Las mujeres continuaban sufriendo discriminación y violencia. La población trabajadora migrante era víctima de explotación y abusos, y la ley no la protegía de manera satisfactoria. Alrededor de un centenar de personas seguían privadas arbitrariamente de la nacionalidad qatarí. Se impusieron penas de flagelación. Continuaron confirmándose condenas de muerte, pero no se llevó a cabo ninguna ejecución.
En junio, por primera vez en la historia del país, se nombró a una mujer jueza del Tribunal de Primera Instancia.
En junio se procedió a evaluar el historial de Qatar en derechos humanos en virtud del examen periódico universal de la ONU. Se instó a Qatar a cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos, por ejemplo, revisando y revocando las leyes que discriminaran a las mujeres. En mayo se reeligió a Qatar miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
En junio se modificó el Código Penal con el fin de incluir una amplia definición de la tortura y la intimidación; sin embargo, se mantuvo la pena capital como posible castigo en los casos de tortura con resultado de muerte.
ArribaLas mujeres seguían estando discriminadas en la ley y en la práctica y no recibían la debida protección contra la violencia en el ámbito familiar.
ArribaSe declaró culpables de blasfemia al menos a seis ciudadanos extranjeros y se condenó a cuatro de ellos a siete años de cárcel, la pena máxima prevista para este delito. En julio, por ejemplo, el Tribunal de Primera Instancia de Doha condenó a un ciudadano libanés a siete años de prisión por blasfemia; al parecer, había “pronunciado palabras blasfemas” cuando lo trasladaban en camilla a una ambulancia. No se sabía con exactitud si se ejecutaron las penas de prisión impuestas en todos estos casos.
Al menos 90 personas, en su mayoría ciudadanos extranjeros, fueron declarados culpables de “relaciones sexuales ilícitas” y expulsados o condenados a prisión seguida de expulsión en algunos casos. Se declaró culpables de sodomía a dos hombres y se confirmaron las condenas en el caso de otros dos por el mismo “delito”.
El gobierno aprobó un anteproyecto de ley de prensa y publicaciones destinado a sustituir la Ley 8 de 1979, pero al finalizar el año no se había promulgado todavía la ley.
ArribaA pesar de las últimas modificaciones introducidas en las leyes laborales, los trabajadores migrantes –más del 80 por ciento de la población de Qatar– seguían estando expuestos a sufrir explotación y abusos a manos de sus empleadores. En noviembre, el primer ministro anunció que se estaba revisando el sistema de patrocinio, por lo que podría modificarse.
ArribaEl gobierno siguió negando la nacionalidad qatarí a aproximadamente un centenar de personas, la mayoría miembros de la tribu de Al Murra, a la que se culpaba parcialmente de un intento de golpe de Estado ocurrido en 1996. Estas personas se veían privadas por ello de oportunidades de empleo, seguridad social y atención a la salud o no podían entrar en Qatar. No tenían tampoco la posibilidad de interponer recursos ante los tribunales.
ArribaSe recibieron informes sobre presuntos delincuentes recluidos sin cargos ni juicio.
Al menos 21 personas, en su mayoría de nacionalidad extranjera, fueron condenadas a recibir entre 30 y 100 latigazos por “relaciones sexuales ilícitas” o consumo de alcohol. Las penas de flagelación sólo podían ejecutarse contra musulmanes considerados médicamente aptos. Se ignoraba si en algunos de estos casos se ejecutó la pena.
ArribaEl Tribunal de Apelación confirmó al menos 3 penas capitales. Al parecer, 17 personas como mínimo se encontraban condenadas a muerte al finalizar el año, entre ellas al menos 7 condenadas en 2001 por su presunta implicación en el intento de golpe de Estado de 1996. No se tuvo noticia de ninguna ejecución.
Qatar fue uno de los pocos Estados que en diciembre votaron en contra de una resolución de la Asamblea General de la ONU en la que se pedía una moratoria de las ejecuciones en todo el mundo.
Arriba