Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Irán: Fijada fecha de ejecución de menor.



Más información sobre AU: 71/08 Índice: MDE 13/126/2009 Irán Fecha: 7 de diciembre de 2009


ACCIÓN URGENTE

fijada fecha de ejecución de menor

La ejecución deMohammad Reza Haddadi, de 21 años, ha quedado fijada para el 9 de diciembre en Shiraz, ciudad del sur de Irán. Está condenado a muerte por un delito que cometió, presuntamente, siendo menor de 18 años. Es la cuarta vez que se fija la fecha de su ejecución, y sólo el presidente de la Magistratura puede modificar ya el resultado de la causa.

Según autoridades judiciales de Shiraz, Mohammad Reza Haddadi ha sido trasladado a la sección de “cuarentena” de la prisión de Adelabad para preparar su ejecución. El 6 de diciembre de 2009, uno de sus abogados, la letrada Ma’soumeh Tahmasebi, dijo a Deutsche Welle que no había sido informada de la fecha de la ejecución, pero que otro preso había telefoneado al padre de su cliente para decirle que éste iba a ser ejecutado. Amnistía Internacional teme que las autoridades de la prisión de Adelabad lleven a cabo la ejecución sin notificárselo previamente a los padres ni a los abogados de Mohammad Reza Haddadi, como estipula la legislación iraní.

Mohammad Reza Haddadi fue condenado a muerte en 2004 por un asesinato cometido presuntamente cuando tenía 15 años. El Tribunal Supremo confirmó la condena de muerte en julio de 2005. Le ejecución quedó fijada primeramente para octubre de 2008, pero se aplazó por orden del presidente de la Magistratura. Se volvió a fijar para el 27 de mayo de 2009 y nuevamente para el 16 de julio de 2009. No se sabe nada nuevo de Naser Qasemi, condenado también a muerte por un delito cometido presuntamente cuando tenía menos de 18 años.

ESCRIBAN INMEDIATAMENTE en persa, en árabe, en inglés, en francés o en su propio idioma:

  • pidiendo a las autoridades iraníes que detengan de inmediato la ejecución de Mohammad Reza Haddadi y le conmuten la condena de muerte;

  • recordando a las autoridades que Irán es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

(PIDCP) y en la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados que prohíben el uso de la pena de muerte contra personas declaradas culpables de delitos cometidos cuando eran menores de 18 años.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2009, A:

Líder de la República Islámica

Leader of the Islamic Republic

Ayatollah Sayed ‘Ali Khamenei, The Office of the Supreme Leader

Islamic Republic Street – End of Shahid Keshvar Doust Street

Tehran, Irán

Correo-e: info_leader@leader.ir

vía el sitio web: http://www.leader.ir/langs/en/index.php?p=letter (inglés)

http://www.leader.ir/langs/fa/index.php?p=letter(persa)

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


Presidente de la Magistratura

Head of the Judiciary

Ayatollah Sadeqh Larijani

Howzeh Riyasat-e Qoveh Qazaiyeh (Office of the Head of the Judiciary)

Pasteur St., Vali Asr Ave., south of Serah-e Jomhouri

Tehran 1316814737

Irán

Correo-e: vía el sitio web: http://www.dadiran.ir/tabid/75/Default.aspx

(pongan el nombre en la primera casilla, el apellido en la segunda y la dirección de correo-e en la tercera)

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


Y copias a:

Director del Departamento de Derechos Humanos de Irán

Director, Human Rights Headquarters of Iran

Mohammad Javad Larijani

Howzeh Riassat-e Ghoveh Ghazaiyeh

Pasteur St, Vali Asr Ave., south of Serah-e Jomhuri

Tehran 1316814737

Irán

Fax: +98 21 3390 4986

Correo-e: bia.judi@yahoo.com (Asunto: “FAO Mohammad Javad Larijani”)

Tratamiento: Dear Mr Larijani / Señor Larijani


Envíen también copias a la representación diplomática de Irán acreditada en su país. Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha anteriormente indicada. Esta es la séptima actualización de AU 71/08 (MDE 13/049/2008). Más información: http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/049/2008, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/120/2008, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/151/2008, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/048/2009, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/049/2009, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/070/2009 y http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/086/2009

ACCIÓN URGENTE

fijada fecha de ejecución de menor

Información complementaria

Mohammad Reza Haddadi fue condenado a muerte en 2004 por un asesinato cometido presuntamente cuando tenía 15 años. Había confesado el asesinato, pero se retractó durante el juicio, cuando aseguró que se había responsabilizado de él únicamente porque las otras dos personas acusadas junto con él le habían dicho que ofrecerían dinero a su familia si lo hacía. En el juicio dijo que no había participado en el asesinato. Los otros dos acusados confirmaron posteriormente la inocencia de Mohammad Reza Haddadi y retiraron su declaración, que lo implicaba en el asesinato. Los dos tenían más de 18 años en el momento del delito y fueron condenados a prisión.

El Tribunal Supremo confirmó la condena de muerte de Mohammad Reza Haddadi en julio de 2005. Le ejecución quedó fijada primeramente para octubre de 2008, pero se aplazó por orden del presidente de la Magistratura. Iba a haberse llevado a cabo en la prisión de Adelabad de Shiraz el 27 de mayo de 2009, pero el presidente de la Magistratura volvió a detenerla y ordenó a la Sección 17 del Tribunal Supremo que revisara la causa. Sin embargo, la ejecución quedó entonces fijada para el 16 de julio de 2009 sin haberse celebrado previamente ninguna sesión judicial.

Desde 1990 Irán ha ejecutado al menos a 45 personas declaradas culpables de delitos que cometieron presuntamente cuando eran menores de 18 años. Ocho de estas ejecuciones tuvieron lugar en 2008, y otras tres, en 2009.


La ejecución de personas menores de 18 años en el momento del delito está prohibida por el derecho internacional, en concreto por el artículo 6.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados en los que Irán es Estado Parte.


En Irán, las personas condenadas por asesinato no tienen derecho a pedir un indulto ni la conmutación de la pena al Estado, lo que constituye una violación del artículo 6.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La familia de la víctima tiene derecho a insistir en la ejecución de la persona declarada culpable del asesinato o a indultarla a cambio de una indemnización (diyeh).


Para más información sobre ejecuciones de personas condenadas a muerte por delitos cometidos cuando eran menores de edad, véase: Irán: El último verdugo de menores (MDE 13/059/2007, junio de 2007), http://www.amnesty.org/en/library/asset/MDE13/059/2007/es/dom-MDE130592007es.html


Más información sobre AU: 71/08 Índice: MDE 13/126/2009 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2009



Cómo puedes ayudar

AMNISTÍA INTERNACIONAL EN EL MUNDO