Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Naciones Unidas: Declaración oral sobre los métodos de trabajo y las actividades de las empresas

Declaración pública


Índice AI: IOR 40/021/2002/s (Público)

Servicio de Noticias 134/02


1 de agosto de 2002



Naciones Unidas: Declaración oral sobre los métodos de trabajo y las actividades de las empresas transnacionales




54º periodo de sesiones de la Subcomisión de la ONU

para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos


Punto 4: Grupo de Trabajo sobre los métodos de trabajo y las actividades

de las empresas transnacionales



DECLARACIÓN ORAL DE AMNISTÍA INTERNACIONAL



Pronunciada por Melinda Ching el 1 de agosto de 2002




(COTÉJESE CON LA VERSIÓN DEFINITIVA)


Señor presidente:


Hoy Amnistía Internacional quiere hacer uso de la palabra para apoyar inequívocamente el proceso de desarrollo de los Principios y Obligaciones de las empresas transnacionales y otras empresas en materia de derechos humanos (E/CN.4/Sub.2/2002/XX, E/CN.4/Sub.2/2002/WG.2/WP.1). En la última década, a medida que el medio económico internacional ha ido favoreciendo la inversión exterior directa y la liberalización del mercado internacional de bienes y servicios, las organizaciones de la sociedad civil, entre las que se cuenta Amnistía Internacional, han visto con preocupación la ausencia de una estructura reguladora que englobe a los agentes no estatales, concretamente a los agentes económicos. Algunos consideran que la ausencia de esta estructura constituye la base de las protestas internacionales contra los agentes económicos y la globalización encabezada por el mercado.


Conforme los Estados han ido liberalizando sus economías y privatizando determinadas funciones, tradicionalmente asumidas por ellos, que han pasado a manos de agentes no estatales —entre ellos las empresas del sector privado, transnacionales, multinacionales o nacionales— se ha ido creando un vacío. Si bien los Estados tienen el deber primordial de promover y proteger los derechos humanos, las empresas transnacionales y otras empresas de negocios son también, como órganos de la sociedad, responsables de promover y salvaguardar los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Las empresas transnacionales y otras empresas de negocios tienen asimismo la obligación de respetar los principios y normas universalmente reconocidos que contienen los tratados de la ONU y otros instrumentos internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, así como directrices recientes, como las Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para empresas multinacionales, destinadas a las empresas que operan en países miembros de esta organización.


No obstante, sigue existiendo un vacío en el ámbito mundial. Y es precisamente ese vacío el que se pretende llenar con los principios y obligaciones que se están elaborando. Se han redactado de manera que puedan aplicarse a todas las empresas transnacionales y otras empresas de negocios. Esta nueva norma de derechos humanos es muy completa, ya que abarca los derechos humanos, el trabajo, el medio ambiente, el consumo, la corrupción y otros motivos de preocupación. Y, sobre todo, está basada en normas internacionales reconocidas. El proceso seguido por la Subcomisión hasta la formulación de estos principios ha sido transparente e incluyente, y se han realizado extensas consultas. Además, son unos principios justos toda vez que afectan a las empresas en todas sus formas y no distinguen entre unas y otras para llevar a cabo un escrutinio especial. La experiencia de Amnistía Internacional en el diálogo con los agentes no estatales ha demostrado que la obligación de proteger los derechos humanos se extiende a todos los agentes, estatales y no estatales, nacionales e internacionales.


Amnistía Internacional acoge con satisfacción estos Principios y Obligaciones de las empresas transnacionales y otras empresas en materia de derechos humanos aprobados por el Grupo de Trabajo en febrero de 2002, y pide a la Subcomisión que los apoye de forma inequívoca y recomiende su adopción en el 59º periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos.


Muchas gracias, presidente.


Documento público


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