Document - USA: Another day in Guant�namo: David Hicks sentenced by military commission; UK resident and victim of rendition released; former CIA detainee alleges torture
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Público |
Amnistía Internacional
Otro día en Guantánamo
David Hicks, condenado por una comisión militar. Liberado un residente en el Reino Unido víctima del sistema de entregas extraordinarias. Un hombre detenido por la CIA afirma haber sufrido torturas
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http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR510552007
El 30 de marzo de 2007, en la base naval estadounidense de Guantánamo (Cuba), el ciudadano australiano David Hicks se convirtió en la primera persona condenada por una comisión militar constituida con arreglo a la Ley de Comisiones Militares promulgada en 2006. Cuatro días antes se había declarado culpable de un cargo de “facilitar apoyo material al terrorismo”. En una conferencia de prensa celebrada después de conocerse la sentencia, el coronel de las fuerzas áreas estadounidenses Morris Davis, fiscal jefe de las comisiones militares, indicó que éstas habían empezado con buen pie y expresó su esperanza de que se informara al público de que “hemos proporcionado a un terrorista de Al Qaeda un juicio completo y justo”.1Amnistía Internacional no puede dar semejante información.
David Hicks fue condenado a nueve meses de cárcel, según los informes, tras un acuerdo prejudicial, negociado sin el conocimiento de los fiscales, entre los abogados defensores y la autoridad responsable de reunir las comisiones, designada por el secretario de Defensa estadounidense.2En virtud del acuerdo, los siete años de prisión que había recomendado un “jurado” de oficiales militares se han rebajado en seis años y tres meses.
Según los términos del acuerdo, David Hicks “abandona toda pretensión de haber sido objeto de malos tratos por parte de Estados Unidos” y subscribe una declaración según la cual “nadie, individualmente o junto con otras personas, me ha tratado nunca de manera ilegal mientras he permanecido bajo custodia o control de Estados Unidos”, después de su captura en Afganistán en diciembre de 2001.3David Hicks –que en enero de 2002 fue trasladado de Afganistán a la base estadounidense de Guantánamo, encadenado y encapuchado–, para ser trasladado fuera de la base estará “amordazado”: durante un año, según el acuerdo prejudicial, no podrá tener “ningún tipo” de contacto con los medios de comunicación para hablar de su captura y reclusión.
El día en que David Hicks iba a ser condenado, el Pentágono anunció que Bisher al-Rawi, ciudadano iraquí residente en el Reino Unido, sería trasladado a este país después de haber estado detenido de forma ilegal durante más de cuatro años. Dos meses después de su detención en Gambia a principios de 2002, había sido trasladado en secreto a la denominada “prisión oscura” de Kabul y de allí a la base aérea estadounidense de Bagram, en Afganistán. En febrero de 2003 fue trasladado a Guantánamo. Su abogado ha dicho que las autoridades estadounidenses insistieron en vendarle los ojos y ponerle grilletes antes de entregarlo al gobierno británico en Guantánamo. El abogado, Zachary Katznelson, afirmó: “Los británicos lo han tratado con una profesionalidad y un respeto insuperables. Esta actitud contrasta poderosamente con la de las autoridades estadounidenses, que lo sacaron de su celda y lo pusieron en un avión, encadenado y con los ojos vendados. Trataron por última vez de deshumanizarlo”.4Tras su liberación en el Reino Unido, Bisher al-Rawi señaló: “Después de cuatro años en Guantánamo, mi pesadilla por fin ha terminado. Resulta difícil describir la desesperanza que se siente en Guantánamo. Te hacen las mismas preguntas centenares de veces. Te acusan de cosas ridículas, pero no tienes la oportunidad de demostrar su falsedad. No hay juicios ni un proceso legal justo”.5
Según el acuerdo prejudicial, David Hicks será puesto bajo custodia de las autoridades australianas en un plazo no superior a 60 días desde su condena (es decir, antes del 29 de mayo). Aunque de esta manera volverá a su país de origen para cumplir una pena de cárcel relativamente breve, después de haber permanecido varios años detenido en Guantánamo de forma ilegal, los procedimientos que la comisión militar ha seguido en esta causa no han hecho cambiar en modo alguno la opinión de Amnistía Internacional de que las personas enjuiciadas en virtud de la Ley de Comisiones Militares serán sometidas a juicios que no cumplen las normas internacionales. Como la organización puso de relieve en un informe publicado poco antes de que David Hicks compareciera en la vista incoatoria del 26 de marzo, los procedimientos de las comisiones militares se han concebido en realidad para conseguir declaraciones de culpabilidad sin poner al descubierto las prácticas ilegales anteriores de las autoridades.
A diferencia de lo ocurrido durante su comparecencia ante la comisión militar, David Hicks estaba ahora perfectamente afeitado y con el cabello recién cortado y vestía un traje gris de rayas. Según los informes, se había dejado crecer el pelo para poder dormir en los campos 5 y 6, donde había estado recluido. Como las luces de las celdas permanecen encendidas las 24 horas del día y no se permite dormir a los reclusos sin tener descubiertas la cara y las manos, se había dejado crecer el cabello para protegerse de la luz.
De conformidad con el acuerdo prejudicial, David Hicks subscribió la declaración en la que afirma: “He cometido de hecho el delito por el que estoy dispuesto a declararme culpable y entiendo que este acuerdo absuelve a Estados Unidos de la obligación de presentar pruebas ante el tribunal para demostrar mi culpabilidad. Estoy dispuesto a declararme culpable, de forma libre y voluntaria, porque soy culpable y porque redundará en mi beneficio [...]”. La mañana del 30 de marzo, cuando se volvió a reunir la comisión, el juez militar, coronel de infantería de marina Ralph Kohlmann, leyó de forma pormenorizada el apartado en el que figuraban los 35 presuntos hechos en los que se basaba la acusación. Aunque David Hicks admitió todos los hechos, su asentimiento se asemejó a lo que en Estados Unidos se conoce como una “declaración de culpabilidad Alford”, tras el fallo dictado por la Corte Suprema en 1970 en la causa Carolina del Norte v. Alford. En esa causa, el imputado había sostenido que era inocente del asesinato por el que se le juzgaba; pero, dada la solidez de los argumentos de la acusación, dijo que se iba a declarar culpable para evitar la posibilidad de que lo condenaran a muerte.6Tres de los magistrados de la Corte Suprema de Estados Unidos se mostraron disconformes con la conclusión de la mayoría, según la cual el presidente del tribunal no había actuado de forma inconstitucional al aceptar la declaración de culpabilidad. Estos jueces indicaron que Alford había “sentido tal temor ante la pena de muerte, que su decisión de declararse culpable no había sido voluntaria”.
Durante los procedimientos seguidos en la vista del 30 de marzo, el coronel Kohlmann pidió varias veces a David Hicks que afirmara que no lo habían presionado ni coaccionado de ningún modo para declararse culpable. En todas las ocasiones respondió como se le requería. Sin embargo, Amnistía Internacional pone en duda que se pueda considerar voluntaria una declaración de culpabilidad realizada por una persona que durante más de cinco años ha estado bajo custodia militar de forma indefinida y prácticamente en régimen de incomunicación, a miles de kilómetros de su casa, sin revisión judicial y enfrentada a la posibilidad de una condena a cadena perpetua en un juicio injusto ante una comisión militar. Como ha afirmado la Corte Suprema de Estados Unidos, la voluntariedad de una declaración de culpabilidad “sólo puede determinarse después de analizar todas las circunstancias pertinentes que la han rodeado”.7Es evidente que en este caso el juez militar no examinó todos los hechos pertinentes. En realidad, como se argumenta en el informe publicado por Amnistía Internacional el 22 de marzo de 2007, Estados Unidos de América. ¿Justicia postergada y también denegada?, el juez militar forma parte de un sistema que no es independiente de ese mismo poder cuyas políticas y prácticas en materia de detenciones debería ser objeto de investigaciones judiciales en estos enjuiciamientos.
Después de que el coronel Kohlmann leía cada una de las acusaciones, David Hicks tenía que admitir que creía o reconocía que los elementos describían con exactitud lo que había hecho o que el fiscal podía demostrar la acusación más allá de toda duda razonable. Más tarde, cuando el juez le preguntó si había visto las pruebas que el fiscal iba a presentar contra él, respondió que sí. Cuando le preguntaron en qué consistían las pruebas, contestó que eran notas de los interrogatorios que le habían hecho cuando estaba bajo custodia de Estados Unidos y notas de los interrogatorios a otros detenidos. Este detalle pone de relieve un defecto fundamental en el sistema de comisiones militares. Según la Ley de Comisiones Militares, se puede admitir como prueba información obtenida mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes u otro tipo de coacciones y sobre la base de testimonios de oídas sin que existan salvaguardias estrictas. Al mismo tiempo, el gobierno puede presentar información sin revelar los métodos empleados para obtenerla, si estos métodos están clasificados como secretos.
Al declararse culpable, David Hicks aceptó que las pruebas presentadas por el gobierno, con independencia de los medios utilizados para obtenerlas, demostraban las acusaciones formuladas contra él. Al mismo tiempo, gracias al acuerdo prejudicial, el gobierno evitó la necesidad de responder a preguntas sobre el modo como había obtenido sus pruebas. En otras palabras: mientras que Hicks, con el fin de volver a casa, se declaraba culpable de actos calificados por el gobierno de crímenes de guerra, el gobierno impedía que se revelara en el juicio información sobre posibles crímenes de guerra o violaciones de derechos humanos perpetrados por agentes suyos. Tras la sentencia, según los informes, oficiales militares “empezaron enseguida a referirse al señor Hicks como un “criminal de guerra convicto”.8
En el acuerdo se ponía en claro también que los cinco años y cuatro meses que David Hicks ha pasado bajo custodia militar sin ser sometido a juicio no se descontarían de la pena recomendada por el jurado de la comisión militar. El coronel Kohlmann afirmó que el tiempo que Hicks había pasado bajo custodia estadounidense no era un tiempo cumplido en espera de un enjuiciamiento penal, sino una reclusión tras un conflicto armado sometido a las leyes de la guerra. Esta distinción es fundamental para respaldar la postura del gobierno estadounidense según la cual puede tener a personas detenidas de forma indefinida en Guantánamo como posibles fuentes de información o amenazas contra la seguridad hasta que termine la “guerra contra el terror” en todo el mundo. Admitir que los años pasados bajo custodia puedan contabilizarse como tiempo cumplido destruiría la ficción jurídica creada por la política estadounidense, que aplica las leyes de la guerra en función de las personas y no de las circunstancias en que han sido detenidas.9
Sin embargo, el acuerdo sobre la declaración de culpabilidad de David Hicks, en virtud del cual éste admitía que había sido “un combatiente enemigo ilegal extranjero según la definición recogida en la Ley de Comisiones Militares”, incluía una cláusula en la que se preveía la suspensión de una parte de la pena. El periodo sobre el que recaería la suspensión no se reveló durante la vista celebrada la mañana del 30 de marzo. La comisión levantó la sesión en espera de la llegada a Guantánamo de los oficiales militares a quienes se iba a seleccionar para actuar como “jurados” de la comisión militar y decidir la pena.
El proceso de selección se realizó después de que la comisión se reuniera de nuevo a las dos y media de la tarde del 30 de marzo. Tanto la acusación como la defensa formularon sendas recusaciones preventivas. Con dos oficiales excluidos por este motivo, se constituyó en la comisión un grupo de ocho personas para escuchar los argumentos en torno a la imposición de la pena. Aunque el cargo del que David Hicks se había declarado culpable podía comportar una pena de cadena perpetua, el acuerdo negociado con la autoridad responsable de reunir las comisiones establecía una pena máxima de siete años. Sin embargo, como el Reglamento de las Comisiones Militares estipula que es el jurado el que debe decidir la pena, aunque se comunicó a éste la pena máxima, se le dijo también que podía condenar al acusado a una pena menor o no imponerle ninguna.
La acusación y la defensa procedieron a exponer sus argumentos. El fiscal, además de utilizar de manera insistente el nombre musulmán de David Hicks que figuraba en el pliego de cargos, llamándole “Muhammad Dawood”, invocó los atentados del 9 de septiembre de 2001, el atentado con bomba contra el barco USS Cole perpetrado en Yemen en octubre de 2000 y los atentados con bomba cometidos contra las embajadas estadounidenses en Kenia y Tanzania en agosto de 1998; David Hicks no estaba acusado de haber participado en ninguno de estos actos. La ironía de las observaciones del fiscal estriba en que Estados Unidos mantiene detenidas en Guantánamo a personas a quienes acusa desde hace mucho tiempo de haber participado en estos delitos, pero a las que no ha sometido a juicio. En cambio, las ha mantenido durante años recluidas en secreto y en régimen de incomunicación, en circunstancias que equivalen a una desaparición forzada, de por sí un delito según el derecho internacional.
De hecho, el mismo día en el que fue condenado David Hicks, el Pentágono reveló que el ciudadano saudí Abd al-Rahim al-Nashiri –que había permanecido recluido en un lugar secreto durante casi cuatro años antes de ser trasladado a Guantánamo en septiembre de 2006 junto con otros 13 detenidos de “alto valor”– había afirmado que admitió su participación en el atentado contra el USS Cole y en otros delitos debido exclusivamente a que había sido objeto de torturas mientras se encontraba bajo custodia estadounidense. Según la trascripción del Pentágono, Abd al-Nashiri declaró ante el Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente –tribunal integrado por oficiales militares que se reúne a puerta cerrada para revisar el estatuto de “combatiente enemigo”– que “se había inventado una serie de historias durante las torturas para no sufrir más” y que “cuando confesó, sus captores se mostraron contentos y dejaron de torturarlo”. En la vista celebrada el 14 de marzo ante el Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente, Abd al-Nashiri dijo a través de un intérprete: “Desde que me detuvieron hace cinco años no han dejado de torturarme. Las torturas tenían lugar durante los interrogatorios. Unas veces me torturaban de una manera y otras de otra”. En la trascripción se han editado (censurado) los presuntos métodos de tortura descritos al parecer por Abd al-Nashiri. El presidente del Tribunal dijo a Abd al-Nashiri, a quien se sigue negando el acceso a asistencia letrada, que sus denuncias “se [incluirían] en el registro de estas actuaciones” y que “se [comunicarían] para su investigación pertinente”.10Mientras tanto, el Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente puede utilizar pruebas secretas y obtenidas bajo coacción a la hora de determinar si una persona detenida tiene la condición de “combatiente enemigo”.
Amnistía Internacional reitera que todas las denuncias de tortura deben ser objeto de investigaciones exhaustivas e independientes. La información obtenida como consecuencia de tortura o de otros tratos crueles, inhumanos o degradantes no se debe admitir en ningún procedimiento, excepto en contra de los responsables de tales actos. Toda persona detenida debe tener pleno derecho de hábeas corpus con el fin de que pueda impugnar la legalidad y las condiciones de su detención.
En los procedimientos seguidos por la comisión militar contra David Hicks, cuando el jurado volvió a la sala con un veredicto, menos de dos horas después de haber recibido la información, condenó al acusado a la pena máxima de siete años. Según los informes, el fiscal ha manifestado después que estaba satisfecho con este resultado, pues el jurado había aceptado la máxima pena posible con pocas pruebas.11El juez agradeció al jurado los servicios prestados y le ordenó que abandonara la sala de la comisión. Tras la marcha del jurado, el juez reveló los términos del acuerdo, mantenidos en secreto hasta ese momento, es decir, que el acusado cumpliría sólo nueves meses de cárcel con independencia de la pena que le impusieran.
El 1 de abril, el ministro de Asuntos Exteriores de Australia, Alexander Downer, señaló:“Hemos dicho siempre a los estadounidenses que queríamos que se tuviera en cuenta el tiempo cumplido ya bajo custodia. Desde un punto de vista técnico no han podido hacerlo porque la Ley de Comisiones Militares no lo permite; sin embargo, la pena de nueve meses, que es la pena efectiva, es en realidad una pena de siete años; el hecho de que los fiscales y los estadounidenses llegaran a la conclusión de que nueve meses más era la pena adecuada tiene en cuenta evidentemente la circunstancia de que el acusado ha cumplido ya cinco años”.12El acuerdo prejudicial incluía también una cláusula que permitía que David Hicks cumpliese su condena en Australia.
A raíz de la sentencia, una portavoz de la Oficina de Comisiones Militares señaló al parecer lo siguiente: “Guste o no, los detenidos en Guantánamo proceden de distintos países, y eso es a veces un factor a tener en cuenta”.13Resulta ciertamente difícil pasar por alto la posibilidad de que todo este asunto no haya sido tanto una cuestión de justicia y de rendición de cuentas como de política y de relaciones diplomáticas. ¿Por qué David Hicks ha sido la primera persona juzgada por una comisión militar? ¿Se beneficiarán los ciudadanos de otras nacionalidades del mismo tipo de acuerdo prejudicial? El 20 de febrero de 2007, el primer ministro de Australia, John Howard, indicó que, en una conversación telefónica sostenida ese mismo día, el Presidente Bush le había dado “garantías muy sólidas” de que se acelerarían las acciones judiciales contra Hicks. Amnistía Internacional no tiene conocimiento de que se hayan dado garantías similares a otros gobiernos. El 1 de marzo de 2007, el Pentágono anunció que David Hicks era el primer detenido a quien se acusada formalmente en virtud de la Ley de Comisiones Militares. Al día siguiente, Alexander Downer afirmó:
“El hecho de que el único australiano entre todos los detenidos en Guantánamo vaya a ser la primera persona sometida a juicio constituye un homenaje al grado de influencia que el gobierno australiano tiene en Washington y a la fortaleza de nuestras relaciones. […] No creo que un gobierno australiano antiestadounidense tuviera ninguna esperanza de conseguir algo así. Nuestro gobierno ha conseguido que Hicks sea la primera persona en ser juzgada. [...] Se trata de un ciudadano australiano […] entre las 300 o 400 personas que creo que [hay] en Guantánamo sólo figura un australiano. Y hemos logrado que este australiano sea el primero de la fila de personas que van a ser juzgadas. Es un gran éxito”.14
En un sistema de detenciones y comisiones militares caracterizado ya por la arbitrariedad, la discriminación y la falta de actuaciones judiciales independientes, todo trato distinto a los detenidos basado en su nacionalidad pone de manifiesto un aspecto más de tales defectos. Amnistía Internacional reitera que la comparencia en juicio de un acusado y la imparcialidad del proceso no deben depender del estado de las relaciones diplomáticas entre su gobierno y el gobierno que lo mantiene bajo custodia. Con independencia de su país de origen, todos los detenidos contra quienes se hayan formulado cargos penales deben gozar, con plena igualdad, del derecho a tener un juicio justo en un plazo razonable y con arreglo al derecho internacional y a las normas internacionales.
El procedimiento de las comisiones militares no cumple estas normas y debe sustituirse por juicios celebrados en los tribunales federales estadounidenses. Toda persona detenida contra quien no se va a formular cargos debe ser puesta en libertad con plenas garantías de que no va a sufrir más abusos.
El 31 de marzo, el ministro de Asuntos Exteriores de Australia, Alexander Downer, subrayó que su gobierno no contemplaba la posibilidad de conmutar la pena impuesta a David Hicks: “No conmutaremos la pena. La pena debe cumplirse en su totalidad, y digo esto con cierta energía, pues tenemos una postura muy estricta contra el terrorismo”.15
Como parte del acuerdo prejudicial, David Hicks aceptó “renunciar de forma voluntaria y expresa a todo derecho de apelación o a impugnar de forma circunstancial mi declaración de culpabilidad, mi condena o cualquier otra cuestión relativa a este enjuiciamiento, si dicho derecho de apelación o impugnación circunstancial se deriva de la Ley de Comisiones Militares de 2006 o de cualquier otra disposición de la legislación estadounidense o australiana”. Como se ha observado supra, aceptó también que “nadie, individualmente o junto con otras personas, me ha tratado nunca de manera ilegal mientras he permanecido bajo custodia o control de Estados Unidos”. Aceptó además no demandar a Estados Unidos ni a ningún funcionario estadounidense “en relación con mi captura, trato, detención o enjuiciamiento”.
Sin embargo, Amnistía Internacional cuestiona que la declaración de culpabilidad y la condena de David Hicks hayan sido legales teniendo en cuenta el procedimiento que las originó, y tiene dudas sobre la competencia e independencia de la comisión militar y motivos de preocupación sobre las circunstancias en las que se llegó al acuerdo sobre la declaración de culpabilidad de David Hicks. La organización considera que el acuerdo como tal puede ser incompatible con las normas internacionales de justicia. Cuando David Hicks sea devuelto a Australia, debe concedérsele el pleno derecho a impugnar allí la legalidad de su encarcelamiento ante un tribunal independiente e imparcial, algo que se le ha negado durante los más de cinco años que ha permanecido bajo custodia estadounidense.16En el caso de que dicho tribunal determinara que su encarcelamiento ha sido ilegal, debe ordenar su excarcelación inmediata. Con independencia de que se retractara voluntariamente o no de sus denuncias de tortura u otros malos tratos, todas estas denuncias deben ser investigadas. En el caso de confirmarse su veracidad, los presuntos responsables de perpetrar actos de tortura u otros malos tratos deben ser perseguidos judicialmente, y se debe conceder a Hicks reparaciones con independencia de lo estipulado en el acuerdo prejudicial.
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Para más información, véase:
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Estados Unidos. Deben investigarse todas las denuncias de tortura, Índice AI: AMR 51/045/2007, 15 de marzo de 2007, http://web.amnesty.org/library/index/eslAMR510452007?open&of=esl-USA.
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Estados Unidos de América. ¿Justicia postergada y también denegada? Juicios con arreglo a la Ley de Comisiones Militares, Índice AI: AMR 51/044/2007, 22 de marzo de 2007, http://web.amnesty.org/library/index/eslAMR510442007?open&of=esl-USA.
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USA: Military commissions, like CSRTs, threaten to whitewash detainee abuse, Índice AI: AMR 51/046/2007, 23 de marzo de 2007, http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAMR510462007.
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Estados Unidos. David Hicks se declara culpable de uno de los cargos. Una observadora de Amnistía Internacional asiste a la vista incoatoria celebrada en Guantánamo, Índice AI: AMR 51/052/2007, 27 de marzo de 2007, http://web.amnesty.org/library/index/eslAMR510522007?open&of=esl-USA.
Nota: Jumana Musa asistió al juicio de David Hicks como observadora en representación de Amnistía Internacional. Es abogada y miembro del personal de la Sección Estadounidense de Amnistía Internacional.
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 0DW, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
1 “Prosecutor: Hicks case good start for military commissions”, Servicio de Prensa de las Fuerzas Estadounidenses, 31 de marzo de 2007.
2 Véase “Australian’s plea deal was negotiated without prosecutors”, The Washington Post, 1 de abril de 2007.
3 Esta declaración contrasta, por ejemplo, con las acusaciones formuladas en los tribunales británicos en relación con su caso. En los 18 meses anteriores a abril de 2003, se afirmó que a Hicks se le había “golpeado en repetidas ocasiones, colocado instrumentos de inmovilización, vendado los ojos, amenazado con daños físicos, obligado a tomar una medicación desconocida y sometido a privación de alimento y sueño y a otras formas de coacción mental y física. Se encontraba recluido también en régimen de incomunicación”. Hicks v. Secretary of State, Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, Información sobre Apelaciones, 2 de agosto de 2006.
4 “Freed British resident talks of hopelessness at Guantánamo”, The Guardian, 2 de abril de 2007.
5 En sus declaraciones, Bisher al-Rawi llamó la atención sobre el caso de su amigo Jamil El Banna: “Aunque a Jamil lo detuvieron en Gambia al mismo tiempo que a mí y justamente por las mismas acusaciones, sigue recluido. Tiene cinco niños pequeños, el mayor de diez años. No ha visto nunca a su hija menor, que tiene casi cinco años. Deberían ponerlo también en libertad para que pudiese reunirse con su familia. Me apena también mucho la situación de los otro nueve residentes en el Reino Unido que permanecen recluidos en Guantánamo. Algunos se encuentran ahora en huelga de hambre para protestar por el mucho tiempo que llevan recluidos en régimen de aislamiento. Es muy difícil de soportar el extremo aislamiento a que están sometidos. Es algo que conozco muy bien”. Además de dar las gracias a sus abogados y a otras personas, Bisher al-Rawi expresó su agradecimiento a “Amnistía Internacional y a todas las personas que están haciendo un gran trabajo en todo el mundo para que brote la flor de la esperanza. Creo sinceramente que si Amnistía no se hubiera ocupado de nuestra situación en aquellos primeros días tan difíciles después de nuestra detención en Gambia, es muy probable que ahora estuviésemos muertos”.
6 North Carolina v. Alford, 400 U.S. 25 (1970). (“Una persona acusada individualmente de un delito puede consentir de forma voluntaria, deliberada y consciente en que le impongan una pena de cárcel, aunque no quiera o no pueda admitir su participación en los hechos constitutivos de delito. [...] Con independencia de que [Alford] fuera consciente de su culpabilidad o no creyera en ella, insistió en su declaración de culpabilidad porque en su opinión no tenía en absoluto nada que ganar con el juicio y mucho, en cambio, si se declaraba culpable”.)
7 Brady v. United States, 397 U.S.742 (1970).
8 “Some bumps at start of war tribunals at Guantánamo”, The New York Times, 1 de abril de 2007.
9 Que Estados Unidos considera todo el mundo como un “campo de batalla” es algo que se refleja en el hecho de que entre los recluidos en Guantánamo han figurado personas detenidas, por ejemplo, en Bosnia, Mauritania, Tailandia, Gambia e Indonesia. Se refleja también en la amplia definición de “combatiente enemigo ilegal” recogida en la Ley de Comisiones Militares. Para colgarle a una persona esta etiqueta, no es necesario que haya participado de manera directa en hostilidades armadas, cometido un acto terrorista o estado cerca de una zona donde tiene lugar un conflicto internacional o no internacional.
10 Trascripción literal no confidencial de la vista del Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente, en ISN 10015 (http://www.defenselink.mil/news/transcript_ISN10015.pdf).
11 Opinión del teniente coronel de la infantería de marina Kevin Chenail recogida en “Australian’s plea deal was negotiated without prosecutors”, The Washington Post, 1 de abril de 2007.
12 Entrevista en el programa Weekend Sunrise, Channel 7, 1 de abril de 2007.
13 Comandante del ejército de Estados Unidos Beth Kubala, cita en “Australian’s plea deal was negotiated without prosecutors”, The Washington Post, 1 de abril de 2007.
14 Entrevista en Doorstep, Adelaida, 2 de marzo de 2007, trascripción en http://www.foreignminister.gov.au/transcripts/2007/070302_ds.html.
15 Entrevista en el programa AM, 31 de marzo de 2007.
16 El 2 de abril de 2007, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó ver las causas unificadas de Boumediene v. Bush y Al Odah v. USA, en las que se impugna que la Ley de Comisiones Militares haya despojado a los tribunales federales de Estados Unidos de la jurisdicción sobre las peticiones de hábeas corpus presentadas por ciudadanos extranjeros que permanecen detenidos en Guantánamo como “combatientes enemigos”.
Índice AI: AMR 51/055/2007 Amnistía Internacional, 2 de abril de 2007