Document - NATIONS UNIES. Cinquante-sixième session du Comité exécutif du HCR : les préoccupations d?Amnesty International. Octobre 2005
Motivos de preocupación de Amnistía Internacional expuestos en el 56º periodo de sesiones del Comité Ejecutivo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
Octubre de 2005
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLIOR410602005
Introducción
En todo el mundo, Amnistía Internacional continúa documentando graves violaciones de los derechos humanos de refugiados, solicitantes de asilo o desplazados internos. La reticencia de los Estados a proporcionar acceso a procedimientos y protección efectiva a personas que se ven obligadas a abandonar sus hogares y lugares de origen sigue siendo un motivo de preocupación para la organización. Amnistía Internacional, en tanto que observadora en el 56º periodo de sesiones del Comité Ejecutivo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), aprovecha la oportunidad para presentar sus motivos de preocupación sobre algunos de los retos actuales más importantes de la protección internacional a los refugiados.
Amnistía Internacional recuerda a los miembros y observadores del Comité Ejecutivo y al ACNUR que el propósito de la protección internacional es principalmente lograr que las personas refugiadas tengan acceso y disfruten plenamente del respeto por los derechos humanos que les son inherentes, también mediante el principio de no devolución (non-refoulement).Sin embargo, el enfoque sesgado de la comunidad internacional sobre cifras y estadísticas de personas refugiadas suele minimizar y ocultar la importancia de los derechos humanos de los hombres y mujeres que están detrás de estos números, por ejemplo cuando, tal como se afirma en la Nota sobre protección internacional,(1)"algunos políticos o elementos de los media aprovechan los temores xenófobos e intentan hacer de quien pide asilo y los refugiados meros datos estadísticos que hay que mantener al mínimo."
Aunque se da mucha importancia a la cantidad de refugiados que vuelven, o que se espera que vuelvan, a su país de origen, como en el caso de Afganistán o Sudán, el mero hecho de un regreso masivo no garantiza que éste sea sostenible ni que se produzca en condiciones seguras y dignas. Tal regreso tampoco es garantía de que la persona retornada vaya a recibir protección, por ejemplo, para trabajar, educar a sus hijos e hijas o no sufrir violencia de género. Asimismo, mientras se busca una solución duradera, las acciones que se emprendan han de tener muy presentes la difícil situación de cada una de las personas refugiadas y sus necesidades de protección. Tanto los países de acogida como la comunidad internacional deberán evitar las soluciones apresuradas que tengan pocas posibilidades de resultar sostenibles a largo plazo o que supongan un riesgo para los refugiados, y también es preciso garantizar que las soluciones no son impuestas.
En el presente documento, Amnistía Internacional expone cuatro áreas temáticas que constituyen un motivo acuciante de preocupación, ejemplificadas con situaciones específicas de países que la organización ha visitado o sobre los que ha realizado una labor de investigación y defensa desde la última reunión del Comité Ejecutivo del ACNUR. Estas áreas temáticas son las siguientes: protección contra la devolución (refoulement), acceso a procedimientos, acceso a soluciones y protección de las personas desplazadas internamente.
1. Protección contra la devolución
[El Comité Ejecutivo reafirmó] la importancia fundamental de la observancia del principio de no devolución […] de las personas que, reconocidas o no oficialmente como refugiadas, podían ser objeto de persecución si se las devolvía a su país de origen.(2)
El principio fundamental de no devolución prohíbe transferir a una persona por el medio que sea a una situación en la que esté expuesta a sufrir tortura u otras violaciones graves de los derechos humanos. El incumplimiento o las amenazas de incumplimiento de este principio han sido un rasgo especialmente preocupante de la práctica de los Estados en el último año. Amnistía Internacional teme que en varias ocasiones se haya amenazado con enviar u obligado a regresar a refugiados y solicitantes de asilo a situaciones en las que corrían peligro de sufrir tortura u otras violaciones graves de los derechos humanos. La organización recuerda a los Estados miembros y observadores que el principio de no devolución es una norma del derecho consuetudinario internacional de la cual está prohibido desviarse. Además, el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en la que son Partes un número considerable de Estados miembros y observadores del Comité Ejecutivo del ACNUR, prohíbe la expulsión, devolución o extradición de una persona a una situación de tortura. La prohibición absoluta de la tortura y los malos tratos implica una prohibición absoluta de transferir a una persona a un Estado en el que corra el riesgo de ser torturada o sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Esto adquiere especial relevancia en casos en los que se invocan garantías diplomáticas(3) para devolver o trasladar a personas, entre ellas, a solicitantes de asilo. En opinión de Amnistía Internacional, los Estados que violan el derecho internacional y torturan o maltratan sistemáticamente a detenidos también niegan sistemáticamente tales abusos y toman medidas para ocultarlos. Por tanto, no pueden considerarse fiables las garantías que ofrezcan estos Estados de que una persona no será torturada o maltratada. El 20 de mayo de 2005, el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas decidió, en el caso Agiza contra Suecia, que "[l]a obtención de garantías diplomáticas, que por otra parte no proporcionaban ningún mecanismo para su cumplimiento, no bastaba para protegerle contra este riesgo manifiesto [de tortura al ser devuelto a su país]".(4) Amnistía Internacional ha documentado casos de devolución en los que se han producido tortura y malos tratos de personas, entre ellas, solicitantes de asilo, después de que el Estado que enviaba a dichas personas hubiese aceptado garantías diplomáticas.(5)
1.2 Necesidad de zonas de seguridad para refugiados: el caso de los refugiados uzbecos de Kirguistán
Tras los alarmantes acontecimientos ocurridos en mayo de este año en la ciudad de Andiján, en el este de Uzbekistán, cuando, según informes, soldados del gobierno dispararon contra miles de manifestantes, en su mayoría desarmados y pacíficos, matando a cientos de personas, multitud de hombres, mujeres y niños huyeron al vecino Kirguistán en busca de protección internacional. En los informes Refugees in Need of a Safe Haven(6)y Uzbekistan in Pursuit of Refugees in Kyrgyzstan(7),Amnistía Internacional describe las acciones ilegales adoptadas por el gobierno uzbeco para forzar la devolución de los refugiados a Uzbekistán, ejerciendo presión de manera formal y oficiosa. La presión oficiosa tomó forma de amenazas e incentivos económicos a quienes se quedaron en Andiján para que fueran a solicitar la devolución de sus familiares, así como de visitas clandestinas de agentes del Ministerio de la Seguridad Nacional uzbeco a refugiados de los campos. Entre las medidas formales adoptadas para ejercer presión cabe mencionar el uso de canales intergubernamentales por medio, por ejemplo, de órdenes judiciales enviadas a refugiados para que comparecieran como testigos de delitos. También se han recibido informes sobre la colaboración de las autoridades de Kirguistán en la realización de estas devoluciones. Amnistía Internacional condena enérgicamente cualquier acción estatal que pretenda socavar los principios básicos de la protección a los refugiados.
El 29 de julio, el ACNUR aseguró la evacuación de 439 refugiados uzbecos, que fueron trasladados en avión de Kirguistán a un centro provisional situado en Rumania. En los próximos meses se los reasentará en terceros países que les han ofrecido protección. El 16 de septiembre, otros 11 refugiados que habían permanecido detenidos fueron trasladados por vía aérea a Londres y están a la espera de que los reasienten. Sin embargo, Amnistía Internacional siente una honda preocupación por la situación de cuatro uzbecos que permanecen en Kirguistán, así como por la suerte de cuatro hombres uzbecos que fueron devueltos a Uzbekistán el 9 de junio.
En junio de 2005, Amnistía Internacional expresó su preocupación por la falta de acceso a procedimientos de concesión de asilo de personas que, desde los acontecimientos de mayo, tal vez hayan cruzado la frontera de Uzbekistán con Kirguistán en lugares distintos y en otras fechas en busca de protección internacional. Debido a la naturaleza oculta del problema, resulta difícil calcular el número de personas afectadas. Diversos informes hacen pensar que el problema va en aumento y afecta ahora tanto a la zona sur de la frontera como al norte de Kirguistán. La mayoría de los refugiados permanecen escondidos en Kirguistán sin estar registrados adecuadamente y sin tener acceso a procedimientos de asilo, por lo que son especialmente vulnerables a los controles aleatorios de la policía y no pueden acceder a alojamiento ni a atención médica adecuados.
Cuatro hombres permanecen detenidos en Kirguistán
Cuatro hombres uzbecos, cuya condición continúa siendo polémica, todavía están detenidos en Kirguistán. El ACNUR, que considera que los cuatro caen en su ámbito de actuación, ha reconocido formalmente la condición de uno de ellos como refugiado bajo su mandato y sigue tratando de determinar la condición de los otros tres. El Servicio de Migración de Kirguistán no ha reconocido como refugiados a ninguno e inicialmente les denegó a todos la condición de tales. Sin embargo, el 18 de agosto, un tribunal kirguís anuló esta decisión y ordenó al Servicio de Migración que reconsiderase las solicitudes de los cuatro. El tribunal dio al Servicio de Migración cuatro semanas para apelar, pero en el momento de redacción del presente documento, Amnistía Internacional no tiene constancia de que se haya tomado ninguna decisión al respecto. La organización condena enérgicamente toda acción encaminada a devolver a cualquiera de estos cuatros hombres detenidos, pues cree que corren un serio peligro de ser torturados a su regreso o incluso de ser condenados a muerte. Amnistía Internacional exhorta a las autoridades kirguises a transferir urgentemente a los cuatro hombres al ámbito de competencias del ACNUR.
Devolución a Uzbekistán
Cuatro solicitantes de asilo fueron devueltos a Uzbekistán el 9 de junio, e inicialmente hubo informes de que estaban recluidos en régimen de incomunicación en la cárcel de Andiján. A finales de julio, una fuente bien informada de Andiján dijo a Amnistía Internacional que, tras presuntas torturas, uno de los cuatro había sido trasladado de la cárcel a un hospital de Andiján para recibir cuidados intensivos. Informes no confirmados señalaron que uno de los cuatro había muerto a consecuencia del trato recibido en la cárcel, acusación que la Fiscalía General de Uzbekistán calificó de "invención" en una declaración de prensa del 23 de agosto. A pesar de los esfuerzos concertados del ACNUR y otros organismos internacionales, no ha sido posible averiguar el paradero de estas personas desde su devolución a Uzbekistán.
Recomendaciones
Amnistía Internacional
· insta a las autoridades kirguises a que garanticen que ninguno de los cuatro solicitantes de asilo uzbecos detenidos será devuelto a Uzbekistán en contravención del principio de no devolución;
· insta a las autoridades kirguises a que garanticen que todas las personas que solicitan asilo en su territorio tienen acceso a procedimientos de concesión de asilo justos y satisfactorios. Los solicitantes de asilo y los refugiados que se encuentran en Kirguistán deben tener acceso a protección efectiva, incluida protección contra la devolución, y a un nivel de vida adecuado, con atención médica y vivienda apropiada.
· insta a las autoridades uzbecas a que permitan el acceso inmediato y sin restricciones del ACNUR a los cuatro hombres devueltos a Uzbekistán, en cumplimiento de la responsabilidad que le confiere su mandato, con el fin de vigilar su bienestar de conformidad con las normas internacionales;
· hace un llamamiento a la comunidad internacional para que garantice a todos los refugiados uzbecos que fueron trasladados a centros provisionales fuera de la región el acceso oportuno a una solución apropiada y duradera.
2. Acceso a los procedimientos
Se siguió sancionando a quien pedía asilo por su entrada irregular en algunos países y deteniéndolos, a menudo por mucho tiempo y a veces obligatoriamente. Proceder así menoscaba la justicia en el trato puesto que se puede disminuir el acceso a asistencia jurídica o los servicios de intérpretes y agravar los traumas […] En muchos Estados, los solicitantes de asilo y los refugiados que han conseguido entrar no tienen documentos de identidadválidos y son presa de acoso, detención, prisión o deportación(8)
La Nota sobre protección internacional de este año refleja muchas de las preocupaciones de Amnistía Internacional sobre los numerosos obstáculos a los que se enfrentan los solicitantes de asilo al intentar acceder a procedimientos de concesión de asilo justos y satisfactorios. Las dramáticas restricciones al espacio de asilo que se derivan de tales obstáculos en diversos países han puesto en peligro los derechos humanos fundamentales de personas que han llegado a estos países en busca de protección internacional contra la persecución o contra violaciones graves de los derechos humanos. Las limitaciones de acceso a los procedimientos, así como las deficiencias de éstos, no sólo suponen negar a los solicitantes de asilo y a los refugiados derechos fundamentales como la protección contra las detenciones arbitrarias y las expulsiones ilegales o el derecho a un nivel de salud física y psíquica adecuado, sino que también dejan a estas personas en una situación de riesgo de devolución.
2.1 Los procedimientos defectuosos ponen en peligro la protección de los refugiados: el caso de Grecia
Las lagunas del actual marco jurídico griego a menudo dan lugar a violaciones de los derechos humanos de los refugiados, como el derecho a no ser sometido a detención o expulsión arbitrarias, el derecho a la protección contra la devolución y el derecho a solicitar y obtener asilo.
Falta de acceso a procedimientos de concesión de asilo justos y satisfactorios
En los últimos años ha descendido drásticamente en Grecia la tasa de reconocimiento de refugiados. En 2004 se reconoció la condición de refugiado a 11 personas en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y se otorgó protección por motivos humanitarios a 22. Se rechazaron otras 3.731 solicitudes, y en 623 casos se interrumpió el examen de la solicitud antes de que se adoptase una decisión. En conjunto, la tasa de reconocimiento de los primeros nueve meses del año fue del 0,3 por ciento, mientras que la concesión de la condición de protección (de refugiado o de otra índole) fue del 0,9 por ciento.
Un problema de envergadura al que se enfrentan las personas que solicitan protección internacional en Grecia es la imposibilidad de comunicarse con las autoridades. Durante una visita de Amnistía Internacional al departamento de asilo de Atenas, un intérprete cuya lengua materna era el chino mandarín entrevistaba a todos los solicitantes, independientemente de su nacionalidad, a menudo con la ayuda de otros solicitantes que actuaban de intérpretes en una segunda o tercera lengua. Los representantes del departamento utilizaban el griego, salpicado de palabras en inglés, del que demostraban tener escasos conocimientos, para comunicarse con los solicitantes. La organización también teme que las autoridades, especialmente en las zonas fronterizas, estén dificultando activamente el acceso al asilo al no ofrecer servicios de interpretación adecuados a los solicitantes o no proporcionarles información sobre los procedimientos y sobre sus derechos en una lengua que entiendan.
Amnistía Internacional ha recibido otras denuncias según las cuales funcionarios destacados en las zonas fronterizas, especialmente en la zona de la frontera entre Grecia y Turquía, han expulsado a personas de territorio griego sin dar a quienes necesitaban protección internacional la oportunidad de pedir asilo o de apelar contra su expulsión por otros motivos, entre ellos, los relacionados con los derechos humanos. Se han tenido noticias de que personas que entraron en Grecia sin documentación fueron trasladadas en camiones militares a la orilla del río Evros, en la frontera con Turquía, para que nadaran hasta el otro lado.(9) Tales prácticas constituyen una violación flagrante del principio de no devolución, así como de la prohibición de realizar expulsiones arbitrarias y colectivas.
Amnistía Internacional siente preocupación por una disposición de la legislación griega en materia de asilo que permite a las autoridades "interrumpir" el examen de las solicitudes de asilo en caso de que los solicitantes hayan "abandonado arbitrariamente" su lugar de residencia declarado. Esta disposición estipula que se concederá un plazo de tres meses para apelar contra la decisión de "interrumpir" el examen y para anular la decisión si se demuestra que el traslado se debió a circunstancias que estaban fuera del control del solicitante. La organización teme que el modo en que se aplica esta disposición impida que los solicitantes sepan si el examen de sus solicitudes ha sido "interrumpido", limitando de facto su derecho a apelar contra tal decisión de "interrupción". Asimismo, restringe el derecho de los solicitantes de asilo trasladados a Grecia desde otros países europeos, en virtud del Reglamento Dublín II, a que se realice un examen completo de sus solicitudes. Por el contrario, las autoridades griegas, basándose en la decisión de "interrupción", se niegan a examinar las solicitudes de quienes han llegado a Grecia de conformidad con el Reglamento Dublín II y, en lugar de ello, emiten órdenes de expulsión inmediata que exponen a las personas al riesgo de ser devueltas.
Detención
Según investigaciones de Amnistía Internacional, es muy posible que se esté impidiendo directa o indirectamente a solicitantes de asilo detenidos (en muchos casos por "entrar ilegalmente" en el país, lo cual contraviene el derecho internacional de refugiados) que pidan protección mientras están privados de libertad. Al parecer, muchas personas detenidas no reciben información adecuada sobre los motivos de la detención ni sobre sus derechos mientras permanecen recluidas, por ejemplo, sobre su derecho a emprender acciones judiciales respecto a la legalidad de su detención o a apelar contra la expulsión por motivos de derechos humanos o de asilo. La información recabada por Amnistía Internacional durante visitas a centros de detención sugiere que es posible que algunas de las personas detenidas necesiten protección internacional. Por ello, sólo se las debería detener en circunstancias muy concretas y de conformidad con las normas internacionales, incluidas las Directrices del ACNUR.(10)
Son particularmente preocupantes las detenciones, según informes, de niños y niñas, y el trato que las autoridades dispensan a menores no acompañados. En algunos casos, menores no acompañados han sido recluidos con adultos durante tres meses y posteriormente han quedado en libertad sin que se notificase de ello a la fiscalía de menores, por lo que no se ha garantizado su seguridad. Amnistía Internacional teme que muchos menores hayan sido objeto de trata tras su excarcelación al no haberse garantizado su protección.
Recomendaciones
Amnistía Internacional insta a las autoridades griegas a que garanticen que
· el procedimiento de concesión de asilo cumple las normas internacionales de justicia, oportunidad e imparcialidad y que incluye el acceso a asistencia letrada gratuita, independiente y competente en todas las etapas del proceso;
· se ponen a disposición de los solicitantes de asilo durante todo el proceso, así como de las personas detenidas en puestos de policía fronterizos y centros de detención, servicios de interpretación adecuados e información por escrito sobre la determinación de casos de asilo en una lengua que entiendan;
· la actual legislación en materia de asilo y su aplicación no son contrarias al espíritu del Reglamento Dublín II y prevén el examen completo de las solicitudes de asilo de las personas que son trasladadas en virtud del mencionado Reglamento;
· se ponen en marcha mecanismos que garanticen el derecho de todas las personas detenidas a cuestionar la legalidad de su detención o una decisión de expulsión, incluido el derecho efectivo de apelación;
· se prohíbe la detención de menores no acompañados y se evita, en la medida de lo posible, la detención de determinadas personas, entre ellas, mujeres con hijos;
3. Acceso a soluciones
[E]l objetivo último de la protección internacional es lograr una solución duradera para los refugiados.(11)
Si bien la ayuda de emergencia y la protección que se proporciona inmediatamente después de una crisis humanitaria son indispensables para salvaguardar la vida y la dignidad de las personas desplazadas, Amnistía Internacional considera motivo de preocupación que, con demasiada frecuencia, los refugiados se vean obligados a vivir durante años en una situación que se prolonga indefinidamente y, mientras esperan una solución duradera, no puedan ejercer sus derechos humanos fundamentales. La organización cree que los refugiados deben disfrutar de protección oportuna y duradera, incluida una condición jurídica segura que les permita hacer valer sus derechos humanos fundamentales y reclamar un resarcimiento efectivo si se les han negado tales derechos.(12) Las tres soluciones duraderas, a saber, repatriación voluntaria, integración local y reasentamiento, son herramientas esenciales en la protección de los refugiados y es primordial utilizar la más apropiada para cada situación específica. Para ello, es preciso tener en cuenta, en la medida de lo posible, aspectos tales como las intenciones de la persona refugiada en cuestión, lo que incluye la determinación del mejor interés del niño.. Amnistía Internacional considera que, para encontrar soluciones duraderas a la protección de los refugiados, es preciso contar con el concurso de las personas afectadas, pues los derechos humanos y la dignidad que les son inherentes exigen su participación en la búsqueda de una salida a su difícil situación.
La organización espera que la Conclusión sobre integración local que adopte el Comité Ejecutivo del ACNUR en este periodo de sesiones haga hincapié en la importancia de esta solución duradera para resolver las penurias de numerosos refugiados que actualmente viven en una situación incierta por tiempo indefinido en países de acogida. Aunque la capacidad de las personas refugiadas de valerse por sí mismas es importante para alcanzar una solución duradera, Amnistía Internacional no cree que dicha capacidad pueda o deba ser una solución per seni sustituir a la protección internacional a la que todos los refugiados tienen derecho. La organización también recuerda a los Estados miembros y observadores del Comité Ejecutivo del ACNUR que el derecho internacional de los derechos humanos obliga a los Estados Partes a respetar los derechos humanos fundamentales que son inherentes a toda persona refugiada por su mera condición de ser humano, entre otros, el derecho al trabajo y a un nivel de vida adecuado, independientemente de que estos derechos se realicen gracias a la capacidad de una persona de valerse por sí misma o en el contexto de una solución duradera.
3.1 Soluciones impuestas: el caso de los refugiados "montañeses" de Camboya
El Memorando de Entendimiento firmado por los gobiernos de Camboya y Vietnam y el ACNUR en enero de 2005 tenía como objetivo solventar las cuestiones relativas a los miembros de la minoría étnica de los "montañeses" que huyeron de las tierras altas del centro de Vietnam hacia Camboya. En el momento de la redacción del presente documento, Amnistía Internacional tiene entendido que 286 refugiados han sido reasentados en Estados Unidos, Canadá y Finlandia, y que actualmente 423 refugiados se encuentran en campos de Phnom Penh a la espera de reasentamiento. El Memorando de Entendimiento prevé, entre otras cosas, que las partes en el acuerdo tripartito devuelvan a Vietnam a quienes no quieran ser reasentados en terceros países ni ser devueltos a Vietnam "de un modo ordenado y seguro y de conformidad con el derecho nacional e internacional". Desde principios de año, más de 60 refugiados reconocidos como tales han optado por regresar a Vietnam antes que ser reasentados.
Amnistía Internacional considera que el Memorando de Entendimiento tiene lagunas considerables que podrían servir para reducir la protección de los derechos humanos fundamentales de los refugiados "montañeses", en particular de los que han regresado a Vietnam. El compromiso de las autoridades vietnamitas incluido en el Memorando de que no castigarán a las personas retornadas por haber abandonado ilegalmente el país, no excluye que les impongan sanciones por la expresión pacífica de sus creencias religiosas o de sus convicciones políticas.
Amnistía Internacional siente una profunda preocupación por la situación de los derechos humanos en las tierras altas del centro del país, región donde no está garantizado el acceso efectivo de observadores independientes de los derechos humanos, incluidas las organizaciones internacionales. Delegados del ACNUR han realizado varias visitas a la región, pero Amnistía Internacional teme que no se les haya dado un acceso sin restricciones para vigilar e informar de la situación de los derechos humanos y el bienestar de las personas retornadas en condiciones que garanticen la seguridad y confidencialidad de sus fuentes. La organización estima que las disposiciones relativas a la vigilancia del trato que se dispensa a los retornados y de su bienestar son inadecuadas, y que, en las condiciones actuales, dicha vigilancia no puede llevarse a cabo con independencia de las autoridades vietnamitas.
Amnistía Internacional acoge con agrado el compromiso de Camboya, que es uno de los pocos países de la región que ha suscrito la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, y aprecia que se haya reasentado a cientos de refugiados "montañeses" en terceros países desde Camboya bajo los auspicios del ACNUR. Sin embargo, la organización ha recibido informes creíbles, de los que está realizando un seguimiento, que indican que continúa la devolución de solicitantes de asilo a Vietnam desde provincias camboyanas limítrofes. Amnistía Internacional recuerda al gobierno de Camboya sus obligaciones de conformidad con el principio de no devolución. La organización considera que la devolución de refugiados y solicitantes de asilo "montañeses" a Vietnam desde Camboya constituye una violación del principio de no devolución y no es conforme con el derecho internacional ni con las obligaciones de Camboya. Amnistía Internacional insta a Camboya a que, en tanto que Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, respete la letra y el espíritu de la Convención y proporcione protección efectiva y, si procede, duradera a las personas refugiadas en su territorio.
Recomendaciones
Amnistía Internacional
· hace un llamamiento a las Partes en el Memorando de Entendimiento tripartito para que realicen urgentemente una evaluación independiente del Memorando y valoren asimismo propuestas sobre las medidas que deberán adoptarse para garantizar que las "soluciones efectivas" a los problemas de los refugiados "montañeses" de Camboya que se mencionan en el preámbulo del Memorando sean duraderas y respetuosas con los derechos;
· hace un llamamiento a las autoridades camboyanas para que se abstengan de devolver a refugiados y solicitantes de asilo "montañeses" a Vietnam, en cumplimiento del derecho consuetudinario internacional sobre la no devolución y de sus obligaciones como Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto del Refugiado y en la Convención contra la Tortura. La prohibición de devolver a refugiados "montañeses" a Vietnam afecta igualmente a los "montañeses" con condición reconocida de refugiado pero que no desean ser reasentados en terceros países. Se espera poder encontrar una solución alternativa y duradera a la situación de estas personas;
· solicita a la comunidad internacional que utilice todos los recursos a su alcance para alentar al gobierno camboyano a que cumpla sus obligaciones tal como establece la Convención sobre el Estatuto del Refugiado de las Naciones Unidas;
· solicita al ACNUR que ponga todos los medios a su alcance para garantizar que todos los solicitantes de asilo llegados a Camboya, en particular quienes se encuentran en las provincias limítrofes con Vietnam, tengan acceso a procedimientos justos y satisfactorios y a una protección efectiva;
· hace un llamamiento al gobierno vietnamita para que permita el acceso sin restricciones de observadores independientes e internacionales de los derechos humanos a las tierras altas del centro del país para que puedan vigilar e informar de la situación de las personas retornadas;
· pide a la comunidad internacional que recurra a todos los medios a su alcance para que anime al gobierno vietnamita a permitir del acceso de observadores externos a las tierras altas del centro de Vietnam.
3.2 A la espera de una solución: el caso de los kurdos iraníes de Turquía
A Amnistía Internacional le preocupa la situación de un grupo de aproximadamente 1.200 refugiados kurdos iraníes que huyeron a Turquía entre 2001 y 2003. Habían solicitado previamente asilo en el norte de Irak y llevan varios años en Turquía esperando una solución duradera.
Estas personas formaban parte de un grupo mayor de refugiados kurdos iraníes que en un principio huyeron de Irán, solicitaron asilo en el norte de Irak en la década de los 90 y fueron registrados allí por el ACNUR. Debido a la falta de protección efectiva en el norte de Irak en aquella época, el reasentamiento constituía el principal medio de brindar protección y una solución para este grupo de refugiados. Sin embargo, en 1999, la oficina del ACNUR suspendió el envío de personas desde el norte de Irak para su reasentamiento, dejando a este grupo sin acceso efectivo a una solución duradera. En 2003 se cerró la oficina del ACNUR en el norte de Irak como resultado del deterioro de la seguridad en la región. Puesto que no podían acceder ni a protección efectiva en el norte de Irak, debido en parte al deterioro de la seguridad en la región,(13) ni a una solución duradera mediante su reasentamiento en un tercer país, el grupo huyó a Turquía, vía Irán o directamente desde el norte de Irak. Muchos de los miembros del grupo refieren que personal del ACNUR en el norte de Irak les aconsejó que huyesen a Turquía.
Turquía mantiene una reserva geográfica a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y a su Protocolo de 1967, que en la práctica significa que los refugiados no europeos no pueden recibir protección del gobierno turco. En el caso de que los refugiados que llegan a Turquía no sean europeos, las autoridades registrarán sus datos pero dejarán que sea el ACNUR quien determine su condición. Las personas reconocidas como refugiados bajo el mandato del ACNUR son reasentadas en un tercer país. A los refugiados no europeos que están en Turquía a la espera de reasentamiento sólo se les brinda protección temporal.
Sin embargo, a pesar de que la oficina del ACNUR en Turquía, al igual que la oficina del ACNUR en el norte de Irak, ha reconocido como refugiados a los 1.200 kurdos iraníes, las autoridades turcas se han negado a darles protección en su territorio y también a autorizar el reasentamiento de la mayoría de los miembros de este grupo en un tercer país, con lo cual corren un serio riesgo de ser devueltos a Irán. Además, al parecer, terceros países que podrían ser destino de un reasentamiento se muestran reticentes a aceptar a este grupo de refugiados, pues les preocupa que sus familiares, legítimamente mediante el principio de reunificación familiar, se reúnan con ellos en el país de acogida, lo cual supondría un aumento significativo del número de personas que reasentar.
La policía turca ha obligado a miembros de este grupo a firmar documentos en los que declaran que no serán tratados oficialmente con arreglo a la legislación que estipula los derechos de los solicitantes de asilo y de los refugiados en Turquía,(14) sino de conformidad con las leyes que rigen los derechos de los extranjeros que desean visitar o residir en Turquía.(15) La declaración también establece que se les concederán permisos de residencia temporal, con los cuales están expuestos a ser devueltos a Irán en el caso de que no puedan renovarlos o de que actúen de un modo "contrario al orden público, a la salud pública, a la moral general o a la seguridad nacional". Por último, la declaración indica que el permiso no autoriza su reasentamiento en terceros países, y que no se beneficiarán de ninguna atención médica que sí se presta a otros refugiados. El Ministerio de Interior turco ha comunicado a abogados locales que las medidas son necesarias para "desincentivar la entrada en nuestro país de otros extranjeros de origen iraní".(16)
La organización considera motivo de preocupación que no se haya dado a este grupo de refugiados acceso a una protección efectiva, incluida una solución duradera y apropiada en un plazo razonable, a pesar de que el ACNUR ya los ha reconocido como refugiados. Además, la oficina del ACNUR en Turquía ha concedido a este grupo de refugiados kurdos iraníes una ayuda económica inferior a la de otros refugiados que están en el país. Esto ha afectado especialmente a quienes padecen graves problemas de salud y a grupos vulnerables, como las mujeres, las personas mayores y los niños y niñas, ya que no pueden costear el tratamiento en hospitales turcos.
Recomendaciones
Amnistía Internacional insta al gobierno turco a que
· retire la reserva geográfica a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y a su Protocolo de 1967 y se comprometa a proporcionar protección efectiva a todos los refugiados bajo su jurisdicción;
· trate a los miembros de este grupo de acuerdo con la ley de 1994 que establece los derechos de los refugiados y solicitantes de asilo en Turquía;
· se comprometa a respetar el principio de no devolución;
· autorice a todos los refugiados que hayan obtenido visados de otro país a abandonar Turquía para ser reasentados en un tercer país;
· permita que todos los refugiados que se encuentran en su territorio disfruten de sus derechos humanos fundamentales, incluido el derecho al trabajo, así como el derecho a un nivel de vida y una vivienda adecuados. Debería prestarse especial atención a la situación de las personas vulnerables.
Amnistía Internacional hace un llamamiento al ACNUR para que
· se abstenga de emprender acciones que puedan discriminar a este grupo de refugiados y les preste el mismo apoyo que a otras personas que la oficina del ACNUR en Turquía reconoce como refugiados;
· defienda y facilite el reasentamiento de este grupo en terceros países.
Amnistía Internacional hace un llamamiento a terceros países para que
· consideren urgentemente la posibilidad de ofrecer lugares de reasentamiento a todos los miembros de este grupo de refugiados.
3.3 Vacíos de protección mientras se busca una solución: el caso de refugiados palestinos no registrados del Líbano
El Líbano acoge a más de 400.000(17) refugiados palestinos, que, en su mayor parte, llegaron o son descendientes de refugiados que llegaron en 1948. La gran mayoría está registrada en el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (UNRWA, por sus siglas en inglés) o ante el gobierno libanés. Sin embargo, una pequeña proporción no está registrada ni en el UNRWA ni ante el gobierno del Líbano; se calcula que son entre 3.000 y 5.000 personas(18). Los refugiados palestinos indocumentados, como se denomina a menudo a estos últimos, no reciben asistencia del UNRWA y se enfrentan a gran cantidad de restricciones en el acceso a los derechos fundamentales debido a leyes libanesas discriminatorias y a la falta de registro oficial. Muchos de los refugiados indocumentados llevan décadas viviendo en el Líbano y están casados con refugiados palestinos registrados. A pesar de ello, sus hijos e hijas no gozan de reconocimiento como refugiados palestinos registrados, por lo que sufren discriminación en el ejercicio de algunos de sus derechos fundamentales. Estos refugiados han caído en un vacío de protección especialmente injusto, y Amnistía Internacional cree que es de vital importancia iniciar urgentemente un debate en el seno de la comunidad internacional que cuente con la participación de los organismos competentes de las Naciones Unidas, de países de acogida y otros Estados pertinentes, como los miembros y observadores del Comité Ejecutivo del ACNUR, y de las ONG, con el fin de encontrar soluciones que acaben con este vacío de protección. Tales soluciones deben garantizar que no se deja a ningún grupo de refugiados en una situación que les impida recibir protección internacional o ayuda.
Amnistía Internacional considera que deberán ofrecerse a los refugiados palestinos soluciones duraderas y respetuosas con sus derechos humanos en todo acuerdo de paz definitivo que se alcance entre la Autoridad Palestina e Israel. La organización reconoce que la repatriación o el regreso voluntarios en condiciones seguras y dignas son en general la mejor solución duradera para los refugiados. El derecho de retorno (19) está consagrado en el derecho internacional, y la Amnistía Internacional cree que los refugiados palestinos deben poder ejercer el derecho a regresar a sus hogares y a sus tierras.
Sin embargo, Amnistía Internacional cree que, hasta que se cumpla este derecho de retorno, los refugiados palestinos deben disfrutar de derechos civiles y políticos, así como de derechos económicos, sociales y culturales en los países de acogida, que incluyan, entre otros, el derecho al trabajo, a la educación, a la atención médica y a una vivienda y un nivel de vida adecuados.
Además de las restricciones que afectan al ejercicio de los derechos humanos de todos los refugiados palestinos en el Líbano, como la limitación del derecho al trabajo, de los derechos laborales y del derecho a la vivienda,(20) los refugiados palestinos indocumentados están sujetos a restricciones adicionales, debido precisamente a que no constan en ningún registro. A continuación se mencionan algunos de los derechos humanos que se les niega de forma explícita a este grupo de refugiados.
Amnistía Internacional ha documentado casos de refugiados palestinos indocumentados que no pueden casarse o registrar su matrimonio porque no poseen la acreditación necesaria. En virtud de sus obligaciones en materia de derechos humanos, el Líbano debe, asegurar que todos los hombres y mujeres en edad de contraer matrimonio dentro su jurisdicción tienen la posibilidad de casarse.(21) El Comité de Derechos Humanos ha clarificado que los Estados Partes en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tienen la obligación de adoptar medidas de carácter legislativo, administrativo o de otro tipo que garanticen la protección prevista en el artículo 23 del Pacto.(22) El Comité hace hincapié en que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.(23)
En el Líbano, los niños y niñas nacidos de refugiados palestinos indocumentados no tienen derecho a ser registrados oficialmente ni por el Estado ni por el UNRWA. Sin documentación oficial, los hijos e hijas de estos refugiados palestinos no pueden acceder oficialmente a la educación, ni siquiera a la enseñanza primaria: no tienen acceso ni a escuelas del Estado ni del UNRWA. Aunque tienen la opción de pagar para ir a una escuela privada, no tienen derecho a realizar los exámenes del Estado (brévé), que dan fe del nivel de enseñanza adquirido, ni a terminar su educación.(24) El Líbano tiene la obligación, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, de garantizar el derecho a la inscripción de todo niño o niña inmediatamente después de su nacimiento(25) y la educación de todos los niños y niñas bajo su jurisdicción, en particular, la enseñanza primaria gratuita y obligatoria, sin discriminarlos por su condición de refugiados o solicitantes de asilo, cualquier otra condición o la condición jurídica de sus progenitores o representantes legales. Además, los niños y niñas no deben sufrir las consecuencias de que el Estado libanés no los haya registrado debidamente. En sus Observaciones finales de 2002, el Comité de los Derechos del Niño expresaba su preocupación sobre "la alta tasa de niños palestinos que viven por debajo del umbral de la pobreza, así como la falta de un acceso suficiente de esos niños a muchos derechos básicos, entre ellos la salud, la educación y un nivel de vida adecuado, y la calidad de los servicios prestados."(26)
Recomendaciones
Amnistía Internacional defiende que toda persona, independientemente de su condición, tiene derecho a que se respeten y se protejan todos sus derechos humanos. Cualquier requisito burocrático que obstaculice el ejercicio de los derechos humanos debe abolirse. Por ello, todos los refugiados palestinos, incluidos los indocumentados, deben poder disfrutar efectivamente de todos los derechos humanos que se garantizan a los no ciudadanos en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
Amnistía Internacional insta a iniciar urgentemente un debate en el seno de la comunidad internacional, en el que participen los organismos competentes de las Naciones Unidas, los países de acogida y otros Estados pertinentes, así como las ONG, con el fin de encontrar soluciones que acaben con el vacío de protección existente en relación con los refugiados palestinos indocumentados del Líbano.
Concretamente, Amnistía Internacional insta al gobierno libanés a que
· regularice la condición de los refugiados no registrados que se encuentran en su territorio;
· ponga en marcha un sistema que asegure que todos los niños y niñas que se encuentran en su territorio, sin excluir a los descendientes de los refugiados palestinos indocumentados, están debidamente registrados y tienen el mismo acceso a los derechos humanos que los libaneses, de conformidad con las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos(27), y, concretamente, que los hijos e hijas de los refugiados palestinos indocumentados tienen acceso a la educación en igualdad de condiciones que los niños y niñas de nacionalidad libanesa;
· garantice que todos los refugiados palestinos pueden registrar su matrimonio en el Líbano;
· elimine todos los requisitos burocráticos que impiden que los refugiados palestinos disfruten de facto de su derecho a tener nombre, recibir educación y contraer matrimonio, entre otros.
· asegure que se protege de manera efectiva el derecho de todos los refugiados palestinos a disfrutar de condiciones de trabajo justas y favorables, así como a una vivienda y un nivel de vida adecuados.
4. Protección de las personas desplazadas internamente
Queremos actuar con previsión y compromiso en las situaciones de desplazamiento interno.(28)
Si bien se ha concedido mucha importancia a que en el último año ha descendido el número de refugiados que son competencia del ACNUR, resulta preocupante que no se haya prestado la misma atención al drástico aumento del número de desplazados internos. La Nota sobre la protección internacionalindica que el pasado año se produjo un incremento de casi dos millones de personas del ámbito de competencia del ACNUR, la mayoría de las cuales eran desplazados internos. A esta cifra puede añadirse la considerable cantidad de personas que actualmente no se encuentran bajo mandato del ACNUR. En la actualidad hay casi 25 millones de desplazados internos en el mundo.(29)
Amnistía Internacional acoge con agrado la reciente "predisposición" del ACNUR a actuar en situaciones de desplazamiento interno cuando su participación es pertinente, pues reconoce la experiencia única de este organismo a la hora de abordar los desplazamientos internos. También son bienvenidos los últimos avances, entre los que cabe mencionar el sistema de agrupación de organismos por áreas temáticas (clusters), debatido recientemente en el Comité Permanente entre Organismos, que pretende reforzar la respuesta internacional a las situaciones de desplazamiento interno. No obstante, el ACNUR deberá poner especial atención para cerciorarse de que existen la formación y los recursos de personal adecuados con que garantizar una respuesta eficaz a las situaciones de desplazamiento interno en las que participa, sin olvidar su papel de coordinador de agrupación en cuestiones globales de protección de desplazados internos, alojamiento de emergencia y coordinación de campos. Asimismo, deberá garantizarse que la participación del ACNUR en situaciones de desplazamiento interno no afecta materialmente a su capacidad para ejercer su mandato básico de protección de los refugiados. Además, Amnistía Internacional opina que la respuesta de la comunidad internacional a los desplazamientos internos, independientemente de la agrupación en la que se organice, debe estar firmemente basada en el derecho y las normas internacionales de los derechos humanos, incluidos los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas.
La organización hace un llamamiento a la comunidad internacional, que incluye a los Estados representados en el Comité Ejecutivo del ACNUR, para que garantice que ninguna persona desplazada internamente que se ha visto obligada a huir de su hogar o de su lugar de origen queda sumida en un vacío de protección, presa de la inercia burocrática o de lagunas en la coordinación entre organismos, y sin acceso a una solución a sus penurias. Por último, no obstante, ha de reconocerse que la principal obligación y responsabilidad de garantizar protección y ayuda humanitaria a los desplazados internos recae en el Estado cuyos ciudadanos están desplazados.
4.1 Violaciones de los derechos humanos en gran escala: "Operación Murambatsvina". El caso de los desplazados internos de Zimbabue
En mayo de 2005, el gobierno de Zimbabue emprendió la "Operación Murambatsvina", programa de desalojos forzosos masivos y demolición de casas y medios de subsistencia informales. Esta operación, que se llevó a cabo en invierno y en medio de una severa escasez de alimentos, tenía como objetivo zonas urbanas de todo el país. En un informe publicado el 22 de julio de 2005 por la enviada especial del secretario general de las Naciones Unidas, Sra. Anna Tibaijuka, se calcula que alrededor de 700.000 personas han perdido sus hogares, sus medios de subsistencia o ambas cosas durante la operación.(30)
La "Operación Murambatsvina" ha provocado en Zimbabue violaciones masivas de los derechos humanos. Además, la operación tuvo lugar en un contexto de falta prolongada de respeto por parte del gobierno zimbabuense de los derechos humanos y el estado de derecho. Los desalojos masivos se realizaron sin previo aviso, orden judicial, debido proceso, protección jurídica, resarcimiento ni medidas de reubicación apropiadas, en contravención de las obligaciones que corresponden a Zimbabue en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.(31) Si bien los desalojos constituyen en sí mismos una grave violación de los derechos humanos, Amnistía Internacional siente también una profunda preocupación por otros abusos contra los derechos humanos que puedan producirse como consecuencia de los desalojos.
Desplazamiento interno masivo y reubicación forzosa de personas en zonas rurales sin cobijo, alimentos, agua ni acceso a atención médica ni servicios sanitarios
Amnistía Internacional teme que la "Operación Murambatsvina" haya provocado un enorme desplazamiento interno de personas y, como ha afirmado Naciones Unidas, una crisis humanitaria de enormes proporciones. En un principio, la mayoría de las personas desalojadas permanecieron en la calle sin cobijo, se hacinaron en las casas que quedaban en pie con familias o amigos o se refugiaron en iglesias. En muchos casos, fueron trasladadas por la fuerza en camiones de la policía o del gobierno a zonas rurales. En las semanas siguientes al comienzo de los desalojos, personas sin techo e indigentes empezaron a dirigirse espontáneamente a las zonas rurales en busca de la ayuda de sus familiares.
Desde el inicio de la "Operación Murambatsvina", la policía y las autoridades gubernamentales han declarado públicamente que las personas deben "regresar a sus zonas rurales de origen". Se ha procedido así a pesar de tener conocimiento de la mala cosecha y la severa escasez de alimentos que afecta a las zonas rurales. Amnistía Internacional cree que toda la operación constituye una reubicación forzosa, pues ocasionar el desplazamiento de personas mediante la destrucción de sus casas y medios de subsistencia es una forma de coerción similar a obligarlas a subir a camiones del gobierno con el fin de reubicarlas.
La información sobre la situación de quienes han regresado a las zonas rurales es escasa. En algunos casos, las personas desplazadas han sido acogidas por familiares, pero, al igual que en las zonas urbanas, donde el número de habitantes por vivienda se ha disparado, existen serios motivos de preocupación sobre las posibilidades de que se mantenga la situación en el campo. Según informes, la escasez de alimentos está aumentando drásticamente y las personas desplazadas que buscan protección en las zonas urbanas no siempre son bien recibidas.(32)
No se ha realizado ninguna evaluación completa de la actual ubicación de quienes han perdido sus casas durante la "Operación Murambatsvina" y parece poco probable que el gobierno de Zimbabue facilite tal evaluación. Una ONG estimó que aproximadamente el 30 por ciento de las víctimas de los desalojos había vuelto a zonas rurales, pero este porcentaje sólo refleja el número de personas que han regresado a una población. ONG e iglesias han afirmado haber encontrado a personas viviendo en el monte en refugios improvisados. Algunos intentan "esconderse" de las autoridades por miedo a ser trasladados de nuevo y a perder más posesiones: relatan que llevan viviendo a la intemperie desde que sus hogares fueron destruidos, pero que se los ha trasladado en varias ocasiones.(33) La comida y el agua potable para los desplazados internos que viven en pequeños campamentos en el monte son escasas, y los servicios sanitarios, normalmente inexistentes.
Muchos de los desplazados internos que se han quedado en las zonas urbanas continúan viviendo en la calle o en cobijos completamente inapropiados. Hay personas que duermen, por ejemplo, en jardines, terrazas, etc. Al parecer, la mayor parte de las víctimas de la "Operación Murambatsvina" permanece en las zonas urbanas,(34) aunque se ha desperdigado a una minoría significativa por zonas rurales de todo el país.
Antes de que se publicara el informe de la enviada especial de las Naciones Unidas, también se alojó a numerosas personas en campos de tránsito o en iglesias. Aunque el número de personas que estaban en los campos de tránsito o que recibían ayuda de iglesias era inferior a 10.000, suponía una concentración considerable de desplazados internos. Desde la publicación del informe de las Naciones Unidas, también se las ha dispersado.
Personas en campos de tránsito: cierre de campos; nueva reubicación y abandono de personas en zonas sin abrigo ni acceso a alimentos, servicios sanitarios o atención médica, y condiciones de los campos no oficiales
De acuerdo con la información de Amnistía Internacional, se establecieron tres lugares calificados de campos de tránsito en relación con la "Operación Murambatsvina": Caledonia Farm, en Harare (que alojaba a alrededor de 5.000 personas); The Sports Oval, en Mutare (que albergaba a varios cientos de personas), y Helensvale Farm, en Bulawayo (que alojaba a entre 1.500 y 2.000 personas). Según informes, las condiciones de todos los campos eran extremadamente deficientes, pues no había cobijo, alimentos, agua y servicios sanitarios adecuados.(35)
Los campos de Harare y Bulawayo se cerraron rápidamente en los días posteriores a la recepción por parte del gobierno zimbabuense de un informe muy crítico de las Naciones Unidas sobre los desalojos masivos. The Sports Oval se había cerrado durante la visita de la enviada especial de las Naciones Unidas.(36) Los desplazados internos que residían en esos campos fueron abandonados en pequeños grupos en varias zonas rurales y se vieron obligados a buscar abrigo en las oficinas del administrador de distrito, centros comerciales, paradas de autobús y comisarías de policía, con escasez o total ausencia de alimentos y, en la mayoría de los casos, sin techo donde cobijarse.
Campos no oficiales: Hopley Farm, Harare
Las personas desalojadas del campo de tránsito Caledonia Farm que no tenían adónde ir, ni en el campo ni en la ciudad, fueron trasladadas a Hopley Farm, en las afueras de Harare, donde se les unieron otras víctimas desplazadas por la "Operación Murambatsvina". Se calcula que la población de Hopley Farm asciende a varios miles de personas. El gobierno las llevó allí sin que el campo dispusiera de cobijo, aseos, alimentos o agua potable. El gobierno no sólo no proporcionó los servicios básicos, sino que tampoco alertó a la comunidad de organizaciones humanitarias ni a las Naciones Unidas para asegurar que las personas recibían ayuda. La población de este campo está "custodiada" por agentes de policía, que en un primer momento impidieron el acceso de personal humanitario. El futuro de quienes viven en Hopley Farm (muchos de los cuales son víctimas de desalojos repetidos) es incierto.
Amnistía Internacional tiene conocimiento de la existencia de otro campo no oficial de desplazados internos al que el gobierno ha llevado a víctimas de desalojos: aproximadamente 28 personas viven en un pequeño campo situado cerca de Cowdray Park, en Bulawayo. Informes no confirmados apuntan a la existencia de otros campos de personas desplazadas en diferentes partes del país.
Denegación del acceso a ayuda humanitaria
Amnistía Internacional considera que, cuando un Estado se niega arbitrariamente a aceptar ayuda humanitaria y es incapaz o no está dispuesto a cumplir sus obligaciones garantizando alimentos, agua, cobijo y atención médica adecuados, está violando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Pese a que el informe de la enviada especial de las Naciones Unidas recomienda que se permita un acceso inmediato, total y sin restricciones a la ayuda humanitaria de las víctimas de los desalojos y demoliciones, las autoridades zimbabuenses continúan obstruyendo y limitando las operaciones humanitarias de las Naciones Unidas y las ONG. Según informes, un llamamiento urgente de las Naciones Unidas que tenía por objeto recaudar fondos para prestar ayuda humanitaria a las víctimas de la "Operación Murambatsvina" sufrió serios retrasos y fue posteriormente abandonado porque el gobierno no estaba satisfecho con el lenguaje utilizado ni con el papel de las ONG en la distribución de la ayuda.(37) El 13 de septiembre, el secretario general adjunto para Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas, Jan Egeland, envió un plan de respuesta común a diversos donantes. Amnistía Internacional teme que la ausencia de un llamamiento formal menoscabe la recaudación de fondos y limite en consecuencia la ayuda que un programa humanitario de las Naciones Unidas puede prestar en Zimbabue.
Agencias humanitarias han comunicado a Amnistía Internacional que, si bien la negociación con las autoridades les ha permitido finalmente distribuir alimentos, agua y otros elementos de ayuda humanitaria, se les ha impedido, por lo general, proporcionar abrigo provisional a quienes viven a la intemperie. ONG informan de que las autoridades afirman que no desean que las personas "se pongan cómodas, sino que quieren que regresen a las zonas rurales". Varias agencias humanitarias también declararon que el gobierno de Zimbabue se niega a permitir levantar tiendas de campaña porque son un signo visible del problema de desplazados internos que el gobierno no está dispuesto a reconocer.
Recomendaciones
La "Operación Murambatsvina" tuvo lugar en un contexto defalta prolongada de respeto por parte del gobierno zimbabuense de los derechos humanos y el estado de derecho. Amnistía Internacional considera que el gobierno de Zimbabue debe reconocer y abordar este problema de fondo de falta de respeto de los derechos humanos.
Amnistía Internacional insta al gobierno de Zimbabue a que
· aplique en su totalidad los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas en su política y práctica hacia los desplazados internos y garantice la protección de los derechos humanos de las personas desplazadas sin reservas ni discriminación;
· de conformidad con el Principio Rector núm. 25.2, que establece que "[la] aceptación [de ofrecimientos de ayuda humanitaria] no podrá ser retirada arbitrariamente, en particular cuando las autoridades competentes no puedan o no quieran proporcionar la asistencia humanitaria necesaria" y con la obligación de Zimbabue de garantizar que las personas en su territorio están libres del hambre y la miseria, Zimbabue debe inmediatamente hacer una petición urgente de ayuda humanitaria para las víctimas de la "Operación Murambatsvina" y para todas las demás personas del país que necesiten ayuda alimentaria y asistencia humanitaria de otra índole, y garantizar el paso libre y sin obstáculos de la ayuda internacional;
· establezca condiciones y proporcione los medios necesarios para que las personas desplazadas regresen voluntariamente, en condiciones seguras y dignas, a sus hogares o lugares de residencia habitual o se reasienten voluntariamente en otras partes del país, y facilite su reintegración o integración;
· respete el derecho de las víctimas de la "Operación Murambatsvina" a un recurso efectivo, incluido acceso a la justicia, y a reparaciones apropiadas que puedan suponer indemnización, restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición y resarcimiento.
Amnistía Internacional hace un llamamiento a las Naciones Unidas y a la Unión Africana para que
· recomienden y faciliten una misión de observación independiente que vigile la labor humanitaria en Zimbabue tras la "Operación Murambatsvina" y garanticen la protección de los desplazados internos y de otros grupos vulnerables.********
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· (1) ACNUR, Nota sobre protección internacional, A/AC.96/1008, nota 9, 4 de julio de 2005.
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· (2) Conclusión del Comité Ejecutivo Nº 6 (XXVIII), 1977.
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· (3) Las garantías diplomáticas son compromisos hechos por el país de origen al país de acogida de que no someterá a malos tratos a la persona cuya devolución solicita.
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· (4) Decisión del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, Comunicación Nº 233/2003, CAT/C/34/D/233/2003, 24 de mayo de 2005.
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· (5) Amnistía Internacional ha criticado el uso de garantías diplomáticas en diversos casos en los que ha documentado que no son fiables o adecuadas, entre ellos los de dos egipcios que fueron devueltos por Suecia (Índice AI: MDE 12/035/2001), un saudí devuelto por Estados Unidos (Índice AI: MDE 23/004/2000) y un srilankés de origen tamil que estuvo a punto de ser devuelto por Canadá (Índice AI: AMR 20/002/1998).
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· (6) Véase Amnistía Internacional: Kyrgyzstan: Refugees in Need of a Safe Heaven (Índice AI: EUR 58/008/2005), 30 de junio de 2005.
·
· (7) Véase Amnistía Internacional: Kyrgyzstan: Uzbekistan in Pursuit of Refugees in Kyrgyzstan. A Follow-up Report (Índice AI: EUR 58/016/2005), 2 de septiembre de 2005.
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· (8) ACNUR, Nota sobre protección internacional, A/AC.96/1008, notas 15 y 12, 4 de julio de 2005.
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· (9) Sin embargo, estas prácticas son muy difíciles de documentar, y el problema se complica en las zonas fronterizas porque estas presuntas expulsiones tienen lugar en zonas que están bajo mando militar, por lo que el acceso a ellas es restringido.
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· (10) Directrices revisadas del ACNUR sobre los criterios y estándares aplicables con respecto a la detención de solicitantes de asilo, febrero de 1999.
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· (11) Conclusión del Comité Ejecutivo Nº 90 (LII), 2001.
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· (12) A este respecto, cabe mencionar que el estudio realizado por el Foro Suizo para el Estudio de las Migraciones y de la Población (SFM) en el marco de la iniciativa "Convención Plus" ha concluido que la motivación más importante del movimiento incesante de los refugiados estudiados es la falta de una condición jurídica segura que les confiera protección formal. SFM, Movements of Somali refugees and States’ responses thereto: Abridged Version of Main Results (Movimientos de refugiados somalíes y las respuestas de los Estados: versión abreviada de los principales resultados), 2005.
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· (13) La situación ya era insegura antes incluso de la invasión estadounidense de Irak debido, entre otros factores, al riesgo de ataques de agentes iraníes que presuntamente operaban en el norte de Irak y a la amenaza que suponía la existencia de Ansar al-Islam (Protectores del Islam), grupo islamista al parecer vinculado a Al Qaeda, en la zona cercana a Halabya.
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· (14) Ley de extranjería de 1994 relativa a quienes "solicitan asilo en Turquía o llegan a Turquía para solicitar asilo en otro país".
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· (15) Ley núm. 5683 relativa a la residencia y visitas de extranjeros a Turquía.
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· (16) Carta del jefe del departamento de extranjería y asilo de la Jefatura de Policía a la Asociación Van Bar, que Amnistía Internacional tiene archivada.
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· (17) Esta cifra incluye: 400.582 refugiados palestinos registrados en el UNRWA, entre 10.000 y 40.000 refugiados palestinos no registrados en el UNRWA pero sí ante las autoridades libanesas y entre 3.000 y 5.000 refugiados palestinos que no están registrados ni en el UNRWA ni ante las autoridades libanesas. Fuentes: UNRWA. Federación Internacional de los Derechos Humanos, Oficina de Ayuda Humanitaria de la Unión Europea Organización Palestina de Derechos Humanos y Consejo Danés para los Refugiados.
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· (18) Fuentes: Consejo Danés para los Refugiados y Organización Palestina de Derechos Humanos.
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· (19) Véase El derecho de retorno: El caso de los palestinos, Índice AI: MDE
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· 15/013/2001, 30 de marzo de 2001.
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· (20) Véase Lebanon: Economic and Social Rights of Palestinian Refugees. Submission to the Committee on the Elimination of Racial Discrimination, Índice AI: MDE 18/017/2003, 22 de diciembre de 2003.
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· (21) El artículo 23.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos afirma que "se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello."
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· (22) Véase Comité de Derechos Humanos, Observación general 19: Protección de la familia, derecho al matrimonio e igualdad de los esposos, párr. 3.
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· (23) Ibíd., párr. 1.
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· (24) En el Líbano, el último certificado escolar es el baccaleaureat, después del cual los estudiantes pueden ir a la Universidad. Antes de cursar los estudios de preparación para el baccaleaureat, los estudiantes deberán obtener un brévé, que es un certificado de estudios intermedios.
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· (25) Artículo 24.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y artículo 7.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
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· (26) Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño: Líbano (CRC/C/15/Add.169), 21 de marzo de 2002, párr. 54.
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· (27) Esto incluye, entre otras, las obligaciones establecidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, que dispone que los Estados Partes "respetarán los derechos enunciados en la [...] Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales."
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· (28) Discurso de clausura del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, António Guterres, ante las consultas anuales del ACNUR con organizaciones no gubernamentales, 29 de septiembre de 2005. [La traducción de esta cita es de Amnistía Internacional.]
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· (29) ACNUR, Nota sobre protección internacional, A/AC.96/1008, nota 37, 4 de julio de 2005.
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· (30) Report of the Fact-Finding Mission to Zimbabwe to assess the Scope and Impact of Operation Murambatsvina (Informe de la misión de investigación a Zimbabue para evaluar el alcance e impacto de la "Operación Murambatsvina"), de la enviada especial de las Naciones Unidas para los asuntos relativos a los asentamientos humanos en Zimbabue, p. 32.
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· (31) Zimbabue es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Las Observaciones Generales 4 (1991) y 7 (1997) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas afirman que "las instancias de desahucios forzados son prima facie incompatibles con los requisitos del Pacto y sólo podrían justificarse en las circunstancias más excepcionales".
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· (32) Solidarity Peace Trust, "Hide and Seek": Murambatsvina Part II An account of finding the forcibly displaced in rural Matabeleland, July – September 2005 ("El juego del escondite": Murambatsvina Parte II. Relato de la búsqueda de desplazados en la zona rural de Matabeleland, julio–septiembre de 2005), 20 de septiembre de 2005.
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· (33) Entrevistas de Amnistía Internacional con víctimas de la "Operación Murambatsvina", agosto de 2005; investigación de Solidarity Peace Trust, septiembre de 2005.
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· (34) Entrevistas de Amnistía Internacional con víctimas de la "Operación Murambatsvina" y con representantes de ONG de Zimbabue, agosto de 2005; Combined Harare Residents Association (CHRA) y Action Aid International, A study on the impact of "Operation Murambatsvina/Restore Order" in 26 wards of Harare high density housing areas (Estudio sobre el impacto de la "Operación Murambatsvina/Restauración del orden" en 26 de distritos de Harare densamente poblados), 22 de julio de 2005. Amnistía Internacional también visitó barrios periféricos densamente poblados de día y de noche y halló indicios de personas durmiendo en jardines y terrazas.
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· (35) Report of the Fact-Finding Mission to Zimbabwe to assess the Scope and Impact of Operation Murambatsvina (Informe de la misión de investigación a Zimbabue para evaluar el alcance e impacto de la "Operación Murambatsvina") de la enviada especial de las Naciones Unidas para los asuntos relativos a los asentamientos humanos en Zimbabue.
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· (36) Cuando Amnistía Internacional visitó The Sport Oval en agosto, permanecía allí un grupo reducido de personas que vivían en una amplia tienda improvisada, custodiadas por agentes de policía.
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· (37) Redes Regionales Integradas de Información (IRIN), ZIMBABWE: Govt won't agree on appeal for victims of cleanup (ZIMBABUE: El gobierno no acepta el llamamiento en favor de las víctimas de los desalojos), 29 de agosto de 2005.
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