Rapport 2012
La situation des droits humains dans le monde

Document - Mexique. Justice pour les femmes. La violence au sein de la famille au Mexique

JUSTICIA PARA LAS MUJERES

VIOLENCIA FAMILIAR EN MÉXICO



En mayo de 2006, tras una agresión con arma blanca, volví a acudir al Ministerio Público […]. Recuerdo textualmente lo que me dijeron: ‘Cuando tenga un pie en la tumba y otro fuera, entonces regrese aquí’”.

Neomi, estado de Sonora, noviembre de 2006.




Portada: Delegadas de la 17 Conferencia Internacional sobre el SIDA participan en una manifestación de protesta contra la violencia contra las mujeres en Ciudad de México, agosto de 2008.

Foto: Marcha en el estado de Morelos en demanda de protección y justicia para las víctimas de la violencia contra las mujeres, noviembre de 2006.


En México, son pocos los casos de violencia contra las mujeres que se denuncian, y aún menos los que concluyen con el enjuiciamiento o la condena de los responsables o con la restitución de las víctimas. En este clima, las mujeres y sus familias siguen corriendo peligro de sufrir nuevos ataques, algunos de ellos de fatales consecuencias.


Son muchos los factores que pueden combinarse para disuadir a las mujeres de denunciar actos de violencia familiar directamente ante el Ministerio Público. A menudo temen las represalias del agresor. Las arraigadas actitudes sociales, que excusan la violencia contra las mujeres y socavan el papel de éstas en la familia y en la sociedad, también pueden generarles reticencia a denunciar. Sin embargo, otro factor significativo es que las mujeres temen que las autoridades estatales no las escuchen ni las tomen en serio.



En 2000, Julia, de 18 años, intentó denunciar una agresión física de su esposo ante un representante de la Procuraduría General de Justicia del estado de Sonora radicado en el hospital que la estaba atendiendo. El funcionario le dijo que, para que él pudiera hacer algo, “tendrías que llegar así”, y señaló a una persona que estaba tumbada en una camilla en el pasillo.



Varias mujeres dijeron a Amnistía Internacional que, cuando intentaron denunciar violencia física ante el Ministerio Público, les dijeron que sus casos no eran lo suficientemente graves como para constituir delito, o que no tenían tiempo para ocuparse de la violencia en la familia.


Neomi, de 20 años, procedente de Hermosillo, estado de Sonora, y madre de dos hijos, sufrió durante dos años la violencia continua y reiterada a que la sometía su esposo. En mayo de 2006, después de que su esposo la hubiese agredido físicamente, Neomi acudió al Ministerio Público para denunciar la agresión. Relató a Amnistía Internacional que los representantes del Ministerio Público se negaron a registrar la denuncia, añadieron que no había plazas en la casa refugio de mujeres y le aconsejaron que abandonara la ciudad. Le dijeron lo siguiente: “Cuando tenga un pie en la tumba y otro fuera, entonces regrese aquí”.



Incluso cuando las mujeres superan estos obstáculos iniciales y logran presentar una denuncia, no existen garantías de que se seguirá un procedimiento adecuado para recoger pruebas médicas, incluidas de índole psicológica, o de que sus casos se presentarán ante los tribunales.


La decisión de emprender o no una investigación penal ante una denuncia de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar depende en gran medida de las pruebas médicas recopiladas por el Ministerio Público. En muchos casos, los agentes locales del Ministerio Público a menudo se basan en su propia valoración de las lesiones físicas porque no suele haber peritos médicos disponibles. Por lo general, se fijan en las marcas claramente visibles, por lo que con frecuencia hacen caso omiso de cuestiones importantes para establecer los hechos, como el trauma psicológico padecido durante muchos años. Esto significa a menudo que sólo prosperen los casos más evidentes de violencia familiar.



Primero eran problemas chicos. Luego empezó a golpearme. Una vez me llevó al hospital por los golpes. […] En el hospital permanecí escondida porque mi marido no quería que nadie supiera de los moretones. […]. El médico del hospital nunca reportó las heridas. En varias ocasiones fui a los servicios sociales. Allí me decían “¿qué piensa usted hacer, señora?”.

Cecilia, Oaxaca, junio de 2006.



Amnistía Internacional tuvo conocimiento de que no existen procedimientos estandarizados específicos de género por los que deba regirse el personal médico forense y el de los servicios sociales que trabaja con los Ministerios Públicos y, a fin de dejar constancia de los indicios físicos o psicológicos de la violencia contra las mujeres, incluida la violencia sexual. No hay protocolos específicos que estipulen que las entrevistas deben ser efectuadas por personal femenino, ni directrices sobre el mantenimiento de la confidencialidad o la realización de entrevistas para recabar información detallada sobre el contexto y los antecedentes de la violencia. El gobierno no ha establecido procedimientos estandarizados (NOM-046) para los profesionales médicos que asisten a las víctimas de la violencia, incluida la violencia sexual. Esta ausencia de procedimientos importantes ha impedido su implementación en la práctica.


Para que el Ministerio Público pueda entablar una acción penal, a las mujeres o a los familiares de éstas que presentan una denuncia por violencia en el ámbito familiar a menudo se les exige que presenten a dos testigos dispuestos a corroborar la comisión del delito. Esta práctica no tiene base legal. Dado que la mayoría de los episodios de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar ocurren a puerta cerrada, en muchos casos, éstas deben considerar la posibilidad de pedir a sus hijos o hijas que testifiquen contra el padre. Ante tal disyuntiva, muchas mujeres prefieren retirar la denuncia.



HACER LA LEY REALIDAD

En los últimos años, las autoridades de México de algún modo han reconocido que tienen la responsabilidad de tomar medidas contra todas las formas de violencia basada en el género. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia fue promulgada en 2007 y establece la base legal para que las autoridades asuman sus responsabilidades en relación con los distintos tipos de violencia de género. En 28 de los 31 estados de México se han aprobado leyes similares.


Amnistía Internacional considera estas leyes un avance positivo, pero le preocupa que, hasta el momento, la puesta en práctica de estas nuevas leyes no se haya ocupado de las medidas prácticas para mejorar la seguridad de las sobrevivientes de violencia en el hogar.


Sigue habiendo una necesidad urgente de salvar la distancia entre la ley y su puesta en práctica. Es fundamental que el gobierno federal y los gobiernos estatales respalden la Ley General de 2007 mediante el compromiso político, los recursos, la formación y la rendición de cuentas.


ACTÚA YA


Escribe a las autoridades mexicanas, pidiéndoles:


Que garanticen la puesta en práctica inmediata y efectiva de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el ámbito federal y estatal. Concretamente:


  1. que se aseguren de mantener un registro obligatorio de todas las denuncias de violencia contra las mujeres, así como la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de tales actos en tanto que violaciones de los derechos humanos, y de acuerdo con la gravedad del delito.

  1. que elaboren y pongan en práctica procedimientos de investigación y de formación para garantizar un proceso eficaz de recogida y evaluación de todas las pruebas de violencia contra las mujeres, incluida la violencia sexual;


  1. que establezcan y lleven a la práctica la directiva NOM-046-SSA2-2005, con procedimientos para los profesionales de la salud que atienden a mujeres sobrevivientes de todas las formas de violencia;


  1. que promuevan la participación de la sociedad civil en iniciativas para prevenir y castigar la violencia contra las mujeres.


ENVÍA LLAMAMIENTOS A:


Fernando Gómez Mont

Ministro del Interior

Secretaría de Gobernación

Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez

Delegación Cuauhtémoc

México D.F., C.P.06600 - MÉXICO

Fax: (+52 55) 5093 3414

Tratamiento: Señor Secretario



Lic. Marco Antonio Adame Castillo

Gobernador del Estado de Morelos

Palacio de Gobierno

1er. piso, Centro

Cuernavaca 62000

Estado de Morelos - MÉXICO

Fax: (+52 777)3 29 23 30

Si responde voz, pidan: "Me da tono de fax, por favor."

Tratamiento: Señor Gobernador


Ing. Eduardo Bours Castelo

Gobernador del Estado de Sonora

Palacio de Gobierno

Dr. Paliza y Comonfort

Hermosillo, 83260

Estado de Sonora - MÉXICO

Fax: (+52 662) 2174126

Tratamiento: Señor Gobernador



FIRMA NUESTRA PETICIÓN


http://www.alzatuvoz.org/mujeres/


Para ampliar esta información, consulta el informe de Amnistía Internacional La lucha de las mujeres por la seguridad y la justicia. Violencia familiar en México (AMR 41/021/2008).