Documento - Marruecos y Sáhara Occidental: Hay que permitir las denuncias de violaciones de derechos humanos
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: MDE 29/011/2008
Servicio de noticias: 130/08
11 de julio de 2008
Marruecos y Sáhara Occidental:
Hay que permitir las denuncias de violaciones de derechos humanos
Amnistía Internacional pide la excarcelación inmediata de Brahim Sabaa Al-Layl, defensor de los derechos humanos a quien el Tribunal de Primera Instancia de Rabat condenó el 10 de julio de 2008 a seis meses de cárcel por haber expresado públicamente sus opiniones sobre los sucesos ocurridos el 7 de junio en la localidad costera de Sidi Ifni, al levantar las fuerzas de seguridad el bloqueo del puerto y disolver las manifestaciones de protesta registradas con este motivo en los alrededores.
Brahim Sabaa Al-Layl, director de la delegación de Tiznit del Centro Marroquí de Derechos Humanos (Centre marocains des droits humains, CMDH), fue detenido en su domicilio de Rabat el 27 de junio a la una y media de la madrugada. El 29 de ese mismo mes, tras comparecer ante el Procurador General de la Corona, se formularon cargos contra él en virtud del artículo 264 del Código Penal, que penaliza la denuncia a las autoridades de un delito a sabiendas de que no se ha producido o la presentación de pruebas en relación con un delito imaginario. Durante el juicio, la defensa cuestionó los cargos, ya que la detención de Brahim Sabaa Al-Layl se produjo sólo algunas horas después de que éste denunciara públicamente las violaciones de derechos humanos ocurridas en Sidi Ifni, durante una conferencia de prensa organizada el 26 de junio por el Centro Marroquí de Derechos Humanos. La defensa tiene la intención de recurrir el fallo.
Antes de su detención –y después de que la cadena Al Yazira difundiera las denuncias que había formulado respecto a graves violaciones de derechos humanos perpetradas por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y la presunta muerte de manifestantes– , la policía judicial de Rabat lo citó y lo interrogó durante cuatro horas.
Brahim Sabaa Al-Layl fue juzgado también –junto con Hassan Rachidi, director de la oficina de Al Yazira en Rabat– , en virtud del artículo 42de la Ley de Prensa y Publicaciones, por propagar informaciones y denuncias falsas. El 11 de julio, el Tribunal de Primera Instancia de Rabat consideró culpables a ambos y les impuso sendas multas de 50.000 dirhams, una cantidad de dinero muy considerable. Amnistía Internacional condena las medidas punitivas contra el ejercicio pacífico de la libertad de expresión.
A Amnistía Internacional le preocupa que la condena de Brahim Sabaa Al-Layl se deba a sus actividades como defensor de los derechos humanos y a su ejercicio legítimo de la libertad de expresión, lo que conculcaría el artículo 9 de la Constitución marroquí y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Marruecos es Estado Parte.
La condena de Brahim Sabaa AL-Lay socava el derecho de los defensores de los derechos humanos a recopilar y difundir informaciones y opiniones sobre cuestiones de derechos humanos sin temor a sufrir represalias bajo la forma de actos de acoso, intimidación y persecución judicial, como se establece en la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998.
Información complementaria
Tanto durante el bloqueo del puerto de Sidi Ifni y las manifestaciones de protesta relacionadas con este hecho como durante el periodo subsiguiente, Amnistía Internacional recibió graves denuncias de uso excesivo de la fuerza, detenciones y reclusiones arbitrarias y otras violaciones de derechos humanos perpetradas por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. El bloqueo del puerto y las manifestaciones registradas en la localidad de Sidi Ifni en apoyo de esta medida se llevaron a cabo para protestar por las condiciones económicas, la falta de oportunidades laborales y la presunta marginación de la región por parte del gobierno de Rabat.
El 18 de junio se creó una comisión parlamentaria para investigar los sucesos ocurridos en Sidi Ifni el 7 de junio, pero esta medida no puede obviar la necesidad de llevar a cabo investigaciones judiciales con arreglo a los Principios de la ONU Relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias, reiterados durante el octavo periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. Por consiguiente, en una carta dirigida a las autoridades marroquíes el 2 de julio, Amnistía Internacional pidió la apertura inmediata de una investigación judicial imparcial e independiente sobre las denuncias de graves violaciones de derechos humanos perpetradas por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley al levantar el bloqueo y efectuar redadas en domicilios de Sidi Ifni a primeras horas del 7 de junio.
El 14 de junio, el Ministerio de Comunicaciones marroquí retiró a Hassan al Rachidi su acreditación de prensa como consecuencia de las informaciones difundidas por Al Yazira sobre la posibilidad de que se hubieran registrado muertos en Sidi Ifni el 7 de junio. En mayo, las autoridades marroquíes habían suspendido el boletín de noticias sobre Marruecos y otros países del Magreb que Al Yazira venía transmitiendo diariamente.
FIN
Documento público
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