cuales produjo la condena por delitos penales de ningún agente. Se calcula que se impusieron en total tres o cuatro sanciones disciplinarias. Según declaraciones públicas de la policía, en el periodo 1991-1992, el IUML remitió al Departamento de Justicia y Policía un total de 85 expedientes individuales sobre detenidos que habían llegado a la prisión de Champ-Dollon con lesiones físicas de origen traumático.


Algunos de los reclusos de Champ-Dollon trataron de protestar públicamente por el trato que habían recibido de la policía. El 30 de junio de 1992, en una carta abierta al fiscal general de Ginebra, Sebastián Hoyos, interno en la prisión cantonal de Ginebra de Champ-Dollon, protestaba, aparentemente en nombre de «numerosos compañeros reclusos», por los «métodos y la brutalidad» empleada por la policía de Ginebra durante los interrogatorios iniciales. Hoyos denunciaba que se utilizaba con frecuencia la violencia para forzar confesiones, y que la policía golpeaba a los sospechosos «casi sistemáticamente». La carta ilustraba el problema con el caso concreto de un preso llamado Sefer Rexhepi, afirmando que éste había sido violentamente golpeado por la policía en la comisaría central de Ginebra (Carl-Vogt) antes de ser ingresado en la prisión de Champ-Dollon el 25 de junio de 1992. La carta iba acompañada de una declaración de Sefer Rexhepi, fechada el 25 de junio de 1992, en la que éste confirmaba que tres agentes de policía le habían golpeado en la comisaría y alegaba que él no había ofrecido resistencia.


El jefe de la Policía indicó que el aumento del número de lesiones traumáticas registrado por el IUML correspondía a un aumento de las detenciones violentas. Según declaraciones públicas realizadas por la policía durante 1993, de las que se hizo eco la prensa, en 1991 y 1992, se practicaron en total 8.331 detenciones y la policía tuvo que emplear la fuerza en 126 ocasiones; 36 agentes de policía resultaron supuestamente lesionados en operaciones de detención.


En declaraciones públicas efectuadas en febrero de 1993, la sección de Ginebra de la Liga Suiza de los Derechos Humanos, que realiza entre 120 y 150 visitas anuales a los reclusos de la prisión de Champ-Dollon, afirmaba: «Hemos recibido decenas de testimonios de personas golpeadas en Carl-Vogt. Las principales víctimas son extranjeros de piel oscura»15. Al parecer, la Liga había descubierto que las víctimas tenían pocas posibilidades de hacer prosperar una denuncia si la presentaban y que, además, los abogados generalmente desaconsejaban su presentación; cuando, pese a ello, decidían interponerla, la policía presentaba a su vez cargos de difamación.


Un informe publicado por la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT)16en mayo de 1993 decía, en relación con Ginebra, que: «[...] todas las semanas aparecen en la prensa o se comunican al Secretariado de la APT en Ginebra nuevas denuncias de brutalidad policial [...] En los últimos meses, hemos sabido de varios casos de malos tratos infligidos en el momento de la detención o durante el periodo de detención preventiva en los que el detenido no opuso ninguna resistencia. Los agentes responsables suelen presionar a la víctima para convencerla de que no formule denuncia; sin embargo, algunas lo hacen, pero los resultados de la investigación acaban en sanción penal o administrativa sólo excepcionalmente»17.



Reformas introducidas en el cantón de Ginebra tras la visita del CEPT en 1991


La publicación del informe del CEPT en enero de 1993 tuvo mucha repercusión en Ginebra, cantón mencionado particularmente en dicho informe. En una conferencia de prensa celebrada en marzo de 1993, el Departamento de Justicia y Policía del Cantón de Ginebra señaló una serie de reformas ya en vías de aplicación, encaminadas a mejorar las garantías para la protección de los derechos humanos por la policía.


Estas reformas incluían mejoras en el reclutamiento y la formación de la policía y la introducción de un servicio médico permanente adscrito a la policía, facilitado por el IUML. Con este servicio, creado en octubre de 1992, la policía puede llamar a un médico del IULM a cualquier hora para que examine a un detenido (o agente de policía) que muestre lesiones traumáticas o alegue tenerlas. Toda lesión hallada en un detenido podrá quedar registrada y la información remitida al jefe de Policía, previa aprobación del detenido. En el caso de que se emita tal informe, la policía deberá abrir una investigación y remitir el expediente al fiscal general. Además, en sus informes, la policía deberá señalar sistemáticamente si se ha visto obligada a emplear la fuerza y de qué forma. En el caso de que se hallen lesiones traumáticas en un detenido o de que el detenido formule una denuncia, en lugar de una mera investigación policial interna, será una persona independiente de la policía (actualmente un juez jubilado) quien realice la investigación administrativa, que podría resultar en la imposición de sanciones disciplinarias, aparte de las actuaciones penales que se hubieran incoado.


Aunque las reformas tuvieron una gran acogida, también han recibido críticas por no ser suficientes. Se ha indicado que la decisión de llamar a los médicos del IUML la toma únicamente la policía y que ha habido casos de detenidos en los que posteriormente se hallaron lesiones que no fueron sometidos a examen médico durante el periodo de detención preventiva. También se ha señalado que, aunque ahora se exige a la policía que haga constar si ha empleado la fuerza y en qué circunstancias, aparentemente sigue sin existir la obligación de hacer constar, por ejemplo, la hora exacta de la detención, la de llegada a la comisaría de policía o la duración de los interrogatorios. Por tanto, los abogados de las presuntas víctimas de malos tratos policiales no disponen de una ficha completa de la custodia del detenido, y cabe, pues, la posibilidad de que carezcan de pruebas importantes sobre el trato dispensado a éste. Las autoridades cantonales también siguen oponiéndose a la introducción del derecho a comunicarse con un abogado durante la detención preventiva. Tres diputados del Gran Consejo (el poder legislativo del cantón) presentaron una propuesta de ley en 1993, en la que proponían la introducción de este derecho. La propuesta no fue aprobada.


También se ha criticado que, pese a las reformas, siguieron llegando denuncias de malos tratos en el cantón de Ginebra durante 1993 y 1994; a continuación se describen algunos de los casos denunciados a Amnistía Internacional.



Sidat Sisay


En enero de 1993, Sidat Sisay, ciudadano gambiano de 44 años, fue contratado por una organización benéfica británica que trabajaba en Gambia. Sisay padecía desde hacía tiempo un problema neurológico que le producía intensos dolores en la parte inferior de la espalda y debilidad en las piernas, lo que dificultaba su movilidad.


El 7 de enero, el director de la Clínica Médica Kololi, de Gambia, emitió un certificado médico en el que recomendaba enérgicamente que Sidat Sisay recibiera tratamiento urgente «antes de que surjan complicaciones irreversibles» y manifestaba que si se dispusiera de fondos, «este tratamiento debía realizarse en Estados Unidos o en Europa», dado que en Gambia carecían de los medios médicos necesarios. La organización benéfica para la que trabajaba financió la compra de un billete de avión de ida y vuelta a Estados Unidos, donde Sisay tenía unos familiares que se habían ofrecido a costear el tratamiento.


La fecha prevista para el ingreso en una clínica en Estados Unidos era el 1 de febrero de 1993; Sisay salió de Gambia el 30 de enero. A continuación reproducimos el relato de Sidat Sisay sobre el trato que sufrió mientras estaba en tránsito en el aeropuerto de Ginebra, extraído de una carta que envió al Departamento Federal de Justicia y Policía el 9 de julio de 1993.


«El 30 de enero de 1993 salí de Gambia con destino a Nueva York vía Ginebra en el vuelo 245 de Swissair, y llegué a Ginebra hacia las 5 de la tarde, hora local. Según mi billete, tenía que pernoctar en Ginebra y tomar otro vuelo de Swissair a Nueva York el domingo 31 de enero de 1993. Sin embargo, cuando desembarqué en el aeropuerto de Ginebra, tres agentes de la policía de fronteras me dieron el alto en la entrada del edificio de la terminal y me pidieron que los acompañara a su oficina. Allí, examinaron mi pasaporte, los documentos médicos y otros documentos relativos a mi tratamiento y finalmente me dijeron que mi pasaporte era falsificado y que no me permitirían continuar mi viaje a Nueva York. Unos minutos después, uno de los agentes salió de la oficina y los dos agentes restantes me dijeron que me quitara la ropa, incluida la ropa interior. Empezaron a preguntar si traficaba con drogas y cuando contesté que no, comenzaron a pegarme y a darme puntapiés en la espalda, en las piernas y en los costados. Les dije que dejaran de agredirme porque estaba enfermo y no había hecho nada malo. Después de la agresión, los dos agentes salieron y me dejaron completamente desnudo en la oficina unos quince minutos. Cuando los tres agentes regresaron, me dijeron que me vistiera. En ese momento, registraron tanto mi bolsa como mi maleta, arrojando todas mis pertenencias al suelo. Después del registro, un agente habló por teléfono e inmediatamente un hombre y una mujer, que también eran agentes pero no llevaban uniforme, entraron en la oficina. Ahora me encontraba frente a cinco agentes.


»El hombre y la mujer miraron mi pasaporte y otros documentos y me hicieron varias preguntas sobre mis viajes anteriores a Europa y EE UU. Convencidos de que yo era el legítimo titular del pasaporte, aconsejaron a los otros tres agentes que me dejaran continuar mi viaje. Entonces me dijeron que empaquetara mis cosas y llevara mi bolsa al mostrador de transbordos de Swissair para registrarme en el vuelo a Nueva York del domingo 31 de enero de 1993. Sin embargo, la policía seguía teniendo en su poder todos mis documentos. El domingo por la mañana, cuando fui a la oficina a recoger mi documentación para poder registrarme, un agente de policía y una mujer, que dijo ser la jefa del personal de tierra de Swissair en el aeropuerto, se me acercaron y me dijeron que mi viaje a Nueva York había sido cancelado y que debía seguirles. Con el cuerpo dolorido, me llevaron ni más ni menos que a una celda muy fría donde estuve detenido hasta la 1 y media de la tarde del martes 2 de febrero de 1993, en que me sacaron y me metieron en un avión de regreso a Banjul, vía Dakar.»


En una carta fechada el 16 de junio de 1993, el director de la Clínica Médica Kololi, en Gambia, manifestó que un examen efectuado a Sidat Sisay el 8 de marzo confirmó «hematomas dolorosos y sensibles en la parte inferior derecha de la espalda y del pecho; limitación del movimiento de flexión en la articulación de la rodilla derecha que agrava su problema neurológico original por el que fue enviado a Estados Unidos». El director concluía que, en su opinión, «la naturaleza de las lesiones es congruente con su afirmación de que lo golpearon varias veces en la espalda y en los costados con un arma contundente».


Tras el regreso de Sidat Sisay a Gambia, Swissair accedió a reembolsarle el billete de avión y Sisay ingresó en una clínica estadounidense a finales de abril de 1993. Sin embargo, su larga ausencia del trabajo debido a su baja por enfermedad provocó la terminación de su contrato. En su carta de julio al Departamento Federal de Justicia suizo, Sidat Sisay pedía una indemnización económica por el trato recibido en el aeropuerto de Ginebra y sus consecuencias. También adjuntaba documentación detallada relativa a su estado de salud, tratamiento médico, desplazamientos y la terminación de su contrato de trabajo.


En una carta fechada el 29 de noviembre de 1993, el jefe del Departamento de Justicia y Policía del cantón de Ginebra informó a Sidat Sisay de que la investigación había concluido que sus alegaciones no eran ciertas. Reconocían que lo habían sometido a un registro, pero negaron haberlo desnudado y golpeado. Afirmaron que su pasaporte «presentaba ciertas anomalías y estaba en duda su autenticidad» y que, dado que EE UU impone a menudo sanciones económicas si llega al país un pasajero con un pasaporte falso, se había interrumpido su viaje por su propio interés; todos los procedimientos seguidos eran conformes con la práctica habitual.


Sidat Sisay respondió a esta carta el 11 de enero de 1994, manteniendo su denuncia de malos tratos y ofreciéndose a identificar a los agentes implicados en los incidentes.


Envió una fotocopia del pasaporte que utilizó en su viaje del 30 de enero de 1993, señalando que, cuando el Departamento de Inmigración gambiano lo emitió, habían puesto primero el nombre de su padre (Saikouba), después su propio nombre (Sidat) y luego el apellido (Sisay). Al recoger el pasaporte, indicó a los funcionarios que su nombre debía ir en primer lugar. Los funcionarios de Inmigración corrigieron el error a mano, añadiendo el sello oficial y adjuntando una nota en la que se decía que la alteración había sido realizada por los propios funcionarios, seguida de nuevo del sello oficial. En su carta, Sidat Sisay afirmaba que, en su opinión, si la policía del aeropuerto no estaba convencida de que él era el titular de su pasaporte, debían haberlo comprobado con Inmigración de Gambia a través de las instalaciones de télex o fax de que disponían; sin embargo, al parecer nadie se tomó la molestia.



Patricia Schweizer


En marzo de 1993, se supo que Patricia Schweizer, descrita por la prensa como una prostituta de 32 años de edad, había presentado una denuncia ante el fiscal general de Ginebra, acusando a la policía de maltratarla en la madrugada del 19 de febrero de 1993.


Patricia Schweizer afirmó que, alrededor de la medianoche del 18 de febrero de 1993, la policía intervino en una acalorada y ruidosa discusión que mantenía con un amigo en una calle de Ginebra. El hombre fue conducido a la comisaría de policía de Bourg-de-Four, donde permaneció detenido brevemente. Sin embargo, Patricia Schweizer se acercó a la comisaría sola y dijo que llevó los documentos de identidad de su amigo con la esperanza de asegurar su puesta en libertad. Afirmó que cuando llegó, dos agentes le ordenaron realizar una prueba de alcoholemia, que reveló que había ingerido bebidas alcohólicas, algo que ella misma reconoció. Dijo que entonces la arrojaron en una celda y que le golpearon la cabeza contra la cama de cemento y cayó al suelo; se levantó y exigió una explicación de este trato. Entonces, los policías le dijeron que se callara y tres o cuatro agentes entraron en la celda y le propinaron reiterados puntapiés y puñetazos. Fue puesta en libertad a las 3 y media de la madrugada. Al parecer, no se le hizo ningún examen médico durante el tiempo que estuvo detenida.


El 20 de febrero fue examinada por un médico en el hospital cantonal, que según informes, halló hematomas alrededor de los ojos, en la rodilla y en el antebrazo izquierdo y una posible fractura de antebrazo. Una radiografía realizada el 16 de marzo reveló fractura de la mano derecha y rotura de dos ligamentos en la muñeca derecha.


En una carta enviada a la prensa en abril, en respuesta al relato de los hechos realizado por Patricia Schweizer, la policía negó que la hubiera maltratado y declaró que la detenida había reconocido que, después de que detuvieron a su amigo, tomó varios vasos de licor «para infundirse valor». Poco después llegó a la comisaría de policía de Bourg-de-Four, sumamente excitada, e insultó y amenazó a los agentes policiales. Fue conducida a una sala de interrogatorios y sometida a la prueba de alcoholemia, que reveló una elevada ingestión alcohólica. Como se negó a dar su nombre y datos personales, un agente de policía tomó su bolso. Patricia Schweizer trató de recuperarlo, pero cayó contra una mesa y luego empezó a golpear con tanta violencia una puerta que hubo que meterla en una celda, hasta que se le pasara el efecto del alcohol que había consumido. La policía declaró que estuvo dando puntapiés y puñetazos a la puerta de la celda casi una hora. También anunció que formularía una denuncia contra ella por calumnias.



"N.T."


Hacia las 5 de la tarde del 11 de abril de 1993, la policía dio el alto frente al aeropuerto de Ginebra, en relación con una supuesta infracción de tráfico, a N.T., una mujer de 58 años de edad con audición parcial y que estaba aún recuperándose de múltiples fracturas y de una lesión cardiaca sufridas durante un grave accidente el año anterior.


En la denuncia formulada ante el fiscal general el 13 de mayo de 1993, N.T. afirmó que, tras darle el alto mientras iba en su automóvil, los policías se enfadaron porque no podía oír lo que le decían y la arrastraron fuera del automóvil tomándola de las muñecas, «de una forma muy brutal», y haciendo caso omiso de su advertencia de que tuvieran cuidado con la muñeca izquierda, ya que desde la fractura de brazo sufrida en su accidente esa muñeca era muy frágil. Dijo que la acción policial le causó un intenso dolor y que enseguida se le empezó a hinchar la muñeca. El juez de instrucción que la interrogó al día siguiente observó que tenía «hematomas e hinchazón visibles en ambas muñecas». El examen médico a que fue sometida el 14 de abril, una vez en libertad, registró también hematomas de 5 cm. de diámetro en las muñecas y, tras un examen realizado posteriormente por un especialista el 15 de abril, se le diagnosticó fractura. La policía manifestó que la había sacado del coche tomándola de los hombros.


La denunciante alegó que durante su interrogatorio en el puesto de policía del aeropuerto, los agentes trataron de obligarla a firmar varios documentos retorciéndole la muñeca derecha y aplastándola sobre la mesa. No le permitieron comunicarse con su familia. La denunciante añadió que la llevaron a una celda, donde una agente le ordenó, en presencia de otro agente varón, que se quitara las medias y, al negarse, la agente le levantó la ropa y tiró de las medias, golpeándola de tal modo que cayó al suelo sobre una rodilla. Dijo que poco después el agente masculino la abofeteó, lo que hizo que se le hincharan los labios. La policía manifestó posteriormente que cuando la denunciante se encontraba en la sala de interrogatorios, se había arrojado contra la puerta varias veces, y que esa era la causa de que tuviera los labios hinchados y la rozadura en la rodilla.


La denunciante fue trasladada posteriormente a la comisaría central de policía (Carl-Vogt), a donde llegó hacia las 11 y media de la noche. Afirmó que a su llegada, un agente le rodeó con fuerza el cuello con el brazo derecho, lo que le provocó un intenso dolor y semi-asfixia y que después, el mismo agente la tomó del brazo izquierdo con su mano izquierda, la arrastró por un pasillo y la arrojó al interior de una celda, dándole un fuerte golpe en el hombro que hizo que cayera sobre el costado derecho en la cama de cemento de la celda. El examen médico efectuado el 14 de abril registró siete hematomas, que medían entre 3 y 12 cm. de diámetro, en el lado derecho del cuerpo, incluyendo un hematoma de 7 cm. de diámetro en el hombro derecho. La policía declaró posteriormente que la detenida había insultado al agente acusado y que se había negado a entrar en la celda; el agente se había visto obligado a tomarla del brazo y a arrastrarla por el pasillo para hacerla entrar en la celda, pero no la había golpeado ninguna vez. Al parecer, la policía no facilitó ninguna explicación de los hematomas que tenía en el hombro y costado derechos.


Poco después de entrar en la celda, la denunciante tuvo un ataque de taquicardia y el agente que la había golpeado accedió a pedir a su familia que le trajera sus medicamentos. La familia presentó a la comisaría todos los medicamentos que tomaba para sus diversos padecimientos. La detenida dijo que el agente insistió en que se tomara cinco pastillas que le llevó, pese a sus protestas porque una de ellas contenía un estimulante no adecuado para las palpitaciones. Su petición posterior, durante la noche, de que le dieran un analgésico de la medicación que le había llevado su familia, fue denegada. La denunciante dijo que pasó la noche sobre la cama de cemento, sin colchón y con una manta sucia.


En ningún momento durante el tiempo que permaneció detenida en el puesto de policía del aeropuerto y en la comisaría central se sugirió que fuera examinada por un médico del IUML (véase más arriba).


La detenida afirmó que no le dieron alimentos ni bebidas desde el momento de la detención, alrededor de las 5 de la tarde del 11 de abril, hasta la mañana del 12 de abril, en que le pusieron una taza de café y un pedazo de pan directamente en el suelo sucio de la celda, antes de ser trasladada a la prisión cantonal, a las 11 de la mañana; al parecer, no le dieron nada más antes de ponerla en libertad a las 6 de la tarde.


Al desestimar su denuncia el 20 de julio de 1993, el fiscal general indicó que su falta de cooperación había obligado a la policía a recurrir al uso legítimo de la fuerza, hasta el punto exigido en el desempeño de su deber, y añadió que todos los agentes implicados habían declarado que ella les había insultado, pero que «llevado por un afán de apaciguamiento», el fiscal no tenía intención de tramitar dichas quejas, no obstante lo cual se vería obligado a hacerlo si el asunto proseguía18. En diciembre de 1993, la Chambre d'accusation desestimó el recurso interpuesto contra la decisión del fiscal; a finales de febrero de 1994, estaba pendiente de resolución otro recurso presentado ante el Tribunal Federal.



Michel Acquaroli


Arquitecto ginebrino de 36 años de edad, Michel Acquaroli denunció que el 21 de abril de 1993, dos agentes de policía entraron en su despacho y, sin mostrarle ninguna orden ni comprobar su identidad, le pidieron que les acompañara. Dijo que, tras averiguar que su visita guardaba relación con el abono de un pago pendiente a la seguridad social (AVS) de unos 145 francos suizos, sugirió arreglar la cuestión por teléfono, dada la suma relativamente pequeña de dinero de que se trataba.


Afirmó que cuando se dirigía hacia la habitación contigua para realizar la llamada, uno de los agentes le retorció el brazo violentamente y le puso la rodilla en la espalda, haciéndole caer al suelo. El otro agente le esposó las manos a la espalda; el primer agente mantuvo la presión de su brazo con tanta fuerza alrededor del cuello del arquitecto que éste pensó que lo estrangulaban. Su novia, presente durante el episodio, manifestó que la víctima respiraba con esfuerzo, le salían estertores de la garganta, tenía la cara azulada y la lengua fuera, que se estaba poniendo amoratada; la policía hizo caso omiso de sus ruegos de que pararan. La ocupante de otra oficina situada en la misma planta afirmó que en el momento de los incidentes, oyó a una mujer gritar "Socorro" en la oficina del arquitecto y el ruido de objetos que se caían. Estaba a punto de llamar a la policía cuando vio a dos agentes policiales que arrastraban al arquitecto fuera de la habitación, lo empujaban brutalmente escaleras abajo, doblado en dos, y lo llevaban a la otra acera, a la puerta de la comisaría de Fontenette (Carouge), situada justo enfrente del edificio.


Desde la comisaría, los agentes acompañaron a Michel Acquaroli a la oficina de pago correspondiente donde, a la vista de lo pequeña que era la deuda, accedieron a arreglar el asunto otro día.


Michel Acquaroli fue conducido de nuevo a la comisaría, donde formuló denuncia contra la policía. Afirmó que, mientras hacía su declaración, los dos agentes que lo habían agredido lo amenazaron con encarcelarlo si presentaba la denuncia.


Acquaroli fue examinado a las 5,35 de la tarde por médicos del IUML, que señalaron que mostraba señales de lesiones físicas y que alegaba agresión policial. Examinado de nuevo por los médicos del IUML el 23 de abril de 1994, éstos hicieron constar en sus informes «una equimosis de 2 x 1 cm. en el cuello [...] una herida superficial de 0,5 cm. de longitud en la muñeca derecha [...] una equimosis de 3 x 1,5 cm. en la muñeca izquierda [...] una abrasión cutánea de 4 x 5 cm. en el hombro izquierdo [...] una equimosis de 3 x 2 cm. en el brazo derecho [...] una equimosis de 2 x 1 cm. en la base torácica anterior izquierda y una herida superficial de 3 cm. de longitud en el brazo izquierdo». También anotaron que Michel Acquaroli se quejaba de dolores en la región lumbar y en el muslo derecho, así como al deglutir.


Tras el examen médico realizado por el IUML el 21 de abril, la policía le informó de que lo detenían por resistencia a la autoridad, lo llevaron a una celda y lo ordenaron que se desnudara, aparentemente por temor a que se suicidara. Fue trasladado a la comisaría central de policía hacia las 11 y media de la noche. Durante la noche sufrió dificultades respiratorias y llamaron a un médico, que le puso una inyección.


Acquaroli compareció ante el juez de instrucción a la mañana siguiente y fue puesto en libertad pendiente de investigación, acusado de resistencia a la autoridad.


En las declaraciones efectuadas a la prensa en los días siguientes, la policía manifestó que cuando los dos agentes llegaron al despacho de Michel Acquaroli, éste los insultó y se negó a acompañarlos. Cuando los policías lo agarraron del brazo, el detenido «se puso histérico» y luchó violentamente, por lo que la policía no tuvo otra alternativa que recurrir al uso de la fuerza. Los agentes no le dieron ningún golpe, pero uno de ellos había sufrido un corte y un esguince en un codo y otro, un desgarrón en los pantalones.


Michel Acquaroli y su novia desmintieron enérgicamente la versión policial de los hechos. Su novia afirmó que cuando fue a la comisaría de policía de Fontenette, la tarde del 21 de abril, unas cinco horas después de los incidentes, para hacer una declaración relativa a la detención, le pidieron reiteradamente que dijera que Michel Acquaroli se había negado a acompañar a los agentes, a lo que ella se negó. Añadió que cuando vio en la comisaría a los agentes que practicaron la detención, ninguno de ellos llevaba vendas ni parecía tener problemas para mover el codo; tampoco había observado daño alguno en el uniforme de ninguno de los dos agentes cuando salieron de la oficina de Michel Acquaroli. Los incidentes seguían bajo investigación judicial a finales de febrero de 1994.



Hamid G.


Argelino de 27 años de edad, Hamid G. fue detenido en Ginebra el 20 de enero de 1994 en relación con un supuesto delito de narcotráfico. Afirmó que lo condujeron a las dependencias de la brigada antinarcóticos de la policía, situadas en el aeropuerto de Cointrin en Ginebra. Cuando compareció ante la Chambre d'accusation,el 26 de enero, declaró que lo habían atado a una silla, y que un inspector de policía le había propinado puntapiés y puñetazos y golpes con un palo, mientras otros tres agentes miraban. Al parecer no se le hizo ningún examen médico durante el tiempo que estuvo detenido. El policía acusado presentó una denuncia por calumnias contra Hamid G., quien también formuló denuncia ante la Fiscalía General el 5 de febrero. En ella acusó al policía de agresión y lesiones físicas, insultos y abuso de autoridad. Su denuncia iba acompañada de certificados médicos emitidos por los facultativos en la prisión cantonal y en los que constaban 11 hematomas en todo el cuerpo. Según informes, el fiscal general abrió una investigación sobre la denuncia el 8 de febrero de 1994; la policía abrió asimismo una investigación administrativa.



Denuncias de malos tratos en otros cantones


En un documento publicado en julio de 1992, la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), con sede en Ginebra, resumía las conclusiones de un estudio que había realizado durante 1991 sobre malos tratos en centros de detención en Suiza. En dicho documento, la APT manifestaba que había recibido varios informes de malos tratos a manos de la policía en el momento de la detención y en el interior de comisarías de policía de Basilea, Berna, Ginebra y Zurich. Concluía que las víctimas «dudan en denunciar los malos tratos infligidos (los extranjeros y reincidentes por miedo a represalias; miedo a perjudicar su causa) [...] en la mayoría de las ocasiones, los agentes de policía acusados salen [...] sin una condena o con una condena mínima; a veces hasta se condena al denunciante por difamación, a falta de pruebas»19. La APT comentaba asimismo que los malos tratos iban a menudo acompañados de una «actitud xenofóbica u homofóbica»20.


La mayoría de los informes de malos tratos llegados a Amnistía Internacional se refieren al cantón de Ginebra (véase más arriba). Sin embargo, también se han recibido denuncias ocasionales de otros cantones.



Erak Svetlo


Bosnio de la antigua Yugoslavia, Erak Svetlo fue detenido en Berna el 30 de enero de 1992, en conexión con un supuesto delito de narcotráfico. En abril de 1993, su esposa, ciudadana suiza, escribió a la Dirección Cantonal de la Policía de Berna y al jefe del Departamento Federal de Justicia y Policía en Berna, manifestando que, al detener a su esposo, los policías lo habían insultado y le habían golpeado en la nuca, propinándole asimismo golpes y puntapiés, y después lo habían pisoteado. Su esposa indicó que, a consecuencia de ello, a veces sufría un entumecimiento parcial en la parte posterior de la cabeza y dolores casi permanentes en la región lumbar.


En una carta dirigida a Amnistía Internacional, su esposa facilitó más detalles sobre los malos tratos a los que su marido declaró haber sido sometido. Éste le dijo que estaban implicados unos 20 agentes. La policía lo registró, pero no se dio cuenta de que había una pistola en su bolsa; cuando les dijo que estaba ahí:


«Le propinaron golpes con codos, rodillas y pies, y le pegaron en la cara con la pistola, mientras le llamaban todo el tiempo cerdo yugoslavo. Después lo obligaron a inclinarse y recibió más golpes, especialmente en la región lumbar, ya que eran más efectivos. Luego le dijeron que se acostara boca abajo en el suelo. Había tantos policías a su alrededor que casi no pudo obedecer. Cuando estaba en el suelo [...] incluso se subieron sobre él y lo pisotearon. Perdió el conocimiento en varias ocasiones.


»Más tarde, en el automóvil, tuvo que agachar la cabeza, mientras le daban golpes de karate en el cuello. Cuando vieron su cadena de oro, le apretaron el cuello con ella. Cuando mencionó que se la había dado yo, me insultaron, diciendo que era una puta estúpida por casarme con un cerdo yugoslavo como él. Después, en el edificio, le ataron las manos y le golpearon de nuevo con codos, puños, rodillas y pies. Lo subieron y bajaron varias veces deliberadamente en el ascensor, para tener más tiempo para pegarle y golpearle contra las paredes del ascensor»21.



Trevor Kitchen


Ciudadano británico de 41 años de edad residente en Suiza, Trevor Kitchen fue detenido por la policía en Chiasso (cantón de Ticino), la mañana del 25 de diciembre de 1992, en relación con delitos de difamación e insultos a particulares. En una carta dirigida al jefe del Departamento Federal de Justicia y Policía de Berna y al Tribunal de Bellinzona (Ticino) el 3 de junio de 1993, denunció que dos agentes de policía lo habían detenido en un bar de Chiasso y, tras esposarlo, lo acompañaron a su automóvil, en la calle. Después lo obligaron a inclinarse sobre el vehículo y le pegaron en la cabeza unas siete veces, lo cachearon y le retorcieron los testículos. Afirma el denunciante que luego le propinaron varios fuertes puñetazos entre los omóplatos. También alega que no ofreció resistencia durante la detención.


Según sus declaraciones, lo condujeron a la comisaría de policía de Chiasso, donde lo interrogaron en italiano (lengua que no entiende) y durante el interrogatorio «el mismo policía que me detuvo entró en el despacho para gritarme y me pegó otra vez en la cabeza. Otro policía me obligó a quitarme toda la ropa. Tenía miedo de que emplearan otra vez la fuerza física; siguieron gritándome. El primer policía se puso a tirar de mi ropa y sacó el cinturón del pantalón y se llevó los cordones de los zapatos. Quedé en medio de un despacho (durante 10 minutos), completamente desnudo, con la puerta abierta de par en par y tres policías mirándome. Uno de ellos se puso un par de guantes quirúrgicos de caucho y me dijo que me agachara en una postura en la que me pudiera meter los dedos en el ano; yo me negué y todos se enfadaron y empezaron a gritar y a mostrarme la postura en la que querían que me pusiera, riéndose, todos se reían; se estaban divirtiendo. Señalaban mi pene, haciendo bromas, insultándome, mientras yo permanecía completamente tieso y desnudo. Por fin, cuando terminaron de reírse, uno de los policías tiró mi ropa en el suelo delante de mí. Me vestí».


Trasladado a prisión unas horas después, en su carta afirmaba que durante la noche empezó a sentir fuertes dolores en el pecho, espalda y brazos. Preguntó a un guardia de la prisión si podía ver a un médico, pero la petición fue denegada, y según dice, el guardia le propinó un puntapié. Fue puesto en libertad el 30 de diciembre de 1993. Los informes médicos indicaban que desde entonces experimentaba dolores recurrentes en la región del pecho y hombro izquierdo y que acudía a sesiones de fisioterapia por una lesión en las vértebras torácicas superiores y en el hombro derecho.



"B"


En enero de 1993, la prensa suiza informó que un ciudadano angoleño, identificado por la inicial B., que residía en Ginebra y estaba casado con una ciudadana suiza, había denunciado malos tratos a manos de un agente de la policía suiza al cruzar la frontera germano-suiza en Basilea, el 5 de enero de 1993. Dada la inexistencia de embajada angoleña en Suiza, B. se había desplazado a Alemania para renovar su pasaporte y poder inscribir su matrimonio, que se había celebrado en 1992. Según B., el agente de la policía de fronteras suiza que comprobaba los documentos en el tren entre la ciudad alemana de Baden y la frontera suiza en Basilea puso en duda la validez de su visado, y le pidió que lo acompañara a la comisaría de policía de la frontera suiza. B. afirmó que en la comisaría, el agente arrojó sus documentos al suelo, lo puso contra la pared, le asestó dos puñetazos en la cara y lo arrojó al suelo. Después lo metieron en una celda durante una hora, antes de ser puesto en libertad. Al parecer, a su regreso a Ginebra, su abogado escribió una carta de protesta en nombre de su cliente ante las autoridades policiales de Basilea.



"A.B."


La noche del 22 al 23 de julio de 1993, A.B., ciudadano suizo de origen marroquí, residente en Friburgo y empleado de un centro de la Cruz Roja para solicitantes de asilo, asistió a un festival de jazz en el centro de la ciudad. Posteriormente denunció ante la prensa que, cuando caminaba hacia su casa, en la madrugada del 23 de julio, se le acercó un vehículo policial del que se bajaron dos agentes de policía que lo empujaron al interior del automóvil. Afirmó que los agentes no dieron ninguna explicación y que él no opuso resistencia alguna.


Conducido a una comisaría de policía local, lo recluyeron inmediatamente en una celda. A.B. alegó que dos agentes uniformados entraron en la celda y lo golpearon durante 10 minutos, propinándole especialmente puntapiés en la espalda y en el brazo. Afirmó que después lo obligaron a desnudarse y le escupieron. Hacia las 7 de la mañana, entró en la celda un inspector que lo interrogó en relación con una pelea que había tenido lugar cerca del festival de jazz la noche anterior. A.B. manifestó que no sabía nada de este incidente. Fue puesto en libertad sin cargos tras permanecer detenido unas cuatro horas, al parecer después de que los testimonios de los testigos que presenciaron la pelea lo descartaran como sospechoso.


El 26 de julio de 1993 fue examinado por un médico, que emitió un certificado en el que al parecer se hacen constar múltiples hematomas en el cuerpo, especialmente en los brazos y en un muslo, producidos varios días antes; dolor en la región del coxis y cuello y dificultades para mover el hombro derecho. En declaraciones a la prensa, las autoridades policiales desmintieron sus denuncias de malos tratos alegando que no eran ciertas.


El 28 de julio de 1993 fracasó un intento de A.B. de alcanzar un acuerdo extrajudicial con la policía. A.B. había pedido a la policía que le ofreciera disculpas por escrito, abonara como indemnización la cantidad simbólica de 200 francos suizos a un organismo benéfico y pagara los honorarios de su abogado. En agosto de 1993 presentó dos denuncias contra la policía: una ante el fiscal general, acusando a la policía de lesiones penadas en virtud del artículo 123 del Código penal suizo, y otra administrativa ante el jefe del Departamento de Justicia y Policía del cantón.



"S.B."


Solicitante de asilo argelino de 20 años de edad, S.B. comunicó a Amnistía Internacional que la policía de Zurich lo detuvo en torno a las 10 de la noche del 7 de febrero de 1994, tras un control de identidad. Alegó que cinco agentes le propinaron puntapiés y golpes durante dos horas en un garaje de la policía. Según su declaración, hacia las 2 de la madrugada, les dijeron a él y a un amigo argelino detenido junto con él, al que también habían golpeado, que los iban a llevar a un médico. Tres de los agentes los introdujeron en una furgoneta, a bordo de la cual circularon durante 20 minutos. Cuando salieron, vieron que estaban en un bosque. Según S.B., dos de los agentes lo volvieron a golpear y cuando el tercero tomó un palo y amenazó con matarlo, salió corriendo; efectuaron un disparo contra él. S.B. dice que estuvo escondido cerca de media hora, hasta que se marchó la policía. No pudo encontrar a su amigo, pero lo descubrió en un hospital dos días después. Un certificado médico del 10 de febrero de 1994 hacía constar múltiples cortes y hematomas en el cuerpo de S.B.




Conclusiones


Amnistía Internacional investigó varias denuncias realizadas entre 1990 y 1994 en las que se acusaba a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de haber empleado la violencia física de forma deliberada e injustificada contra personas sometidas a su custodia. Estas denuncias se referían, en su mayor parte, aunque no exclusivamente, al cantón de Ginebra. Otras organizaciones, como el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CEPT), del Consejo de Europa, así como organizaciones no gubernamentales como la Asociación para la Prevención de la Tortura y la Liga Suiza de Derechos Humanos, han informado también haber recibido numerosas denuncias de este tipo.


Al parecer, no se dispone de ningún estudio estadístico sobre el número total de denuncias de malos tratos formuladas o remitidas a los jueces o autoridades administrativas y su posterior resultado. Tras su visita de 1991 a Suiza, el CEPT pidió a las autoridades helvéticas que le facilitaran estadísticas relativas a las denuncias de malos tratos durante el periodo de detención preventiva (incluyendo el número de denuncias desestimadas, el de condenas dictadas y sanciones disciplinarias impuestas, y el de denuncias que hubieran producido, a su vez, denuncias policiales por difamación o calumnias)22. En su respuesta pública al informe del CEPT, el Consejo Federal manifestó que «lamentablemente [...] la mayoría de los cantones no llevan estas estadísticas de este tipo»23.


Sin embargo, las denuncias de malos tratos han venido produciéndose desde hace varios años; su origen es diverso y su naturaleza y contenido son en gran medida congruentes. Amnistía Internacional considera que el número de denuncias que ha recibido, junto con las conclusiones de otras prestigiosas organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales, indican que existe considerable razón para preocuparse. Amnistía Internacional siente asimismo inquietud por el hecho de que las investigaciones judiciales y administrativas sobre las denuncias de malos tratos parecen no ser, a menudo, exhaustivas y rara vez producen sanciones disciplinarias o penales contra funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

1«Les peines corporelles sont interdites»

2CAT/C/5/Add.17

3CAT/C/17/Add.12

4Organismo integrado por diez expertos elegidos por los Estados partes del Convenio para supervisar el cumplimiento del mismo.

5CPT/Inf (93) 3, párrafo 101

6Antonio Hurtado, colombiano, fue detenido el 5 de octubre de 1989 por seis agentes del grupo de intervención de la policía cantonal de Vaud, que lo consideraban sospechoso de pertenecer a una organización internacional violenta dedicada al narcotráfico. Tras lanzar una "granada detonante" [artefacto que produce un ruido ensordecedor y una luz deslumbradora] en el apartamento, lo aprehendieron por la fuerza, lo encapucharon y esposaron, y lo condujeron a la comisaría de policía de Yverdon. Antonio Hurtado denunció que en el momento de la detención le propinaron golpes y puntapiés hasta que perdió el conocimiento y que lo agredieron de nuevo una vez en comisaría. Durante la detención defecó en su propia ropa y al parecer lo obligaron a llevar la misma, húmeda y sucia, hasta su ingreso en prisión, la tarde del 6 de octubre. No fue examinado por un médico hasta ocho días después de su detención, seis días después de haberlo solicitado. Un informe médico posterior menciona varias contusiones, dolores diversos y fractura del arco anterior de una costilla.

En noviembre de 1989, Antonio Hurtado presentó una denuncia contra los funcionarios que lo detuvieron, por lesiones y abuso de autoridad. El juez instructor archivó las actuaciones en junio de 1990. Todos los recursos, hasta el de casación ante la sección de casación del Tribunal Federal que se basa en el artículo 3 del Convenio Europeo (que establece que nadie podrá ser sometido a tortura ni a tratos o penas inhumanos o degradantes), fueron desestimados.

En julio de 1993, la Comisión Europea dictó una resolución (por 12 votos a favor y cuatro en contra), en la que manifestó que no se había violado el artículo 3 en relación con la detención de Antonio Hurtado, pero que sí se habían producido violaciones del artículo 3 en cuanto a obligarle a llevar ropa sucia (15 votos contra 1) y no facilitarle asistencia médica inmediata (por unanimidad). La Comisión remitió el caso al Tribunal Europeo que, en enero de 1994, decidió eliminar el caso de la lista de asuntos pendientes después de que el gobierno accediera a pagar al denunciante 14.000 francos suizos como indemnización por el trato recibido y a pagar las costas procesales, a cambio de que el denunciante renunciara a su derecho a seguir formulando reclamaciones en relación con el caso.

7Véase página 7

8«le risque d'être maltraité pendant la garde à vue ne saurait être écarté» (CPT/Inf (93) 3, párrafo 157)

9Veáse página 13 para posteriores reformas en el cantón de Ginebra.

10CPT/Inf (93) 4

11«Comme la plupart des candidats à l'asile qui font état auprès de nous de ce genre de situation (une dizaine de cas environ dans l'année), M. Traoré ne voulait cependant en aucun cas se manifester par une plainte, de peur d'avoir à subir des mesures de rétorsion»

12CPT/Inf (93) 4, Anexo 11

13«Les policiers n'ont pas l'habitude de déposer plainte pour dénonciation calomnieuse [...] Ils ne le font qu'exceptionnellement, dans des cas graves. Cette pratique pourrait être modifiée et, les policiers invités à déposer plainte systématiquement, si le CPT le souhaite»

14«aux voies de fait usuelles auxquelles s'expose le suspect lorsque l'autorité de police doit utiliser la force pour l'appréhender et l'empêcher de fuir»

15«Nous avons reçu des dizaines de témoignages de tabassés à Carl-Vogt. Les principales victimes sont les étrangers bronzés»

16Conocida anteriormente como Comité Suizo contra la Tortura, fundado en 1977.

17«[...] chaque semaine de nouveaux témoignages de brutalités policières sont rapportés dans la presse ou sont communiqués au secrétariat de l'APT [...] Nous avons eu connaissance ces derniers mois de plusieurs cas de brutalités lors de l'arrestation, alors que l'interpellé n'opposait aucune résistance, ou pendant la garde à vue. Les agents responsables font généralement pression sur la victime pour la convaincre de ne pas porter plainte; certaines le font cependant, mais l'enquête n'aboutit qu'exceptionnellement à une sanction pénale ou même administrative.»

18«Dans un souci d'apaisement je n'entends pas donner suite en l'état à ces plaintes mais je serai contraint de le faire si cette affaire devait connaître d'autres développements»

19«hésitent à se plaindre de mauvais traitements (crainte de représailles pour les étrangers et récidivistes; crainte de nuire à leur cause) [...] les agents interpellés [...] s'en sortent la plupart du temps sans condamnation ou avec une condamnation minime; le plaignant est parfois même condamné pour diffamation, faute de preuve»

20«Ces procédés s'accompagnent souvent d'une attitude xénophobe ou homophobe»

21«Er wurde geschlagen, mit Ellebogen, mit Knien, mit Füssen, die Pistole wurde ihm ins Gesicht geschlagen, und er wurde dauernd Jugoschwein genannt. Dann musste er sich bücken, und es wurden ihm noch mehr Schläge vor allem in die Nierenpartien verabreicht. Auf diese Weise wirkten sie noch mehr. Dann verlangten sie, dass er sich bäuchlings auf den Boden lege. Da die vielen Polizisten um ihn herum waren, konnte er dem Befehl fast nicht nachkommen. Als er dann am Boden lag [...] sie seien sogar auf ihn gestanden und auf ihm herumtrampelt. Zeitweise sei er ohnmächtig gewesen.

«Später im Auto musste er den Kopf neigen, worauf sie ihm Handkantenschläge ins Genick gaben. Als sie seine Goldkette sahen, hätten sie ihn damit gewürgt. Als er etwas verlauten liess, dass er diese von mir habe, schimpften sie auch über mich, was ich für eine dumme Hure sei, ein solches Jugoschwein zu heiraten. Dann im Gebäude, hätten sie ihm die Hände gebunden und weiter geschlagen, wieder mit Ellebogen, Fäusten, Knien und Füssen. Sie seien extra zuerst mit dem Lift hinaufgefahren und erst nachher hinunter, dass sie länger Zeit gehabt hätten, ihn zu schlagen und ihn gegen die Liftwände zu stossen.»

22Véase CPT/Inf (93) 3, párrafo 103

23«Malheureusement [...] la majorité des cantons ne tiennent pas de telles statistiques» (CPT/Inf (93) 4, Sección 2.2 párrafo 35)

Marzo de 1994

Índice de AI: EUR 43/02/94/s

Distr: SC/GR/CO



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