Rapport 2012
La situation des droits humains dans le monde

Document - Iran. Peine de mort. Bahman Salimian












Público Índice AI: MDE 13/011/2009

6 de febrero de 2009


Más información (actualización núm. 2) sobre AU 252/08 (MDE13/134/2008, de 11 de septiembre de 2008) y su actualización (MDE/13/008/2009, de 30 de enero de 2009) – Pena de muerte


IRÁN Bahman Salimian, de 27 años, condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad



La ejecución de Bahman Salimian, condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad, tenía que haberse llevado a cabo el 5 de febrero, pero se suspendió a últimas horas del día anterior por orden del presidente de la Magistratura, ayatolá Mahmoud Shahroudi. No obstante, se teme que en cualquier momento se fije de nuevo una fecha para llevarla a cabo.


Según información publicada el 5 de febrero por el periódico de Irán E’temad-e Melli, la ejecución se suspendió gracias a los llamamientos dirigidos directamente a la Magistratura por los abogados de Bahman Salimian, 150 letrados más y la ONG iraní Asociación de Apoyo a la Infancia (Anjoman-e Hemayat-e Koudakan). Ésta última pidió al ayatolá Shahroudi que se atuviera a la obligación contraída por Irán en virtud del derecho internacional de no ejecutar a personas por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años.


Se ignora la razón dada por el ayatolá Shahroudi para detener la ejecución, pero Amnistía Internacional teme que se ordene de nuevo llevarla a cabo en cualquier momento y que Bahman Salimian corra otra vez riesgo inminente de ejecución. De acuerdo con la legislación iraní, los abogados deben ser informados de la ejecución de sus clientes con al menos 48 horas de antelación. Sin embargo, en algunos casos no se les notifica en este plazo.


Durante todo su juicio en primera instancia por el homicidio de su abuela, cometido presuntamente en 1996, cuando tenía 15 años, Bahman Salimian afirmó reiteradamente que ésta, de 70 años, había dicho que iba a suicidarse, por lo que él, para reducir su sufrimiento, la mató. Al conocer el motivo tan poco corriente del asesinato, el juez ordenó someter a Bahman Salimian a un examen psicológico. Los peritos determinaron que padecía un trastorno psicológico, por lo que el juez lo condenó a cinco años de prisión y al pago de una indemnización, o diyeh (“dinero de sangre”), que debían pagar sus padres a los demás miembros de la familia de la abuela. Algunos de éstos apelaron contra la condena y pidieron la pena de muerte para Bahman por su delito.


La Sección 33 del Tribunal Supremo anuló la sentencia del tribunal de primera instancia y condenó a Bahman Salimian a qesas, castigo equivalente al delito, es decir, la ejecución, en este caso, sin tener en cuenta su edad ni las conclusiones de los peritos sobre su estado psicológico en el momento del delito.


La ejecución se había fijado para el 28 de agosto de 2008, pero las autoridades judiciales de la provincia de Esfahan la suspendieron tres días antes para que pudieran hacerse nuevos intentos de negociar el indulto de un tío de Bahman Salimian, el único de sus familiares que insistía todavía en que fuera ejecutado. Al parecer, otros dos tíos suyos lo han indultado o están dispuestos a aceptar la indemnización


Información complementaria

Desde 1990 Irán ha ejecutado al menos a 42 personas por delitos cometidos cuando eran menores de edad, ocho de ellas en 2008, y una el 21 de enero de 2009.

La ejecución de personas que eran menores de 18 años en el momento del delito está prohibida por el derecho internacional, concretamente por el artículo 6.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y por la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados que Irán está obligado a cumplir por ser Estado Parte en ellos.


En Irán, la persona declarada culpable de asesinato no tiene derecho a solicitar un indulto ni la conmutación de la pena al Estado, lo que constituye una violación del artículo 6.4 del PIDCP. La familia de la víctima del asesinato tiene derecho a insistir en la ejecución o a indultar al asesino y recibir una indemnización (diyeh). De acuerdo con la legislación iraní que regula la pena de qesas, si un miembro de la familia de la víctima se niega a indultar al condenado, incluso si los demás miembros reciben la suma apropiada en concepto de diyeh la condena de muerte debe ejecutarse.


Para más información sobre las ejecuciones de personas menores de edad en el momento del delito en Irán, véase Irán: El último verdugo de menores (MDE 13/059/2007, junio de 2007), en http://www.amnesty.org/es/report/info/MDE13/059/2007

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en persa, en inglés, en árabe o en su propio idioma:

- expresando satisfacción por la suspensión de la ejecución de Bahman Salimian;

- pidiendo a las autoridades que le conmuten la pena de muerte, ya que su ejecución supondría incumplir las obligaciones contraídas por Irán en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados que prohíben el uso de la pena de muerte contra personas declaradas culpables de delitos cometidos cuando eran menores de 18 años.


LLAMAMIENTOS A:

Presidente de la Magistratura

His Excellency Ayatollah Mahmoud Hashemi Shahroudi

Howzeh Riyasat-e Qoveh Qazaiyeh (Office of the Head of the Judiciary)

Pasteur St., Vali Asr Ave., south of Serah-e Jomhouri

Tehran 1316814737, Irán

Correo-e: shahroudi@dadgostary-tehran.ir(en “asunto”, escriban: “FAO Ayatollah Shahroudi”)

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


Jefe del Departamento de Justicia de Esfahan

Gholam Reza Ansari

Correo-e: reisasat@dadgostary-es.ir

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


COPIAS A:

Líder de la República Islámica

Ayatollah Sayed ‘Ali Khamenei

Office of the Supreme Leader

End of Shahid Keshvar Doust Street, Islamic Republic Street, Tehran, Irán

Correo-e: info_leader@leader.ir

vía el sitio web: http://www.leader.ir/langs/en/index.php?p=letter (en inglés)

http://www.leader.ir/langs/fa/index.php?p=letter (en persa)

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


Director del Departamento de Derechos Humanos de Irán

Howzeh Riassat-e Ghoveh Ghazaiyeh (Office of the Head of the Judiciary)

Pasteur St, Vali Asr Ave., south of Serah-e Jomhuri, Tehran 1316814737, Irán

Fax: +98 21 3390 4986 ((insistan)

Correo-e: int_aff@judiciary.ir (en “asunto”, escriban: “FAO Director, Human Rights Headquarters”)

Tratamiento: Dear Sir / Señor


y a la representación diplomática de Irán acreditada en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 20 de marzo de 2009.