Rapport 2012
La situation des droits humains dans le monde

Document - Allemagne: Mauvais traitements presumes infliges a des etrangers: mise a jour du document de mai 1995



Alemania: Presuntos malos tratos a extranjeros - Actualización del informe de mayo de 1995




Amnistía Internacional, febrero de 1996 Índice AI: EUR 23/02/96/s



Índice AI: EUR 23/02/96/s Amnistía Internacional, febrero de 1996

REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA


Presuntos malos tratos a extranjeros - Actualización del informe de mayo de 1995



Introducción


En el período comprendido entre abril de 1995 y enero de 1996, Amnistía Internacional recibió una gran cantidad de nuevos informes en los que se denunciaba que funcionarios de la policía alemana, y en algunos casos funcionarios de las prisiones alemanas, habían hecho un uso excesivo o injusticado de la fuerza para arrestar o reducir a personas, o habían sometido de forma deliberada a algunos detenidos bajo su custodia a tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes. En un caso, las lesiones sufridas por la víctima eran graves, y según parece habían sido causadas de forma deliberada y reiterada con la intención de provocar dolor intenso. Amnistía Internacional considera, por tanto, que en este caso está justificado calificar los presuntos malos tratos de tortura En el Artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes (Convención contra la Tortura) de las Naciones Unidas, el término tortura se define como «todo acto por el cual se inflinjan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas».. En la práctica totalidad de los casos que se han puesto en conocimiento de Amnistía Internacional, las víctimas eran ciudadanos extranjeros, entre ellos solicitantes de asilo y refugiados, así como miembros de minorías étnicas. En algunos casos parece que los presuntos malos tratos obedecían a una motivación racial. A continuación se documentan varias denuncias recibidas por Amnistía Internacional.


En el período que abarca este informe se han conocido las decisiones de fiscales y jueces sobre unos cuantos casos de presuntos malos tratos, entre ellos el del periodista alemán Oliver Neß. La mayoría de estos casos fueron recogidos con detalle por Amnistía Internacional en su informe Alemania. Un fallo en el sistema: extranjeros maltratados por la policía, publicado en mayo de 1995, Índice AI: EUR 23/06/95/s (en este documento se le mencionará como el informe de mayo). El caso de Oliver Neß se citó en el documento República Federal de Alemania: Resumen de preocupaciones en el período comprendido entre mayo y octubre de 1994, publicado en noviembre de 1994, Índice AI: EUR 23/08/94/s.


Amnistía Internacional entabló una intensa correspondencia con las autoridades alemanas en relación con las nuevas denuncias recibidas y con las cuestiones que se planteaban en el informe que la organización hizo público en mayo de 1995.





Nuevos informes de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes


El caso de Binyamin Safak (Francfort del Main, Hesse)


La información de este caso se basa en: una querella presentada por Binyamin Safak ante la fiscalía de Francfort el 12 de abril de 1995, una entrevista que Amnistía Internacional mantuvo con la víctima, un artículo publicado en el periódico turco Hürriyety certificados médicos. Binyamin Safak nació en Alemania y posee nacionalidad turca.


Según se expone en la querella presentada por Binyamin Safak, él y un compañero detuvieron su automóvil delante de un puesto de perritos calientes situado en el centro de Francfort el domingo 10 de abril de 1995 aproximadamente a las 20.45 horas. Dos funcionarios se apearon de un vehículo policial e indicaron a Binyamin Safak que no podía estacionar su automóvil en aquel lugar. Cuando el turco manifestó que sólo tenía intención de parar un par de minutos, uno de los funcionarios replicó: "Márchate, moro". Perplejo por el uso de un término racista, Binyamin Safak pidió a los funcionarios que se comportaran con educación. Ellos le pidieron a su vez que saliese de su vehículo. Binyamin Safak preguntó el motivo, y mostró a los funcionarios su permiso de conducir y su carnet de identidad. Los funcionarios le repitieron varias veces que debía salir de su vehículo. Cuando Binyamin Safak salió, uno de los funcionarios lo tiró violentamente al suelo y le esposó las manos a la espalda.


Binyamin Safak fue llevado entonces a una comisaría de policía donde los funcionarios lo introdujeron de inmediato en una celda. El detenido afirma que en ningún momento se le dijo claramente por qué había sido arrestado. Una vez en la celda, los funcionarios comenzaron de improviso a agredirle. Según Binyamin Safak, durante aproximadamente una hora los dos funcionarios le propinaron patadas y puñetazos en cara, pecho, cabeza y brazos. En una ocasión, uno de los funcionarios lo agarró por el cabello )que entonces tenía muy largo, llegándole casi a la cintura)y lo lanzó de cabeza contra la pared. Durante la agresión, Binyamin Safak fue incapaz de ofrecer resistencia, ya que aún tenía las manos sujetas a la espalda. Cubierto de sangre, Binyamin Safak se desvaneció en el suelo. Entre tanto, su compañero, que se había quedado en el vehículo, había telefoneado a los padres del detenido, quienes se presentaron en la comisaría y preguntaron por su hijo. Se les contestó, sin embargo, que Binyamin Safak no se hallaba en la comisaría. Ante esta respuesta, los padres de Binyamin Safak manifestaron que iban a llamar a un abogado y al consulado de Turquía. Binyamin Safak fue puesto en libertad poco después. Sus padres lo encontraron en la calle donde está situada la comisaría, aproximadamente a las 21.45 horas y lo llevaron directamente al médico de cabecera.


El certificado médico emitido por la clínica universitaria Johann Wolfgang Goethe, donde le atendieron posteriormente, muestra que Binyamin Safak presentaba las siguientes lesiones: un corte en el labio de dos centímetros de longitud que requirió puntos, contusión e hinchazón en el mentón, golpes y abrasiones en la sien y en la frente, golpes en el pecho, hinchazón en la muñeca y en la rodilla derechas, una costilla fracturada y fractura con hundimiento de un pómulo. Binyamin Safak estuvo una semana hospitalizado. En un artículo aparecido en el periódico en lengua turca Hürriyetse citaba a un portavoz de la policía que manifestaba que Binyamin Safak había insultado a unos funcionarios de policía y había adoptado una actitud agresiva. En vista de tal comportamiento, los funcionarios se habían visto obligados a «neutralizarlo». Binyamin Safak es actualmente objeto de una investigación por resistencia a la autoridad.


En octubre de 1995, Amnistía Internacional se dirigió por escrito a las autoridades alemanas en relación con la presunta agresión sufrida por Binyamin Safak. En octubre de 1995, el ministro de Interior de Hesse informó a la organización de que no podía hacer comentarios sobre el caso hasta que la fiscalía no finalizase la investigación.



El caso de Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie (Leipzig, Sajonia)


La información de este caso se basa en las declaraciones efectuadas por Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie, por un vecino y por el director del albergue de Leipzig donde tuvieron lugar los presuntos malos tratos, así como en artículos de periódico y en informes médicos.


El martes 6 de junio de 1995, entre las 04.00 y las 05.00 horas, aproximadamente doce hombres que llevaban máscaras y trajes negros irrumpieron de forma violenta en el alojamiento de tres solicitantes de asilo afganos, Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie. Los tres declararon que los intrusos armados )que eran, según se supo después, funcionarios de policía)les dieron patadas y puñetazos y los esposaron. Noorol Hak Hakimi afirmó que cuando pidió a los intrusos que le mostrasen su carnet de identidad y que explicasen por qué estaban allí, recibió más golpes. Los intrusos realizaron un violento registro en el alojamiento de los solicitantes de asilo, durante el cual rompieron varios objetos, entre ellos el aparato de televisión.


Un vecino vio a los enmascarados irrumpir en la vivienda de los solicitantes de asilo y tomó a los intrusos por «neofascistas». Unos cuarenta minutos después se dirigió a la vivienda de sus tres vecinos y encontró a dos de ellos tendidos y al tercero sentado en el suelo. Observó que los tres tenían sangre en el rostro y en otras partes del cuerpo.


Según una declaración efectuada por el director del albergue, cuyo piso se encuentra al lado del de los afganos, los policías sólo solicitaron su colaboración cuando se dieron cuenta de que se habían equivocado de vivienda. Cuando los policías le enseñaron una fotografía de la persona a la que buscaban )un marroquí), el director les indicó dónde vivía.


Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie manifestaron que cuando la mayoría de los funcionarios se habían marchado del albergue, apareció otro hombre que llevaba un traje. Al parecer, este hombre llamó «terroristas» a los solicitantes de asilo y dijo que si no le entregaban sus documentos de identidad, recibirían otra paliza. Cuando dichos documentos les fueron devueltos una hora después, otro hombre vestido en ropas de civil les pidió disculpas, diciendo que los policías se habían equivocado.


Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie fueron llevados al hospital St Elisabeth, donde recibieron tratamiento por sus heridas. Mohammed Nabi Schafie, que según el informe médico presentaba múltiples contusiones, permaneció en el hospital dos días. Noorol Hak Hakimi no fue dado de alta hasta 11 días después del incidente. El diagnóstico que se le hizo al ingresar en el hospital indica que presentaba concusión, golpes en el estómago y abrasiones.


En un artículo aparecido en un periódico local, el Leipziger Volkszeitung, el jefe de la policía penal de Leipzig, Uwe Matthias, admite que «la operación [policial] ha salido muy mal». Matthias explicó que la policía había recibido la tarde anterior una denuncia según la cual una mujer de veintiún años estaba siendo retenida contra su voluntad por un marroquí que vivía en el albergue. Se creía que el marroquí iba armado y que era potencialmente peligroso. De hecho, esta persona no ofreció ninguna resistencia a la policía y se pudo establecer que la mujer vivía con el marroquí por su propia voluntad.


En septiembre de 1995, Amnistía Internacional se dirigió por escrito a las autoridades de Sajonia en relación con los presuntos malos tratos sufridos por Azad Kahn Fegir Ahmad, Noorol Hak Hakimi y Mohammed Nabi Schafie. En diciembre, el ministerio de Justicia de Sajonia confirmó a la organización que se había iniciado una investigación sobre los incidentes relatados. Añadió que de acuerdo con la legislación sobre protección de datos, no podían satisfacer la petición que Amnistía Internacional había formulado de ser informada sobre el resultado de la investigación.



El caso de Hidayet Secil (Göppingen, Baden-Wurtemberg)


La información de este caso se basa en: las declaraciones efectuadas por Hidayet Secil, su hija Sevgi Secil y su hijo Ismail Secil; la querella presentada ante la fiscalía de Ulm el 4 de julio de 1995; un artículo aparecido en el Neue Württembergische Zeitungel 4 de julio de 1995; y un certificado emitido por un médico el 3 de julio de 1995. Hidayet Secil posee nacionalidad turca y reside en Alemania desde 1969.


En la tarde del sábado 1 de julio de 1995, poco después de las 19.00 horas, dos funcionarios de policía, un hombre y una mujer, se personaron en el piso en el que vive la familia Secil, en la segunda planta de un inmueble de la ciudad de Göppingen. Una vecina que vive en la planta baja del mismo inmueble había llamado a la policía local quejándose del ruido que hacía la citada familia. Después de hablar con la vecina, los agentes subieron al piso de la familia Secil y les dijeron que no hicieran tanto ruido. Sevgi e Hidayet Secil explicaron a los funcionarios que estaban hartos de las quejas injustificadas de esa vecina. Entonces los funcionarios se fueron. Cuando se iban, se oyó a la vecina que había llamado a los funcionarios decirles que si era necesario los volvería a llamar al cabo de diez minutos. Diez minutos después la familia Secil oyó regresar a los mismos funcionarios. También llegó un vehículo policial, y en total cuatro funcionarios, dos hombres y dos mujeres, subieron por las escaleras. Sevgi Secil afirma que preguntó a los funcionarios qué querían a través de una ventanilla existente en la puerta del piso. Le contestaron que estaban allí para llevar a Hidayet Secil al hospital psiquiátrico Christophsbad y que si no abría la puerta la abrirían ellos a patadas. Sevgi Secil abrió la puerta y los cuatro funcionarios se precipitaron dentro y se dirigieron al cuarto de baño, donde Sevgi Secil les había indicado que su padre estaba lavándose. Sevgi Secil y su madre se interpusieron entre los funcionarios e Hidayet Secil, con la intención de proteger a éste. Uno de los funcionarios al parecer tiró de Sevgi Secil por la muñeca y le golpeó la cabeza contra el marco de la puerta. Tanto a Sevgi Secil como a su madre las sacaron por la fuerza del cuarto de baño.


Entre tanto había llegado Osman Secil, hermano de Sevgi, quien dijo a los policías que no podían llevarse a su padre sin ningún motivo. En ese momento, la policía solicitó refuerzos y llegaron cuatro funcionarios más )un hombre y tres mujeres). Hidayet Secil asegura que uno de los cuatro funcionarios que se encontraban con él en el pequeño cuarto de baño le dio cuatro puñetazos en la cara, lo que le produjo una hemorragia en la nariz. Otro le golpeó con la porra mientras sus tres colegas lo sujetaban. Hidayet Secil gritó pidiendo socorro, momento en el que Sevgi Secil oyó decir a uno de los funcionarios: «En Alemania se habla alemán». Cuando ella misma llamó a gritos a su padre, que entre tanto se había desmayado, los funcionarios se rieron e hicieron burla de ella.


En este momento Ismail Secil, al que habían comunicado por teléfono lo que sucedía, llegó a la casa. Declaró que había sangre por todo el cuarto de baño y que el rostro de su padre también estaba cubierto de sangre. Cuando un funcionario se puso a esposarle las manos a la espalda a Hidayet Secil, Ismail Secil intentó explicar que su padre tenía el brazo derecho incapacitado y que no lo podía doblar completamente.


Hidayet Secil fue llevado a continuación a una comisaría de policía situada en la cercana localidad de Eislingen y posteriormente a un hospital de Göppingen. De allí lo trasladaron al hospital psiquiátrico Christophsbad donde pasó la noche. Según un certificado emitido por un médico el 4 de julio de 1995, Hidayet Secil presentaba las siguientes lesiones: nariz rota, contusión en labio superior y mandíbula inferior, hinchazón y cortes superficiales en el brazo derecho, y siete marcas de golpes en la espalda, de aproximadamente tres centímetros de ancho y entre cuatro y veinticinco centímetros de largo.


En una entrevista concedida al periódico Neue Württembergische Zeitung, Peter Hartmann, jefe de Policía de Göppingen, manifestó: «Se trata, por supuesto, de una historia desagradable. Sin embargo, no se va a barrer nada debajo de la alfombra». Añadía que, según el informe policial sobre el incidente, los funcionarios participantes tuvieron que hacer uso de la fuerza contra Hidayet Secil, por la resistencia que ofreció. Dos funcionarios presentaban contusiones y dislocaciones. Hidayet Secil es actualmente objeto de una investigación por «resistencia a la autoridad».


Amnistía Internacional expuso el caso de Hidayet Secil a las autoridades en enero de 1996.



Presuntos malos tratos a detenidos africanos negros (Bremen)


rpar En abril de 1995, Amnistía Internacional recibió denuncias de que algunos detenidos habían sido sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes bajo custodia policial en Bremen. Según los informes, a los detenidos )todos africanos negros solicitantes de asilo)se les administraron a la fuerza eméticos, como jarabe de ipecacuana, soluciones de agua salada o una combinación de ambos, para hacerles vomitar drogas que les acusaban de haber tragado. Algunos detenidos manifestaron que cuando se negaron a ingerir los eméticos recibieron amenazas verbales o malos tratos físicos. Otros manifestaron que mientras permanecían bajo custodia policial habían sido objeto de insultos de carácter racista. A continuación se describen dos casos.


El caso de George B.


El solicitante de asilo de origen liberiano George B. mantiene que fue arrestado por dos funcionarios de policía en ropas de civil cerca de la estación central de ferrocarril de Bremen el 23 de agosto de 1994. Los policías lo acusaron de tráfico de drogas y lo llevaron a una comisaría cerca de la plaza Domsheide. Allí le hicieron desnudarse totalmente y practicaron un registro corporal exhaustivo. Luego lo llevaron a ver al médico de la policía y le dieron a beber una taza que contenía un líquido oscuro. George B. afirma que el líquido tenía un sabor tan desagradable que lo escupió al suelo, momento en que el médico y uno de los funcionarios de policía presentes le dieron puñetazos en la cara. Luego lo ataron con cinta plástica adhesiva y le introdujeron a la fuerza un tubo por la nariz. Cuando se resistió físicamente a este procedimiento agresivo girando la cabeza a ambos lados, el médico le tiró violentamente del pelo y uno de los funcionarios de policía le dio puñetazos en el estómago. George B. manifiesta que le empezó a sangrar la nariz y que se mareó. Aún así le hicieron beber otra taza del mismo líquido, seguida de una taza de agua salada. Esto le provocó vómitos durante aproximadamente media hora, transcurrida la cual fue llevado de regreso a la comisaría y puesto en libertad. George B. manifiesta que vomitó reiteradamente durante las veinticuatro horas posteriores y que padeció diarrea durante una semana. Los reconocimientos médicos efectuados el 25 y el 26 de agosto de 1994 revelaron que presentaba una lesión en un ojo y que había experimentado dolores por aplicación de presión en cuello y estómago.


El caso de João S.


João S., solicitante de asilo de origen angoleño, asegura que el 21 de junio de 1994 fue arrestado hallándose en posesión de drogas. Las drogas las entregó de inmediato a los funcionarios responsables de su arresto, uno de los cuales le dijo que, aunque ellos sabían que él no había tragado ninguna droga, lo iban a llevar al médico de todos modos. Cuando lo llevaban a una comisaría situada cerca de la plaza Domsheide otro funcionario dijo: «¡Qué bien me lo paso cuando os dan el vomitivo, negros!» En la comisaría, un médico dijo a João S. que tenía que beber algo que «le iba a sentar bien». Cuando se negó, el médico le dijo que si no bebía, los funcionarios de policía le iban a «presionar». Le hicieron beber dos tazas de un líquido marrón seguidas de otra llena de una sustancia blanca. Tras vomitar lo mandaron a casa. Cuando salía de la comisaría, los funcionarios se mofaron de él gritándole «Negro, negro» y fingiendo arcadas. João S. fue obligado a tomar un taxi hasta su casa y a conseguir dinero para pagar al taxista al llegar, ya que le habían quitado todo el dinero en la comisaría. En medio del trayecto tuvieron que parar para que João S. vomitase. También padecía una grave diarrea que le hizo defecar en los pantalones. Tras repetidos ataques de vómito, durante los que también expulsó sangre, unos amigos lo llevaron a un hospital. Allí recibió tratamiento médico por experimentar intensos dolores abdominales, y no fue dado de alta hasta tres días después.


En agosto de 1995, Amnistía Internacional se dirigió por escrito a las autoridades de Bremen en relación con los informes que había recibido. En la carta que remitió, la organización manifestaba que a su juicio la administración de eméticos por la fuerza a detenidos en contra de su voluntad por motivos no de carácter médico suponía un trato cruel, inhumano y degradante. Amnistía Internacional expresaba también su preocupación por los informes recibidos en los que se mencionaba que algunos detenidos, entre ellos los dos cuyos casos se han expuesto anteriormente, habían sido objeto de amenazas verbales o malos tratos físicos por no facilitar los intentos de policías y médicos de administrarles los eméticos. Además de solicitar información sobre las investigaciones penales emprendidas en relación con los presuntos malos tratos infligidos a George B. y a João S., Amnistía Internacional formuló unas cuantas preguntas específicas relativas a los procedimientos jurídicos y médicos aplicados en casos en los que a los detenidos se les habían administrado eméticos en el período comprendido entre enero de 1992 y diciembre de 1994.


En septiembre de 1995, la oficina del primer ministro de Bremen comunicó a Amnistía Internacional que la organización recibiría información del ministro del Interior en relación con las cuestiones que había planteado. A finales de enero de 1996 no se había recibido ninguna nueva comunicación.


El caso de Samir Z. (Büren, Renania del Norte-Westfalia)


En septiembre de 1995, Amnistía Internacional expresó su preocupación a las autoridades de Renania del Norte-Westfalia por unas denuncias que se habían recibido en las que se informaba que algunos detenidos del Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren habían sido objeto de métodos de inmovilización que podían considerarse tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.


De acuerdo con la información recibida por Amnistía Internacional, funcionarios del Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren colocaron a Samir Z., miembro de la etnia albanesa de la provincia de Kosovo (República Federal de Yugoslavia), boca abajo en una celda de «apaciguamiento» y le ataron las manos a la espalda. Con las piernas dobladas por las rodillas, le ataron luego los pies entre sí y con otro trozo de cuerda a las ataduras que le sujetaban las manos. Samir Z. manifestó que lo dejaron entre una y dos horas en esta posición, y que fue atado como los animales nueve ocasiones en total durante el período que pasó en el Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren, comprendido entre el 14 de febrero y el 25 de julio de 1994. En noviembre de 1994, un médico de Paderborn presentó una querella por el tratamiento que recibió Samir Z.


Según informaciones de prensa publicadas en enero de 1995, Peter Möller, director del Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren, manifestó: «Esta forma de inmovilización, que en aquel momento yo ordené, es considerada tortura por la gente de fuera y por los detenidos, aunque desde nuestro punto de vista su función es más bien proteger al detenido. En consecuencia, ya no empleamos este tipo de inmovilización desde hace varios meses».


En la carta que remitió a las autoridades alemanas, Amnistía Internacional expresaba su preocupación por el hecho de que atar las muñecas a los tobillos «podía ocasionar graves lesiones al detenido en cuestión y podía constituir por consiguiente un trato o pena cruel, inhumano y degradante». En esta carta, Amnistía Internacional solicitaba información sobre el desarrollo de la investigación derivada de la querella y más datos sobre el método de inmovilización que, según el director del Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren, se empleó en dicha institución hasta finales de 1994. Amnistía Internacional preguntaba concretamente si a Samir Z. se le había realizado un reconocimiento médico antes, durante o después del período durante el cual había permanecido inmovilizado y si el método de inmovilización empleado en su caso había sido o seguía siendo empleado en otras instituciones penitenciarias o centros de detención de Renania del Norte-Westfalia. En octubre de 1995, el ministro de Justicia de Renania del Norte-Westfalia informó a Amnistía Internacional de que en total tres presos de Büren, entre ellos Samir Z., habían sido inmovilizados de la manera descrita por la organización. No obstante, según el ministro, Samir Z. sólo había permanecido inmovilizado en una ocasión «durante un intervalo de diez a quince minutos» porque podía «causarse a sí mismo daños considerables». El ministro manifestó que «la ley prescribe que el médico de la prisión visite al detenido lo antes posible». No obstante, no confirmó que esto hubiese sucedido en el caso de Samir Z, como tampoco pudo dar información sobre si el método de inmovilización objeto de las críticas de Amnistía Internacional se había empleado en otro lugar de internamiento de Renania del Norte-Westfalia. Por último, el ministro manifestó que no podía dar información sobre la investigación de los presuntos malos tratos infligidos a Samir Z., puesto que la investigación se encontraba aún en curso. En diciembre de 1995, se comunicó que la fiscalía había desestimado la querella presentada contra funcionarios del Centro de Internamiento Preexpulsión de Büren.



Actualización de casos documentados en el informe de mayo de 1995


El caso de Habib J. (véase el informe de mayo, páginas 10 y 11)


En julio de 1995, el Tribunal del estado de Berlín admitió un recurso presentado por tres funcionarios de policía condenados en septiembre de 1994 por maltratar al estudiante iraní Habib J., quien había denunciado que unos funcionarios de policía lo habían arrojado de modo brutal al interior de una furgoneta de la policía, habían proferido contra su persona insultos de carácter racista y le habían golpeado en la cara en una comisaría de policía, todo ello cuando lo arrestaron en diciembre de 1992. Habib J. apeló contra la decisión del tribunal de exculpar a los policías.


El caso de Muhamed A. (véase el informe de mayo, páginas 13 y 14)


En octubre de 1995, Muhamed A. fue informado por la fiscalía de Colonia de que la investigación que se había realizado no evidenciaba malos tratos por parte de ninguno de los agentes que intervinieron en su detención. (Muhamed A. había denunciado que en octubre de 1994 un funcionario de policía le había golpeado salvajemente la cabeza contra el maletero de un vehículo de la policía, rompiéndole uno de los incisivos. También denunció que había sido maltratado en la comisaría a la que lo habían llevado.)


Tras estudiar el escrito de once páginas y media de la fiscalía en el que se decidía no presentar cargos contra ninguno de los funcionarios involucrados, Amnistía Internacional expresó su preocupación al ministro de Justicia de Renania del Norte-Westfalia por el hecho de que la investigación de las denuncias de Muhamed A. parecía no haber sido «pronta e imparcial», tal como exige el artículo 12 de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas. En su decisión de desestimar la denuncia presentada por Muhamed A., la fiscalía había hecho caso omiso de pruebas médicas esenciales, había desestimado los testimonios de la víctima y de sus amigos aduciendo que eran sesgados, no había verificado las declaraciones de la víctima de que había sido maltratado dentro de la comisaría y no había interrogado en persona a la víctima, a los funcionarios acusados y a otros testigos, ni había visitado el lugar de los presuntos malos tratos, según establecen las directrices oficiales sobre procedimientos penales. Amnistía Internacional instó a la fiscalía de Colonia a que reabriese inmediatamente la investigación de la denuncia de malos tratos policiales presentada por Muhamed A. y a tomar medidas que garantizasen la prontitud, exhaustividad e imparcialidad de la nueva investigación. Se envió una copia de la carta de Amnistía Internacional al presidente de la Policía de Colonia que, en un comunicado de prensa de tres páginas relativo a la decisión de la fiscalía de desestimar la denuncia presentada por Muhamed A, había instado a Amnistía Internacional «en aras de su propia credibilidad» a que comunicase el resultado de la investigación.


Presuntos malos tratos a detenidos vietnamitas (véase el informe de mayo, páginas 18 a 20)


En julio de 1995, la fiscalía de Berlín desestimó la denuncia por malos tratos presentada por los detenidos vietnamitas Ly T. Los dos hombres se habían declarado víctimas de una agresión perpetrada por funcionarios de policía en Pankow, Berlín Este, en mayo de 1994. Según la fiscalía, no se había podido identificar a ninguno de los funcionarios que presuntamente habían participado en la agresión. Los denunciantes recurrieron contra la decisión de cerrar la investigación.


En octubre de 1995, un policía de Berlín fue declarado culpable de agredir al detenido vietnamita N, quién había declarado que en mayo de 1994 dicho policía le había golpeado con el puño en las costillas en la parte posterior de un furgón policial, mientras el compañero del funcionario estaba sentado en la parte delantera del furgón rellenando un formulario. Al policía que agredió a Nse le impuso una condena condicional de seis meses de prisión. Al segundo policía le fue impuesta una multa de 8.400 marcos alemanes (aproximadamente 5.800 dólares estadounidenses) por no comunicar el incidente. Ambos funcionarios han recurrido contra sus condenas.


En mayo de 1995, dos policías de Berlín fueron acusados de agredir a Nguyen T.. Éste, solicitante de asilo, declaró haber recibido puñetazos y numerosas patadas tras ser abordados en la calle él y su esposa por unos policías en ropas de civil en el distrito de Pankow, Berlín Este, en junio de 1994. Según informes, las personas que vivían en los pisos situados en las proximidades se alarmaron tanto con los gritos de Nguyen T. que uno de ellos llamó a la policía. Nguyen T. declaró que los malos tratos habían proseguido en el vehículo policial en el que lo trasladaron a una comisaría cercana, así como en la propia comisaría. Entre sus lesiones figuraban contusiones múltiples en todo el cuerpo y fractura muy fina del hueso situado bajo el ojo izquierdo. Amnistía Internacional ha calificado de tortura los malos tratos a los que fue sometido Ngyen T. En enero de 1996 comenzó el juicio contra los dos policías acusados de maltratar a Nguyen T..


El mismo mes comenzó otro juicio contra ocho funcionarios de policía de Brandeburgo acusados de maltratar a detenidos vietnamitas. Una de las víctimas (denominada Hen el informe de mayo de Amnistía Internacional) declaró haber recibido puñetazos y patadas propinados por funcionarios de policía al ser arrestado en junio de 1994.



El caso de Yusef B. (véase el informe de mayo, páginas 23 y 24)


En junio de 1995, un tribunal de Magdeburgo exculpó a un funcionario de policía de la acusación de haber maltratado a Yusef B. Yusef B., kurdo iraquí, había declarado que el policía le había golpeado en el hombro con la porra y que le había dado una patada en los testículos tras ser perseguido por el centro de Magdeburgo por un grupo de jóvenes que empuñaban bates de béisbol en mayo de 1994. Según informes de prensa, las imputaciones hechas contra el policía no se habían demostrado totalmente, quedando una duda razonable. Se desestimó un recurso presentado contra la sentencia.



Presuntos malos tratos a detenidos por parte de funcionarios de policía de Hamburgo (véase el informe de mayo, páginas 36 a 38)


En junio de 1995, el Ministerio de Justicia de Hamburgo anunció que un total de 85 funcionarios de policía estaban siendo investigados por abusos infligidos principalmente a detenidos extranjeros bajo su custodia. Entre los presuntos abusos figuraban malos tratos físicos. Se denunció que varios policías habían tenido conocimiento de casos de malos tratos, pero no los habían comunicado. El Ministerio de Justicia afirmó que no se había probado la denuncia que se había formulado de que un detenido había sido objeto de una falsa ejecución. (En marzo de 1995, un funcionario de policía había declarado que había oído casualmente a unos compañeros fanfarronear de cómo habían sometido a un detenido africano a una falsa ejecución en la zona del puerto de Hamburgo. Al parecer los policías habían obligado a desnudarse al detenido y mientras uno tenía apoyado su revólver reglamentario contra la cabeza del detenido, un compañero había hecho un disparo al aire con su propia arma. Al parecer éste y otros abusos policiales fueron comunicados a altos funcionarios de la policía en abril de 1994.) Asimismo, en diciembre de 1995 se recibieron noticias de que se había abierto una investigación con respecto a la denuncia de que un detenido ghanés había sido víctima de una falsa ejecución en enero o febrero de 1995.


En diciembre de 1995 también se recibieron noticias de que un total de cinco policías habían sido acusados de causar lesiones físicas a extranjeros bajo su custodia. Al parecer, un policía había hecho desnudarse a seis detenidos africanos de color antes de introducirlos en una celda en la que descargó a continuación el contenido de un bote de gas lacrimógeno. Un segundo policía fue acusado de rociar a un detenido desnudo con desinfectante. El juicio contra este segundo policía se inició ese mismo mes. En otros cuantos casos aún proseguían las investigaciones.


El caso de Oliver Neß (véase el informe de mayo, página 55, y el documento «República Federal de Alemania: Resumen de preocupaciones en el período comprendido entre mayo y octubre de 1994», publicado en noviembre de 1994, Índice AI: EUR 23/08/94/s)


En diciembre de 1995, un tribunal de Hamburgo dio el visto bueno al procesamiento de dos policías acusados de maltratar al periodista alemán Oliver Neß. Oliver Neß denunció que dichos policías lo habían golpeado repetidamente con la porra en riñones, pelvis y pecho durante una manifestación sobre la que estaba informando y que había tenido lugar en el centro de Hamburgo en mayo de 1994. También denunció que mientras se encontraba inmovilizado en el suelo, uno de los policías le había quitado el zapato derecho y había hecho girar de forma deliberada y violenta el pie por el tobillo, rompiéndole los ligamentos. Amnistía Internacional ha calificado de tortura los malos tratos de los que fue objeto Oliver Neß. El tribunal desestimó los cargos presentados contra un tercer policía. No se presentaron cargos contra un cuarto policía que presuntamente había propinado a Oliver Neß puñetazos en el rostro antes de que se produjera la agresión principal.



El caso de Abdulkerim Balikci (véase el informe de mayo, páginas 41 a 43)


En junio de 1995 se detuvo el encausamiento de Abdulkerim Balikci por resistencia a la autoridad cuando éste accedió a pagar una multa de 1.000 marcos alemanes (aproximadamente 690 dólares estadounidenses). Abdulkerim Balikci había presentado una denuncia contra los policías que le infligieron malos tratos tras arrestarlo en agosto de 1993. La fiscalía había desestimado pruebas de que los policías habían hecho un uso excesivo de la fuerza, y había acusado a su vez a Abdulkerim Balikci de resistirse al arresto. Unos certificados médicos indicaban que el detenido presentaba múltiples contusiones en cara, codo izquierdo, ambas muñecas, rodilla derecha, pecho y parte inferior de la espalda, múltiples abrasiones en mejilla, ceja y rodilla derechas, así como contusiones ocasionadas por estrangulación. En su informe de mayo, Amnistía Internacional había criticado a la fiscalía de Berlín por no presentar cargos contra los policías implicados en el caso. Abdulkerim Balikci accedió a pagar la multa para poder olvidarse de una vez de lo ocurrido en agosto de 1993. Hizo uso de su derecho a nombrar a una institución de caridad designada por él mismo )Amnistía Internacional)como beneficiaria de la multa.



El caso de Bülent Demir (véase el informe de mayo, páginas 49 y 50)


En julio de 1995, la fiscalía de Berlín decidió que no había pruebas suficientes para acusar a dos funcionarios de policía de infligir malos tratos a Bülent Demir. Bülent Demir, ciudadano alemán de origen turco, había denunciado que dichos policías lo habían agredido al sorprenderlo rociando de pintura la pared de una casa en abril de 1994. Según Bülent Demir, uno de los policías le había roto un dedo al esposarlo después de haberse entregado, y el otro le había propinado dos patadas, en la parte posterior de la cabeza y en la oreja, mientras se encontraba tendido en el suelo, lo que hizo que la cabeza golpeara fuertemente contra el suelo con el resultado de dos dientes rotos. Los dos policías negaron que hubiesen maltratado a Bülent Demir. Declararon que el joven había tratado de escapar y que se había golpeado la cara contra el suelo al ser aprehendido. En octubre de 1995 se retiraron los cargos presentados contra Bülent Demir por resistencia al arresto. También en octubre, Bülent Demir recurrió contra la decisión de la fiscalía de no acusar a los policías a los que él había denunciado por malos tratos. Bülent Demir aducía que la fiscalía no había consultado a peritos médicos para averiguar el origen de sus lesiones y que en su dictamen la fiscalía no hacía referencia alguna a la lesión producida en uno de sus dedos. El mismo mes, la fiscalía desestimó el recurso presentado por Bülent Demir contra su anterior decisión de no acusar a los policías, aduciendo que del análisis por parte de un perito médico de las lesiones de Bülent Demir difícilmente se desprenderían más datos sobre el origen de éstas. La fiscalía concluía también que la fractura del dedo de Bülent Demir podría haberse producido al ofrecer resistencia al arresto. En cualquier caso, indicaba la fiscalía, «no parece posible excluir esta posibilidad». Bülent Demir no solicitó la revisión judicial de la decisión del fiscal, en parte porque la probabilidad de que prosperase era muy escasa )un estudio ha demostrado que existe una probabilidad del 99,5% de que una petición de revisión judicial sea desestimada

f8 )y en parte porque deseaba olvidarse de todo el incidente, que había tenido lugar 18 meses antes.



El caso de Mimoun T. (véase el informe de mayo, página 51)


En marzo de 1995, la fiscalía de Francfort desestimó la denuncia de malos tratos presentada por Mimoun T.. Éste, de nacionalidad marroquí, había denunciado que durante su arresto unos policías le habían dado patadas, lo habían golpeado con una porra y le habían golpeado la cabeza contra el suelo. Según se constató en un reconocimiento médico que se le practicó, presentaba múltiples señales de golpes en la cara y en los miembros inferiores, dos verdugones en la espalda y posible concusión. Los malos tratos fueron presenciados por un amigo suyo. Los policías presuntamente autores de los malos tratos admitieron haber golpeado a Mimoun T. en la espalda dos veces con una porra al resistirse a ser arrestado. Negaron haberlo maltratado. En su decisión de no presentar cargos contra los citados policías, la fiscalía de Francfort argumentó que aquéllos actuaron de conformidad con su derecho a hacer uso de la porra para poner fin a la resistencia del detenido. Concluía también la fiscalía que las demás lesiones del detenido podían haberse producido al tenderlo en el suelo para esposarlo o al desmayarse en la comisaría de policía. A la hora de decidir qué versión de los hechos era la verdadera )la de Mimoun T. y su amigo o la de los policías), la fiscalía tenía, según indicó ella misma, que conceder a los policías el beneficio de la duda.





Respuestas de las autoridades alemanas



Autoridades del Ministerio de Justicia


Durante el período que se analiza, Amnistía Internacional recibió comentarios sobre su informe de mayo de varias autoridades, tanto nacionales como regionales 2 La Alemania unificada está compuesta por 16 estados regionales constituyentes o Länder: Baden-Wurtemberg, Baja Sajonia, Baviera, Berlín, Brandeburgo, Bremen, Hamburgo, Hesse, Pomerania Occidental-Mecklemburgo, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre, Sajonia, Sajonia-Anhalt, Schleswig-Holstein y Turingia. Cada estado cuenta con su propio parlamento elegido y con su propio gobierno El ministro de Justicia del gobierno de cada estado es responsable de la administración de justicia dentro del territorio de ese estado, y el ministro del Interior es responsable de la policía..


En julio de 1995, la ministra Federal de Justicia aseguró a Amnistía Internacional lo siguiente: «Las fiscalías de la República Federal de Alemania examinan las denuncias de conducta delictiva por parte de funcionarios de policía con la debida atención». Y añadía: «Los sistemas de justicia penal, tanto federales como regionales, hacen un constante esfuerzo para que sean respetados los derechos fundamentales y los derechos humanos de las personas detenidas». (En su informe de mayo, Amnistía Internacional había criticado a las autoridades alemanas por no haber «cumplido las obligaciones a que están sujetas en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos, a saber, las obligaciones de garantizar el respeto de los derechos de todas las personas bajo custodia de la policía, de investigar de forma inmediata e imparcial todas las denuncias sobre malos tratos, de procesar a los responsables, de compensar y rehabilitar a las víctimas y de impedir que vuelvan a producirse malos tratos en el futuro»). La ministra Federal de Justicia también comunicó a Amnistía Internacional que su ministerio estaba, «en colaboración con los Länder, esforzándose por examinar los casos expuestos en el informe [de Amnistía Internacional] y que comunicaría los resultados de la investigación al Comité contra la Tortura y al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas en sus próximos informes periódicos». Las recomendaciones de Amnistía Internacional con respecto a los derechos de las personas arrestadas y a la investigación de las denuncias de malos tratos infligidos por policías serían, manifestó la ministra Federal, «analizadas con gran atención».


En octubre de 1995, Amnistía Internacional recibió unos comentarios de la presidenta de la Conferencia Permanente de Ministros de Justicia sobre su informe. En su carta, la presidenta manifestaba que las recomendaciones remitidas por Amnistía Internacional a los ministros de Justicia de los Länder)en concreto la recomendación de que todas las denuncias de malos tratos policiales que recibieran las autoridades policiales debían trasladarse de modo automático a las fiscalías, las cuales debían investigarlas exhaustiva e imparcialmente, entrevistando personalmente a la víctima, a los funcionarios de policía involucrados y a los demás testigos)constituían principios importantes recogidos en el Código de Procedimiento Penal y en disposiciones administrativas como las Directrices sobre Procedimientos Penales. En noviembre de 1995, Amnistía Internacional replicó que tenía conocimiento de los principios a los que había hecho referencia la presidenta, los cuales había citado en su informe en numerosas ocasiones. Sin embargo, persistían los temores de la organización de que en muchos casos los fiscales no los habían observado. Amnistía Internacional también manifestaba en su respuesta que agradecería la opinión de la presidenta sobre las numerosas recomendaciones planteadas en relación con los derechos de los detenidos bajo custodia policial. (En su informe de mayo, Amnistía Internacional había documentado numerosos casos en los que las víctimas de presuntos malos tratos habían declarado que mientras se encontraban bajo custodia policial, les habían sido negados derechos fundamentales, garantizados en las leyes alemanas e internacionales, entre ellos el derecho a ser informados del motivo del arresto, el derecho a ponerse en contacto con un pariente desde el lugar de detención, el derecho a la asistencia médica y el derecho a formular una denuncia en relación con el trato recibido.)


En enero de 1996, la presidenta de la Conferencia Permanente de Ministros de Justicia comunicó a Amnistía Internacional que las recomendaciones de la organización sobre los derechos de los presos «en prisión preventiva» ya se hallaban implantados, tanto en la teoría como en la práctica. Este extremo, indicó la presidenta, «debieran haberlo puesto de manifiesto sus investigaciones». Sin embargo, Amnistía Internacional no había criticado la situación jurídica de los detenidos en régimen de prisión preventiva, puesto que en ninguno de los casos expuestos en su informe de mayo, los presuntos malos tratos se habían producido en régimen de prisión preventiva. En todos los casos comunicados a Amnistía Internacional, los detenidos declararon haber sido maltratados en el momento de ser arrestados, en el trayecto a la comisaría o en el transcurso de las pocas horas que pasaron bajo custodia policial antes de quedar en libertad.



Autoridades del Ministerio del Interior


En julio de 1995, el ministro del Interior de Berlín, en una carta dirigida a Amnistía Internacional, criticó con dureza el informe de mayo. El ministro manifestaba que el comentario de Amnistía Internacional recogido en su informe de mayo de que el ministerio del Interior de Berlín era el único de Alemania que de forma reiterada no había contestado a las cartas de preocupación de nuestra organización era «demostrablemente erróneo» y «pone en duda la solvencia de otras aseveraciones [de Amnistía Internacional]». El ministro apoyaba la citada afirmación haciendo referencia a los dos intercambios de correspondencia que Amnistía Internacional había mantenido con su ministerio el año anterior. El ministro también acusaba a Amnistía Internacional de ser «parcial» en la selección de la información que había presentado en determinados casos. Por último, aportaba a la organización información sobre la formación que reciben los funcionarios de policía de Berlín, especialmente en los ámbitos de resolución de conflictos, principios jurídicos y relaciones con minorías étnicas.


En septiembre de 1995, Amnistía Internacional replicó a las críticas del ministro. La organización manifestó que en su informe había expuesto claramente que desde julio de 1993 no había recibido ninguna respuesta del ministerio del Interior de Berlín en relación con «los casos específicos de presuntos malos tratos que había planteado». Las dos cartas que Amnistía Internacional había recibido del Ministerio del Interior no ofrecían información sobre casos concretos, sino que contestaban a las peticiones de celebración de una reunión, de aportación de datos estadísticos y de copias de documentos que Amnistía Internacional había hecho. (Estas peticiones fueron, de hecho, rechazadas en su mayoría.) Amnistía Internacional también rechazaba la imputación de haber sido parcial en sus informes, manifestando que había citado los testimonios de las víctimas, expedientes médicos y expedientes de investigaciones o documentos judiciales. También había citado pruebas presentadas por funcionarios de policía acusados, cuando había dispuesto de las mismas. En muchos casos esto no había sido posible porque las autoridades involucradas )especialmente el ministerio del Interior de Berlín)no habían contestado a las peticiones de información que se le habían formulado. Por último, Amnistía Internacional indicaba que tenía conocimiento de la existencia del tipo de formación descrito por el ministro )de hecho se había hecho referencia al mismo en el informe de mayo). La preocupación de la organización era que los programas de formación habían resultado ineficaces, puesto que no evitaban que algunos policías, especialmente en Berlín, maltratasen a detenidos que se encontraban bajo su custodia.



El Sindicato Alemán de Policía


En enero de 1996, Amnistía Internacional recibió una respuesta detallada a su informe de mayo por parte del Sindicato de Policía )el sindicato que a más policías representa de Alemania). En la carta que dirigió a Amnistía Internacional, Hermann Lutz, el presidente del Sindicato, hacía un comentario tanto sobre las conclusiones recogidas en el informe como sobre las recomendaciones formuladas por Amnistía Internacional. En varios aspectos )especialmente en la necesidad de supervisar y mejorar constantemente la formación de la policía, y en la necesidad de disponer de estadísticas claras y globales sobre las denuncias de malos tratos policiales)el presidente expresó su conformidad con las recomendaciones de Amnistía Internacional. En otros aspectos el presidente se mostró extremadamente crítico con respecto a la labor de Amnistía Internacional. El presidente se opuso concretamente al empleo del término «tortura» en el informe de mayo de Amnistía Internacional. Este término, manifestó el presidente, se entendía generalmente como «malos tratos físicos o psicológicos a presos para extraer o condicionar declaraciones o confesiones». El presidente criticó también a Amnistía Internacional por insinuar que los policías alemanes habían maltratado a extranjeros «sistemática y metódicamente».


Ambas críticas, de hecho, se habían tratado con detalle en el transcurso de una larga reunión de tres horas que representantes de Amnistía Internacional mantuvieron con representantes del Sindicato Alemán de Policía en la sede del sindicato en septiembre de 1995. En esta reunión Amnistía Internacional había dejado claro que al describir dos de los casos que había documentado como casos de «malos tratos calificables de tortura», Amnistía Internacional había aplicado la definición de tortura que recoge el artículo 1 de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas (ver nota al pie 1).

Amnistía Internacional indicó también que nunca había empleado la expresión «malos tratos sistemáticos y metódicos a extranjeros». Sin embargo, sí había manifestado claramente que «dadas la coherencia y la regularidad de los informes recibidos, la organización ha llegado a la conclusión de que el problema de los malos tratos que inflige la policía no consiste en unos cuantos incidentes aislados. Por el contrario, después de reunir información durante los tres últimos años sobre casos concretos, Amnistía Internacional considera que en Alemania, y especialmente en Berlín, está surgiendo una pauta de malos tratos policiales a extranjeros y a miembros de grupos étnicos minoritarios». Las numerosas denuncias que Amnistía Internacional ha recibido desde la publicación de su informe de mayo confirman el punto de vista de la organización en este aspecto. Además, la conclusión de Amnistía Internacional sobre el alcance de los malos tratos policiales parecen compartirla los autores de un estudio interno encargado por los ministros del Interior en 1994 y finalizado en el verano de 1995. Según un reportaje de la televisión alemana emitido en enero de 1996, en el estudio de 150 páginas sobre «La policía y los extranjeros» se llegaba a la conclusión de que los malos tratos infligidos por la policía a extranjeros )entre ellos, a juicio de Amnistía Internacional, los casos de malos tratos físicos)no sólo suponen un problema, sino que el problema no se reduce a «sólo unos cuantos casos aislados». En enero de 1996, Amnistía Internacional instó al presidente de la Conferencia Permanente de Ministros del Interior a que estudiase de nuevo el informe de mayo de la organización y a que aplicase las recomendaciones que en él se formulaban. La organización también instó a las autoridades a que publicasen en su totalidad las conclusiones del estudio interno y a que hiciesen público el plan de acción con el que se proponían abordar los problemas que en dicho estudio se planteaban.

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