Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Comisión de Derechos Humanos de la ONU. 61º periodo de sesiones.Declaración verbal sobre el tema 12: La violencia contra la mujer

AMNISTÍA INTERNACIONAL


Declaración pública


Índice AI: IOR 41/026/2005 (público)

Servicio de Noticias: 084/2005

6 de abril de 2005

http://web.amnesty.org/library/Index/ESLIOR410262005



Comisión de Derechos Humanos de la ONU

61º. periodo de sesiones

Declaración verbal sobre el tema 12:

La violencia contra la mujer



Amnistía Internacional y el Centro para el Liderazgo Mundial de las Mujeres


Señor presidente:


Millones de mujeres y niñas de todas las sociedades del mundo sufren discriminación y violencia a manos del Estado, de la comunidad y de la familia más allá de las diferencias de riqueza, raza y cultura. Algunas mujeres corren un riesgo especial de violencia debido a múltiples factores, como la discriminación basada no sólo en el género, sino también en la raza, la etnia, la nacionalidad, la religión, la orientación o la identidad sexual, la salud, la edad o la capacidad física o mental. Estas dimensiones de la discriminación se entrecruzan, obligando a muchas mujeres a padecer situaciones de marginación múltiple. Los gobiernos presentes en la Comisión conocen bien la naturaleza y la extensión de esta violencia, pero poco han hecho para abordarla.


La violencia contra las mujeres y niñas no cesará hasta que se reconozcan y se aborden exhaustivamente la causa subyacente de la discriminación y los efectos de la violencia en otras áreas de la vida de las mujeres. La violencia es resultado de la discriminación y al mismo tiempo sirve para reforzarla. Por ejemplo, el acceso de las mujeres a la vivienda, la tierra y la independencia económica se ve afectado por la violencia que sufren las mujeres, y al mismo tiempo las hace más susceptibles a la violencia.


La violencia se emplea para restringir la independencia de las mujeres, su libertad de expresión y de circulación, su sexualidad y sus elecciones reproductivas. Las restricciones a la autodeterminación sexual tienen muchas consecuencias. Por ejemplo, en algunos países las mujeres son penalizadas por mantener relaciones sexuales con personas del mismo sexo o relaciones heterosexuales consensuadas fuera del matrimonio. También perpetúan los estereotipos raciales, religiosos y sexuales, incluido el de que las mujeres, y especialmente las casadas, están siempre dispuestas a realizar el acto sexual, con o sin su consentimiento. El acoso sexual y la violencia contra las mujeres cierran oportunidades para organizarse y defender los derechos de las mujeres.


En su informe ante el 61º. periodo de sesiones, la relatora especial sobre la violencia contra la mujer pone de relieve las intersecciones de la violencia contra las mujeres y niñas y el VIH/SIDA, señalando que la violencia no sólo aumenta el riesgo de las mujeres de sufrir la infección del VIH, sino que el hecho de ser seropositivas las convierte a su vez en blanco de nuevos actos de violencia. Las mujeres viven varias circunstancias específicamente relacionadas con el género que aumentan su riesgo de infección por el VIH. Están expuestas a la violencia sexual y al sexo forzado dentro y fuera del matrimonio, así como a prácticas tradicionales como la mutilación genital femenina, el matrimonio temprano y la “herencia de la esposa”. Muchas mujeres carecen de información sobre medidas de prevención del VIH y carecen de acceso a ellas y a atención sanitaria, así como de apoyo y medicación tras la infección.


En el 49º. periodo de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, los gobiernos reafirmaron la Plataforma de Acción de Beijing, adoptada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de la ONU en 1995, comprometiéndose así a potenciar los derechos humanos de las mujeres en muchas áreas.


Los compromisos con las mujeres adoptados en la Plataforma de Acción de Beijing deben incorporarse a la Cumbre del Milenio y la importancia fundamental de las mujeres y de las cuestiones relativas al género deben reconocerse en todos los aspectos de la reforma de la ONU. Sin igualdad de género y derechos humanos de las mujeres, no podrán hacerse realidad los Objetivos de Desarrollo del Milenio ni los compromisos de la ONU con la igualdad, el desarrollo y los derechos humanos.


Gracias, señor presidente.



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