Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - IRAN. Pena de muerte / ejecución inminenteV

Público Índice AI: MDE 13/136/2007

16 de noviembre de 2007


Más información (actualización núm. 1) sobre AU 278/07 (MDE 13/125/2007, de 26 de octubre de 2007) Pena de muerte / ejecución inminente


IRÁNMakwan Moloudzadeh, de 21 años, condenado por un delito cometido cuando era menor edad



El 14 de noviembre se vió ante una sección del Tribunal Supremo la apelación contra la condena de muerte impuesta a Makwan Moloudzadeh por un delito cometido cuando era menor de edad. Se espera que el Tribunal Supremo decida en los próximos meses si la confirma o no.


Makwan Moloudzadeh, kurdo iraní, fue declarado culpable delavat-e iqabi(sexo anal) por una presunta violación cometida hace unos ocho años, cuando tenía 13 años de edad. Amnistía Internacional ha recibido recientemente información según la cual violó a tres individuos. Según la legislación iraní, los varones menores de 14 años y 7 meses (15 años lunares) y los que no han alcanzado la pubertad son todavía niños. El artículo 113 del Código Penal de Irán dispone: "Si un menor tiene relaciones sexuales anales con otro menor, cada uno de ellos recibirá hasta 74 latigazos salvo que alguno fuera obligado a tenerlas [en cuyo caso no será castigado]".


Tras su detención, el 1 de octubre de 2006 en Paveh, localidad del oeste de Irán, fue juzgado, y, el 7 de julio de 2007, la Sección 1 del Tribunal Penal de Kermanshah lo declaró culpable y le impuso la pena de muerte.

El juicio fue injusto. Según informes, los demandantes retiraron su denuncia en el curso de los procedimientos, y al menos uno fue detenido para obligarlo a comparecer ante el tribunal. Al parecer, Makwan Moloudzadeh mantuvo su inocencia durante el juicio. Sin embargo, anteriormente había afirmado que lo habían maltratado durante el interrogatorio y había "confesado" haber tenido relaciones sexuales con un muchacho en 1999.


Según el artículo 49 del Código Penal de Irán, los "menores, si cometen un delito, están exentos de responsabilidad penal. Su castigo es responsabilidad de sus tutores o, si el tribunal lo decide, de un reformatorio".


Makwan Moloudzadeh presentó un recurso de apelación el 5 de julio, que el Tribunal Supremo rechazó el 1 de agosto. Al declararlo culpable, los jueces se basaron en el principio de ‘elm-e qazi, o "conocimiento del juez", para determinar que había habido penetración y que el acusado había alcanzado la pubertad en el momento del presunto delito, por lo que podía ser condenado a muerte, igual que un adulto.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

El derecho internacional prohíbe terminantemente el uso de la pena de muerte contra personas declaradas culpables de delitos cometidos cuando eran menores de 18 años. El Comité de los Derechos del Niño ha expresado preocupación por el hecho de que en estos casos la responsabilidad penal sea determinada por los jueces, que utilizan para ello criterios subjetivos y arbitrarios, como haber alcanzado la pubertad, la edad de discernimiento o la personalidad del menor. Como Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño, Irán se ha comprometido a no ejecutar a personas que eran menores en el momento del delito. Sin embargo, desde 1990 ha ejecutado al menos a 27 personas en tales circunstancias, a cinco de ellas en 2007. El caso más reciente ha sido el de Mohammad Reza Turk, ejecutado el 15 de noviembre de 2007 tras haber sido declarado culpable de asesinato. En Irán hay al menos 75 personas condenadas a muerte por delitos cometidos cuando eran menores de edad, y se teme que también se encuentren en esta situación o hayan sido ejecutados ya al menos 15 menores afganos declarados culpables de contrabando de drogas. Para más información sobre la preocupación de Amnistía Internacional por las ejecuciones de personas menores en el momento del delito en Irán, véase Irán: El último verdugo de menores (MDE 13/059/2007, junio de 2007)

http://web.amnesty.org/library/index/eslMDE130592007?open&of=esl-IRN


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en farsi, en inglés, en árabe o en su propio idioma:

- acogiendo con satisfacción los informes según los cuales un comité del Tribunal Supremo está examinando de nuevo la causa contra Makwan Moloudzadeh;

- señalando que su juicio fue injusto, pues parece que el juez se basó en criterios subjetivos y arbitrarios, en contra de la Convención sobre los Derechos del Niño, y que en la apelación se hizo caso omiso de que los testigos se habían retractado de sus declaraciones;

- recordando a las autoridades que Irán es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados que prohíben el uso de la pena de muerte contra personas declaradas culpables de delitos cometidos cuando eran menores de 18 años, por lo que ejecutar a Makwan Moloudzadeh constituye una violación del derecho internacional;

- instando a las autoridades a que procedan a abolir la pena de muerte en el caso de los delitos cometidos por menores de 18 años, ajustando así el derecho interno de Irán a las obligaciones contraídas por el país en virtud del derecho internacional.



LLAMAMIENTOS A:

Presidente de la Magistratura

Ayatollah Mahmoud Hashemi Shahroudi

Ministry of Justice, Ministry of Justice Building, Panzdah-Khordad Square,

Tehran, Irán

Correo-E: info@dadgostary-tehran.ir (en "asunto", escriban: "FAO Ayatollah Shahroudi")

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


COPIAS A:

Presidente del Parlamento

His Excellency Gholamali Haddad Adel

Majles-e Shoura-ye Eslami

Baharestan Square, Tehran, Irán

Correo-E: hadadadel@majlis.ir


Director de la Prisión Central de Kermanshah

Kermanshah Central Prison

Street Number 101, Deisel Abad, Kermanshah, Irán

Correo-E: markazi@kermanshaprisons.ir

ahead@kermanshaprisons.ir

Fax: +98 831 826 2049 (cuesta conectar; inténtenlo tres veces)


y a los representantes diplomáticos de Irán acreditados en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 28 de diciembre de 2007.********



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