Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Ucrania: El gobierno de Ucrania debe aplicar con caracter prioritario las recomendaciones del Comite contra la Tortura de la ONU

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1 de mayo de 1997



UCRANIA: EL GOBIERNO DE UCRANIA DEBE APLICAR CON CARÁCTER PRIORITARIO LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU


Amnistía Internacional ha instado hoy al gobierno de Ucrania a aplicar las recomendaciones del Comité contra la Tortura de la ONU, que el 29 de abril procedió a examinar el tercer informe periódico presentado por este país.


Las conclusiones del Comité contra la Tortura confirmaron las preocupaciones de Amnistía Internacional respecto a la continuidad de la práctica de tortura y maltrato de detenidos por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley (con resultado de muerte en algunos casos), la ausencia de un sistema eficaz de instituciones independientes capaces de estudiar denuncias particulares de las víctimas, la falta de disposiciones en la legislación ucraniana que regulen la revisión judicial de la legalidad del arresto y la detención, y la ausencia del delito de tortura en la legislación nacional.


El Comité vio con preocupación que las autoridades ucranianas no hubieran promulgado una moratoria inmediata sobre las ejecuciones, en contravención de los compromisos contraídos por Ucrania con su adhesión al Consejo de Europa, y asimismo expresó preocupación por el alto índice de ejecuciones llevadas a cabo en Ucrania. Con la ejecución de 169 reos en 1996, Ucrania va detrás de China en el número de ejecuciones registradas.


Ucrania también fue criticada por la aplicación sistemática de tortura a los recién ingresados en las fuerzas armadas, las condiciones de reclusión preventiva que constituyen trato inhumano o degradante, el hecho de que las autoridades no garanticen a los detenidos el acceso a un abogado de su elección, y la falta de un procedimiento eficaz para examinar debidamente las quejas de los reclusos.


Se estimó que el proceso de armonizar la legislación nacional con los derechos humanos era cada vez más lento, y que el personal policial y penitenciario carecía de formación suficiente. Además, el Comité cuestionó la ausencia de un sistema eficaz de indemnización a las víctimas de tortura.


Amnistía Internacional se reunió en Ginebra con la delegación del gobierno de Ucrania para debatir las medidas previstas por las autoridades. La organización apoya rotundamente la recomendación del Comité para que Ucrania adopte un plan global de acción destinado a acabar con la tortura, que debería incluir:


∙la aprobación de leyes de aplicación directa para llevar a la práctica el precepto constitucional que prohíbe la tortura, y en particular un nuevo Código Penal que tipifique como delitos los actos de tortura, punibles con sanciones adecuadas;

∙la adopción de un nuevo Código de Procedimiento Penal, que deberá amparar el derecho del acusado a la defensa en todas las fases del proceso penal;

∙el establecimiento de un control eficaz e independiente por parte de los tribunales sobre el arresto, la puesta bajo custodia y la reclusión preventiva de los detenidos, garantizando la prevención de tortura en todas las fases del proceso penal;

∙la garantización del control civil y judicial sobre los organismos encargados de hacer cumplir la ley;

∙el establecimiento de instituciones independientes para analizar con prontitud e imparcialidad todas las denuncias de aplicación de tortura y malos tratos;

∙la divulgación de información (también a través de los medios de comunicación) sobre las normas de la Convención contra la Tortura;

∙la formación y educación de los agentes encargados de hacer cumplir la ley y del personal penitenciario, y en particular del personal médico, respecto a la prohibición de tortura como establecen las normas de la Convención contra la Tortura;

∙la prohibición legal del interrogatorio de detenidos en ausencia de un abogado de su elección, y también mientras se encuentran recluidos en régimen de incomunicación;

∙el acortamiento de la duración máxima de la reclusión preventiva, que actualmente es de dieciocho meses;

∙la firma y ratificación del Protocolo 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, relativo a la abolición de la pena de muerte;

∙la reforma radical de todos los centros de detención, incluidas las colonias penitenciarias, y garantizar el estricto cumplimiento de las normas de la Convención contra la Tortura;

∙una moratoria permanente sobre las ejecuciones;

∙garantías jurídicas de plena reparación e indemnización de las víctimas de tortura, incluidos daños morales.


Información general


El Comité contra la Tortura de la ONU es un organismo compuesto de diez expertos elegidos por los Estados Partes de la Convención contra la Tortura para vigilar de qué forma cumplen estos Estados las obligaciones fijadas por la Convención. Los expertos actúan a título personal y no representan a ningún gobierno. En las dos reuniones que celebran anualmente en Ginebra, los expertos analizan los informes presentados por los Estados sobre la aplicación de la Convención, formulan preguntas a los representantes de su gobierno y exponen sus conclusiones por escrito. El Comité también estudia las denuncias presentadas por particulares contra su gobierno por vulnerar la Convención, y lleva a cabo otras investigaciones.


Amnistía Internacional ha presentado su propio informe ante los miembros del Comité contra la Tortura, en el que expone pormenorizadamente sus motivos de preocupación sobre la tortura y los malos tratos en Ucrania. En cada periodo de sesiones del Comité, la organización expone sus motivos de preocupación en aquellos países que están siendo estudiados por el Comité. En esta ocasión, además del documento sobre Ucrania, la organización ha aportado material sobre México, Dinamarca, Paraguay, Suecia e Israel.

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