Documento - Amnistia Internacional Servicio de noticias 230/94
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AMNISTÍA INTERNACIONAL
SERVICIO DE NOTICIAS 230/94
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A: ENCARGADOS DE PRENSAÍNDICE AI: NWS 11/230/94/s
DE: OFICINA DE PRENSA DEL SIDISTR: SC/PO
FECHA:3 DE OCTUBRE DE 1994
ARTÍCULOS DEL SERVICIO DE NOTICIAS: EXTERNO - LÍBANO (Este artículo es sólo para respuesta), ESTONIA (La oficina de prensa del SI no enviará este artículo a los medios internacionales. Se ruega a los encargos de prensa de las Secciones que remitan el artículo a la atención de los coordinadores de refugiados de sus Secciones)
ATENCIÓN: Se está elaborando un «Plan de Derechos Humanos» global para su publicación esta semana. Este documento resumirá y tratará más extensamente las preocupaciones de AI en materia de derechos humanos en Haití hechas públicas anteriormente. El documento se enviará pronto a los encargados de prensa para proporcionarles una visión de conjunto concisa sobre la posición de AI acerca de lo que debe hacerse en Haití para proteger y promover los derechos humanos. También se debe remitir a los coordinadores de campañas de las Secciones para su información y utilización.
ATENCIÓN: Aún no hemos recibido comentarios sobre las propuestas acerca de una reunión internacional de encargados de prensa en febrero de 1995 que explicábamos de modo general en el Servicio de Noticias 163/94. Les ruego me envíen sus comentarios tan pronto lo antes posible para que podamos ultimar el contenido y la fecha de la reunión. Muchas gracias - Dina S. (Consulten el servicio de noticias 172/94 para mayor información).
COMUNICADOS DE PRENSA INTERNACIONALES
** Francia - 00.01 horas GMT del 12 de octubre ** - ATENCIÓN: TENGAN EN CUENTA LA HORA EXACTA DE PUBLICACIÓN. VÉASE EL SERVICIO DE NOTICIAS 137/94.
** Ruanda - 14 de octubre ** - A causa de la reciente controversia sobre violaciones de derechos por parte del nuevo gobierno de Ruanda, el equipo de investigación de Africa Central quiere agilizar la publicación de un nuevo informe con pruebas más evidentes de violaciones de derechos humanos cometidas por el Ejército Patriótico Ruandés. Por lo tanto, esta semana enviaremos el comunicado de prensa y el informe a los encargados de prensa tan pronto como el texto esté terminado y aprobado para su publicación.
** Burundi - 21 de octubre ** - Comunicado de prensa para conmemorar el aniversario de las masacres.
Argelia - 25 de octubre - ATENCIÓN: TOMEN NOTA DE LA NUEVA FECHA. VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 137/94
APEC - 3 de noviembre - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 212/94
Iraq - 29 de noviembre - ATENCIÓN: TENGAN EN CUENTA QUE ESTE ES UN COMUNICADO DE PRENSA INTERNACIONAL. (Inicialmente se incluyó por error en el apartado de comunicados de prensa específicos). VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 212/94
COMUNICADOS DE PRENSA ESPECÍFICOS Y LIMITADOS
** Turquía - FECHA POR CONFIRMAR ** - SE HA MODIFICADO LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE ESTE COMUNICADO DE PRENSA. LES COMUNICARÉ LA NUEVA FECHA LO ANTES POSIBLE. VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 181/94
Servicio de noticias 230/94
ÍNDICE AI: MDE 18/WU 03/94
3 DE OCTUBRE DE 1994
LÍBANO: DETENCIÓN DE POSIBLES PRESOS DE CONCIENCIA
Amnistía Internacional aún no ha recibido respuesta del gobierno libanés sobre la detención de cinco ciudadanos libaneses que la organización teme que puedan estar detenidos como presos de conciencia y que, al parecer, fueron torturados mientras estaban detenidos en régimen de incomunicación en el Ministerio de Defensa.
Entre el 9 y el 12 de septiembre, fuerzas no identificadas detuvieron a Hikmat Dib, Huda Yamin, Lina Ghurayeb, Muna Shkayban y Aleftari Atanasio, al parecer bajo sospecha de haber distribuido folletos que expresaban oposición a la presencia siria en Líbano. Entre los acusaciones presentadas en su contra se incluyen delitos de seguridad contra el Estado. Otras quince personas que fueron arrestadas junto a los cinco hombres antes mencionados han sido puestos en libertad.
Amnistía Internacional ha pedido al gobierno libanés información detallada sobre los motivos de su arresto, y ha hecho un llamamiento para que sean puestos en libertad si están detenidos como presos de conciencia. La organización también ha pedido que se inicie una investigación inmediata sobre las denuncias de tortura y que se procese a los responsables de tales abusos.
Servicio de noticias 230/94
Índice AI: EUR 51/WU 01/94
3 DE OCTUBRE DE 1994
ESTONIA: AÚN NO SE HAN TOMADO MEDIDAS EN RELACIÓN CON LOS SOLICITANTES DE ASILO DETENIDOS
Alrededor de 100 solicitantes de asilo, en su mayoría kurdos iraquíes, que actualmente están detenidos en Estonia aún no pueden recurrir a ningún procedimiento que estudie sus motivos para solicitar asilo, ni se ha celebrado ninguna audiencia para examinar si su detención es legítima en virtud de las normas internacionales.
Amnistía Internacional planteó anteriormente esta preocupación a las autoridades estonias en el mes de junio. A primeros de septiembre, el vicecanciller del Ministerio del Interior estonio informó a la organización de que el Ministerio de Asuntos Exteriores estaba coordinando una respuesta detallada a su carta del mes de junio y que debería estar terminada para finales de septiembre. La organización aún no ha recibido esta respuesta.
Amnistía Internacional también expresó su preocupación porque la mayoría de los solicitantes de asilo, de los que aproximadamente la mitad son mujeres y niños, habían comenzado una huelga de hambre el 19 de septiembre en protesta por su detención, y porque, al parecer, a algunos de ellos se les había negado tratamiento médico para paliar las condiciones que ocasionaron la huelga de hambre o que se agravaron con la misma.
Según los informes, los guardias de las prisiones de Maardu y Parnu, en las que están detenidos los hombres solicitantes de asilo, se han negado a llevar un médico a la cárcel para atender a los presos. Las mujeres y los menores de edad solicitantes de asilo, que se encuentran en la prisión de Harku bajo formas de restricción menos severas, no disponen de servicios médico a excepción de los que proporciona una organización no gubernamental finesa a la que se ha concedido acceso limitado a los detenidos.
En su carta del mes de septiembre dirigida a los ministros de Interior y Asuntos Exteriores, Amnistía Internacional afirmaba que la falta de asistencia médica contraviene claramente algunos instrumentos internacionales. Entre estos están las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, las Reglas para la Protección de Menores Privados de Libertad y el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, todos ellos de las Naciones Unidas.
Amnistía Internacional hizo una llamamiento a las autoridades estonias para que tomen medidas inmediatas para proporcionar toda la asistencia necesaria a los solicitantes de asilo detenidos en las cárceles de Maardu, Parnu y Harku, y para que examinen de modo urgente todas las formas posibles de poner remedio a los motivos que llevaron a las personas que se encuentran en huelga de hambre a tomar esta drástica medida como protesta ante la persistente detención de los solicitantes de asilo y la negativa de las autoridades estonias a examinar sus solicitudes.
Las normas internacionales estipulan que, por regla general, debe evitarse la detención de refugiados y solicitantes de asilo, y que debe distinguirse entre la situación de los refugiados y solicitantes de asilo y la de otras personas que no sean súbditos del país receptor.
En su carta de junio a las autoridades estonias, Amnistía Internacional afirmaba que se opone a la detención de los solicitantes de asilo, a menos que hayan sido acusados de un delito tipificado en el Código Penal, o a menos que las autoridades puedan demostrar en cada caso individual que la detención es necesaria, que se lleva a cabo por los motivos que ordena la ley y que se debe a una de las razones específicas que las normas internacionales reconocen que pueden constituir un motivo legítimo para detener a los solicitantes de asilo.
Amnistía Internacional también planteó a las autoridades estonias su preocupación por el hecho de que no están examinando de forma adecuada las peticiones de protección de los solicitantes de asilo, y porque no se les está tratando de conformidad con las normas internacionales pertinentes para la protección de los solicitantes de asilo.
La organización de derechos humanos reconoce que la creación de un sistema para examinar cada solicitud de asilo individual supone una carga administrativa importante para los gobiernos, especialmente en los casos en que este sistema no ha existido antes. Pero las normas internacionales proporcionan directrices para las situaciones en las que los Estados se enfrentan a la tarea de atender a un gran número de solicitantes de asilo, cuando no existen las condiciones necesarias para examinar cada solicitud de asilo individual o cuando el sistema existente para examinar las solicitudes de asilo no es el adecuado para hacer frente a la cantidad de personas que las presentan.
Los solicitantes de asilo deben ser tratados de conformidad con las normas mínimas básicas y, en concreto, no deben ser castigados o tratados de forma desfavorable únicamente porque su presencia en el país se considere ilegal; no debe restringirse su libertad de circulación excepto en la medida en que sea necesario en interés de la salud y el orden público; deben disfrutar de los derechos civiles fundamentales reconocidos internacionalmente y se les deben conceder todas las facilidades necesarias que les permitan conseguir una solución satisfactoria y duradera.