Document - ROYAUME-UNI. Le droit à la liberté ne doit pas faire l?objet de tractations politiciennes
Amnistía Internacional
Comunicado de prensa
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Índice AI: EUR 45/051/2005 (Público)
Servicio de Noticias 296/05
3 de noviembre de 2005
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR450512005
Reino Unido: No hagan política con el derecho a la libertad
El derecho a la libertad es un asunto que no puede ni debe ser objeto de negociación política, ha manifestado hoy, 3 de noviembre de 2005, Amnistía Internacional.
La organización acoge con satisfacción que el gobierno del Reino Unido haya accedido a que se revise el actual proyecto de disposición de la Ley de Terrorismo de 2005 que permite mantener a los sospechosos de terrorismo bajo custodia policial sin cargos hasta 90 días, pero insta al gobierno y a los miembros del Parlamento a que garanticen que todas las disposiciones de esta Ley son compatibles con las obligaciones contraídas por el Reino Unido en virtud de del derecho internacional e interno de derechos humanos.
Las disposiciones sobre detención, en particular, deben respetar el derecho a la libertad y la prohibición de la detención arbitraria, y el derecho del detenido a que se presenten con prontitud cargos contra él, a la presunción de inocencia y a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable. Amnistía Internacional considera también que cuanto más tiempo permanece una persona bajo custodia policial para su interrogatorio, más coactiva es la situación, por lo que cualquier declaración que haga tiene menos probabilidades de ser considerada en los tribunales como una declaración hecha voluntariamente.
"El gobierno y los legisladores del Reino Unido no deben negociar estos derechos –ha manifestado la organización–. El tiempo que resulta permisible mantener a una persona bajo custodia policial sin cargos no es algo que deba ser objeto de negociaciones políticas. El derecho del detenido a que se presenten con prontitud cargos contra él es la línea divisoria entre el respeto del derecho a la libertad y la detención arbitraria.”
Las normas de derechos humanos son claras a este respecto: se deben presentar cargos con prontitud. La propuesta de los 90 días de detención sin cargos equivale a internamiento, y 28 días no son tampoco un periodo compatible con la presentación de cargos con prontitud, por lo que constituyen también una violación del derecho a la libertad. La legislación británica actual permite ya mantener bajo custodia policial sin cargos a los sospechosos de terrorismo hasta 14 días, periodo que, según un estudio del propio Ministerio del Interior británico, es más extenso que en todos los demás países examinados.