Un tribunal regional de derechos humanos ha fallado en favor de la comunidad indígena Sarayaku de la Amazonía ecuatoriana. Amnistía Internacional considera que la sentencia es una victoria clave para los pueblos indígenas.
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Caso del Pueblo Sarayaku Vs. Ecuador, dada a conocer el miércoles, pone fin una batalla jurídica emprendida hace diez años por el pueblo indígena Sarayaku –respaldado por sus abogados, Mario Melo y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)– después de que se permitiera a una empresa petrolera invadir sus tierras tradicionales a comienzos de la década 2000 sin consultarlos.
Celebrando el resultado desde su comunidad, el dirigente sarayaku José Gualinga ha declarado: “Sarayaku manifiesta su satisfacción por esta victoria alcanzada gracias al esfuerzo de su pueblo y al apoyo de personas y organizaciones solidarias y comprometidas con los derechos de los pueblos indígenas ”.
Mario Melo, abogado de la comunidad, ha señalado: “La sentencia favorable a Sarayaku es fruto de un esfuerzo muy grande de la gente de la comunidad que fueron en todo momento participantes activos y protagónicos del proceso. Sólo por eso merece ser valorada como un hito en la lucha de los pueblos indígenas por la reivindicación de sus derechos”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que el Estado de Ecuador había violado el derecho de la comunidad a ser consultada, así como sus derechos a la propiedad comunal y a su identidad cultural.
La Corte, con sede en Costa Rica, determinó también que Ecuador era responsable de poner en grave peligro la vida y la integridad física del pueblo Sarayaku, ya que la empresa petrolera había sembrado en el territorio del pueblo indígena más de 1.400 kilos de explosivos de alta potencia.
“Esta sentencia tendrá un gran impacto en los países de la región, ya que establece claramente que los Estados son responsables de llevar a cabo procesos de consulta especiales antes de embarcarse en proyectos de desarrollo que afectan a los pueblos indígenas y sus derechos”, ha dicho Fernanda Doz Costa, investigadora de Amnistía Internacional sobre derechos económicos sociales y culturales en América.
“La sentencia señala detalladamente cómo deben llevarse a cabo las consultas: de buena fe, mediante procedimientos culturalmente adecuados encaminados a conseguir el consentimiento. Así, la exploración o extracción de recursos naturales no puede llevarse a cabo a costa de los medios de supervivencia física o cultural de una comunidad indígena en su propia tierra.”
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos llega en un momento clave, cuando en toda América a los pueblos indígenas se les niega su derecho a dar su opinión sobre decisiones que a menudo tienen consecuencias devastadoras para su supervivencia.
Los gobiernos de muchos países de América siguen planificando y construyendo carreteras, oleoductos, centrales hidroeléctricas y explotaciones mineras a cielo abierto en territorios indígenas o en sus cercanías sin contar con el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.
José Gualinga está convencido de que la victoria de Sarayaku tendrá impacto en toda la región.
“Estaremos atentos –ha afirmado Gualinga– a que la sentencia sea cumplida y que los territorios de los Pueblos Indígenas sean respetados frente a actividades extractivas dañinas como la explotación petrolera. Viva Sarayaku y los pueblos indígenas del continente.”
Amnistía Internacional expresa su satisfacción por el hecho de que Ecuador haya aceptado su responsabilidad como Estado en este caso, como reconoció el pasado mes de abril, y que, según informan los medios de comunicación, ya haya anunciado que acatará la sentencia de la Corte.
La organización pide a Ecuador que cumpla todas las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en particular la que señala que, cuando en el futuro el Estado convoque la presentación de ofertas para exploraciones petrolíferas, cumpla primero con su obligación de consultar con la comunidad Sarayaku y otros pueblos indígenas cuyos territorios podrían verse afectados. Además de previas, tales consultas deben ser adecuadas y ajustarse a las normas internacionales pertinentes, incluidas las establecidas por la Corte en el Caso del Pueblo Saramaka Vs. Surinam en 2007.
“Las consultas no pueden consistir únicamente en dar a conocer decisiones que ya se han tomado. Ecuador debe hacer un verdadero esfuerzo por entablar un diálogo abierto y sincero, basado en la confianza y el respeto mutuos, cuyo objetivo sea alcanzar el consentimiento. Esto significa no imponer nada a los pueblos indígenas ni seguir adelante con proyectos que afectarán sustancialmente a sus derechos”, ha dicho Doz Costa
“La preocupante práctica, documentada por Amnistía Internacional en un informe reciente, de tratar por todos los medios de disuadir a los pueblos indígenas de expresar su desaprobación ante proyectos que afectarán a su medio ambiente y sus tierras y de desacreditar y atacar a los dirigentes indígenas no propicia en absoluto el diálogo de buena fe que ordena la Corte.”
La organización insta a otros Estados de la región a que tomen inmediatamente medidas decisivas para remediar la situación de cientos de otros pueblos indígenas que sufren problemas similares a los del pueblo Sarayaku, para lo cual deben aplicar medidas básicas –como desarrollar disposiciones legislativas sobre las consultas, dar formación a los funcionarios y abrir vías de resarcimiento– a fin de evitar que en el futuro se produzcan violaciones de derechos humanos similares.
“Tras esta sentencia, ningún país del continente puede negar que tiene la obligación de efectuar un proceso de consulta adecuado y participativo con los pueblos indígenas de acuerdo a las propias prácticas culturales de éstos”, ha dicho Doz Costa.
El pueblo indígena Sarayaku y Amnistía Internacional han producido conjuntamente el documental Los descendientes del Jaguar sobre la lucha de la comunidad para defender sus derechos.