Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Servicio de actualizacion semanal 45/92 (y adicion) (9211s)

Indice AI: NWS 11/45/92/AD

Distr: SC/PO

--------------------------

Amnistía Internacional

Secretariado Internacional

1 Easton Street

Londres WC1X 8DJ

Reino Unido

A:Encargados de Prensa


DE:Prensa y Publicaciones


FECHA: 17 de noviembre de 1992



ADICIÓN AL SERVICIO DE ACTUALIZACION SEMANAL 45/92


Esta adición a la actualización semanal contiene un punto externo sobre Trinidad y Tobago y un punto interno para respuesta sobre México.


Delegación de AI visita India


Se ha confirmado la fecha en que una delegación de alto nivel visitará India: del 15 al 22 de noviembre. La composición de la delegación de AI y el programa de la visita todavía no se han confirmado pero entre los integrantes se encontrará el Secretario General saliente, Ian Martin. Les mantendremos informados de las novedades, entre las que puede encontrarse el trabajo con los medios de comunicación a cargo de los delegados mientras dure su estancia en la India.



COMUNICADOS DE PRENSA INTERNACIONALES


China - 9 de diciembre


Comunicado de prensa internacional acompañando a un documento sobre la tortura en China.


COMUNICADOS DE PRENSA ESPECIFÍCOS Y LIMITADOS


Entre las próximas actualizaciones semanales que el SI enviará a los medios especializados se encuentran las siguientes: Burundi, 27 de noviembre; Sudáfrica (ANC), 2 de diciembre; Yibuti 3 de diciembre; Cuba, 14 de diciembre. Más adelante recibirán información adicional.

2. AMR 49/WU 02/92 EXTERNO

16 de noviembre de 1992


INTERNO


El punto siguiente fue enviado a los medios de comunicación del Caribe ayer por la tarde.


EXTERNO


TRINIDAD Y TOBAGO: AMNISTÍA INTERNACIONAL ASISTE COMO OBSERVADORA A UNA AUDIENCIA DE APELACIÓN EN CASOS DE PENA DE MUERTE


Amnistía Internacional ha designado al señor Doodnauth Singh, importante abogado guyanés, para que asista como observador a la audiencia de apelación en el caso de tres hombres condenados a muerte en Trinidad y Tobago.


"Amnistía Internacional siente profunda preocupación por la posibilidad de que se reanuden las ejecuciones en Trinidad y Tobago, donde no se producía ninguna desde 1979 - una de las moratorias no oficiales más largas del Caribe".


El ahorcamiento de los tres hombres, Gayman Jurisingh, Peter Matthews y Faizal Mohammed, todos ellos declarados culpables de asesinato, estaba fijado para el martes 10 de noviembre de 1992. Los reos han pasado entre 10 y 14 años en prisión, la mayor parte del tiempo condenados a muerte. Sus abogados presentaron una moción de constitucionalidad alegando que en caso de ser ejecutados se habrían violado sus derechos constitucionales.


Las ejecuciones fueron aplazadas y la Corte Superior consideró dicha moción entre el lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre. Al término de la vista, el miércoles por la noche, este tribunal rechazó la moción.


Amnistía Internacional siente preocupación por la desacostumbrada celeridad con que están llevándose a cabo los procedimientos. En el pasado lo habitual ha sido la suspensión temporal de la ejecución y la fijación de una fecha posterior para la vista de la moción de constitucionalidad.


Los abogados presentaron un recurso inmediatamente y, al parecer, el tribunal intentó conseguir un compromiso gubernamental de que las ejecuciones no se llevarían a cabo en tanto quedasen pendientes procedimientos adicionales. La vista del recurso se ha fijado para las 9:30 horas del martes 17 de noviembre ante el Tribunal de Apelaciónes de Puerto España. El señor Singh asistirá a estos procedimientos en representación de Amnistía Internacional.


Amnistía Internacional declaró: "No disculpamos los terribles delitos por los que estos hombres han sido condenados y nos solidarizamos profundamente con las víctimas y sus familiares. Sin embargo, la ejecución de estos hombres no servirá de compensación por las vidas de los asesinados ni logrará disuadir a otros de cometer delitos similares". Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte y a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contra todos los presos sin excepción.


Amnistía Internacional señaló que en 1990 la pena de muerte había sido abolida en cinco países caribeños: Anguila, Islas Caimanes, Montserrat, Turks y Caicos y en las Islas Vírgenes Británicas. En septiembre de 1992, el Parlamento de Jamaica aprobó una legislación que recortaba el uso de la pena de muerte. El número de ejecuciones en la región ha pasado de 17 en 1986 a dos en 1991 y este año no se ha producido ninguna todavía. En este contexto, "la reanudación de las ejecuciones en Trinidad y Tobago después de 13 años sería un paso atrás en el camino hacia la protección de los derechos humanos", declaró la organización.


En 1991 Trinidad y Tobago ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos. El espíritu abolicionista que predomina en el continente americano se demostró claramente en la aprobación por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en junio de 1990 de un Protocolo de la Convención Americana de Derechos Humanos para la Abolición de la Pena de Muerte, por el cual los Estados parte del Protocolo se comprometen a no aplicar la pena de muerte en su territorio a ninguna persona bajo su jurisdicción. Amnistía Internacional ha instado a Trinidad y Tobago a que "se abstenga de actuar contra esta tendencia regional hacia la abolición univrsal de la pena de muerte".


En aplicación de los procedimientos de Amnistía Internacional, el señor Singh informará al Comité Ejecutivo Internacional de la organización y no hará declaraciones ante los medios de comunicación.

3. AMR 41/WU 02/92 INTERNO PARA RESPUESTA

17 de noviembre de 1992


MÉXICO: Amnistía Internacional pide reformas adicionales que pongan al día a México respecto a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de las Naciones Unidas.


INTERNO


El historial de derechos humanos de México será revisado esta semana por el Comité contra la Tortura (CAT), de la ONU, que se reúne en Ginebra con ocasión de su Novena Sesión Periódica. Se espera que la sesión se celebre el 17 de noviembre, día en que México presentará ante el CAT su primer informe periódico que recoge las medidas legislativas, admnistrativas y judiciales adoptadas para conseguir que el país actúe de conformidad con la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes ratificada por México en enero de 1986. Amnistía Internacional ha proporcionado al Comité información sobre sus preocupaciones en México. La organización también ha pedido al gobierno mexicano que ponga en marcha reformas adicionales y aplique medidas eficaces para poner fin a la tortura, que sigue aplicándose de forma generalizada en el país.


A continuación encontrarán un resumen de la información que Amnistía Internacional ha proporcionado al CAT. Animamos a los encargados de prensa a que utilicen esta información junto al informe Mexico: Tortura e impunidad (Índice AI: AMR 41/04/91/s) para responder a las preguntas que les planteen los medios de comunicación.


-------------------------


Amnistía Internacional declaró hoy que siguen recibiéndose regularmente informes de tortura en México y que muy pocas personas comparecen ante la justicia aunque la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura está vigente en el país desde hace cinco años.


Desde que la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de las Naciones Unidas, entró en vigor el 26 de junio de 1987, México ha aprobado leyes para impedir y castigar la tortura y los malos tratos, entre ellas la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1986. Sin embargo, al parecer ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley ha sido condenado en aplicación de la misma a pesar de los centenares de denuncias de tortura presentadas ante las autoridades desde la entrada en vigor de la ley. El aumento de las denuncias acerca de su aparente ineficacia llevó a su modificación en diciembre de 1991, pero Amnistía Internacional sigue recibiendo informes sobre el uso de tortura contra detenidos mexicanos.


En la mayoría de los informes de tortura y otras violaciones de derechos humanos recibidos por Amnistía Internacional, los abusos tuvieron lugar durante las primeras etapas de la investigación penal, que son responsabilidad responsabilidad exclusiva del Ministerio Público. Amnistía Internacional también ha recibido informes de tortura y malos tratos en establecimientos penitenciarios mexicanos.


La tortura, los malos tratos y otras formas de coacción siguen utilizádose de forma generalizada durante las etapas iniciales de la investigación penal como forma de obtener confesiones. En ese período las víctimas suelen sufrir coacciones por parte de la policía que las amenaza con seguir torturándoles en el futuro para conseguir que ratifiquen su confesión forzada ante el Ministerio Público. La mayoría de los tribunales siguen admitiendo como prueba ese tipo de declaraciones obtenidas ilegalmente, a pesar de que el Artículo 15 de la Convención contra la Tortura prohíbe que cualquier declaración realizada bajo tortura sea invocada en todos los procedimientos excepto en los que se sigan contra el perpetrador.


La legislación mexicana otorga preponderancia a las confesiones iniciales del detenido independientemente de las circunstancias en las que se hayan obtenido, y esto no se ha modificado. En muchos casos denunciados ante Amnistía Internacional los tribunales no han revisado declaraciones presuntamente obtenidas mediante coacción, ni siquiera cuando las denuncias de tortura del acusado han ido acompañadas de certificados médicos de las lesiones.


Por ejemplo, Pablo Molinet Aguilar, de 17 años de edad, fue detenido sin orden judicial el 24 de marzo de 1992 en Salamanca, Guanajuato, por miembros de la policía judicial del Estado. Permaneció incomunicado varias horas y fue presuntamente torturado mediante palizas, golpes en los oídos y amenazas de muerte, tras lo cual le obligaron a firmar una declaración en blanco.


Según los informes, el Ministerio Público rechazó las denuncias de tortura de Pablo Molinet y, apoyándose en su confesión forzada presentó al inculpado ante los tribunales acusándole de asesinato. Pablo Molinet se quejó al juez de haber sido torturado. Declaró que le habían obligado a firmar una declaración en blanco mediante tortura y documentó su denuncia con dos exámenes médicos independientes. Sin embargo el juez mantuvo su custodia en la prisión local en espera de juicio. Las personas presuntamente responsables de su tortura siguen en libertad.


Otras reformas de la legislación mexicana aprobadas con el fin de reforzar la ley, entre ellas la asignación de intérpretes para los acusados de habla no hispana, son burladas con frecuencia. Por ejemplo, Amnistía Internacional sigue recibiendo informes de acusados indígenas que no hablaban español y que no tuvieron acceso a un intérprete durante sus declaraciones ante el Ministerio Público o en audiencias posteriores ante los tribunales y a quienes sin embargo se les ha mantuvo bajo custodia por sus confesiones.


Amnistía Internacional cree que la razón principal por la que la tortura sigue siendo una práctica generalizada en México es la inmunidad frente al procesamiento que habitualmente disfrutan los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que cometen tortura, incluso en casos en que denuncias perfectamente documentadas presentadas ante el Ministerio Público han sido apoyadas por las recomendaciones correspondientes por parte de la gubernamental Comisión Nacional de Derechos Humanos.


Por ejemplo, el 25 de enero de 1992, varios miembros de la policía judicial estatal llevaron a cabo una redada en la comunidad mixe y zapoteca de Trinidad Yaveo en el Estado de Oaxaca. Durante la operación detuvieron a seis personas, amenazaron a otras entre las que se encontraban niños y mataron arbitrariamente a Tomás Diego García. Las personas detenidas fueron sometidas a tortura, obligadas a firmar confesiones y todas excepto una permanecieron bajo custodia acusadas de asesinato. A consecuencia de la creciente protesta popular sobre el caso las autoridades estatales liberaron a los detenidos, pero no han hecho comparecer a los responsables de las torturas y del homicidio arbitrario ante la justicia. El 26 de marzo de 1992 la Comisión Nacional de Derechos Humanos publicó la recomendación 52/92 a las autoridades del Estado de Oaxaca, solicitando investigaciones exhaustivas sobre el caso y el procesamiento de los responsables. Amnistía Internacional sigue sintiendo grave preocupación porque los responsables de la tortura contra seis miembros de la comunidad indígena de Trinidad Yaveo y del homicidio arbitrario de Tomás Diego García siguen en libertad.


Amnistía Internacional ha expresado su satisfacción por la decisión del gobierno mexicano de crear una Comisión de Derechos Humanos y oficinas similares en todos los Estados y por la asignación de importantes recursos a estas oficinas. Sin embargo, la organización continúa sintiendo grave preocupación porque en repetidas ocasiones las autoridades no han cumplido totalmente las recomendaciones de la Comisión.


Amnistía Internacional cree que el programa del gobierno mexicano para erradicar la tortura, para ser eficaz, debería incluir la puesta en práctica de todas las recomendaciones hechas en el informe de la organización México: Tortura e impunidad.


Por último, Amnistía Internacional desea reiterar su recomendación al gobierno mexicano para que, en aplicación del Artículo 22 de la Convención contra la Tortura, de la ONU, reconozca la competencia del Comité de la ONU contra la Tortura para recibir denuncias de individuos que afirmen que el gobierno ha violado sus obligaciones dictadas por la Convención contra la Tortura.

Cómo puedes ayudar

AMNISTÍA INTERNACIONAL EN EL MUNDO