Document - ASEAN. Les droits de la personne dans la Charte et au-delà
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: ASA 01/009/2007 (publico)
Servicio de Noticias: 225/07
21 de noviembre de 2007
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLASA010092007
ASEAN: Los derechos humanos en la Carta y más allá de la Carta
Amnistía Internacional observa que los líderes de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), reunidos en su 13ª. Cumbre, que se celebra actualmente en Singapur, han firmado la Carta de la Asociación. La organización acoge con satisfacción la inclusión en la Carta de la ASEAN del compromiso de promover, proteger y respetar los derechos humanos y de establecer un órgano regional para estos derechos. Sin embargo, a Amnistía Internacional le preocupa enormemente que el proceso seguido hasta ahora para establecer la Carta de la ASEAN haya sido en gran medida poco claro y participativo. Pese a la existencia en la región de una sociedad civil vibrante, activa y dedicada que ha estado en la vanguardia de los esfuerzos para sacar adelante una Carta con un componente fuerte de derechos humanos, la consulta con esta sociedad civil sobre el contenido de este instrumento ha sido gravemente limitada.
A la organización le preocupa la posibilidad de que los compromisos con la protección de los derechos humanos contenidos en la Carta existente sigan siendo gestos vacíos si no se adoptan medidas concretas y oportunas, como abordar de inmediato las violaciones graves de derechos humanos que se cometen en los Estados miembros de la ASEAN y la creación de un órgano de derechos humanos eficaz. Dicho órgano deberá tener facultades para abordar las violaciones de derechos humanos que son una característica tan extendida en algunas partes de la región y garantizar que lo que la Carta denomina "una ASEAN orientada a la población" signifique en realidad una ASEAN orientada a los derechos humanos.
Los derechos humanos en la región de la ASEAN
A lo largo de los años Amnistía Internacional viene documentando un amplio abanico de violaciones de derechos humanos –civiles y políticos, así como sociales, económicos y culturales– en toda la región de la ASEAN, y señala que la región ha sido escenario tanto de violaciones de carácter nacional como de carácter transnacional.
La actual crisis de Myanmar, que en realidad es continuación de décadas de violaciones graves de derechos humanos, algunas de las cuales constituyen crímenes de lesa humanidad, es una muestra de ello. A pesar de que Myanmar es un Estado miembro de la ASEAN, la Asociación no ha podido poner fin a estas violaciones hasta ahora. Amnistía Internacional no tiene claro cómo es posible que el gobierno militar de este Estado haya podido firmar la Carta de la ASEAN –o, de hecho, se le ha permitido firmarla–, cuando este gobierno ha cometido, sin ningún género de duda, lo que, según los informes, la Carta califica de "infracción grave" de sus disposiciones en materia de derechos humanos. A Amnistía Internacional le preocupa la posibilidad de que la Carta de la ASEAN haya perdido credibilidad desde el mismo principio, aunque la confortan los informes según los cuales algunos líderes de la Asociación comparten esta preocupación.
La circulación de personas a través de las fronteras en la región ha incluido violaciones graves de derechos humanos, sea la explotación de víctimas de la trata de personas, refugiados y solicitantes de asilo que buscan protección frente a la persecución, o la circulación de trabajadores migrantes en busca de un medio de vida en los países más prósperos de la ASEAN, donde suelen ser objeto de abusos contra sus derechos humanos, incluidos sus derechos laborales. Aunque la ASEAN ha declarado recientemente su intención de abordar algunas de estas cuestiones, aún no se han visto mejoras concretas en la práctica. Otras violaciones extendidas en la región de la ASEAN son la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; las ejecuciones extrajudiciales; las violaciones generalizadas del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de derechos humanos en el contexto de un conflicto armado; la violencia contra la mujer; las restricciones a la libertad de expresión, reunión y asociación; y la falta de atención hacia los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades marginadas. Amnistía Internacional pide a la ASEAN que asuma el desafío de abordar exhaustivamente todos estos motivos de preocupación en materia de derechos humanos.
El órgano de derechos humanos de la ASEAN
Amnistía Internacional insta a la ASEAN a que adopte un enfoque transparente y participativo en la creación del órgano de derechos humanos. Las organizaciones de la sociedad civil, como las ONG de derechos humanos, los sindicatos, los movimientos sociales, las organizaciones de mujeres, los grupos minoritarios y la opinión pública en general, deben desempeñar un papel destacado tanto en el desarrollo del mandato de este órgano de derechos humanos como en su funcionamiento. La sociedad civil puede contribuir de forma considerable a la capacidad de este órgano de derechos humanos para hacer que se cumplan las leyes y normas internacionales de derechos humanos tanto en el ámbito regional como en el nacional, así como hacer aportaciones esenciales a la labor de este órgano.
Amnistía Internacional pide a la ASEAN que fije un plazo razonable para la creación de este órgano de derechos humanos. La organización solicita asimismo a la ASEAN que, al determinar su mandato, garantice como prioridad que las leyes y normas internacionales de derechos humanos sean el punto de referencia de todas las acciones de dicho órgano, al igual que en otros órganos regionales de vigilancia de los derechos humanos.
El órgano de derechos humanos de la ASEAN debe ser en sí mismo un órgano de derechos humanos independiente, imparcial, competente y profesional, dotado de los recursos necesarios (o, si representa a los gobiernos, debe tener facultades para nombrar un órgano de estas características), cuya composición refleje la diversidad de pueblos y culturas de la región, así como la paridad de género. Sus miembros deberán ser propuestos y elegidos en un proceso transparente en cada una de cuyas fases deberá estar implicada la sociedad civil.
Como mínimo, el órgano de derechos humanos deberá:
• Trabajar por la ratificación e implementación de los tratados de derecho internacional humanitario y de derechos humanos, incluido el establecimiento de una formación efectiva.
• Fomentar y apoyar la presentación de informes oportunos y adecuados por los Estados partes ante los órganos de vigilancia de los tratados de derechos humanos de la ONU.
• Instar a los Estados miembros a que inviten a los procedimientos especiales de la ONU a realizar visitas y a que les proporcionen plena asistencia y acceso.
• Alentar a los Estados a que pongan en práctica las recomendaciones de los órganos de vigilancia de los tratados y de los procedimientos especiales de la ONU, y facilitar asesoramiento al respecto.
• Fomentar el establecimiento y funcionamiento de instituciones nacionales de derechos humanos con arreglo a los Principios relativos al estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos, de la ONU (los "Principios de París").
• Investigar situaciones concretas de los derechos humanos a propuesta de ciudadanos particulares, organizaciones y Estados, o por iniciativa propia.
• Desarrollar herramientas y materiales para la educación en derechos humanos y ayudar a los Estados miembros a proporcionar educación y formación en derechos humanos, tanto a funcionarios estatales como a la ciudadanía en su conjunto.
• Trabajar con los defensores nacionales y regionales de derechos humanos, y proporcionarles asesoramiento, así como garantizar que los Estados les permiten desempeñar su labor sin trabas.
El órgano de derechos humanos debe tener autoridad para desempeñar estas tareas de forma oportuna y eficaz, así como estar dotado de los recursos necesarios para ello.
Por último, Amnistía Internacional recomienda encarecidamente que el mandato inicial del órgano de derechos humanos prevea el futuro desarrollo, la expansión y la elaboración de mecanismos que permitan prevenir las violaciones de derechos humanos y ofrecer protección, vigilancia y promoción efectivas de estos derechos en toda la región de la ASEAN. Amnistía Internacional insta a los líderes de la ASEAN a que garanticen que el proceso futuro de creación del órgano de derechos humanos permite la participación efectiva y transparente de los grupos de la sociedad civil a fin de asegurar que el centro de este órgano son las personas y sus derechos humanos.
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