Documento - Servicio de actualizacion semanal 32/92 (y adicion) (9208s)
Índice AI: NWS 11/32/92/s.add
Distr: SC/PO
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Amnistía Internacional
Secretariado Internacional
1 Easton Street
Londres WC1X 8DJ
Reino Unido
A:ENCARGADOS DE PRENSA
DE:PRENSA Y PUBLICACIONES
FECHA:14 DE AGOSTO DE 1992
ADICIÓN AL SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL 32/92
Esta adición al Servicio de Actualización Semanal contiene un punto externo sobre Nicaragua.
1. AMR 32/WU 04/92 EXTERNO
14 de agosto de 1992
ACTUALIZACIÓN - NICARAGUA: PREOCUPACIÓN DE AI ANTE LA PROPUESTA DE HACER MÁS ESTRICTAS LAS LEYES SOBRE HOMOSEXUALIDAD
Seguimiento a AMR 43/WU 02/92 y 03/92
Amnistía Internacional ha sabido recientemente que el conjunto de reformas propuestas del código penal nicaragüense, entre ellas una enmienda al artículo 205, relativo a la homosexualidad, han sido ratificadas por la presidenta Chamorro. AI siente preocupación porque la enmienda del artículo 205 podría llevar al procesamiento y encarcelamiento de las personas que aboguen por los derechos de los homosexuales o que práctiquen actos sexuales privados con adultos que actúen libremente.
Las reformas del código penal fueron aprobadas por la Asamblea Nacional el 11 de junio y ratificadas por la presidenta el 8 de julio. No obstante, la ratificación no se hizo pública, y no ha llegado a las fuentes de información nicaragüenses hasta principios de agosto. La legislación no ha sido publicada en el diario oficial, La Gaceta, y, por tanto, no ha entrado en vigor.
El artículo 205 (ahora 204 en el código penal reformado) estipula que cualquiera que induzca, promueva, haga propaganda o practique de forma escandalosa relaciones sexuales entre personas del mismo sexo comete el delito de sodomía y será castigado con una pena de uno a tres años de prisión. Tambiém establece que si una de las personas implicadas en la relación sexual se encuentra en una situación de poder o autoridad sobre la otra, incluso en privado, será castigada con una pena de dos a cuatro años de prisión por seducción ilegítima.
En una carta enviada a la presidenta Chamorro, Amnistía Internacional expresaba su preocupación porque las disposiciones genéricas y poco definidas de la legislación propuesta podrían aplicarse de una forma que criminalizaría la expresión de la identidad homosexual de muy diversas maneras. Los individuos detenidos o encarcelados únicamente por su homosexualidad, incluidos los actos homosexuales en privado entre adultos que actúan libremente, serían considerados presos de conciencia por Amnistía Internacional y la organización pediría su liberación incondicional.