Documento - Egypt: Death Penalty: Wagiha Sayyid Ali
PÚBLICOÍndice AI: MDE 12/26/99/s
AU 142/9922 de junio de 1999
Pena de muerte
EGIPTOWagiha Sayyid Ali (mujer)
Wagiha Sayyid Ali fue condenada a muerte por el Tribunal Penal de Luxor el 14 de junio de 1999. La condena ha sido presentada ya al muftí de Egipto, la máxima autoridad religiosa del país, para su aprobación. Posteriormente tendrá que ser sometida a la consideración del presidente para que la ratifique. Si se confirma la condena, Wagiha Sayyid Ali podría se ejecutada en cualquier momento.
Según los informes recibidos, Wagiha Sayyid Ali había sido acusada de matar por venganza a una niña de dos años, hija de su amante, y declarada culpable de asesinato.
INFORMACIÓN GENERAL
En los últimos años, en Egipto se ha hecho amplio uso de la pena de muerte, que se aplica por delitos como el consumo o el tráfico de drogas y el asesinato, así como por los relacionados con el «terrorismo». En 1998, Amnistía Internacional tuvo noticia de 74 condenas a muerte impuestas por tribunales militares, tribunales penales o tribunales supremos de seguridad del Estado (para estado de excepción), así como de 48 ejecuciones. En lo que va de año se han dictado 36 sentencias de muerte y se han llevado a cabo ocho ejecuciones.
Las condenas a muerte impuestas por tribunales penales o por tribunales supremos de seguridad del Estado se presentan al muftí de Egipto para su aprobación. Esta medida es un mero trámite, ya que la mayoría son aprobadas. Posteriormente se someten a la consideración del presidente de la República o de un representante suyo para que las ratifiquen. Se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra las sentencias firmes de los tribunales penales, pero sólo si se demuestra que en el juicio hubo irregularidades de procedimiento
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, fax, télex, mensajes por correo electrónico, cartas urgentes o cartas por vía aérea en árabe, en inglés, en francés o en su propio idioma:
- reconociendo la gravedad del delito del que Wagiha Sayyid Ali ha sido declarada culpable, pero expresando oposición a la pena de muerte en todos los casos por considerar que constituye una violación del derecho a la vida (enunciado en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dice: «todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona».), que jamás se ha demostrado que tenga un efecto disuasorio especial y que es embrutecedora para todos los que participan en su aplicación;
- instando al muftí de Egipto a no ratificar esta condena a muerte;
-instando al presidente de Egipto a ejercer sus atribuciones constitucionales para conceder un indulto y conmutar esta y todas las demás condenas a muerte pendientes;
- llamando la atención sobre la tendencia mundial a abolir la pena de muerte o a reducir su aplicación, conforme al artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Egipto es Estado Parte.
LLAMAMIENTOS A:
Muftí de Egipto
M. Farid Nasr Wassel
Mufti of the Arab Republic of Egypt
Wakf Ministry
Sabri Abou Alam Street
Bab al-Louk, Cairo
Egipto
Fax: + 20 2 390 0362
Correo electrónico: mawkaf@idsc1.gov.eg
Tratamiento: Your Excellency/Excelencia
Presidente de la República Árabe de Egipto
His Excellency Mohammad Hosni Mubarak
President of the Arab Republic of Egypt
‘Abedine Palace, Cairo, Egipto
Telegramas: President Mubarak, Cairo, Egipto
Correo electrónico: webmaster@presidency.gov.eg
Fax: + 202 390 1998
Télex: 93794 WAZRA UN
Tratamiento: Your Excellency/Excelencia
COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:
Departamento de Derechos Humanos
The Human Rights Department
Ministry of Foreign Affairs
Corniche al-Nil, Cairo, Egipto
Fax: + 202 574 9533
Presidente del Parlamento
Dr Fathi Sorour
Speaker
The People’s Assembly
Magles al-Sha’ab Street, Cairo, Egipto
Fax: + 202 574 91 75
y a los representantes diplomáticos de Egipto acreditados en su país.
DEN PRIORIDAD A LOS LLAMAMIENTOS AL MUFTÍ (deben enviárlos antes del 15 de julio de 1999) Y MANDEN DESPUÉS OTROS AL PRESIDENTE MUBARAK
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 3 de agosto de 1999.