Documento - Kyrgyzstan: Uzbekistan in Pursuit of Refugees in Kyrgyzstan: A Follow-up Report
|
|
Público |
Amnistía Internacional
Kirguistán
Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán: Informe de actualización
|
Resumen |
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR580162005
Centenares de personas perdieron la vida en Andiyán en los sucesos ocurridos en esa ciudad del extremo oriental de Uzbekistán el 12-13 de mayo. Centenares más –hombres, mujeres, niños y niñas–, salieron huyendo del país tras los sucesos.La mayoría cruzaron la frontera entre Uzbekistán y Kirguistán en busca de protección internacional. Muchos de los que huyeron a Kirguistán fueron inicialmente alojados el 14 de mayo en un campamento improvisado que los militares kirguises establecieron para los refugiados en Teshik Tosh, localidad próxima a la frontera. Posteriormente, el 4 de junio, estos refugiados fueron trasladados a otro campo, ubicado en Besh-Kana.
Estos sucesos, y la búsqueda de refugio de los solicitantes de asilo, se describen en el informe de Amnistía Internacional sobre Kirguistán Refugees in Need of a Safe Haven (Índice AI EUR 58/008/2005), publicado el 30 de junio del 2005. El presente informe actualiza el anterior con información recabada en entrevistas y en documentos obtenidos por la delegada de Amnistía Internacional durante la visita que realizó a Kirguistán del 21 al 30 de julio del 2005. Muchas de las personas que hablaron con Amnistía Internacional se encontraban en la clandestinidad y pidieron, por tanto, que se protegiera su identidad.
Amnistía Internacional ha recibido informes muy preocupantes en los que se alega que las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley en Uzbekistán han seguido persiguiendo, dentro de territorio kirguís y en algunos casos con la cooperación demostrable de las autoridades de Kirguistán, a los refugiados que salieron huyendo de Uzbekistán tras los sucesos de Andiyán.
El informe también ofrece información sobre las personas que buscaron protección internacional en el campo de refugiados dentro de Kirguistán, y sobre los refugiados que huyeron de Andiyán por otras rutas después del 13 de mayo y que se cree se han ocultado en distintas partes de Kirguistán.
Desde los sucesos del 13 de mayo del 2005, las autoridades de Uzbekistán han tratado persistentemente de obtener la extradición de un gran número de estos refugiados apoyándose en las disposiciones de la Convención de Minsk de 1993 sobre relaciones jurídicas y prestación de asistencia judicial en causas civiles, de familia y penales.
Kirguistán es Estado Parte en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y, en consecuencia, ha contraído la obligación de no devolver a ninguna persona a un país en el que tenga “fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas”.
También es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que, respectivamente, prohíben el uso de la tortura y la devolución de una persona a un país en el que corra peligro de ser torturada.
Basándose en la investigación realizada a lo largo de muchos años, Amnistía Internacional se opone a que se devuelva a Uzbekistán a cualquiera de los solicitantes de asilo contra su voluntad, porque considera que tienen razones fundadas para temer que serán torturados a su regreso y que algunos de ellos incluso podrían ser condenados a muerte. La organización sigue exhortando a las autoridades uzbekas a que ordenen una investigación exhaustiva, independiente e imparcial de todas las circunstancias que rodean los hechos acaecidos en Andiyán, a fin de que pueda procesarse a los responsables.
Este texto resume el informe titulado Kirguistán: Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán. Informe de actualización (Índice AI: EUR 58/016/2005), publicado por Amnistía Internacional el 2 de septiembre del 2005. Quienes deseen más información o emprender acciones al respecto deben leer el documento en su totalidad.
En el sitio web http://www.amnesty.orgencontrarán una amplia variedad de nuestros materiales sobre éste y otros asuntos. Los comunicados de prensa de la organización pueden recibirse por correo electrónico solicitándolo en la dirección:http://www.amnesty.org/email/email_updates.html
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO
Traducción de Editorial Amnistía Internacional (EDAI), España
|
|
Público |
Amnistía Internacional
Kirguistán
Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán:
Informe de actualización

ÍNDICE
Público 1
Kirguistán 1
Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán: Informe de actualización 1
2 de septiembre de 2005 1
Resumen 1
Índice AI: EUR 58/016/2005 1
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO 2
Público 1
Kirguistán 1
Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán: 1
Informe de actualización 1
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO 1
Kirguistán 1
Ciudadanos kirguises que buscaron protección 3
Refugiados uzbekos buscados como presuntos delincuentes 6
Los cuatro hombres que fueron devueltos a Uzbekistán el 9 de junio 7
Los 29 hombres trasladados y puestos bajo custodia en el SIZO de Osh los días 9 y 16 de junio 8
Otros refugiados trasladados por puente aéreo a un lugar seguro el 29 de julio 10
Recomendaciones de Amnistía Internacional 14
a las autoridades de Uzbekistán 14
Kirguistán
Uzbekistán persigue a los refugiados en Kirguistán.
Informe de actualización
Introducción
Centenares de personas perdieron la vida en Andiyán en los sucesos ocurridos en esa ciudad del extremo oriental de Uzbekistán el 12-13 de mayo. Centenares más –hombres, mujeres, niños y niñas–, salieron huyendo del país tras los sucesos.1La mayoría cruzaron la frontera entre Uzbekistán y Kirguistán en busca de protección internacional. Muchos de los que huyeron a Kirguistán fueron inicialmente alojados el 14 de mayo en un campamento improvisado que los militares kirguises establecieron para los refugiados en Teshik Tosh, localidad próxima a la frontera. Posteriormente, el 4 de junio, estos refugiados fueron trasladados a otro campo, ubicado en Besh-Kana.
Estos sucesos, y la búsqueda de refugio de los solicitantes de asilo, se describen en el informe de Amnistía Internacional sobre Kirguistán Refugees in Need of a Safe Haven, publicado el 30 de junio del 2005.2
En el presente informe se actualiza el anterior con información recabada en entrevistas y en documentos obtenidos por la delegada de Amnistía Internacional durante la visita que realizó a Kirguistán del 21 al 30 de julio del 2005. Muchas de las personas que hablaron con Amnistía Internacional se encontraban en la clandestinidad y pidieron, por tanto, que se protegiera su identidad.
Amnistía Internacional ha recibido informes muy preocupantes en los que se alega que las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley en Uzbekistán han seguido persiguiendo, dentro de territorio kirguís y en algunos casos con la cooperación demostrable de las autoridades de Kirguistán, a los refugiados que salieron huyendo de Uzbekistán tras los sucesos del 13 de mayo.
El informe ofrece información sobre los distintos grupos de personas que buscaron protección internacional en el campo de refugiados, y que incluían:
-
ciudadanos de Kirguistán, que se encontraban en Andiyán el 13 de mayo. Las autoridades uzbekas buscan a algunos de ellos como presuntos delincuentes;
-
ciudadanos uzbekos, que Uzbekistán pide sean extraditados como presuntos delincuentes;
-
otros refugiados.
Amnistía Internacional continúa particularmente preocupada por la situación de 15 solicitantes de asilo que permanecen recluidos en Kirguistán en espera de la decisión final sobre la condición de refugiados de cuatro de ellos.
En este informe se proporciona asimismo información sobre otros refugiados que han huido de Andiyán desde los sucesos del 13 de mayo y que se cree se han ocultado en otras partes de Kirguistán. El hecho de que estos refugiados no estén recibiendo una protección efectiva ni acceso a procedimientos de asilo preocupa a Amnistía Internacional.
Desde los sucesos del 13 de mayo del 2005, las autoridades de Uzbekistán han tratado persistentemente de obtener la extradición de un gran número de estos refugiados apoyándose en las disposiciones de la Convención de Minsk de 1993 sobre relaciones jurídicas y prestación de asistencia judicial en causas civiles, de familia y penales.3Sin embargo, los Acuerdos de Minsk de 1991, con los que se fundó la Comunidad de Estados Independientes (CEI) y que Kirguistán ha ratificado, obligan a las autoridades, particularmente en virtud del artículo 2, a garantizar, sin discriminación, a todos los ciudadanos de los Estados de la CEI y a los apátridas que se encuentren en sus territorios, los derechos y libertades civiles, políticos, económicos y culturales, de conformidad con las normas de derechos humanos internacionalmente reconocidas. Así, este acuerdo exige que Kirguistán cumpla y respete la prohibición –establecida por el derecho internacional consuetudinario y los tratados internacionales en los que es Estado Parte–, de enviar a una persona a un país donde correría peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos, como, por ejemplo, tortura.4
Kirguistán es Estado Parte en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y, en consecuencia, ha contraído la obligación de no devolver a ninguna persona a un país en el que tenga “fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas”.5
También es Estado Parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Convención contra la Tortura) y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).6
El artículo 3 de la Convención contra la Tortura dispone que:
1. Ningún Estado Parte procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura.
2. A los efectos de determinar si existen esas razones, las autoridades competentes tendrán en cuenta todas las consideraciones pertinentes, inclusive, cuando proceda, la existencia en el Estado de que se trate de un cuadro persistente de violaciones manifiestas, patentes o masivas de los derechos humanos.
El artículo 7 del PIDCP estipula: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
El principio de “no devolución” (non-refoulement) –la prohibición de devolver a una persona contra su voluntad a una situación que la pondría en peligro de tortura u otras graves violaciones de derechos humanos–, es una norma del derecho internacional consuetudinario y, por tanto, vinculante para todos los Estados; está además reflejada en los instrumentos anteriormente citados en los que Kirguistán es Estado Parte.
Basándose en la investigación realizada a lo largo de muchos años, Amnistía Internacional se opone a que se devuelva a Uzbekistán contra su voluntad a cualquiera de los solicitantes de asilo, porque considera que tienen razones fundadas para temer que serán torturados a su regreso y que algunos de ellos incluso podrían ser condenados a muerte. La organización sigue exhortando a las autoridades uzbekas a que ordenen una investigación exhaustiva, independiente e imparcial de todas las circunstancias que rodean los hechos acaecidos en Andiyán, a fin de que pueda procesarse a los responsables.7
Ciudadanos kirguises que buscaron protección
Entre los muchos centenares de personas que cruzaron la frontera de Uzbekistán a Kirguistán había muchos ciudadanos kirguises que se encontraban en Andiyán el 13 de mayo por razones profesionales o privadas, y que huyeron cuando estalló la violencia en el centro de la ciudad. Los que pidieron protección fueron también alojados en el campo de Teshik Tosh. No parece que se enviara notificación a sus familias, aunque sí se informó de su paradero a agentes del Servicio de Seguridad Nacional (SNB) kirguís de sus respectivas ciudades. Una familia, por ejemplo, se enteró del paradero de un hermano a través de un programa de televisión y ocho días después de los hechos, el 21 de mayo.
Otras familias de la localidad de Osh entrevistadas por Amnistía Internacional dijeron que, tras ocho días sin noticias de sus familiares, hicieron indagaciones en el SNB local y descubrieron que éstos se encontraban en el campo de refugiados de Teshik Tosh. En los días siguientes se presentaron en el campo de refugiados para llevarse a sus familiares a casa. Las autoridades del campo no los dejaron marchar, sin embargo, sino que a finales de mayo los trasladaron directamente a un centro de detención temporal (IVS) ubicado en Kenesh, a las afueras de Osh, en base a un cargo administrativo –al parecer, un “delito menor de vandalismo”8–, por presunta entrada ilegal en Uzbekistán. Pasaron hasta 15 días9detenidos en Kenesh antes de ser puestos en libertad. Durante este tiempo, uno de ellos afirma haber sufrido fractura de cráneo y de clavícula.
Amnistía Internacional ve con preocupación, por varias razones, el trato que recibieron los ciudadanos kirguises que huyeron de los sucesos de Andiyán. No se determinaron ni su condición ni sus necesidades de protección antes de trasladarlos fuera de la relativa seguridad que ofrecía el campo de Teshik Tosh. El censo de las personas alojadas en el campo no se completó hasta principios de junio, y los ciudadanos kirguises que fueron trasladados a finales de mayo no figuran en él. No existe registro de su llegada en busca de protección, ni de sus necesidades de protección.10
El representante del Defensor del Pueblo para la Región Sur, con base en Osh, ha intentado dar seguimiento a la situación de estas personas. Según le dijo a Amnistía Internacional, hasta 50 hombres kirguises habían pedido protección en Teshik Tosh, pero fueron trasladados fuera del campo y se dictaron penas administrativas contra ellos sin determinar primeramente sus necesidades de protección.11El representante del Defensor del Pueblo abordó esta cuestión con la jefa del Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur, responsable de la gestión del campo de refugiados de Besh-Kana, en una reunión celebrada el 26 de julio a la que asistió la delegada de Amnistía Internacional. La jefa del Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur, Sra. Nurilia Kimsanovna Yoldosheva, dijo que no tenía información sobre tales traslados. Amnistía Internacional conoce los casos detallados de siete hombres que fueron trasladados de esta manera.
Existen indicios preocupantes de que algunos agentes kirguises de baja graduación han utilizado esta crisis, y el subsiguiente desplazamiento de ciudadanos kirguises, para extorsionar de manera sistemática. Las familias de los ciudadanos kirguises que habían huido de Andiyán comunicaron a Amnistía Internacional que habían pagado grandes sumas de dinero al personal regional del Servicio de Seguridad Nacional (SNB) en Jalal-Abad, pensando que estaban “comprando la salida” de sus familiares del campo de Teshik Tosh, para llevárselos a casa. Las sumas de dinero oscilaban entre 500 y 2.000 som kirguises (entre 12 y 50 dólares estadounidenses), según las posibilidades económicas de la familia.
También parece que extorsionaron a los familiares –exigiéndoles que entregaran dinero, relojes o teléfonos móviles antes de permitirles entrar al campo para ver a sus seres queridos–, los guardias del Ministerio del Interior adscritos al campo de Teshik Tosh. Una familia contó a Amnistía Internacional que no les dejaron entrar hasta que trajeron cinco litros de combustible para el camión de los guardias.
El dinero que extorsionaron a los familiares de los hombres detenidos por la vía administrativa para obtener su liberación parece haber sido aún mayor. El centro de detención de Kenesh está situado a las afueras de la ciudad de Osh, y se pidió a los familiares que pagaran dinero a las autoridades regionales de Osh para obtener estas liberaciones. Seguidamente se les exigió que pagaran todavía más dinero a las autoridades de la ciudad de Osh para impedir que volvieran a detenerlos. Los familiares contaron a Amnistía Internacional que les habían pedido que pagaran 5.000 som (unos 125 dólares) a sendas autoridades. Los familiares que no alcanzaron a pagar toda la suma vivían con el temor de que volvieran a detener a sus seres queridos. Se decía también que, por su parte, Uzbekistán está ofreciendo una recompensa de 1.000 dólares por la captura de cualquiera de los ciudadanos kirguises que figuraban en su “lista de buscados”. Cantidad que, según parece, sería también pagadera al personal de los organismos de mantenimiento del orden.
Amnistía Internacional ve con preocupación que las autoridades de Kirguistán incumplieran su obligación de proporcionar protección a estos ciudadanos, y que existan indicios de que en algunos casos incluso prestaron plena asistencia al gobierno de Uzbekistán en su persecución.
En junio, el Ministerio del Interior uzbeko publicó una lista de presuntos delincuentes a los que quería interrogar en conexión con los sucesos de Andiyán, lista que se distribuyó a agentes de policía del Ministerio del Interior de Kirguistán. Amnistía Internacional posee una copia. Contiene las fotografías, nombres y direcciones de 37 ciudadanos kirguises, entre otras personas. En el mes de julio, Amnistía Internacional supo a través de una fuente en el Departamento de Asuntos Internos de la ciudad de Osh, que la fiscalía de Andiyán había ampliado su orden de detención para incluir a otros cinco hombres, con lo que el total ascendía a 42. Para evitar ser aprehendidos y enviados contra su voluntad a Uzbekistán, los ciudadanos kirguises cuyos nombres figuraban en la “lista de buscados”, pasaron a la clandestinidad durante junio y la mayor parte de julio.
El 26 de julio, el fiscal de Osh manifestó al diario Vecherny Bishkek (Vespertino de Bishkek) que ningún ciudadano kirguís de la “lista de buscados” sería entregado a Uzbekistán y que cualquier proceso que pudiera resultar de los sucesos de Andiyán se celebraría en Kirguistán.12En los días sucesivos algunos de los familiares de los hombres recibieron garantías similares de parte del hokim (alcalde) de Osh y del Servicio de Seguridad Nacional (SNB). Se sabe que varios de los ciudadanos kirguises liberados del campo de Teshik Tosh abandonaron la clandestinidad a finales de julio.
El 13 de junio del 2005, en el curso de una investigación sobre otro caso, el personal de la oficina del Defensor del Pueblo en la Región Sur descubrió a dos ciudadanos kirguises en el centro de detención de Kenesh, a las afueras de Osh, encarcelados en virtud de una orden dictada por el fiscal de Andiyán, en Uzbekistán. Los dos hombres figuraban en la “lista de buscados”. Uno de ellos mostraba señales de haber sido brutalmente golpeado. Este hombre les contó que, cuando pidió un abogado, lo llevaron al sótano del centro de detención donde fue golpeado por agentes uzbekos que dijeron ser del Ministerio de Seguridad Nacional (MNB).
El personal del Defensor del Pueblo envió una comunicación al fiscal de la ciudad, en la que preguntaba por qué se había detenido a ciudadanos kirguises en territorio kirguís en base a la orden de un fiscal de Uzbekistán, tras lo cual los hombres fueron puestos en libertad dos días después. Sin embargo, subsiguientemente se descubrió en el centro de detención de Kenesh a un tercer ciudadano kirguís detenido en base a una orden del fiscal de Andiyán.
Los familiares de cuatro jóvenes kirguises en paradero desconocido desde los sucesos del 13 de mayo en Andiyán, dijeron a Amnistía Internacional que habían pedido a las autoridades locales de Osh información sobre su paradero. Dos días después, un vehículo con placas de matrícula uzbekas se acercó a su casa después del anochecer, y varios hombres fornidos, que no presentaron identificación alguna ni orden de detención, les hicieron preguntas sobre cada miembro de la familia. Los familiares concluyeron que estaban siendo interrogados por el Ministerio de Seguridad Nacional (MNB) de Uzbekistán.
El 13 de julio, el gobernador de la Región de Osh, Sr. Anvar Artykov, comunicó a las agencias internacionales de noticias que no tenía noticia de ninguna actividad realizada por agentes del orden uzbekos en territorio kirguís. Un informe oficioso entregado a Amnistía Internacional por una fuente de confianza indicaba que el MNB uzbeko estaba a la sazón ocupando instalaciones ubicadas dentro del edificio del fiscal regional de Osh.
Refugiados uzbekos buscados como presuntos delincuentes
En el primer censo del centro de refugiados de Teshik Tosh completado por el Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur a principios de junio del 2005, figuraban 477 personas. Once refugiados más están recibiendo tratamiento en el Hospital Distrital de Suzak.
El 4 de junio, cuando las delegadas de Amnistía Internacional presenciaron el traslado de los residentes del campo a un nuevo lugar, Besh-Kana, la cifra era de 462 refugiados, entre ellos ocho de los pacientes que habían sido tratados en el hospital de Suzak. Tres más continuaban hospitalizados. El 30 de junio, cuando Amnistía Internacional publicó su informe Kyrgyzstan: Refugees in Need of a Safe Haven, había 461 personas en el campo de refugiados de Besh-Kana y ninguna en el hospital.
El primer informe publicado por Amnistía Internacional describía la presión sistemática –tanto formal como informal– que estaba ejerciendo el gobierno uzbeko para conseguir el regreso de los refugiados a Uzbekistán. La presión informal incluía amenazas e incentivos económicos a los familiares que quedaban en Andiyán para que fueran a Kirguistán y les rogaran que regresaran;13excursiones organizadas para los familiares de los refugiados del campo de Besh-Kana acompañados de agentes del Ministerio de Seguridad Nacional (MNB) de Uzbekistán; y visitas clandestinas de agentes del MNB uzbeko a determinados refugiados dentro del campo. Por conductos formales intergubernamentales, Uzbekistán también dictó contra los refugiados órdenes de comparecencia como testigos de delitos o como sospechosos en actividades delictivas y, en “violación directa” de las condiciones del acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR),14negoció cuatro casos de devolución de solicitantes de asilo directamente con el Servicio de Seguridad Nacional (SNB) en Kirguistán.
En la Figura 1 se resumen los intentos realizados por Uzbekistán para conseguir el retorno de los ciudadanos uzbekos del campo de Besh-Kana. Las medidas se referían a un total de 369 hombres, casi el total de la población masculina del campo.
|
Fecha |
Nombres |
Ubicación en fecha 1 de agosto |
|
9 de junio: |
12 presuntos ex reclusos de la prisión de Andiyán |
SIZO (centro de investigación y aislamiento) de Osh, en Kirguistán |
|
9 de junio: devolución forzada sin petición formal de extradición |
Cuatro refugiados que al parecer habían hecho a los periodistas una relación “franca” de lo sucedido en Andiyán |
Dos se encontraban en la prisión de Andiyán, en Uzbekistán. Uno de ellos estaba al parecer recibiendo cuidados intensivos en un hospital de Andiyán, y, según información no confirmada, otro podría haber perecido a consecuencia de los malos tratos recibidos en prisión. |
|
16 de junio: petición formal de extradición |
131 refugiados “identificados como participantes directos en el terrorismo [en Andiyán]” |
17 de ellos estaban detenidos en el SIZO de Osh; los otros no habían sido trasladados fuera del campo. |
|
25 de julio |
222 refugiados al parecer “Identificados como testigos de actos delictivos en Andiyán” |
Ninguno de ellos fue trasladado del campo y puesto bajo custodia. |
Figura 1.
Amnistía Internacional se opone firmemente al regreso involuntario de cualquiera de estos refugiados a Uzbekistán, debido a los peligros que los acechan a su llegada, peligros que incluyen graves violaciones de derechos humanos y denegación flagrante de justicia, como trato cruel, inhumano y degradante, detención en régimen de incomunicación, tortura y otros malos tratos, y juicios injustos. Algunos de estos hombres podrían, además, ser condenados a muerte y ejecutados tras un juicio injusto.
Seguidamente se expone la información que la organización recibió sobre los refugiados uzbekos que fueron trasladados fuera del campo a petición del gobierno de Uzbekistán.
Los cuatro hombres que fueron devueltos a Uzbekistán el 9 de junio
Tras su devolución por Kirguistán el 9 de junio, Dilshod Gadzhiev, Tavakkal Gadzhiev, Muhammad Kadirov y Abdubais (Gasan) Shakirov fueron puestos inicialmente en régimen de incomunicación en la prisión de Andiyán.
El 27 de junio, Kamel Morjane, a la sazón alto comisionado adjunto para los Refugiados, manifestó que no se había autorizado el acceso de ninguna entidad internacional a estas cuatro personas.
A finales de junio, una fuente bien informada comunicó a Amnistía Internacional que, Tavakkal Gadzhiev había sido trasladado de la prisión a la unidad de cuidados intensivos de un hospital de Andiyán, presuntamente tras haber sido torturado. Según otros informes, no confirmados, uno de los cuatro hombres podría haber perecido como consecuencia del trato recibido en prisión, información que la Fiscalía General de Uzbekistán desmintió en un comunicado de prensa emitido el 24 de agosto, calificándola de “pura invención”.
El 12 de agosto, la portavoz del ACNUR, Jennifer Pagonis, dijo en una conferencia de prensa que ni el ACNUR ni ninguna otra organización o persona había podido acceder a estos hombres desde que los devolvieron a Uzbekistán contra su voluntad. Las autoridades uzbekas han refutado que los cuatro hombres fueran refugiados, y han manifestado en una carta al ACNUR, recibida la semana del 8 de agosto, que los cuatro hombres eran “criminales confesos”, que habían regresado voluntariamente y que se encontraban ahora detenidos en un centro de reclusión de Tashkent. El ACNUR, sin embargo, no había podido visitarlos ni hablar con ellos, y por lo tanto decía estar sumamente preocupado por su situación.
Los 29 hombres trasladados y puestos bajo custodia en el SIZO de Osh los días 9 y 16 de junio15
El Ministerio de Justicia de Kirguistán ha estado a cargo del acceso a estos detenidos, y lo ha concedido regularmente al ACNUR y al Servicio de Migración Kirguís. Las condiciones de encarcelamiento de los hombres han sido descritas por un representante del ACNUR como similares a las de otros detenidos en el SIZO de Osh: “Ni mejores ni peores”.
Pese a las solicitudes de extradición pendientes de Uzbekistán, al finalizar el mes de julio seguía su curso el proceso de determinación de la posible condición de refugiados de los 29 hombres. Se comunicó a Amnistía Internacional que el Servicio de Migración Kirguís estaba dando curso al procedimiento de determinación, monitorizado por el ACNUR, el cual tenía derecho a revisar todas las decisiones sobre determinación antes de que se hicieran públicas. Se había decidido que, cuando el Servicio de Migración Kirguís y el ACNUR discreparan, el caso se sometería a revisión judicial. Hasta que esta vía no se hubiese agotado, las autoridades de Kirguistán se comprometían a no extraditar a ninguno de los 29 hombres.16
El 26 de julio, Amnistía Internacional pidió a la jefa del Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur, información sobre los procedimientos seguidos en el proceso de determinación. Según ella explicó, cada detenido tenía derecho a un abogado independiente y a un intérprete profesional independiente, designado por el ACNUR. En caso de recurso judicial, los jueces kirguises habían recibido la semana anterior formación intensiva en derecho internacional sobre refugiados. El ACNUR confirmó que habían nombrado abogados independientes de Bishkek para que representaran a los 29 hombres, en rotación con el personal del ACNUR. Sin embargo, no se había puesto a disposición de los solicitantes interpretación profesional independiente: la interpretación entre los idiomas ruso y uzbeko la proporcionaba según fuera necesario la propia jefa del Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur. Amnistía Internacional teme que esto pueda haber comprometido la imparcialidad de los procedimientos de determinación de la condición de refugiado. La organización también teme que una semana de formación no sea suficiente para que los jueces conozcan a fondo el derecho internacional sobre refugiados y puedan así garantizar un derecho de apelación efectivo para los solicitantes de asilo.
Los hombres alojados en el campo de Besh-Kana no dispusieron ni de representación legal independiente ni de servicios profesionales e independientes de interpretación antes de ser trasladados al SIZO de Osh como presuntos criminales.
El 29 de julio, 14 de los 29 uzbekos detenidos se encontraban entre los refugiados que el ACNUR trasladó por puente aéreo de Kirguistán a Rumanía. Los otros 15 continuaron en la prisión. De éstos, el Servicio de Migración Kirguís había determinado que 11 eran refugiados y el ACNUR remitió sus casos a terceros países para su reasentamiento.17
No se ha llegado a un acuerdo sobre la condición de los otros cuatro hombres: el ACNUR ha reconocido a uno de ellos como refugiado y está ahora determinando la condición de refugiado de los otros tres, a los que el organismo especializado en refugiados considera solicitantes de asilo. Los cuatro hombres en cuestión son: Yakub Toshboevich Toshboev, trasladado del campo el 9 de junio; y Rasulzhon Raimzhanovich Pirmatov, Odilzhon Mashrabzhanovich Rakhimov y Zhakhongir Yuldashevich Maksudov, trasladados a la prisión el 16 de junio.
Las autoridades uzbekas han mencionado a uno de ellos en conexión con un delito de narcóticos, y a tres en conexión con la muerte violenta del fiscal de la ciudad de Andiyán el 13 de mayo. El Servicio de Migración Kirguís impugnó la decisión del ACNUR de reconocer a uno de los hombres como refugiado e inicialmente excluyó a tres del procedimiento de solicitud de asilo. A comienzos de agosto, los abogados que asistían a los cuatro hombres comenzaron a impugnar estas decisiones del Servicio de Migración Kirguís por la vía judicial. El 18 de agosto, el tribunal interdistrital de Bishkek anuló la decisión del Servicio de Migración Kirguís y admitió las apelaciones de los cuatro hombres. En unas declaraciones recogidas en la prensa, el juez Jyrgalbek Nurunbetov explicaba que su decisión no concedía la condición de refugiado a estos hombres, sino que les reconocía el derecho a solicitar de nuevo el asilo ante el Servicio de Migración Kirguís, y éste disponía de cuatro semanas para recurrir la decisión judicial.
Otros refugiados trasladados por puente aéreo a un lugar seguro el 29 de julio
El 25 de julio, la jefa del Departamento del Servicio de Migración Kirguís para la Región Sur, con sede en Osh, comunicó a una delegada de Amnistía Internacional que la determinación de la condición de refugiado se completaría en el campo ese día. Según dijo, cada miembro del campo había tenido acceso a servicios profesionales independientes de interpretación y asistencia jurídica. Lamentablemente no fue posible verificar esta información con los propios refugiados, ya que el campo estuvo sometido a cuarentena desde el 20 de julio al 10 de agosto, presuntamente en conexión con cuatro casos de disentería. Cuatro personas más habían sido trasladadas al hospital de Suzak por otras razones.
El 27 de julio, a las 7 de la mañana, una delegada de Amnistía Internacional presenció el aterrizaje en Jalal-Abad del primero de los seis aviones fletados y, dos horas más tarde, el traslado al aeropuerto de Jalal-Abad, acompañados de una escolta de alta seguridad, de tres autocares con refugiados varones de Besh-Kana. A lo largo del día les siguieron otros traslados, incluido el de ocho personas que habían estado ingresadas en el hospital de Suzak. Desde Jalal-Abad los trasladaron a la capital kirguís, Bishkek. Tras su partida, quedaron al parecer 123 refugiados en el campo, cifra que incluía a la totalidad (aproximadamente 90) de las mujeres y los menores, cuyo traslado por avión de Jalal-Abad a Bishkek, para reunirse con los demás, se realizó el 28 de julio.
El 29 de julio, 439 refugiados fueron trasladados por puente aéreo a Rumanía, y reasentados en un centro de la Unión Europea ubicado en las afueras de Timasoara. Según las informaciones, serían reasentados en otros países en los seis meses siguientes. En el último momento, en Bishkek, uno de los refugiados decidió quedarse.
El 26 de agosto, la Fiscalía General de Uzbekistán emitió un comunicado de prensa en el que acusaba al ACNUR de proteger a “criminales y terroristas”, alegando que entre los refugiados trasladados a Rumanía había terroristas que habían recurrido a la fuerza y que el puente aéreo contravenía la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
Refugiados que han huido de Andiyán por otras rutas desde el 13 de mayo y se cree ocultos en Kirguistán
En su primer informe, Amnistía Internacional hizo constar su preocupación por la falta de acceso a procedimientos de asilo de las personas que pudieran haber huido de Uzbekistán hacia Kirguistán en busca de protección internacional en otros lugares o que lo hicieran en otras fechas posteriores al 13-14 de mayo. No tienen fácil acceso, ni siquiera en los centros de población importantes como Osh, Jalal-Abad y Bishkek, a prácticamente ninguna información que les permita conocer los derechos del solicitante de asilo, o cómo presentar una solicitud de este tipo. Los que hayan llegado a poblaciones aún menores tendrán todavía más dificultades para ejercer sus derechos.
Dadas las circunstancias de clandestinidad, es difícil calcular el número de personas que se encuentran en esta situación. Sin embargo, la información sobre individuos que han proporcionado a los refugiados un lugar donde ocultarse, así como la recibida de los activistas de derechos humanos, agencias de noticias, distintas oficinas del Defensor del Pueblo, el ACNUR y el contacto directo de Amnistía Internacional a través de las entrevistas realizadas por la organización, todo apunta a que se trata de un problema en aumento y aplicable ahora a la frontera sur y el norte de Kirguistán. Los grupos de derechos humanos de la localidad también creen que algunos refugiados se encuentran actualmente ocultos entre la mano de obra temporal y los turistas que acuden a Kirguistán en la estación veraniega.
El 18 de mayo, Amnistía Internacional informó que Kirguistán había negado la entrada al país a 15 ciudadanos uzbekos y los había devuelto a Uzbekistán, donde fueron entregados a agentes del Ministerio de Seguridad Nacional (MNB) uzbeko. La organización no ha podido determinar desde entonces si subsiguientemente se los puso en libertad o se los detuvo. El 25 de mayo, funcionarios de los Guardias de Frontera de Kirguistán comunicaron que habían devuelto a otros 86 refugiados a Uzbekistán, alegando condiciones precarias de hacinamiento y saneamiento en el primer campo. En junio, los representantes de Amnistía Internacional entrevistaron a ciudadanos uzbekos que habían intentado que los aceptaran en el primer campo pero que habían tenido que pasar a la clandestinidad al ser rechazados por los funcionarios del Ministerio del Interior de Kirguistán. Según la información emitida el 13 de julio por la Agencia de Noticias rusa Interfax, la organización de derechos humanos “Justice”, con sede en Jalal-Abad, habría dicho que hasta un millar de refugiados procedentes de Andiyán podrían estar escondidos en Kirguistán. Los grupos de derechos humanos que Amnistía Internacional entrevistó en Osh hacia finales de julio, concordaban con esta apreciación. El representante del Defensor del Pueblo para la Región Sur manifestó que conocía casos en la capital, Bishkek.
Según la información de que dispone Amnistía Internacional hasta el momento, entre los refugiados “ocultos” hay personas heridas en Andiyán el 13 de mayo; personas que participaron en las manifestaciones o que las presenciaron; personas a las que se había presionado en Andiyán por desconocerse el paradero de familiares suyos desde los sucesos del 13 de mayo; personas que habían dado información a los medios de comunicación o a grupos de derechos humanos sobre lo ocurrido en Andiyán; personas con un historial de encarcelamiento por motivos religiosos, que fueron hostigadas por asociación después del 13 de mayo, y personas con familiares en Kirguistán.
Todas las personas entrevistadas por Amnistía Internacional dijeron que no habían acudido a las autoridades de Kirguistán por temor a que ser detenidas y devueltas a Uzbekistán, donde daban por hecho que las torturarían o maltratarían. Algunas dijeron que habían sufrido violencia y amenazas a manos de agentes del orden uzbekos antes de abandonar el país. La mayoría se habían ocultado en Kirguistán sin inscribirse en ningún tipo de registro. Esto las hacía vulnerables a las comprobaciones aleatorias de la policía y, además, al no disponer de la necesaria documentación, no podían resolver sus problemas de residencia y no tenían acceso a una vivienda adecuada ni a cuidados de salud.
En la actualidad no existen oportunidades efectivas para que los solicitantes de asilo legalicen su presencia en Kirguistán. Hasta el mes de julio tuvieron derecho formal de presentar una solicitud de asilo ante el Departamento del Servicio de Migración Kirguís en Osh, y en la oficina del ACNUR en esa misma ciudad. Las solicitudes tenían que presentarse conjuntamente en ambos organismos, y varios solicitantes dijeron a Amnistía Internacional que habían sido enviados de una oficina a otra sin conseguir presentar su solicitud. Desde el mes de julio, la oficina del ACNUR en Osh ha admitido solicitudes de asilo independientemente, sin exigir que el solicitante se inscribiera también en el registro del Servicio de Migración Kirguís, algo que ha resuelto el problema técnico para los solicitantes, si bien el ACNUR no considera que sea “una protección efectiva”.
El 3 de agosto, el ACNUR manifestó que había registrado las solicitudes de asilo de tres refugiados que habían estado escondidos en Kirguistán desde que salieron huyendo de Andiyán. El 23 de agosto, el Servicio de Migración Kirguís anunció que otros tres refugiados habían solicitado asilo. También éstos habían estado escondidos en Kirguistán.
En vista de la dinámica política de la situación, garantizar la seguridad de los refugiados uzbekos en Kirguistán sigue siendo una cuestión prioritaria, y es preciso resolverla. Los funcionarios del ACNUR en Osh dijeron a Amnistía Internacional que la protección que podían ofrecer a los refugiados no iba más allá de registrar sus solicitudes de asilo y ocuparse de los trámites para que recibieran un mínimo de asistencia médica. Las autoridades de Kirguistán no se encuentran en condiciones de proporcionar a los refugiados protección física frente a las fuerzas gubernamentales uzbekas de las que huían, ni siquiera protección frente a la devolución a Uzbekistán. Esto es también lo que creía la inmensa mayoría de los refugiados clandestinos con los que habló Amnistía Internacional. Algunos casos concretos confirman estos temores.
A finales de junio, Bakhodir Sadikov, un refugiado de Uzbekistán que se había escondido en la región de Osh, fue a registrar su solicitud de asilo en la oficina del ACNUR junto con otro refugiado procedente de Andiyán y cuatro activistas locales de derechos humanos. Salió de la oficina a las 10 de la mañana. Su fotografía aparece en la lista de presuntos criminales buscados por las autoridades de Uzbekistán que se distribuyó entre la policía de Kirguistán. En el camino de regreso de la oficina fue detenido por Shakir Izrunov, jefe de la Novena División del Departamento de Asuntos Internos de la ciudad de Osh, por no disponer de documentos de registro. Dos días después se supo que estaba en una prisión de tránsito, junto con otro refugiado uzbeko, Hadir Ulmas, que había estado escondido en Osh. Los grupos de derechos humanos de la localidad creen que los dos hombres se encuentran ahora en Uzbekistán.
En un pueblo montañés al norte de Jalal-Abad, tres refugiados uzbekos de identidad desconocida, procedentes de Andiyán, estuvieron escondidos con una familia durante una semana del mes de junio. En el mes de julio, Amnistía Internacional habló con los miembros de la familia que los escondió. Éstos le dijeron que una mañana, a eso de las 4 de la madrugada, habían llegado a su puerta dos vehículos, ambos con placas de matrícula de Osh: un automóvil Niva blanco, de tracción a las cuatro ruedas, y una camioneta pequeña. De ellos descendieron varios hombres fornidos, y sin presentar ningún documento que los identificara ni ninguna orden judicial, comenzaron a interrogar a los dueños de la casa, amenazando con enviar al esposo a Tashkent, la capital de Uzbekistán. La esposa temió que lo detuvieran y reveló el lugar donde se encontraban escondidos sus huéspedes. Los hombres detuvieron a los refugiados y se los llevaron en los vehículos. Los residentes del lugar que hablaron con Amnistía Internacional creían que los hombres eran agentes del Ministerio de Seguridad Nacional (MNB) de Uzbekistán, y dijeron que a principios de julio se habían manifestado frente a la oficina local del Servicio de Seguridad Nacional (SNB) kirguís, para protestar por la falta de protección que les habían dado frente las fuerzas de seguridad uzbekas.
La situación de los refugiados de Andiyán en Kirguistán requiere una solución duradera por parte del gobierno kirguís. Desde que se desató la crisis de refugiados a principios de mayo, Kirguistán ha enviado señales confusas sobre sus responsabilidades en virtud del derecho internacional sobre refugiados. Amnistía Internacional acoge con satisfacción su decisión de dar cumplimiento a estas obligaciones con el puente aéreo que trasladó a 439 refugiados a una situación segura en Rumanía. Amnistía Internacional insta al gobierno de Kirguistán a que, con la ayuda de la comunidad internacional, garantice que todas las personas tienen acceso efectivo al ejercicio de su derecho a buscar y disfrutar de asilo frente a la persecución, que incluye disponer de acceso a procedimientos justos y satisfactorios de determinación de su condición, acordes con las normas internacionales, y a garantizar también que ninguna persona es devuelta a una situación en la que correría peligro de sufrir tortura u otras graves violaciones de los derechos humanos.
Recomendaciones de Amnistía Internacional
a las autoridades de Uzbekistán
-
que autoricen el acceso inmediato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a los hombres que fueron trasladados de Besh-Kana a la prisión de Andiyán el pasado 9 de junio;
-
que autoricen el acceso inmediato del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) a estos hombres, sin impedimento alguno, según se establece en su mandato, a fin de que pueda monitorizar si su situación se ajusta a las normas internacionales;
-
que ordenen que se realice una investigación internacional independiente para examinar las alegaciones contradictorias relacionadas con los sucesos del 13 de mayo en Andiyán, y que se procese, sometiéndola a un juicio justo, a toda persona responsable de abusos contra los derechos humanos.
a las autoridades de Kirguistán
-
que protejan a los ciudadanos de Kirguistán de la detención arbitraria practicada en territorio kirguís por agentes del orden extranjeros, como disponen el artículo 2 (3b), y el artículo 9 (1) (3) y (4) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; que garanticen que todas las detenciones practicadas por la vía administrativa o penal se someten a revisión judicial en el plazo de 48 horas;
-
que garanticen que del procesamiento y juicio de ciudadanos kirguises por cargos penales relacionados con los sucesos de Andiyán se encargan las autoridades de Kirguistán, como dispone el artículo 57 de la Convención de Minsk de 1993;
-
que se aseguren de que ninguna persona –lo que incluye a los ciudadanos kirguises y a los refugiados o solicitantes de asilo uzbekos–, es extraditada o devuelta contra su voluntad a Uzbekistán, país en el que corre peligro de ser torturada o sometida a otras graves violaciones de derechos humanos, y de este modo den cumplimiento a las obligaciones que ha contraído Kirguistán en virtud de las normas internacionales en cuestión de derechos humanos y de refugiados;
-
que regularicen la situación de todos los solicitantes de asilo y refugiados que se encuentran escondidos en Kirguistán; que tomen medidas de inmediato, con la ayuda de la comunidad internacional, para implementar las disposiciones de los artículos 16 y 17 de la Ley de Refugiados (2002), y los artículos 6 a 46 de la Directiva para el Trabajo con Refugiados en la República de Kirguistán (2003), particularmente en lo relativo a provisión de información, tramitación de las solicitudes de asilo, acceso a servicios, confidencialidad de la información sobre asilo, y protección frente a las autoridades del Estado persecutor;
-
que se aseguren de que todos los refugiados tienen acceso a un nivel de vida adecuado, que incluya cuidados de salud y vivienda adecuada; que investiguen la posibilidad de introducir certificados de refugiado del ACNUR, para facilitar el acceso a servicios sociales, para los que en la actualidad se requiere inscripción en el registro municipal; que consideren la posibilidad de establecer algún tipo de “vivienda segura”, aunque sea limitada, para los refugiados llegados de Andiyán desde el cierre del campo de Besh-Kana.
al ACNUR
-
que incremente su presencia en Kirguistán, con vistas a resolver la cuestión de los refugiados “ocultos” mediante, entre otras cosas, provisión de documentación a estos refugiados, e intervención ante las autoridades para asegurar que no se devuelve a ningún refugiado;
-
que considere la posibilidad de aumentar sus materiales para refugiados y solicitantes de asilo en lengua uzbeka y kirguís, y que incremente su colaboración con las ONG locales.
1 Amnistía Internacional ha pedido una investigación internacional, independiente, de lo sucedido en Andiyán en su informe Uzbekistan: Independent, international investigation needed into Andizhan events, Índice AI: EUR 62/015/2005, del 24 de junio del 2005
2 Índice AI: EUR 58/008/2005, del 30 de junio del 2005, disponible en inglés en www.amnesty.org y en ruso en www.amnesty.ru.
3 El artículo 56(1) de la Convención de Minsk (1993) dispone: “Las Partes Contratantes asumen la obligación, en virtud de las condiciones establecidas por esta Convención, de extraditar, a solicitud de una de las Partes, a personas que se encuentren en sus territorios, a los efectos de exigirles responsabilidad penal o de ejecutar una condena.”
4 Véase la fuente del texto, en ruso, en: http://www.cis.minsk.by/russian/cis_doc4.htm.
5 Artículo 1 A (2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. Kirguistán pasó a ser Estado Parte de la Convención en 1996.
6 Kirguistán ratificó la Convención de la ONU contra la Tortura en 1997, y el PIDCP en 1995.
7 Índice AI: EUR 62/015/2005, del 24 de junio del 2005
8 Artículo 364 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Kirguistán, según enmienda de enero del 2005.
9 Artículo 38 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Kirguistán, según enmienda de enero del 2005
10 Los ciudadanos kirguises desplazados pueden reclamar protección como “desplazados internos”; sin embargo, esto significaría en primer lugar la protección de su gobierno, más que la protección internacional, ya que la responsabilidad primaria de brindar protección a desplazados internos recae en las autoridades nacionales. Si la principal causa de preocupación es “devolución” (refoulement), pueden, en su calidad de ciudadanos, reclamar la protección de su gobierno en virtud de la obligación de éste de no devolver a ninguna persona a una situación de tortura. Sin embargo, es lógico esperar que las autoridades de un campo para personas desplazadas, si admiten a desplazados internos, hagan constar en registro su llegada; la norma sería que todos los desplazados internos figuraran individualmente en el registro, en el que se haría constar debidamente cualquier necesidad de protección especial en caso de personas vulnerables. Los desplazados internos también tienen derecho a recibir asistencia humanitaria, incluida asistencia internacional.
11 Las necesidades de protección incluirían: protección contra la devolución (protección que están obligados a brindarles los gobiernos de sus propios países), y respeto de varios derechos que les garantizan, en su calidad de ciudadanos, las normas internacionales de derechos humanos: el de no ser sometido a torturas, a detención arbitraria, a procedimientos injustos, etc.
12 Según dispone la Convención de Minsk de 1993. El artículo 57 (1) (a) y (c) estipula que la extradición puede denegarse si la persona objeto de la solicitud es un ciudadano de la Parte Contratante solicitada, o si ya hubiere sido juzgada por el mismo delito en la Parte Contratante.
13 Según una fuente independiente dentro de Andiyán el MNB de Uzbekistán ofreció a cada familia 100 dólares estadounidenses para que trajera a sus familiares del campo de refugiados.
14 Kyrgyzstan: Forcible return of four Uzbeks violates government agreement, UNHCR Briefing Notes, 10 de junio del 2005.
15 Los 12 hombres trasladados a partir del 9 de junio a causa de una petición de extradición son: 1. Shomsiddin Atamatov; 2. Musazhon Mirzaboev; 3. Odil Maskhadaliev ; 4. Tursun Nazarov; 5. Ortikboi Akbarov ; 6. Burkhoniddin Nudritdinov; 7. Farrukh Rashidov; 8. Nushonzhon Nechmatov; 9. Bakhtiar Mukhtarov; 10. Abdurakhmon Bodirov; 11. Abdushukur Alimov ; 12 Yakub Toshboev: y los 17 puestos bajo custodia tras la petición de extradición del 16 de junio, son: 1. Zhakhongirbek Usmanov; 2. Rasulzhon Pirmatov; 3. Khasanzhon Elikaev; 4. Nyrilla Maksudov; 5 Maripzhon Mirzaev; 6. Inomzhon Pirmatov; 7. Nazimzhon Bakiev; 8. Zakhidzhan Mirzaev; 9. Kozimzhon Rakhmonov; 10. Ergash Ibrakhimov; 11. Akhmadullo Shakirov; 12. Saidaamirkhon Shokirov; 13. Khusan Salimakhunov; 14. Makhammad-Ali Kaimov; 15. Odilzhon Rakhimov; 16. Zhakhongir Maksudov; 17. Mamirzhon Mamadzhanov.
16 De conformidad con el artículo 9 de la Ley de Refugiados (marzo del 2002), de la República de Kirguistán, y del artículo 52 de la Directiva para el Trabajo con Refugiados en la República de Kirguistán, promulgada por el gobierno kirguís el 4 de abril del 2003.
17 El 12 de agosto, el ACNUR confirmó que 11 de los 15 habían sido aceptados a efectos de reasentamiento por los Países Bajos, Finlandia y Suecia. Sin embargo, el 1 de septiembre seguían recluidos en el SIZO de Osh.